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REGLAMENTO INTERNO INSTITUCIONAL 2021
Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones
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(Implementado en Equipo a marzo del 2021)
Institución Educativa N° 40025 “Santa Dorotea”
AREQUIPA - Urb. Juventud Ferroviaria - Av. Vidaurrázaga s/n - Teléfono: (054) 221297 - COD MOD: O226654 - 0472209 “Año de la Universalización de la Salud” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 015 - 2021 - DIE 40025 “SANTA DOROTEA” Arequipa, 05 marzo del 20 21 VISTO : El Reglamento Interno de la Institución Educativa 40025 “SANTA DOROTEA” elaborada por la comisión, integrada por representantes del personal docente administrativo, APAFA y Consejo Educativo Institucional. CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Interno es un instrumento de gestión que regula la organización y el funcionamiento integral (pedagógico, institucional y administrativo) de la Institución, el cual establece pautas, criterios y procedimientos, de desempeño y de comunicación entre los diferentes miembros de la comunidad educativa. Que, es necesario contar con un instrumento o documento normativo actualizado que norme la vida institucional de la Institución Educativa a fin de garantizar un eficiente servicio educativo. Que, la Institución Educativa publica 40025 “SANTA DOROTEA”, a través de las comisiones integrado por representantes del Consejo Educativo Institucional, en coordinación con la APAFA y personal de la Comunidad Educativa, ha elaborado el Reglamento Interno 202 1 , en cumplimiento a los dispositivos vigentes. Que, el desarrollo de las actividades educativas en el año escolar 20 21 debe realizarse dentro del marco de lo establecido en la Ley Nº 28044 Ley General de Educación y sus modificatorias, así como el proceso de Descentralización. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, Ley Nº 27783, la Ley de Bases de la Descentralización, el Decreto Ley Nº 2576, modificado por la ley Nº 26510, el Decreto Supremo Nº 006- 2006 - ED y sus modificatorias y lo dispuesto en la R.M. Nº 0273 - 2020 - MINEDU, Que aprueba la “Directiva para el desarrollo del Año Escolar 2021 .” Siendo necesario aprobar el Reglamento Interno 2021 ; y estando conformado por el equipo responsable y visto bueno del Consejo Educativo Institucional, el Director en uso de sus atribuciones que la faculta y de acuerdo a la ley de conformidad según la normatividad vigente. SE RESUELVE: PRIMERO: APROBAR el Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 40025 “Santa Dorotea”, para el año escolar lectivo 2021. SEGUNDO: PROMOVER la difusión del presente documento a todos los integrantes de la Comunidad Educativa para su ejecución y compromiso. TERCERO: ELEVAR a la Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Norte, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, Comuníquese y Archívese.
“SANTA DOROTEA” CAPITULO X MATRICULA, EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN CAPITULO XI DE LOS DERECHOS, DEBERES, PRESENTACIÓN PERSONAL, PROHIBICIONES, ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL DE LA INSTITUCION EDUCATIVA DERECHOS DE LOS PROFESORES LICENCIAS PERMISOS DEBERES DE LOS PROFESORES FALTAS ADMINISTRATIVAS DISICPLINARIAS SANCIONES MEDIDAS PREVENTIVAS CALIFICACIÓN Y GRAVEDAD DE LA FALTA AMONESTACIÓN ESCRITA SUSPENSIÓN CESE TEMPORAL DESTITUCIÓN REGISTRO DE SANCIONES; ELIMINACION DE ANOTACIONES DE SANCION ADMINISTRATIVA; INHABILITACION TÉRMINO DE LA RELACIÓN LABORAL CAPITULO XII DE LOS DERECHOS, DEBERES, PROHIBICIONES, FALTAS, SANCIONES Y ESTÍMULOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO EL PERSONAL ADMINISTRATIVO TIENEN DERECHO LICENCIAS SON DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO CAPÍTULO XIII DE LOS ESTÍMULOS CAPÍTULO XIV DE LOS DERECHOS, DEBERES, PRESENTACIÓN PERSONAL, ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD, PROHIBICIONES, ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES DE LOS ESTUDIANTES DE LOS DERECHOS DE LOS DEBERES DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL: DE LOS ESTÍMULOS DE LAS PROHIBICIONES DEL TIPO DE FALTAS DE LAS SANCIONES RESPECTO A LOS EFECTOS DE LAS SANCIONES CAPÍTULO XIV DE LOS DERECHOS, DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O APODERADOS DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA CAPITULO XV DE LOS VIAJES DE ESTUDIO CAPITULO XVI DE LA GESTION DE LOS RECURSOS PROPIOS
“SANTA DOROTEA” CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Art. 1°.- CONCEPTO: El presente Reglamento interno es un instrumento de gestión que regula la organización y funcionamiento de la Institución Educativa 40025 “SANTA DOROTEA”” de Arequipa. Contiene los objetivos y la organización de la institución educativa, así como las funciones, responsabilidades y obligaciones de sus miembros, en el desarrollo de las actividades. Así como de los miembros que lo componen en forma específica, precisa sus atribuciones y derechos, estímulos, faltas y sanciones, en concordancia con los fines establecidos y la normatividad vigente., como también norma el funcionamiento de la institución en el marco del PEI, PAT, PCI. Estableciendo pautas, criterios y procedimientos de desempeño y de interacción entre los diferentes miembros de la comunidad educativa. Art. 2°.– FINALIDAD: El presente Reglamento Interno tiene por finalidad establecer Normas y Procedimientos de carácter interno a los que deben sujetarse toda la comunidad educativa de la Institución Educativa N° 40025 “Santa Dorotea”, a fin de facilitar su funcionamiento con el objetivo de brindar un servicio educativo de calidad y excelencia. Art. 3°.– VALORES INSTITUCIONALES 3.1 DISCIPLINA ; Capacidad que debe ser desarrollada por toda la comunidad educativa, y que implica, tener orden, limpieza y puntualidad para toda circunstancia u ocasión, la puesta en práctica de una actuación ordenada y perseverante, y actuar determinadamente hasta lograr nuestras metas y objetivos. 3.2 PUNTUALIDAD ; cualidad que tiene una persona, considerada como la actitud que genera la conducta de llegar en el tiempo justo al lugar adecuado, es un hábito que indica responsabilidad y compromiso con el cumplimiento de las obligaciones dentro del tiempo estipulado y totalmente comprometido en la realización de ésta. 3.3 RESPETO ; cualidad esencial de un ser humano, porque es la base para lograr una sociedad llena de solidaridad, justicia y armonía, refleja honestidad, valor y tolerancia para lograr una armoniosa interacción social mutua, comprender las necesidades del resto, sus aspiraciones y no invadir su espacio. Es el único modo de que exista reciprocidad en una relación. 