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Este documento contiene la resolución de dos recursos judiciales en los que se analizan sentencias dictadas en instancias inferiores y se aplican fuentes jurídicas romanas. La primera sentencia fue dictada por la audiencia provincial de alicante en 2013, y la segunda por la sala primera del tribunal supremo en 2012. Ambas sentencias se refieren a procesos judiciales iniciados en el juzgado de primera instancia y relacionados con la adquisición de bienes inmuebles.
Tipo: Ejercicios
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La Audiencia Provincial de Alicante declara no haber lugar al recurso de apelaci ó n interpuesto contra la Sentencia de fecha 13 - 04 - 2012 dictada por el Juzgado de Primera Instancia nú m. 4 en la ciudad de Elche, a quince de marzo de 2013. La Secció n Novena de la Audiencia Provincial de Alicante con sede en Elche, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de Juicio Ordinario no 3046/09, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nú mero 4 de Elche, de los que conoce en grado de apelació n en virtud del recurso entablado por la parte demandante D. Carlos Francisco , habiendo intervenido en la alzada dicha parte, en su condici ó n de recurrente, representada por el Procurador Sr/a Mateu Garcí a y dirigida por el Letrado Sr/a. Padilla Franco, y como apelada la parte demandante Doñ a Genoveva representada por el Procurador Sr/a. Pé rez Campos y dirigida por el Letrado Sr/a. Torres Lledó. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO: Por el Juzgado de Primera Instancia nú mero 4 de Elche en los referidos autos, se dictó sentencia con fecha 13/4/12 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Desestimo la demanda interpuesta por Carlos Francisco frente a Genoveva , y en consecuencia, absuelvo a la demandada de todos los pedimentos efectuados en su contra. SEGUNDO: Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelaci ó n por la parte actora en tiempo y forma que fue admitido en ambos efectos, elev ándose los autos a este Tribunal, donde quedó formado el Rollo nú mero 660/12, tramitá ndose el recurso en forma legal. La parte apelante solicitó la revocació n de la sentencia de instancia y la apelada su confirmació n. Para la deliberació n y votació n se fijó el dí a 14/3/13. TERCERO: En la tramitació n de ambas instancias, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales. Visto, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. José Manuel Valero Diez. 2º SENTENCIA En la Villa de Madrid, a treinta y uno de Octubre de dos mil doce. Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el recurso de casació n contra la sentencia dictada en grado de Apelació n por la Secció n Dé cima de la Audiencia Provincial de Madrid, como consecuencia de autos de juicio ordinario no 843/06, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia no 10 de Madrid, cuyo recurso fue interpuesto ante la mencionada Audiencia por la representació n procesal de doñ a Coral , representada ante esta Sala por la Procuradora de los Tribunales do ñ a Marina Quintero Sá nchez; siendo parte
recurrida representada por la Procuradora de los Tribunales Doñ a Rocio Sampere Meneses don Armando , que actú a como representante de la herencia yacente de doñ a Natividad. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO 1 º Ante el Juzgado de Primera Instancia fueron vistos los autos, juicio ordinario, promovidos a instancia de doñ a Natividad contra do ñ a Coral.