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Asignatura: Financiero II, Profesor: Alejandro Garcia Heredia, Carrera: Derecho, Universidad: UCA
Tipo: Ejercicios
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La Sra. Suárez, ingeniera de telecomunicaciones, soltera y de 29 años, ha sido contratada por una empresa de telecomunicaciones con las siguientes condiciones laborales: Salario íntegro anual: 30.000 €. La empresa también se compromete a pagarle un máster de dirección y gestión de empresas con un precio de 15.000 €. Dado que tiene que cambiar su residencia de Barcelona a Madrid la empresa le indemnizará esos gastos de traslado con 1.500 €. La empresa pone a su disposición un vehículo por el que satisface un renting mensual de 400 €. El precio de mercado del vehículo nuevo es de 18.000 €. La empresa tampoco le facturará el gasto de su teléfono móvil, estableciendo como límite máximo de consumo anual 1.500 €. La empresa cuenta con un Plan de Pensiones para sus trabajadores al que no hace aportaciones hasta el segundo año en la empresa. La Sra. Suárez ha decidido aportar por sí misma 2.000 € a dicho plan. Por último, ha tenido que desplazarse por motivos laborales a Oviedo, donde ha permanecido 3 días. El desplazamiento lo ha hecho en su vehículo (900 Km, 30 € peajes y 25 € parking) y se ha hospedado en un hotel que le ha costado 180 €. La empresa le ha resarcido los gastos de viaje con la entrega de 600 €.
El Sr. Pérez y la Sra. Marín se encuentran casados bajo el régimen de gananciales y residen en su vivienda habitual en Jerez de la Frontera. La Sra. Marín ha heredado un piso de su abuela en esta ciudad, cuyo valor catastral revisado en el año 2000 es de 80.000 € (9.500 € valor del suelo). La Sra. Marín ha decidido alquilar el inmueble a su sobrina por una renta anual de 240 €. El matrimonio es también propietario de un piso en Cádiz que tiene alquilado a un despacho de abogados (valor catastral 100.000 € y valor de adquisición 170.000 €, de los cuales 50.000 € corresponden al suelo). La renta mensual es de 1.000 €, que se incrementan en los gastos de comunidad que ascienden a 50 €, al mismo tiempo que se prorratea mensualmente el IBI que equivale a un importe mensual de 16 €. El contrato de arrendamiento tuvo una duración de 8 meses y a la finalización del mismo fueron indemnizados con una mensualidad de renta (1.000 €) por los desperfectos ocasionados en uno de los baños del piso. Para la adquisición del piso se formalizó un préstamo hipotecario por importe de 100.000 €, habiéndose devuelto en el presente ejercicio un capital de 3.000 € y pagado unos intereses de 3.000 €. La tasa de recogida de basuras y alcantarillado ha sido abonada por los propietarios del inmueble, siendo su importe de 72 €. El inmueble sólo ha estado alquilado durante
8 meses, ya que en los 3 primeros meses del año fue la residencia habitual del matrimonio y el último mes estuvo sin alquilar. Conforme a los datos expuestos calculad las rentas procedentes de bienes inmuebles, ya sean rendimientos o imputaciones, de cada uno de los obligados tributarios.
El Sr. Rodríguez ha obtenido como socio de la Sociedad Y, que cotiza en bolsa, y de la que posee 5.000 acciones, las siguientes percepciones:
El Sr. Fernández adquirió el 1 de agosto de 2002 un apartamento por 78.000 €, y tuvo unos gastos de notaría y Registro de la Propiedad de 600 €. En diciembre del presente ejercicio vende el apartamento por 135.000 €, pagando un IIVTNU de 1.800 €.
La Sra. García adquirió un inmueble el 5 de marzo de 1994 por 40.000 € y lo vendió el 29 de septiembre de este año por 250.000 €. Calculad el importe de la reducción aplicable a la ganancia patrimonial obtenida.
La Sra. Jiménez tiene unos rendimientos de 24.000 € y una pérdida patrimonial por la venta de unos terrenos de 3.000 €. Al mismo tiempo, también tiene una ganancia patrimonial generada por la venta de acciones de 300 €. Por otro lado,
un valor catastral de 45.000 euros. En ambos casos, el valor catastral ha sido objeto de revisión.