3.4 RESPONSABILIDAD; valor que está en la conciencia de cada una de las personas, porque tienen la virtud de tomar una serie de decisiones de manera consciente, sino también de asumir las consecuencias que tiene lo que se hace o se deja de hacer, así como el de responder de las mismas ante quien corresponda. 3.5 INTEGRIDAD; es el valor interior de cada uno de los miembros de la comunidad educativa, cualidad que debe tener para actuar y vivir apegado a su estado de conciencia más elevado, implica obrar con rectitud, bondad, honradez, justicia, ser alguien intachable, alguien que se puede confiar, coherente entre lo que dice y lo que hace. Art. 4°.- BASES LEGALES: El presente reglamento tiene sustento en los siguientes dispositivos legales: ❖ Constitución Política del Perú. ❖ Ley N° 28044, Ley General de Educación. ❖ Decreto Supremo N° 011- 2012 - ED “Reglamento de la Ley General de Educación Nº 28044”. ❖ Ley Nº 29944 “Ley de Reforma Magisterial”. ❖ Decreto Supremo N° 004 – 2013 – ED, Aprueba el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial. ❖ Decreto Supremo N° 008- 2014 - MINEDU, Modifica artículos y disposiciones del Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004 – 2013 - ED ❖ Ley N° 30493, Ley que Regula la política remunerativa del auxiliar de educación en las instituciones públicas, en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial ❖ Resolución Vice Ministerial. Nº 107 - 2021 - MINEDU “Normas que regulan las situaciones administrativas y otros aspectos laborales del auxiliar de educación”. ❖ Decreto Supremo N° 011 – 2016 – MINEDU; Modifica el Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de Reforma magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004 – 2013 – ED. ❖ Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la carrera administrativa y de remuneraciones del sector público ❖ Decreto Supremo N° 005- 90 - PCM, Reglamento de la Ley de bases de la carrera administrativa y de Remuneraciones del sector público. ❖ Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del régimen especial del decreto legislativo 1057 y otorga derechos laborales. ❖ Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. ❖ Decreto Legislativo N° 1272, que modifica la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y deroga la Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo ❖ Resolución Ministerial Nº 353- 89 - ED “Manual de Funciones para el personal administrativo en las instituciones educativas.”. ❖ Resolución Ministerial Nº 571- 94 - ED “Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia del Personal”. ❖ Resolución Ministerial Nº 516- 2007 - ED “Lineamientos para el proceso de matrícula escolar en instituciones educativas. públicas de EBR”. ❖ Directiva Nº 004- 2005 - VMGP “Evaluación de los Aprendizajes de los estudiantes de EBR”, aprobada, por Resolución Ministerial Nº 0234- 2005 - ED, complementada y modificada por R.M. Nº 0387- 2005 - ED ❖ Resolución Vice Ministerial Nº 086 - 2015 - MINEDU “Normas para la aprobación de los viajes de estudios, visitas culturales,
“SANTA DOROTEA” CAPITULO II DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR Art. 6°.- CONCEPTO: La convivencia escolar en la Institución Educativa “Santa Dorotea” se da a través de un conjunto de relaciones interpersonales basadas en el respeto a los derechos humanos, a las diferencias de cada persona, y a una coexistencia pacífica promoviendo el desarrollo integral de las estudiantes. Siendo una construcción colectiva y cotidiana, la responsabilidad es compartida por todos y todas, para un clima institucional armonioso, integrador, ético y de buen trato. Para una adecuada convivencia, podemos gestionar alianzas estratégicas que permitan fortalecer estrategias para una adecuada convivencia escolar; ejemplo, DEMUNA, DEVIDA, EQUIPOS DE CONVIVENCIA ESCOLAR, etc. Art. 7°.- La convivencia escolar es un elemento fundamental para lograr una formación ciudadana integral de las estudiantes. Es una experiencia dinámica que se da en todos los ámbitos de la vida escolar, y que involucra a estudiantes, docentes directivos, personal administrativo y padres de familia, con sus acciones, actitudes, decisiones y valores, donde: ❖ Directivos comprometidos, lideran la convivencia escolar democrática. ❖ Docentes fomenta en las estudiantes hábitos y comportamientos basados en la colaboración y participación, en un clima de buen trato. ❖ Padres y madres de familia que participan activamente en la I.E. y son motivadores del respeto a los derechos del otro y de la solución pacífica de conflictos. ❖ Estudiantes que se interrelacionan con tolerancia y respeto; enfrentan conflictos armonizando sus propios derechos con el de los demás. responsables y motivados Art. 8°.- DE LOS TIEMPOS Y ESPACIOS PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR DEMOCRÁTICA a. La hora de tutoría. b. Día de reflexión. c. Momentos de reflexión d. Durante el desarrollo de las sesiones de aprendizaje e. En las diferentes actividades. f. En los recreos. g. A la hora de entrada y salida de la I.E. h. En las actividades fuera de la I.E. (paseos, visitas a museos e instituciones, procesión, en el estadio, entre otros). Art. 9°.- DEL ÓRGANO RESPONSABLE DE LA ELABORACIÓN DE LOS ACUERDOS DE CONVIVENCIA DE LA I.E. El Comité de Tutoría y Orientación Educativa, es el órgano responsable de la gestión de la convivencia escolar, lidera el proceso de elaboración, actualización y validación de las Normas de Convivencia, garantizando: a. El respeto de los derechos humanos y de lo establecido en la Constitución, la Ley General de Educación, el Código de los Niños y Adolescentes, y el resto de normas que forman parte de la Base Normativa de los presentes Lineamientos. b. Un proceso participativo y consensuado, que considere las características y necesidades de cada estudiante en la elaboración o actualización de las Normas de Convivencia, incorporando así las necesidades, opiniones e intereses de todos los integrantes de la comunidad educativa, sea directamente o a través de sus representantes legítimos. c. Las Normas de Convivencia son aprobadas mediante resolución directoral de la institución educativa. d. La difusión permanente de las Normas de Convivencia a todos los integrantes de la comunidad educativa. e. La evaluación y/o actualización periódica de las Normas de Convivencia, como parte de las acciones de planificación del año escolar Art. 10°.