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Principios Contables, Apuntes de Administración de Empresas

Asignatura: Fundamentos de la Contabilidad, Profesor: manuel garcia-ayuso, Carrera: Administración y Dirección de Empresas y en Derecho, Universidad: US

Tipo: Apuntes

2014/2015

Subido el 27/02/2015

sevillabecquer
sevillabecquer 🇪🇸

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La contabilidad de la empresa y, en especial, el registro y la
valoración de los elementos de las cuentas anuales, se
desarrollarán aplicando obligatoriamente los principios contables
que se indican a continuación:
1. Empresa en funcionamiento.
Se considerará, salvo prueba en contrario, que la gestión de la
empresa continuará en un futuro previsible, por lo que la aplicación
de los principios y criterios contables no tiene el propósito de
determinar el valor del patrimonio neto a efectos de su transmisión
global o parcial, ni el importe resultante en caso de liquidación.
En aquellos casos en que no resulte de aplicación este principio, en
los términos que se determinen en las normas de desarrollo de este
Plan General de Contabilidad, la empresa aplicará las normas de
valoración que resulten más adecuadas para reflejar la imagen fiel
de las operaciones tendentes a realizar el activo, cancelar las
deudas y, en su caso, repartir el patrimonio neto resultante,
debiendo suministrar en la memoria de las cuentas anuales toda la
información significativa sobre los criterios aplicados.
2. Devengo
Los efectos de las transacciones o hechos económicos se
registrarán cuando ocurran, imputándose al ejercicio al que las
cuentas anuales se refieran, los gastos y los ingresos que afecten al
mismo, con independencia de la fecha de su pago o de su cobro.
3. Uniformidad
Adoptado un criterio dentro de las alternativas que, en su caso, se
permitan, deberá mantenerse en el tiempo y aplicarse de manera
uniforme para transacciones, otros eventos y condiciones que sean
similares, en tanto no se alteren los supuestos que motivaron su
elección. De alterarse estos supuestos podrá modificarse el criterio
adoptado en su día; en tal caso, estas circunstancias se harán
constar en la memoria, indicando la incidencia cuantitativa y
cualitativa de la variación sobre las cuentas anuales.
4. Prudencia
Se deberá ser prudente en las estimaciones y valoraciones a
realizar en condiciones de incertidumbre. La prudencia no justifica
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La contabilidad de la empresa y, en especial, el registro y la valoración de los elementos de las cuentas anuales, se desarrollarán aplicando obligatoriamente los principios contables que se indican a continuación:

  1. Empresa en funcionamiento. Se considerará, salvo prueba en contrario, que la gestión de la empresa continuará en un futuro previsible, por lo que la aplicación de los principios y criterios contables no tiene el propósito de determinar el valor del patrimonio neto a efectos de su transmisión global o parcial, ni el importe resultante en caso de liquidación. En aquellos casos en que no resulte de aplicación este principio, en los términos que se determinen en las normas de desarrollo de este Plan General de Contabilidad, la empresa aplicará las normas de valoración que resulten más adecuadas para reflejar la imagen fiel de las operaciones tendentes a realizar el activo, cancelar las deudas y, en su caso, repartir el patrimonio neto resultante, debiendo suministrar en la memoria de las cuentas anuales toda la información significativa sobre los criterios aplicados.
  2. Devengo Los efectos de las transacciones o hechos económicos se registrarán cuando ocurran, imputándose al ejercicio al que las cuentas anuales se refieran, los gastos y los ingresos que afecten al mismo, con independencia de la fecha de su pago o de su cobro.
  3. Uniformidad Adoptado un criterio dentro de las alternativas que, en su caso, se permitan, deberá mantenerse en el tiempo y aplicarse de manera uniforme para transacciones, otros eventos y condiciones que sean similares, en tanto no se alteren los supuestos que motivaron su elección. De alterarse estos supuestos podrá modificarse el criterio adoptado en su día; en tal caso, estas circunstancias se harán constar en la memoria, indicando la incidencia cuantitativa y cualitativa de la variación sobre las cuentas anuales.
  4. Prudencia Se deberá ser prudente en las estimaciones y valoraciones a realizar en condiciones de incertidumbre. La prudencia no justifica

que la valoración de los elementos patrimoniales no responda a la imagen fiel que deben reflejar las cuentas anuales. Asimismo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38 bis del Código de Comercio, únicamente se contabilizarán los beneficios obtenidos hasta la fecha de cierre del ejercicio. Por el contrario, se deberán tener en cuenta todos los riesgos, con origen en el ejercicio o en otro anterior, tan pronto sean conocidos, incluso si sólo se conocieran entre la fecha de cierre de las cuentas anuales y la fecha en que éstas se formulen. En tales casos se dará cumplida información en la memoria, sin perjuicio de su reflejo, cuando se haya generado un pasivo y un gasto, en otros documentos integrantes de las cuentas anuales. Excepcionalmente, si los riesgos se conocieran entre la formulación y antes de la aprobación de las cuentas anuales y afectaran de forma muy significativa a la imagen fiel, las cuentas anuales deberán ser reformuladas. Deberán tenerse en cuenta las amortizaciones y correcciones de valor por deterioro de los activos, tanto si el ejercicio se salda con beneficio como con pérdida.

  1. No compensación Salvo que una norma disponga de forma expresa lo contrario, no podrán compensarse las partidas del activo y del pasivo o las de gastos e ingresos, y se valorarán separadamente los elementos integrantes de las cuentas anuales.
  2. Importancia relativa Se admitirá la no aplicación estricta de algunos de los principios y criterios contables cuando la importancia relativa en términos cuantitativos o cualitativos de la variación que tal hecho produzca sea escasamente significativa y, en consecuencia, no altere la expresión de la imagen fiel. Las partidas o importes cuya importancia relativa sea escasamente significativa podrán aparecer agrupados con otros de similar naturaleza o función. En los casos de conflicto entre principios contables, deberá prevalecer el que mejor conduzca a que las cuentas anuales expresen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa.