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practicas administrativo, Ejercicios de Derecho Administrativo

Asignatura: Administrativo I, Profesor: Antonio Embid Irujo, Carrera: Derecho, Universidad: UniZar

Tipo: Ejercicios

2013/2014

Subido el 02/09/2014

Laura.Perez
Laura.Perez 🇪🇸

4

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DERECHO ADMINISTRATIVO GENERAL. GRUPOS 21-22.
CURSO 2013-2014. CASO PRÁCTICO Nº 1.
A la vista de la siguiente enumeración, indique qué actos proceden de la
Administración Pública y cuáles no junto con todas las precisiones que considere
procedentes. En particular, busque para cada pregunta el texto normativo que regule el
supuesto especificado:
a) Ejercicio por el Rey del derecho de gracia.
b) Elección y nombramiento de consejeros del Consejo General del Poder Judicial.
c) Sanción disciplinaria impuesta a un Letrado del Tribunal Constitucional.
d) Emisión de un Dictamen por el Consejo Consultivo de Aragón.
e) Resolución de un recurso por el Ministro de Educación, Cultura y Deporte.
f) Designación de los miembros de la Comisión Nacional de los Mercados y de la
Competencia.
g) Imposición de una multa por el Banco de España al Director General de la Caja de
Ahorros de X.
h) Calificación como Sobresaliente del examen de un alumno de Derecho
Administrativo I.
i) Expulsión de un parlamentario del Salón de Plenos por el Presidente de la Cámara
correspondiente.
j) Emisión de una recomendación al Gobierno aragonés por el Justicia de Aragón.
k) Sanción a un colegiado por el Colegio de Abogados.
l) Decisión de un conflicto entre regantes por el Jurado de Riego de la Comunidad
respectiva.
m) Informe del Delegado del Gobierno sobre la actividad de la Administración del
Estado en la Comunidad Autónoma.
n) Aprobación del Plan Provincial de Obras y Servicios por la Diputación Provincial
de X.
o) Aprobación de los Estatutos de una Universidad por el Gobierno de una
Comunidad Autónoma.
p) Aprobación por un Ayuntamiento de las tarifas del servicio de transporte urbano
que realiza la empresa X.
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DERECHO ADMINISTRATIVO GENERAL. GRUPOS 21-22.

CURSO 2013-2014. CASO PRÁCTICO Nº 1.

A la vista de la siguiente enumeración, indique qué actos proceden de la Administración Pública y cuáles no junto con todas las precisiones que considere procedentes. En particular, busque para cada pregunta el texto normativo que regule el supuesto especificado:

a) Ejercicio por el Rey del derecho de gracia.

b) Elección y nombramiento de consejeros del Consejo General del Poder Judicial.

c) Sanción disciplinaria impuesta a un Letrado del Tribunal Constitucional.

d) Emisión de un Dictamen por el Consejo Consultivo de Aragón.

e) Resolución de un recurso por el Ministro de Educación, Cultura y Deporte.

f) Designación de los miembros de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia.

g) Imposición de una multa por el Banco de España al Director General de la Caja de Ahorros de X.

h) Calificación como Sobresaliente del examen de un alumno de Derecho Administrativo I.

i) Expulsión de un parlamentario del Salón de Plenos por el Presidente de la Cámara correspondiente.

j) Emisión de una recomendación al Gobierno aragonés por el Justicia de Aragón.

k) Sanción a un colegiado por el Colegio de Abogados.

l) Decisión de un conflicto entre regantes por el Jurado de Riego de la Comunidad respectiva.

m) Informe del Delegado del Gobierno sobre la actividad de la Administración del Estado en la Comunidad Autónoma.

n) Aprobación del Plan Provincial de Obras y Servicios por la Diputación Provincial de X.

o) Aprobación de los Estatutos de una Universidad por el Gobierno de una Comunidad Autónoma.

p) Aprobación por un Ayuntamiento de las tarifas del servicio de transporte urbano que realiza la empresa X.

q) Suscripción por esa misma empresa de un Convenio colectivo con la representación sindical de sus trabajadores.

r) Adjudicación de un contrato de obras por el Senado para la construcción de una serie de oficinas destinadas a los Grupos Parlamentarios.

s) Presentación de un informe por la Cámara de Cuentas de Aragón.

t) Designación de los miembros de un Tribunal de Arbitraje en materia de consumo por el órgano administrativo competente de la

Comunidad Autónoma de Aragón.

u) Interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de una Comunidad Autónoma por el Defensor del Pueblo.