- DE LOS ACUERDOS DE CONVIVENCIA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA: Las Normas de Convivencia de la institución educativa son un instrumento que contribuye a la promoción de la convivencia escolar democrática, a través del establecimiento de pautas de comportamiento y medidas correctivas. a. Son elaboradas de manera participativa y consensuada por los integrantes de la comunidad educativa. b. Son formuladas en términos positivos, teniendo en cuenta las necesidades colectivas, el bienestar común, la pertinencia cultural y los derechos humanos. c. Son difundidas, de manera accesible, a todos los y las integrantes de la comunidad educativa. d. Son revisadas anualmente y de manera participativa, considerándose los ajustes necesarios. Art. 11°.- DE LOS ACUERDOS DE CONVIVENCIA DEL AULA Al inicio del año escolar, cada docente de aula, tutor o tutora dedica las primeras sesiones a la elaboración de las Normas de Convivencia de su aula. Para su elaboración es necesario tener en cuenta lo siguiente: a. Promover la participación de sus estudiantes, en un ambiente democrático, respetuoso e inclusivo, con igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, respeto y valoración a las diferencias culturales y lingüísticas. b. Emplear un estilo de redacción en sentido positivo, con lenguaje sencillo y en primera persona del plural. c. Considerar la etapa del desarrollo y las características específicas de los y las estudiantes. d. Adecuar las normas a las necesidades específicas de las y los estudiantes del aula. e. Considerar las competencias y capacidades del Currículo Nacional vigente. f. Mantener coherencia con los acuerdos de Convivencia de la institución educativa. g. Una vez concluida la elaboración de los acuerdos de Convivencia del aula, estas son aprobadas por el director. Art. 1 2 °.- DE LOS ACUERDOS DE CONVIVENCIA EN SITUACIONES DE EMERGENCIA En el caso de la Emergencia sanitaria u otra similar que genere brindar clases no presenciales, se hace necesario plasmar acciones adecuadas para brindar soporte socioemocional dentro del contexto del estudiante con acuerdos consensuados. Entre ellas están:
“SANTA DOROTEA” a. Identificarse adecuadamente en todo momento con nombres y apellidos completos. b. Las estudiantes con dificultades para asistir a las clases virtuales deben reportarlo a la auxiliar de educación. c. Encender el micrófono solo cuando se requiera. d. Emplear vocabulario adecuado y respetuoso. e. Solicitar oportunamente la palabra. f. Respetar los acuerdos establecidas al iniciar la sesión. g. Al ingresar debe encender la cámara cuando lo solicite el docente. h. Cuidar la imagen y prestigio del colegio haciendo buen uso de las plataformas y redes sociales. i. Ser responsables con la entrega de actividades planificadas. j. Cumplir con el horario de atención asignado a las estudiantes. k. Al momento de enviar actividades por correo, WhatsApp u otra plataforma la estudiante debe identificarse con nombre completo y de manera respetuosa. l. Los padres de familia deben comunicarse permanentemente con los miembros de la institución educativa para absolver sus inquietudes de manera respetuosa e identificándose. Art. 1 3 °.- DE LAS ACCIONES UNA VEZ APROBADAS LOS ACUERDOS DE CONVIVENCIA DEL AULA a. Publicarlas en un lugar visible del aula, en un formato adecuado y, si fuera posible, distribuir un ejemplar, en formato virtual o escrito, a cada estudiante del aula. b. Incluirlas en la carpeta pedagógica del tutor o tutora responsable. c. Informar de ellas a todos los y las docentes que desarrollan actividades en el aula. d. Informar a los familiares y Autoridades Comunales para que las conozcan y puedan colaborar con su cumplimiento. e. Evaluar su cumplimiento por lo menos una vez al bimestre. Art. 1 4 °.- DE LAS MEDIDAS CORRECTIVAS Las medidas correctivas son acciones que tienen por objetivo facilitar el cambio de comportamiento en relación a la convivencia escolar, de acuerdo a su edad y nivel de desarrollo, respetando su dignidad y sin vulnerar sus derechos. A través de: a. Estrategias como reconocer sus errores, que motiven a las estudiantes involucradas a reconocer y responsabilizarse de las consecuencias de sus acciones, a comprender las causas de sus comportamientos, a cambiarlos, a reparar el daño causado y a restablecer las relaciones afectadas. Las medidas correctivas nunca deben ser punitivas y si de carácter reflexivo y con corrección fraterna. b. Se aplican en situaciones en los integrantes de la comunidad educativa no han respetado las Normas de Convivencia de la institución educativa o del aula. c. Para la efectividad de una medida correctiva se requiere que su aplicación se haga dentro de un lapso de tiempo corto luego de ocurrido el hecho, a fin de evitar confusiones en los fundamentos de la acción correctiva. CAPITULO III DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Art. 1 5 °.- DEL FUNCIONAMIENTO: La Institución Educativa N° 40025 “Santa Dorotea”, es una comunidad de aprendizaje y enseñanza que presta el servicio educativo tanto en el nivel primario como secundario, tiene autonomía en el planeamiento, ejecución, supervisión, monitoreo y evaluación del servicio educativo, así como en la elaboración de sus instrumentos de gestión, en el marco de la normatividad vigente. Se vincula con su entorno y está abierta a la participación de la comunidad, atiende a sus necesidades y apoya propuestas de desarrollo. Art. 1 6 °.- DE LA CREACIÓN DE LA I.E.: La Institución Educativa N° 40025 “Santa Dorotea”, nace por inquietud de la Congregación de las Hermanas Doroteas con la finalidad de prestar servicios educativos a niñas de bajos recursos económicos, en la casa del Buen Pastor , con Resolución Ministerial 1963 de fecha 15 de Mayo creando la Escuela Primaria de Mujeres No.9771, posteriormente con Resolución Directoral de la Gerencia Regional de Arequipa el 28 de Febrero del 2012 que declara a la Institución Educativa No.40025 Santa Dorotea ”INSTITUCIÓN DE CARÁCTER PÚBLICO”. Art. 1 7 °.-DE LA UBICACIÓN: La Institución Educativa N° 40025 “Santa Dorotea”, está ubicada en la Avenida Vidaurrázaga s/n de la Urbanización Juventud Ferroviaria. Actualmente cuenta con una moderna infraestructura de tres pisos, equipada con mobiliario y demás equipos para el proceso de aprendizaje – enseñanza. Art. 1 8 °.- OBJETIVOS 18.1 OBJETIVOS GENERALES: a. Orientar y normar la gestión pedagógica institucional y administrativa dentro del marco de los lineamientos de política educativa del Sector y la Ley General de Educación y sus Reglamentos. b. Establecer los lineamientos generales del sistema educativo, atribuciones y obligaciones, derechos, responsabilidades de las personas en su función educadora dentro del campo educativo. 18.2 OBJETIVOS ESPECIFICOS a. Precisar atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada uno de los integrantes del personal, así como los deberes