Supuesto 2 Lorenzo Quintana, de 45 años, viudo, con un grado de minusvalía superior al 33 por 100, y con dos hijos a cargo de 9 y 15 años de edad, ha obtenido en el presente ejercicio las siguientes cantidades:
Además, tiene pendiente de compensación de años anteriores los siguientes conceptos: base liquidable negativa de 7.212,14 euros producida hace tres años.
Las aportaciones al Plan de Pensiones durante este año ascienden a 6.611,13 euros.
Supuesto 3 Constantino Peña, de 66 años, con un grado de minusvalía del 45%, está casado con Susana Roca, de 47 años. El régimen económico del matrimonio es el de separación de bienes. Con ellos reside su hijo Antonio, de 25 años, estudiante, y el padre de Susana, Manuel Roca, de 89 años y con una pensión de jubilación de 5.108,6 anuales.
El Sr. Peña ha obtenido en el presente ejercicio las siguientes rentas:
Desde hace tres años tiene pendiente de compensación una disminución patrimonial neta de 17.128,84 euros.
Por su parte, la Sra. Roca ha obtenido en este ejercicio las siguientes rentas:
Además, obtuvo una pérdida patrimonial como consecuencia del deterioro de un bien por inundación de 5.409,11 euros.
NOTA: Calculad las bases liquidables y cuotas íntegras tanto en declaración individual como conjunta.
Juan y María de 60 y 55 años respectivamente, viven con sus dos hijos Marcos de 18 y Manuel de 26. Juan trabaja como comercial para una empresa de ropa deportiva y tiene un salario bruto anual de 23.000 euros, el importe de las retenciones por el IRPF ha sido 1500 euros y las cuotas en concepto de cotizaciones a las Seguridad Social 2000 euros. Juan aporta todos los años 900 euros a un plan de pensiones. María es secretaria en un despacho de abogados y tiene un sueldo bruto anual de 20.000 euros, el importe de las retenciones practicadas ha sido 1200 euros y las cuotas de la Seguridad Social 1800 euros. El matrimonio es propietario de un apartamento que han tenido alquilado todo el año a José de 40 años por una renta de 400 euros mensuales. Los gastos de IBI, comunidad y recogida de basuras ascienden a 500 euros y corren por cuenta del propietario y el gasto de amortización del inmueble es de 1035 euros. El matrimonio es titular de una cuenta bancaria con un depósito de 12.000 euros que le ha reportado este año unos intereses de 16,8 euros y una retención por los mismos de 2,3 euros.
Determinar la cuota diferencial del IRPF en tributación individual y conjunta.
D. Carlos y Dña. Pilar, son un matrimonio en régimen de gananciales que vive con sus dos hijos: Laura, que tiene 22 años y sigue estudiando, aunque trabajó los meses de verano y obtuvo una retribución de 3.000 euros; y Paloma, de 17 años, que también estudia y está a punto de ingresar en la universidad. Con ellos vive la madre de Dña. Pilar, Dña. Angustias, que tiene 88 años y que tiene una discapacidad del 69%. Dña. Angustias recibe una pensión de invalidez que asciende a 7.500 euros al año.
El supuesto es el siguiente: la Sra. Marta Martín Martínez, con NIF 38389145Y, es viuda, con una minusvalía del 66%, nacida el 06/11/1947 y con domicilio en la calle Descartes, 18 (08021 Barcelona), vivienda de su propiedad (con referencia catastral 6626201DF1762F0010HO).
Obtiene una retribuciones dinerarias (por su pensión de viudedad) de 13.332,20 € (con una retención de 799,78 €). También obtiene unos intereses de cuentas, depósitos y activos financieros por un importe de 2.645,38 € (con una retención de 480,28 € y unos gastos de 69,72 €). Asimismo, transmite unas participaciones de un fondo de inversión, que le generan una ganancia patrimonial de 1426,56 € (con una retención de 256,77 €)