  1. ¿Puede indicar la Ley de Bases que el texto del Gobierno se aplicará a todas las Administraciones Públicas? ¿Qué precepto constitucional puede servir de fundamento a dicha afirmación? ¿Puede, consiguientemente, el texto del Gobierno disponer que las CCAA puedan apartarse de sus previsiones?
  2. ¿Es cierto que la Ley de Bases podría regular el uso de la informática y el acceso a los ficheros?
  3. ¿Podría el Real Decreto Legislativo contener la cláusula derogatoria tal y como se indica en el texto de este caso? ¿Cuál sería, teóricamente, el rango normativo y la forma de esa legislación?
  4. ¿Tiene razón el grupo político que opina que convocadas unas elecciones no puede hacerse uso de la autorización parlamentaria?
  5. ¿Pueden los Tribunales controlar el texto aprobado por el Gobierno? ¿Cómo? ¿Y el Tribunal Constitucional? ¿Podría recurrir al Tribunal Constitucional una Comunidad Autónoma que considerara que la competencia para establecer el derecho supletorio sobre el procedimiento administrativo de las Entidades locales le corresponde a ella y no al Estado? ¿Tendría fundamento jurídico esta opinión?
  6. ¿Puede el Gobierno completar mediante un nuevo texto el desarrollo de la Ley de Bases?

NOTA: Para la preparación de este caso sirve el nº 2 de EMBID IRUJO, Casos prácticos de Derecho Administrativo , 2ª ed.

DERECHO ADMINISTRATIVO GENERAL. GRUPOS 21-22.

CURSO 2013-2014. CASO PRÁCTICO Nº 3.

Una Ley de Cortes de Aragón de artículo único autoriza al Gobierno a regular las sanciones por uso ilegal del suelo no urbanizable en terrenos situados en torno a una determinada franja de protección de instalaciones y obras públicas de la Comunidad Autónoma. En ejecución de la autorización, el 20 de octubre de 2013 se publica en el BOA un Reglamento de fecha 1 de octubre, que contiene un detallado y muy completo cuadro de conductas tipificadas y de sus correspondientes sanciones. Tres días más tarde, el Delegado del Gobierno de Aragón en la provincia de..., obrando dentro de la competencia que le reconoce el Reglamento, impone una multa a una empresa constructora por haber actuado en ese suelo no urbanizable específicamente protegido mediante la construcción de unos chalets durante el año 2012.

Paralelamente, el Ayuntamiento en cuyo territorio se desarrollan las actuaciones anteriores, se muestra disconforme con el contenido del Reglamento porque entiende que es él quien debe regular. Por ello ejercita acciones contra el Reglamento. Igualmente el Estado entiende que la regulación de la Comunidad Autónoma es inconstitucional, pues la legislación básica del Estado sobre la materia no había sido respetada.

La empresa sancionada, por su parte, recurre en vía contencioso-administrativa contra la multa impuesta.