“SANTA DOROTEA” evaluación y certificación de competencias para el ejercicio de su cargo, de acuerdo a ley. g. Planificar, organizar, dirigir, coordinar, ejecutar y evaluar, de manera compartida, la gestión de la institución educativa. h. Promover la articulación y armonización permanente de la planificación y desarrollo de las actividades educativas de los distintos niveles, modalidades y formas educativas. i. Garantizar el acceso equitativo, el uso eficiente, el mantenimiento y conservación de los materiales y recursos pedagógicos, equipamiento, mobiliario e infraestructura, por parte de las instituciones educativas que comparten el local. j. Preservar la independencia y seguridad de los espacios educativos de los estudiantes de los diferentes niveles educativos y adoptar medidas para que la gestión y organización de la jornada escolar no se interfieran. k. Administrar la documentación y bienes patrimoniales comunes y de uso compartido por todos los integrantes de la institución educativa. l. Conducir y actualizar el inventario único y control de los bienes del Estado, los adquiridos por la propia institución educativa, así como las donaciones recibidas y que sean de uso compartido. m. Coordinar con los municipios, las fuerzas del orden o instancias competentes para garantizar la seguridad de los estudiantes en los alrededores del local escolar. n. Promover una cultura de evaluación y mejora continua tanto de la gestión educativa como de los aprendizajes de los estudiantes. o. Planificar, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar el servicio educativo. p. Conducir la elaboración, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, Plan Anual de Trabajo y Reglamento Interno, de manera participativa. q. Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica y de gestión, experimentación e investigación educativa. r. Establecer, en coordinación con el Consejo Educativo Institucional, antes del comienzo del año lectivo, la calendarización del año escolar adecuándola a las características geográficas, económico-productivas y sociales de la localidad, teniendo en cuenta las orientaciones regionales, garantizando el cumplimiento efectivo del tiempo de aprendizaje, en el marco de las orientaciones y normas nacionales dictadas por el MINEDU para el inicio del año escolar. s. Coordinar con la Asociación de Padres de Familia el uso de sus fondos, de conformidad con lo establecido en el Reglamento General de APAFA. t. Delegar funciones a los miembros de la comunidad educativa. u. Estimular el buen desempeño docente estableciendo en la institución educativa, prácticas y estrategias de reconocimiento público a las innovaciones educativas y experiencias exitosas. v. Promover, en el ámbito de su competencia, acuerdos, pactos, consensos con otras instituciones u organizaciones de la comunidad y cautelar su cumplimiento. w. Velar por el mantenimiento y conservación y conservación del mobiliario, equipamiento e infraestructura de la institución educativa, y gestionar la adquisición y/o donaciones de mobiliario y equipamiento, así como la rehabilitación de la infraestructura escolar. x. Presidir el Comité de Evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo. y. Desarrollar acciones de capacitación del personal. z. Otras que se le asigne por norma específica del sector. Art. 2 2 °.-CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL (CONEI): El Consejo Educativo Institucional, es un órgano de participación, concertación y vigilancia de la Institución Educativa, colabora con la promoción y ejercicio de una gestión educativa eficaz, transparente, ética y democrática, promoviendo principios de equidad. Está integrado por:
“SANTA DOROTEA” mobiliario y equipos de la Institución Educativa. f. Proponer a la Dirección, normas de convivencia para el personal y alumnado de la institución. educativa y criterios de participación en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas. g. Velar por el cumplimiento de las normas de convivencia y asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa. h. Participar en la evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo de la institución. i. Promover mecanismos de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones y la conformación de organizaciones juveniles. j. Promover mecanismos de reconocimiento y estímulos al personal docente y administrativo, que destaquen en su desempeño en el aula y en la institución educativa, y a los estudiantes según los resultados obtenidos en el marco del PCIE y el PEI. k. Proponer a la APAFA por medio de su representante, mecanismos e instrumentos para contribuir a la mejora de los aprendizajes de sus hijos, desde la familia y en la Institución Educativa, a partir de aprender a escuchar a los hijos, del mejor uso del tiempo para el estudio en el hogar, el apoyo en la ejecución de las tareas escolares y la práctica vivencial de los valores. EN LA CONCERTACIÓN: l. Promover el establecimiento de vínculos con las organizaciones e instituciones de la localidad que potencien el uso de los recursos existentes. m. Brindar apoyo a la Dirección de la Institución Educativa en la resolución de conflictos que se susciten al interior de ella. n. Generar acuerdos que fortalezcan la mejora de la gestión Pedagógica, Institucional, administrativa y comunitaria de la Institución Educativa, priorizando los procesos de aprendizaje-enseñanza relacionados con la comprensión lectora y la resolución de problemas, promoción de comportamientos de la vida organizada en función de valores, y una cultura de derechos en cada aula de la institución educativa. EN LA VIGILANCIA. o. Vigilar la equidad en el acceso y permanencia de los estudiantes. p. Cautelar y vigilar la ejecución del presupuesto participativo anual de la institución educativa y de la APAFA en función del PEI y los demás instrumentos de gestión. El Plan Operativo Anual de la APAFA deberá estar articulado al PAT de la institución educativa. q. Ejercer acciones de vigilancia en el desempeño de los actores de la institución educativa y evitar las acciones externas que afecten el buen funcionamiento institucional, promoviendo el trabajo digno, la gestión transparente y participar en su evaluación. r. Supervisar el número de horas efectivas de clase que reciben los alumnos de acuerdo al número de horas programadas según el plan de estudios y el cuadro de distribución de horas de clase por sección y grados. s. Verificar el cumplimiento de las horas efectivas de clase por secciones, áreas curriculares según la secuencia de conocimientos y competencias del PCIE. t. Confirmar la asistencia y puntualidad de los docentes de acuerdo al horario de clases. u. El CONEI deberá elegir entre sus integrantes un miembro veedor para el proceso electoral de la APAFA, quien deberá informar sobre los resultados al CONEI. Art. 24°.