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Relaciones Laborales, Apuntes de Administración de Empresas

Asignatura: Relaciones laborales, Profesor: , Carrera: Administración y Dirección de Empresas, Universidad: UGR

Tipo: Apuntes

2013/2014

Subido el 28/05/2014

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superlade 🇪🇸

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S MCOGE Gui... 01:45 85% WN) 07 patatabrava.com 3 LU 0 + Relaciones L... Modelo nor... (Microsoft W... Patatabrava.... ) Otema_0_... TEMA 0 DEFINICIONES DEL DERECHO DEL TRABAJO El Derecho del Trabajo tiene como fin regular los derechos de los trabajadores y empresarios. Dar solución a los conflictos que se dan entre ambos. Presenta dos acepciones: . El Derecho del Trabajo es “ el conjunto diferenciado de normas que regulan el trabajo asalariado(art.1.1 ET) y el sistema de relaciones laborales” . El Derecho del Trabajo es “el conjunto diferenciado de normas que regulan el mercado de empleo, la relación individual de trabajo asalariado y la organización y actividad de las representaciones profesionales de trabajadores y empresarios. DERECHO INDIVIDUAL DE TRABAJO Comprende las normas sobre la relación individual de trabajo y sobre el contrato que la origina. Los distintos aspectos de la regulación de la relación individual de trabajo suelen conocerse con la denominación de condiciones de trabajo o condiciones de empleo. La determinación de las mismas corresponde a las leyes, a los convenios colectivos y también a la autonomía de la voluntad mediante el contrato de trabajo. CONDICIONES DE TRABAJO Y CONDICIONES DE EMPLEO Aunque “condiciones de trabajo” y “condiciones de empleo” se utilizan con frecuencia como equivalentes, distinguiremos: - Condiciones de trabajo en sentido estricto: comprenden los aspectos de la regulación de la relación de trabajo concernientes a la ejecución de la prestación de trabajo (tiempo de trabajo, lugar y medio de trabajo) y a las compartidas de la misma (retribución, beneficios complementarios...) - Condiciones de empleo en sentido estricto: comprenden los aspectos de la regulación de la relación de trabajo atenientes a la duración, vicisitudes y extinción de la misma (ingreso, modalidad de contratación por tiempo indefinido o por tiempo determinado, ascensos, movilidad funcional y geográfica, ceses... EL SITEMA DE RELACIONES LABORALES O RELACIONES COLECTIVAS DE TRABAJO “Es el conjunto formado por las representaciones profesionales de trabajadores y empresarios y por las prácticas desarrolladas y establecidas por ellas” La función que cumple el sistema de relaciones laborales es la fijación de las condiciones de trabajo y empleo para los distintos segmentos o sectores del sistema productivo. Las actividades o prácticas que se despliegan en el sistema de relaciones laborales pueden ser: - — Unilaterales: como las medidas de presión o conflicto (huelga/cierre patronal) - Conjuntas o acordadas: como la negociación de convenios colectivos. Los destinatarios o partícipes principales de tales actividades son los otros sujetos o actores colectivos. Pero también cuentan entre ellos los poderes u organismo públicos cuyas competencias afectan a la órbita del sistema de relaciones laborales: administraciones de trabajo y organismos de elaboración de la política laboral. DERECHO SINDICAL O DERECHO COLECTIVO DE TRABAJO Microsoft W...