C U E S T I O N E S

  1. ¿Puede una Ley llevar a cabo una actuación como la descrita en el caso? ¿Cómo se llama la técnica utilizada? ¿Qué límites tiene?
  2. Emita una opinión sobre el problema de discusión competencial entre el Ayuntamiento y la Comunidad Autónoma. Discuta, igualmente, la posición de la Administración del Estado.
  3. ¿De qué manera puede el Ayuntamiento reaccionar contra la actuación de la Comunidad Autónoma? ¿Qué medios jurídicos, en concreto, tiene para discutir la adecuación a Derecho del Reglamento mencionado? ¿Podría haber reaccionado contra la Ley? ¿Qué medios de reacción tendría, por su parte, el Estado?
  4. ¿Podría el Ayuntamiento indicar que el Reglamento era nulo porque se había elaborado sin su participación? ¿Qué trámites deberían haber precedido a la aprobación del Reglamento?
  5. ¿Podría la empresa en su recurso aducir la inconstitucionalidad del Reglamento? ¿Podrían los jueces competentes dejar de aplicarlo a la hora de dictar sentencia? En otro orden de cosas, ¿tendría fundamento que la empresa adujera que dicho Reglamento no había entrado en vigor cuando se impuso la sanción? ¿Podría decirse algo en cuanto a la retroactividad que, parece, supone la sanción? ¿Le parece que tiene competencia para sancionar el Delegado en la provincia?
  6. Si, hipotéticamente, un Tribunal anulara la sanción por considerar que el Reglamento que la fundamentaba era nulo, ¿podría ese Tribunal también anular el Reglamento? ¿Qué es lo que, en general, dispone el ordenamiento jurídico sobre el particular?

DERECHO ADMINISTRATIVO I. GRUPOS 21-22.

CURSO 2013-2014. CASO PRÁCTICO Nº 5.

Califique con todas las notas posibles las siguientes actuaciones de distintos poderes públicos y comente todo lo que considere procedente desde el punto de vista de la titularidad y del ejercicio de la competencia de los órganos administrativos (arts. 11 y ss. de la Ley 30/1992).

  1. Reconocimiento por el Ministerio de Economía y Hacienda de una exención fiscal a una empresa.

  2. Imposición de una multa por infracción de las Ordenanzas municipales por el Alcalde de Z.

  3. Reconocimiento a un funcionario de un trienio por el Subsecretario de un Ministerio.

  4. Otorgamiento de un permiso de ocupación de una zona de servicio de carretera autonómica por un Jefe de Servicio obrando por delegación de un Director General.

  5. Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Z nombrando a un profesor jubilado como emérito.

  6. Acuerdo del Consejo de Administración de una Sociedad titular de una televisión autonómica otorgando a un particular el ejercicio del derecho de rectificación.

  7. Otorgamiento de un permiso de paternidad a un funcionario por un Director General obrando en ausencia del Subsecretario.

  8. Convocatoria por el Presidente de una Comunidad Autónoma de una reunión del Consejo de Gobierno.

  9. Práctica de unos análisis sobre calidad de aguas por un laboratorio de la Comunidad Autónoma obrando por encargo del Municipio X.

  10. Orden de adecentar la fachada de un edificio dictada por la Junta de Gobierno local.

  11. Otorgamiento de una ayuda económica para una Asociación de la tercera edad por el Ayuntamiento de X obrando por delegación de un órgano de la Administración autonómica.

  12. Decreto del Alcalde de Z de 1 de febrero de 2014 por el que se reitera una orden de derribo dictada por primera vez el 1 de septiembre de 2012.

  13. Resolución por un Consejero de la Comunidad Autónoma de un recurso interpuesto contra un acto de un Jefe de Servicio provincial.

  1. Calificación que puede merecer en la actualidad una denegación de beca notificada en octubre de 2013 y contra la que no se ha interpuesto el recurso pertinente.

  2. Certificación expedida por los servicios de la Facultad en relación al expediente académico de un alumno.

  3. Acuerdo entre dos CCAA para el reconocimiento recíproco de las licencias de caza expedidas por cada una de ellas.

  4. Resolución del Director General del Instituto Aragonés de Fomento por el que se anuncia concurso para la adquisición de distinto material con destino al citado Instituto.

  5. Resolución del Director General de Turismo de la Comunidad Autónoma, obrando en delegación del Consejero correspondiente, por la que se autoriza el funcionamiento de una agencia de viajes.

  6. Resolución del Presidente de un Parlamento territorial por el que se sanciona a un Diputado a un mes de suspensión de sus funciones por repetidas faltas de ausencia a las labores parlamentarias.

  7. Otorgamiento de una escritura pública por el Presidente de la Empresa Pública H por la que se adquiere un edificio para sede de la misma.

  8. Acuerdo del Comisionado Parlamentario Autonómico de la Comunidad X mediante el que se admite a trámite la denuncia de un particular por violación de un Ayuntamiento de uno de sus derechos fundamentales.