- FUNCIONES DEL DOCENTE: Funciones de acuerdo a la Ley General de Educación N° 28044 y la Ley de Reforma Magisterial 29944; son: a. Los docentes de las diferentes áreas son responsables de cada aula. b. Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del PEI, Plan Anual de Trabajo, PCI, Reglamento Interno, Plan de Monitoreo y Supervisión y Plan Anual de Tutoría de la I.E. c. Programar, desarrollar y evaluar las actividades curriculares, así como las actividades de Tutoría, Disciplina y Convivencia Escolar. d. Responsable de la ambientación, del cuidado de los mobiliarios, enseres del aula. e. Respetar estrictamente los horarios establecidos para el refrigerio y el almuerzo. f. Coordinar con los representantes del comité de aula para su mejora. g. Promover la identificación de los padres de familia con la institución educativa. h. Promoverán, el aprendizaje de sus aéreas o aérea, durante el desarrollo de sus clases. i. Organizará sus actividades elaborando un Plan de trabajo con la sección responsable de tutoría. j. Incentivará a los alumnos para que se trasladen en un determinado tiempo a la hora de cambio de hora. k. Organizar y ambientar el aula especializada o rotativa y preparar material educativo con la colaboración de los educandos y padres de familia. l. El docente a cargo del aula según su especialidad será responsable de la conservación de los bienes, mobiliarios, enseres del aula y limpieza, asimismo coordinaran con los auxiliares de educación, Brigadieres, Policías Escolares y Brigadistas de su aula. m. Evaluar el proceso de aprendizaje de acuerdo a las normas vigentes. n. Mantener actualizado los documentos pedagógicos y administrativos (Fichero: nómina de matrícula, elaboración de lista y nómina de los estudiantes a su cargo, etc.) bajo responsabilidad funcional y administrativa.
“SANTA DOROTEA” recreo, salidas, visitas y otras actividades pedagógicas que se organizan en la lE. b. Propiciar y coadyuvar al mantenimiento de un adecuado clima institucional de cooperación, amistad y respeto entre los miembros de la comunidad educativa donde labora. c. Mantener actualizado el cuaderno de incidencias, la ficha de seguimiento de los estudiantes a su cargo; el registro de asistencia y control diario de los estudiantes y; llevar un cuaderno de inasistencias, traslados y retiros de estudiantes. d. Informar y coordinar con la dirección o responsables del comité de tutoría y orientación educativa los problemas de conducta de los estudiantes y proponer acciones que posibiliten mejorar dichas conductas, así como reportar la asistencia de los estudiantes. e. Vigilar constantemente la salud e higiene de los estudiantes y, además, la cabal conservación de los materiales, muebles y equipos de la lE. f. Atender a los estudiantes que se accidenten o sufran alguna dolencia y si es necesario trasladarlos al centro de salud más cercano, en coordinación con el equipo directivo y familiares directos. g. Vigilar de manera permanente a los estudiantes durante el recreo y las horas de clases, en los diversos espacios de la IE (áreas deportivas, talleres, laboratorios, servicios higiénicos y otros). h. Participar, acompañar y colaborar activamente en las actividades cívicas, deportivas y culturales de los estudiantes de la lE. i. Coordinar con la dirección y/o el comité de tutoría y orientación educativa, y con los padres de familia la solución de los problemas sobre conducta y puntualidad de los estudiantes a su cargo. j. Colaborar con la entrega y recojo de las libretas de informaciones, citaciones, comunicados, directivas y otros documentos que emitan la dirección, los profesores o tutores de la IE. k. Atender a los padres de familia en coordinación con el profesor, así como apoyar en la organización y elaboración de documentación, registros varios y otros previstos en las normas de convivencia, tutoría y orientación educativa. l. Participar en la elaboración de los diferentes instrumentos de gestión (Proyecto Educativo Institucional- PEI, Proyecto Curricular de la Institución Educativa - PCIE, Plan anual de Trabajo - PAT, Reglamento Interno - RI, etc.) de la lE para lograr los objetivos institucionales previstos. m. Participar en procesos de autoevaluación personal e institucional, de acuerdo a lo previsto en el plan de trabajo para la mejora y acreditación institucional, cuando corresponda. n. Cuidar los recursos materiales y equipamientos que le sean asignados, (mobiliarios, equipo de cómputo, material educativo, u otros) y pertenencias de los estudiantes. o. Apoyar al responsable del SIAGIE para el debido procesamiento de boletas de notas de los estudiantes y colaborar en la entrega del informe respectivo a los padres de familia. p. Otras que se desprendan de la presente y otras normas específicas de la materia. 6.2.2 Funciones especificas En la Educación Básica Regular Secundaria a. Promover el orden en las formaciones y actividades cívicas dentro o fuera de la IE, en coordinación con los profesores. b. Efectuar rondas periódicas en los diversos ambientes de la IE. a fin de velar por el cumplimiento de las normas de convivencia escolar y de ser necesario fuera de la lE. c. En ausencia del profesor, el auxiliar de educación permanece en el aula asignada cumpliendo las funciones inherentes a su cargo de auxiliar de educación. d. Promover el orden y la disciplina en el aula durante la ausencia del profesor. e. Llevar el registro diario de asistencia de los estudiantes, así como de las incidencias de incumplimiento de las normas de convivencia; y hacer seguimiento de las recomendaciones, dando cuenta al profesor tutor correspondiente en prevención de la discriminación y violencia en la lE. f. Desarrollar estrategias de diálogo permanente con los estudiantes, profesores y profesores tutores. g. Monitorear el ingreso y salida de estudiantes de la lE, faltas, tardanzas, permisos y el registro de la agenda escolar. h. Monitorear el ingreso y salida de los estudiantes a las aulas, talleres, laboratorios y otros espacios de aprendizaje de acuerdo a la programación. i. Brindar auxilio a los estudiantes en casos de emergencia. j. Apoyar en las actividades tutoriales y de consejería estudiantil programadas por el tutor y la lE. Art. 27°.- FUNCIONES DE LA SECRETARIA Funciones a. Recibir, registrar, clasificar, distribuir y archivar la documentación recibida y los documentos que genere la Dirección. b. Controla y orienta el adecuado funcionamiento del trámite documentario y del archivo de la Institución Educativa. c. Lleva el registro de control y requerimiento de la documentación que emite la Institución Educativa. d. Preparar y redactar la documentación oficial de la Institución Educativa para fines correspondientes.