DERECHO ADMINISTRATIVO GENERAL. GRUPOS 21-22.

CURSO 2013-2014. CASO PRÁCTICO Nº 7.

Don Aureliano Buendía es un estudiante de tercer curso de Derecho que reside en Z., en un piso con otros varios estudiantes. Durante el verano parte de vacaciones como el resto de sus compañeros.

En agosto de ese año, el portero sustituto del portero titular –que también se encuentra de vacaciones- se hace cargo de una carta que a don Aureliano dirige un órgano de la Administración, y firma el acuse de recibo correspondiente.

A la vuelta de vacaciones, don Aureliano, extrañado por no saber nada de su petición de beca, acude a la Administración donde le informan que su beca fue denegada, que ello se le notificó y que han transcurrido con exceso todos los plazos posibles de recurso.

Desconcertado por esa información, don Aureliano consulta con el portero de la casa, quien busca entre un montón de papeles de propaganda acumulado durante el mes de agosto y encuentra la notificación

Cuando don Aureliano abre el sobre, lee que, efectivamente, le ha sido denegada la beca. Al no indicarse en la comunicación la razón por la que se le deniega, vuelve a la unidad administrativa a preguntar cuál es el motivo. En ella le dicen que ha sido denegada su petición porque los ingresos familiares excedían los topes regulados en la legislación y porque el curso anterior debió haber obtenido calificaciones mejores. Por otra parte, le indican que el acto fue dictado por otra persona distinta a la que normalmente resuelve.

Don Aureliano no está conforme con las razones expuestas, puesto que él entiende que en la convocatoria no se exigían unos requisitos académicos mínimos y porque los ingresos familiares no superan los exigidos en la normativa. Además, debía haber resuelto la persona que normalmente está encargada de ello. Cuando pretende enterarse del plazo para recurrir, no encuentra ninguna información en la notificación.

Unos días más tarde comenta el hecho con su profesor de Derecho administrativo y, animado por la conversación, interpone un recurso. Al mismo adjunta un certificado en el que se indican los ingresos familiares percibidos, según los datos que obran en la Administración tributaria.

Por otra parte, entre las cartas enviadas por correo ordinario y recibidas durante el verano encuentra una multa de tráfico por una infracción que cometió hacía un año por aparcar en una zona prohibida. De los hechos que se consideran infracción administrativa tuvo conocimiento en su día exclusivamente por la nota que le dejó en el coche un vigilante de una empresa privada encargado de dicha zona.

CUESTIONES

1.- ¿Qué tipo de acto es la denegación de una beca? Clasifique dicho acto de acuerdo con los diversos criterios que conozca e indique las consecuencias que se derivan de cada uno de ellos.

2.- ¿Está de acuerdo con el contenido del acto administrativo que ha sido notificado a don Aureliano? ¿Adolece el acto de algún vicio de legalidad? ¿De qué tipo? Indique las consecuencias de los mismos.

3.- ¿Deben ser practicadas personalmente todas las notificaciones de actos administrativos a los interesados? ¿Conoce alguna modulación ese principio? ¿Tiene algún defecto la notificación teniendo en cuenta la persona que se ha hecho cargo de ella? ¿Podría ello tener consecuencias, en caso de respuesta positiva, sobre la eficacia del acto?

4.- Desde el punto de vista de su contenido, ¿es correcta la notificación? ¿Tiene trascendencia que no exista información sobre el plazo del recurso? ¿Qué sucede si don Aureliano se equivocara a la hora de interponer el recurso e interpusiera uno distinto?

5.- ¿Cómo calificaría la certificación que adjunta al recurso? En el caso de que no estuviera de acuerdo con los datos contenidos en la misma, ¿podría recurrirla?

6.- ¿Podría solicitar don Aureliano la anulación de la denegación de la beca por considerarla lesiva de su derecho a la educación?

7.- ¿Adolece algún vicio de legalidad la multa impuesta? ¿Cuáles son los trámites principales del procedimiento sancionador y el plazo máximo para resolver y notificar? ¿Qué le parece la forma de notificar a D. Aureliano la multa? ¿Puede ejecutarse la multa? ¿Cómo podrá ejecutar la multa la Administración, si D. Aureliano se niega a pagar?

C) Decida si el día en que se ha interpuesto el recurso administrativo

indicado, es correcto.

-Recurso de reposición interpuesto el 27 de marzo de 2014 contra un acuerdo del Consejo de Gobierno de la Com Autónoma notificado el 27 de febrero del mismo año.

-Recurso de alzada interpuesto el 1 de abril de 2014 contra un acuerdo del Consejero de X, obrando por delegación del Consejo de Gobierno, notificado el 28 de febrero de 2014.

-Recurso de revisión interpuesto el 15 de marzo de 2014 contra un acuerdo del Alcalde de H notificado el 15 de marzo de 2013.

-Recurso de alzada interpuesto el 27 de febrero de 2014 contra un acuerdo del Director General de H adoptado el 18 de noviembre de 2013.

D) Decida si los siguientes supuestos relativos a la institución de la revisión de oficio, son correctos.

-Petición realizada el 5 de abril de 2014 por un vecino de la ciudad de Z de la revisión de oficio de una ordenanza municipal e incoación consiguiente del procedimiento.

-Acuerdo de incoación del procedimiento de declaración de lesividad de 5 de abril de 2014 para la anulabilidad de un acto administrativo adoptado el 8 de enero de 2013.

-Denegación el 31 de marzo de 2014 por el Consejero de X por falta de fundamento de una petición de revisión de oficio de un acto adoptado en noviembre de 2013 sin contar con informe de órgano consultivo.

-Acuerdo de incoación en febrero de 2014 de la revisión de oficio de una sanción en materia de urbanismo impuesta en febrero de 2013 por haber sido acordada por órgano incompetente.

-Declaración el 15 de marzo de 20104 de la caducidad de un procedimiento de declaración de lesividad de un acto administrativo incoado en noviembre de

DERECHO ADMINISTRATIVO GENERAL. GRUPOS 21-22.

CURSO 2013-2014. CASO PRÁCTICO Nº 10.

El Alcalde del Ayuntamiento de X, al observar que una granja porcina sita en su término municipal viene arrojando sin autorización sus residuos al barranco H que conduce al río E, impone al propietario de dicha granja, conforme a lo que él entiende que indica la legislación de aguas, una multa semanal de 300 euros hasta tanto cese en sus vertidos ilegales. Al transcurrir la tercera semana sin que se hayan pagado las multas, el Alcalde dicta una providencia por la que dispone que la policía municipal entre en el domicilio del propietario y tome una serie de bienes de su propiedad como compensación de las multas impagadas. La policía municipal cumple las órdenes del Alcalde.

C U E S T I O N E S:

  1. ¿Está justificada legalmente la decisión del Alcalde de imponer esas multas periódicas? Si opina que no lo está, ¿podría el Delegado del Gobierno impugnar su decisión? ¿Variaría la situación si se estuviera tramitando una querella ante un Juzgado por la comisión de delito ecológico?
  2. ¿Puede el Alcalde ordenar la entrada en un domicilio tal y como indica el supuesto de hecho? ¿En qué preceptos del ordenamiento se podría fundamentar esta actuación? ¿Le parece correcta? ¿Podría el propietario solicitar de un Juez la devolución de los bienes?
  3. ¿Podría el propietario de la granja recurrir la decisión del Alcalde? ¿Cuál sería el recurso administrativo apropiado? Y si se desestimara éste y se interpusiera un recurso contencioso-administrativo, ¿cuál sería el órgano judicial competente para conocer del mismo? ¿Deberá el particular depositar el importe de las multas no abonadas hasta el momento de la interposición del recurso contencioso-administrativo como requisito para la admisibilidad de éste?
  4. Un tiempo más tarde de la decisión de interponer las multas, tuvieron lugar elecciones municipales resultando elegido concejal y luego Alcalde un hijo del propietario de las granjas. Una de sus primeras actuaciones fue notificar al propietario que quedaban anuladas las multas por haber sido impuestas violentando el ordenamiento jurídico. ¿Le parece correcta esta nueva actuación municipal? Aun siendo correcta, ¿podría adoptarla el Alcalde recién elegido?.