“SANTA DOROTEA” e. Coordina la elaboración, impresión de los documentos referentes al proceso de matrícula y finalización del año escolar, así como la entrega de los documentos a la UGEL. f. Mantener actualizado el archivo de los documentos de Secretaría. g. Mantener en reserva, orden y bajo extrema seguridad la documentación confidencial y oficial de la Dirección, personal jerárquico, docente y administrativo. h. Ser ejemplo de puntualidad, pulcritud, modestia y sinceridad, brindando un trato cordial y afable con la desidia, empatía al usuario. i. Transcribir y entregar oportunamente los documentos oficiales recibidos al personal que labora en la Institución Educativa. j. Mantener actualizado en agenda las acciones y tareas a cumplir por el Director. k. Estar informado sobre dispositivos legales que norman el trabajo educativo. l. Elabora y expide certificados de estudios, constancias de matrícula, de estudios, de trabajo, nóminas de matrícula, actas, informes, inventarios y otros fines autorizados por la dirección. m. Atiende y orienta al público en horario establecido. n. Recauda por concepto: Certificados, examen de subsanación examen de recuperación, rectificación de apellidos y/o notas, alquiler de fotocopia y e integra la comisión de gestión de recursos propios. o. Elabora las actas de las reuniones y sesiones que convoque el Director. p. Coordina la elaboración de las actas de evaluación de fin de año con el responsable del SIAGIE. q. Elabora los cuadros de asignación de personal (CAP). r. Mantiene en reserva y bajo extrema seguridad toda la documentación debidamente clasificada. s. Ayuda en la actualización continua del inventario de bienes y enseres de la institución educativa. t. Velar por el mantenimiento y la conservación de las computadoras, muebles y útiles de su oficina. u. Archiva las actas finales de evaluación. v. Brindar adecuado servicio de información a los padres de familia en asuntos relacionados con las notas de evaluación de sus hijos. w. Llevar las fichas personales actualizadas del personal docente y administrativo. x. Redactar memorandos u otros documentos de rutina con mucha pulcritud y puntualidad. Velar por la seguridad, mantenimiento y conservación de los documentos en general del plantel. y. Informar a la Dirección por escrito sobre los errores detectados en los registros, actas y nóminas para la rectificación o acciones correspondientes. z. Registrar las notas de las actas promocionales de recuperación y de subsanación en las fichas de evaluación. aa. Registrar y llevar el control de los alumnos que no han ratificado su matrícula y de los alumnos retirados por diversos motivos. bb. Otras acciones inherentes al cargo que le asigne el Director de la Institución Educativa Art. 28°.- FUNCIONES DEL PERSONAL DE SERVICIO II Y MANTENIMIENTO Funciones a. Mantener limpia las instalaciones de la institución educativa del plantel en forma permanente, inclusive durante las vacaciones escolares. b. Realiza la limpieza de los diferentes ambientes tales como laboratorio, biblioteca y talleres. Los pisos, paredes, ventanas, puertas, muebles en general, de las aulas, oficinas, servicios higiénicos antes y después del recreo. c. No abandonar el puesto de trabajo porque su labor es permanente, continuada y responsable. d. Cuidar los bienes y enseres de la institución educativa. e. Informar por escrito a la Dirección cuando encuentren el mobiliario material educativo deteriorado f. Velar permanentemente por la seguridad de los bienes del plantel. g. Realizar tareas de almacenamiento, embalaje y distribución de materiales. h. Será responsable de atender 10 aulas y/o ambientes por jornada laboral. i. Informa a la Dirección de la Institución educativa en forma escrita todos los incidentes e imprevistos que ocurran dentro de su turno de trabajo. j. Realizar tareas de portería de acuerdo a las necesidades requeridas. k. Debe hacer respetar el horario establecido para la atención de los padres de familia y público usuario, demostrando respeto y amabilidad. l. Efectuar el control estricto de las personas que ingresan al plantel mediante un cuaderno de partes. m. Controla que el padre o apoderado no interrumpa a los docentes en horas de clase.