DERECHO ADMINISTRATIVO GENERAL. GRUPOS 21-22.

CURSO 2013-2014. CASO PRÁCTICO Nº 11.

En el municipio de X reina una gran preocupación por el trazado de un proyecto de carretera que en opinión de muchos habitantes perjudica seriamente el futuro agrícola de la población. Aun cuando algunos grupos de concejales manifiestan su opinión contraria al trazado, el Alcalde declara a la prensa su convencimiento de la utilidad que reportará la nueva vía de comunicación. Motivados por esas declaraciones, ocho concejales del Municipio presentan una moción de censura proponiendo como candidato alternativo a Alcalde a D. Juan Martínez, que figuró como número dos en la lista que se presentó a las elecciones municipales y que ahora hace de portavoz de su grupo por abandono del cabeza de lista. El municipio tiene 35.000 habitantes.

El Alcalde, recibida la moción de censura y observada la fecha de presentación en el Registro, 13 de marzo de 2014, convoca sesión para la votación de la moción para el día 29 de marzo de 2014.

Un día antes de la votación fallece el concejal D. Justo Gómez y otro presenta su dimisión.

El día 29 de marzo, la prensa regional publica que la votación podría ser nula dado que se ha convocado fuera del plazo legalmente establecido. Igualmente, al fijarse como comienzo de la sesión las 11 de la noche y ser el día 29 sábado, si la sesión durara más de una hora debería suspenderse hasta el lunes. Por último, la prensa manifiesta sus dudas de que D. Juan Martínez pueda ser candidato alternativo, ya que no fue cabeza de lista en las pasadas elecciones.

En el momento de celebrarse la sesión, el Alcalde prohibe el ejercicio del derecho de voto al concejal D. Juan Pérez, que hace tiempo le presentó una querella acusándole de prevaricación. El Alcalde, como justificación de su prohibición, manifiesta que dicho Concejal no podría tomar parte en la votación dado que la presentación de la querella denota una enemistad manifiesta por parte de ese Concejal y que en ese sentido, un precepto del Reglamento Orgánico del Municipio que se refiere a las causas de abstención de los concejales, avala su prohibición.

Cuando tiene lugar la votación, D. Juan Martínez obtiene diez votos favorables y solo nueve en contra. No obstante, el Secretario de la Corporación informa que el Alcalde continúa siendo el anterior. Al día siguiente, el Alcalde cambia la composición de la Junta de Gobierno Local y ordena incluir en el orden del día del próximo pleno una propuesta sobre el cambio de la composición de las Comisiones informativas.

C U E S T I O N E S

  1. ¿Cuántos concejales tendrá legalmente el municipio X? ¿Son suficientes ocho concejales para presentar la moción de censura? ¿Puede ser candidato D. Juan Martínez? ¿Tiene alguna relevancia que fuera el número dos de su lista y el número uno haya abandonado el Ayuntamiento? ¿Debe motivarse la moción de censura?

DERECHO ADMINISTRATIVO GENERAL. GRUPOS 21-22.

CURSO 2013-2014. CASO PRÁCTICO Nº 12.

En noviembre de 2012 se celebró en el campus de una Universidad de provincias una fiesta estudiantil con autorización verbal de la autoridad académica. En el transcurso de la misma, un camión que traía bebidas para uno de los tenderetes, ante la dificultad de tráfico motivada por la aglomeración de personas y los obstáculos diversos que se encuentran en la calzada, realizó una brusca maniobra ocasionando con ello graves desperfectos al coche de un profesor de la Facultad de Ciencias que se encontraba trabajando en uno de los laboratorios de la Universidad.

En febrero de 2013, tras recibir –y pagar- la factura correspondiente del taller, el citado profesor –probablemente aconsejado por algún colega de la Facultad de Derecho- solicitó al Rector de la Universidad que se hiciera cargo del pago de la reparación indemnizándole las cantidades correspondientes. El Rector contestó en junio de ese mismo año negando el fundamento jurídico de la solicitud y aconsejando al profesor que, en todo caso, se dirigiera contra la empresa propietaria del camión que le causó los daños, contra los organizadores de la fiesta o contra la autoridad responsable de la seguridad pública. Todo ello a su elección. En diciembre de 2013, el profesor interpone un recurso contencioso-administrativo contra la negativa del Rector.