“SANTA DOROTEA” Coordinador de tutoría. Responsable de Convivencia Escolar Responsable de Inclusión Representante de auxiliares de educación Psicólogo escolar Un representante de los padres de familia elegido en asamblea general. Un representante del Municipio Escolar. COMITÉ DE GESTION DE RECURSOS PROPIOS Y ACTIVIDADES PRODUCTIVAS Director de la IE Tesorero o quien haga sus veces. Representante del personal docente Representante del personal administrativo COMITÉ DE ALIMENTACION ESCOLAR CAE Presidente – Director Secretario – Representante de los docentes y/o personal administrativo. Vocales – Tres padres elegidos de CONEI, APAFA, Comités de aula COMISION DE ADJUDICACION DE QUIOSCOS ESCOLARES Director de la IE - Presidente Presidente de APAFA. Representante del personal docente Representante de los estudiantes COMISION DE ELABORACION DE CUADRO DE HORAS PEDAGOGICAS. Director de la IE - Presidente Subdirector o docente con mayor escala magisterial - Secretario. Dos representantes del personal docente nombrado. COMISION DE RACIONALIZACION (CORA-IE) Director de la IE - Presidente Subdirector del nivel o modalidad. Un representante de docentes de nivel elegido por mayoría simple. Un representante de los auxiliares elegido por mayoría simple. COMITÉ DE CONTRATACION DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y SALUD. Presidente – Director Representante titular y alterno del personal administrativo. Padre elegido de CONEI. CAPITULO VII DE LOS ORGANOS DE PARTICIPACION Art. 48°.- FUNCIONES DE ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA a. Colaborar en las actividades educativas que ejecute la Institución Educativa, promoviendo un clima armonioso favorable para el aprendizaje. b. Participar en el proceso educativo de los hijos de sus asociados, buscando la inclusión o incorporación de las personas con discapacidad en igualdad de oportunidades. c. Colaborar en las actividades educativas que ejecuta la Institución Educativa, fomentando las buenas relaciones humanas entre los integrantes de la comunidad educativa promoviendo un clima institucional favorable para el aprendizaje. d. Vigilar la distribución oportuna y el uso adecuado del material educativo que utilizan los estudiantes y denunciar ante las autoridades educativas la venta o sustracción de los libros o textos escolares oficiales de distribución gratuita. e. Velar por la mejora de los servicios, infraestructura, equipamiento, mobiliario escolar y materiales, tanto educativos como lúdicos. f. Cooperar con la Institución Educativa para salvaguardar la seguridad e integridad física de los estudiantes. g. Proponer y coordinar con el Director de la Institución Educativa, mecanismos y estrategias que contribuyan a evitar la deserción y la inasistencia de los estudiantes. h. Gestionar y/o colaborar con la implementación de comedores escolares, programas de apoyo alimentario, de salud física y mental, de deportes, recreación, orientación vocacional, visitas guiadas de estudio y otros servicios que contribuyan al bienestar de los estudiantes. i. Proponer estímulos para los estudiantes, personal docente, administrativo que logren un desempeño destacado. j. Tener participación en el CONEI, a través de sus representantes.
“SANTA DOROTEA” k. Participar en la formulación y ejecución del proyecto Educativo Institucional, Plan Anual de Trabajo, con excepción de los aspectos técnico pedagógicos l. Participar en el proceso de autoevaluación de la Institución Educativa. m. Recibir de parte del Director de la Institución Educativa, información sobre el manejo administrativo, financiero y económico de la Institución Educativa. n. Participar, a través de veedores elegidos por la Asamblea General, en los procesos de adquisición de bienes y servicios que se realice en la Institución Educativa y en los comités especiales. o. Brindar información y rendir cuenta documentada a los asociados. Art. 49°.- FUNCIONES DE LOS COMITÉS DE AULA a. Apoyar a solicitud del profesor tutor, en las actividades que beneficien a los estudiantes b. Participar a solicitud del profesor tutor de aula, en las actividades culturales, deportivas, recreativas, sociales y a las que contribuyan a la formación integral de los estudiantes c. Colaborar a solicitud del Director de la Institución Educativa en actividades educativas y acciones de promoción educativa comunal. d. Delinear un plan de trabajo anual. e. Solicitar apoyo a la Dirección y/o docente tutor para su asesoramiento. f. Coordinar con los presidentes de aula sobre temas relacionados a la mejora tanto en lo Académico, infraestructura. g. Promover la identificación de los padres de familia con la institución educativa. h. Coordinar con la comisión de tutoría y con otras entidades respecto al comportamiento de los alumnos de la Institución Educativa. i. Integrar comisiones de trabajo en bien del aula y de la institución educativa j. Aportar una cuota o aporte económico para la realización de trabajos en el aula. k. Antes de la Clausura del Año Escolar tienen la obligación de dejar el aula limpia y el mobiliario en perfecto estado con la finalidad de facilitar la apertura del año escolar siguiente. l. Está conformada: Presidente, secretario (a), Tesorero (a) , Vocales (2) Art. 50°.- FUNCIONES DEL MUNICIPIO ESCOLAR a. Desarrollar Acciones para la promoción de la convivencia escolar b. Apoyar actividades del calendario cívico escolar. c. Promover la participar de sus compañeras y compañeros en las actividades pedagógicas, culturales, deportivas y recreativas. d. Promover la inclusión educativa y los derechos de las niñas, niños y adolescentes con necesidades educativas especiales. e. Realizar acciones para el mejoramiento y cuidado de los servicios de la institución educativa. f. Difundir los acuerdos de Convivencia de la institución educativa g. Apoyo a la Campaña “Tengo Derecho al Buen Trato” y “Estudiantes sanos libres de drogas”. h. Promoción de jornadas de reflexión sobre Educación en Seguridad Vial. i. Apoyo a las acciones de prevención de infecciones de transmisión sexual, VIH y SIDA, tuberculosis, entre otras j. Apoyar a solicitud del profesor tutor, en las actividades que beneficien a los estudiantes. CAPITULO VIII DE LA CALENDARIZACION, JORNADA LABORAL Y HORARIOS Art. 51°.- El año escolar de acuerdo a las normas específicas y vigentes del Ministerio de Educación, está dividido en tres trimestres pedagógicos. Cada trimestre responde a la calendarización establecida en el Plan Anual de Trabajo. Art. 52°.- La calendarización de las diferentes actividades curriculares y extracurriculares es establecido por el órgano directivo en coordinación con el CONEI. Coordinadores pedagógicos y el comité de tutoría.
“SANTA DOROTEA” b. Habiendo concurrido no desempeñar su función. c. El retiro antes de la hora de salida sin justificación alguna. d. La omisión del marcado de tarjeta u otro mecanismo de control al ingreso y/o salida sin justificación. e. Ausencia injustificada en las reuniones o asambleas convocadas por la Dirección, coordinaciones de comisiones de trabajo, f. Llegar Tarde tres (3) veces consecutivas. Art. 67°.- El Permiso es la autorización otorgada por el Director, para ausentarse por horas durante la jornada laboral, fuera del centro de trabajo. El permiso se formaliza mediante papeleta de salida y/o comisión de servicio con visto bueno de la Dirección y consignándose en el libro de asistencia el motivo del permiso al retorno de su centro laboral. Art. 68°.- El control de asistencia de los alumnos estará a cargo de los auxiliares de educación, la misma que se realiza con el sellado en la agenda, tanto en la mañana y en horas de la tarde, la misma que diariamente debe ser registrado en el SIAGIE. CAPITULO X DE LAS TAREAS ESCOLARES Y/O RETROLIMENTACION Art. 69°.- Las tareas escolares y/o retroalimentación son un complemento del proceso de aprendizajes, deben ser dosificadas respetando los espacios y responsabilidades de los estudiantes para el tiempo compartido, la recreación y el diálogo en la familia Art. 70°.- Las tareas escolares y/o retroalimentación no deberán ser recargadas y deben realizarse dentro del aula de clase, por ningún motivo se pedirá al estudiante trabajo grupal fuera del horario de clase y de manera especial en situación remota. CAPITULO X MATRICULA, EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN Art. 71°.- La matrícula se realiza también cuando el educando ingresa por primera vez a educación primaria o secundaria menores, los requisitos son: a. Partida de nacimiento b. Certificado de estudios que acredite haber concluido satisfactoriamente la educación primaria c. Ficha única de matrícula d. Copia del Documento Nacional de Identidad e. Copia del Seguro Integral de Salud f. Presencia del padre o apoderado g. Acta de compromiso firmado por el padre, madre de familia o apoderado. Art. 72°.- La ratificación de la matrícula, corresponde a los alumnos del segundo al quinto o sexto grado del nivel y modalidad provenientes del mismo Colegio o de otros Centros Educativos, siendo requisitos: a. La presentación de la tarjeta de información. b. La documentación completa para los alumnos procedentes de otros Centros Educativos. c. No haber repetido por más de dos años el mismo grado. d. Acta de compromiso firmado por el padre, madre de familia o apoderado de estudiantes observados en conducta y comportamiento. Art. 73°.- Los traslados de matrícula solo se efectuarán hasta el 31 de octubre, excepcionalmente en caso de cambio domiciliario podrán realizarse hasta el 30 de noviembre, salvo disposiciones superiores que modifiquen dichos términos.
“SANTA DOROTEA” Art. 74°.- La evaluación del educando tiene en cuenta las capacidades, competencias, consideradas en el currículo nacional, PCI y programas de estudios, las características del área y/o asignatura y las condiciones del aprendizaje asegurando la objetividad, validez y confiabilidad dentro de la normatividad vigente. Art. 75°.- El Director en coordinación con el CONEI, en el mes de diciembre establecerá el número de vacantes por grado y secciones para efectos de traslado y ratificación de matrículas. Art. 76°.- La expedición de certificados de estudios no debe demorar más de 72 horas, siempre que el recurrente no tenga cursos a cargo pendiente o inconsistencias en las actas. Art. 77°.- La expedición del certificado de estudios para estudiantes que concluyeron el quinto grado y aquellos estudiantes traslados a otras instituciones, estará supeditado a la presentación de constancias de no deudor a la institución por: deterioro de mobiliarios, equipos, textos a la biblioteca, cuotas de APAFA por sus padres o apoderados, comités de Aula y otros. Art. 79°.- La Nómina de Matrícula, es el documento técnico pedagógico que contiene la relación de alumnos matriculados en la institución educativa por grados y secciones; es elaborado en el SIAGIE y aprobada mediante Resolución Directoral para conocimiento y fines estadísticos; en caso que los padres de familia no regularicen con la presentación de documentos de la matrícula y/o traslado se elaborará Nóminas adicionales. Art. 80°.- Al finalizar el año escolar, automáticamente el estudiante será considerado matriculado para el siguiente año lectivo en el grado inmediato superior o en el mismo, de acuerdo a los resultados de la evaluación, lo cual se informará a los padres de familia o tutor, en la “Libreta de información”. Art. 81°.- Los estudiantes que al término del año escolar repiten de grado por no haber logrado resultados aprobatorios, serán considerados al siguiente año lectivo, automáticamente en el mismo grado. Art. 82°.- El traslado de matrícula se produce cuando el alumno matriculado en la institución educativa, va a continuar sus estudios en otra institución educativa, El traslado de matrícula, se realiza hasta dos meses antes de que finalice el año escolar; salvo viaje al exterior o cambio de domicilio a otro distrito. Art. 83°.- El padre o madre de familia o el tutor del estudiante una vez determinada la institución de destino, solicita por escrito el traslado de matrícula, para ello adjuntará los siguientes documentos: a. Solicitud dirigida al Director de la institución educativa. b. Constancia de vacante generado en el SIAGIE c. Constancia de no adeudar Libros u otros bienes a la institución. d. Constancia de no adeudar a la APAFA Art. 84°.- El Director dentro de las 48 horas de recibida la solicitud escrita del padre o madre de familia o tutor del estudiante, autoriza mediante resolución, el traslado de matrícula y la entrega de los documentos de escolaridad correspondiente al recurrente. Art. 85°.- La evaluación de los aprendizajes es un proceso continuo y sistemático, mediante el cual se observa, recoge, describe, procesa y analiza los logros, avances y/o dificultades del aprendizaje, con la finalidad de reflexionar, emitir juicios de valor y tomar decisiones oportunas y pertinentes para mejorar los procesos pedagógicos. Art. 86°.- La evaluación se realiza mediante criterios e indicadores de logro que especifican y evidencian los aprendizajes que desarrollan los estudiantes. Art. 87°.- El docente debe de comunicar a los estudiantes y padres de familia o apoderados la información necesaria sobre los logros, avances y/o dificultades de los aprendizajes en forma permanente y oportuna y no solo al finalizar un periodo lectivo. Art. 88°.- El Director, en estrecha coordinación con los coordinadores pedagógicos y de tutoría, es responsable de verificar que el proceso de evaluación de los aprendizajes sea efectuado en concordancia con los lineamientos de la Directiva Nº 004-VMGP-2005: “Evaluación de los aprendizajes de los estudiantes en la Educación Básica Regular”, aprobada por R.M. Nº 0234- 2005 - ED,complementada y modificada por R.M. Nº