C U E S T I O N E S:

  1. ¿Está obligada la Universidad a abonar al profesor el coste de la reparación de su vehículo? ¿Cuál sería la normativa jurídica aplicable? ¿Tiene fundamento la referencia del Rector a la autoridad encargada de la seguridad pública. ¿Cuál sería ella? ¿Cambiarían, en ese caso, las reglas sustantivas de la responsabilidad?
  2. ¿Podría el abogado defensor de la Universidad aducir que había transcurrido más de un año desde la producción de los hechos y que, por tanto, el recurso era inadmisible? ¿Tendría alguna trascendencia el tiempo transcurrido desde la negativa del Rector hasta la interposición del recurso?
  3. Si el Rector hubiera respondido negando las pretensiones del profesor indicándole la posibilidad de reclamar ante el Ayuntamiento que es competente del cuidado del tráfico en las vías públicas, ¿estaría ud. de acuerdo con esa opinión rectoral?
  4. Aun en el caso de negativa a los deseos del profesor, debería el Rector antes de responderle haber consultado con algún órgano consultivo? ¿Cuál sería éste?
  5. ¿Cuál sería la jurisdicción competente para conocer de los recursos hipotéticos que pudiera interponer el profesor en cada uno de los casos a que se refiere el supuesto? Si el camión gozara de un seguro, ¿debería demandar también a la Administración aseguradora?

DERECHO ADMINISTRATIVO GENERAL. GRUPOS 21-22.

CURSO 2013-2014. CASO PRÁCTICO Nº 13.

Un Ayuntamiento convoca unas oposiciones para cubrir tres plazas de técnico de la Corporación. Tras la celebración de la oposición, tres de los opositores son propuestos por el Tribunal y nombrados por el órgano municipal competente. Dos de los opositores suspendidos recurren contra el acto de nombramiento aduciendo que ellos fueron calificados injustamente en uno de los ejercicios. De la lectura pública de los mismos, indican los demandantes, se deducía una completa superioridad de su ejercicio sobre el de los opositores que, finalmente, superaron la prueba.

La cuestión llega a los Tribunales y el órgano contencioso-administrativo que conoce del recurso, tras el correspondiente procedimiento judicial en el que se acuerda la celebración de una prueba pericial sobre los ejercicios de todos los opositores, falla a favor de los demandantes y ordena al Ayuntamiento que los nombres funcionarios en lugar de los dos nombrados en la primer ocasión.

C U E S T I O N E S:

1 ¿Qué órgano de la jurisdicción contencioso-administrativa sería competente para conocer de este recurso? ¿Sería posible, a su vez, recurrir contra su sentencia como regla general?

  1. ¿Es posible que se haya acordado la práctica de una prueba pericial como la descrita en el supuesto? ¿No es el acto de calificación de unos ejercicios discrecional y, por tanto, infiscalizable?
  2. Si los opositores nombrados funcionarios en primer lugar no hubieran comparecido en el proceso, ¿podrían recurrir contra la Sentencia de alguna manera manifestando que necesariamente deberían haber sido partes en el pleito y que nadie les comunicó la interposición del recurso?
  3. ¿Habrán necesitado Abogado y Procurador para actuar todas las partes a que se refiere el supuesto de hecho?
  4. Si el Ayuntamiento se negara a cumplir la sentencia, ¿sería posible que el Tribunal le obligara a ello? ¿Podría sustituirse el cumplimiento de la Sentencia por algún tipo de indemnización a favor de los demandantes que han obtenido sentencia favorable a sus intereses?
  5. ¿Qué órgano municipal habrá redactado y aprobado las bases de la convocatoria? ¿Habrá sido necesaria una publicación general previa a la convocatoria, de todas las plazas vacantes en la Corporación? ¿Deben convocarse todas las plazas vacantes, aun las ocupadas interinamente?

DERECHO ADMINISTRATIVO GENERAL. GRUPOS 21-22.