

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Encuentra los documentos específicos para los exámenes de tu universidad
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Asignatura: Decho internacional publico, Profesor: magdalena martin, Carrera: Derecho, Universidad: UMA
Tipo: Resúmenes
Subido el 08/09/2015
1 / 2
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!


Resumen de mínimos elaborado por la Prof. Dra. Magdalena M. Martín
Definición: Creada en virtud de un tratado internacional, el Estatuto de Roma (ER), firmado el 17 de julio de 1998, y en vigor internacionalmente desde el 1de julio de 2002. Refleja las preocupaciones de la Sociedad Civil Internacional y, en especial, la necesidad de superar las deficiencias de los Tribunales ad hoc y de fortalecer la lucha contra la impunidad.
Órgano permanente (art. 1 ER), con sede en La Haya (art. 3 ER).
Órgano con vocación de universalidad, abierto a la participación de cualquier Estado. Sin embargo, como ocurre con el resto de los Tribunales Internacionales, su jurisdicción no es obligatoria , sino que está condicionada a que los Estados manifiesten su consentimiento y ratifiquen el Estatuto.
En enero 2015 el ER contaba con 139 firmantes y 123 Estados Parte, de los 193 que integran la ONU.
No han firmado ni ratificado ni EEUU, ni Rusia, ni China, ni Israel, ni India, ni Pakistán ni Corea del Norte (3 de los 5 con derecho a veto y la mayoría de los que poseen armas nucleares).
El ER dispone un régimen uniforme para todos sus miembros. Se prohíben las reservas (art. 120 ER), aunque existe una cláusula de “ opting out” temporal para los crímenes de guerra (art. 124 ER) y se permite la aceptación ad hoc de su competencia por Estados no partes (12.3 ER).
Composición:
Compuesta por 18 magistrados, elegidos en virtud de criterios que combinan la geografía, la presencia de especialistas de Derecho Penal y Procesal y la paridad entre hombres y mujeres. Los magistrados se distribuyen entre las Salas de Cuestiones Preliminares, de Primera Instancia y de Apelaciones. Hay también una Fiscalía y una Secretaría. Actual Fiscal, Sra. Bensouada (de Gambia) que sustituyó al primer fiscal, Moreno Ocampo
Competencia:
Ratione Personae : limitada al enjuiciamiento penal de personas físicas (art. 25. ER), mayores de 18 años (art. 26 ER). No conoce de demandas contra ESTADOS , que corresponden a la Corte Internacional de Justicia.
Ratione Temporis : pese a la imprescriptibilidad de los crímenes objeto de su competencia (art. 29 ER), solo podrá conocer de aquellos casos cometidos después de su entrada en vigor, que tuvo lugar el 1 de julio de 2002 IRRETROACTIVIDAD DE SU JURISDICCION (art. 11 ER).
Ratione Materiae: Crímenes más graves de trascendencia para la Comunidad Internacional en su conjunto que DEBEN SUPERAR UN UMBRAL DE GRAVEDAD y que están definidos en el propio Estatuto: -Genocidio: -Crímenes de guerra; -Crímenes de lesa humanidad; -Agresión (incorporada tras la Conferencia de Revisión de Kampala en 2010), aunque cabe revisar de nuevo este catálogo en el futuro (art. 123).
Principios básicos:
La CPI se erige sobre la complementariedad (arts. 1, 17-19 ER) que significa el reconocimiento de prioridad de las jurisdicciones nacionales y el carácter subsidiario de la competencia de la CPI, que solo actuará cuando detecte una falta de voluntad o de capacidad de los tribunales nacionales, a diferencia de la primacía que se autoatribuyen el TPIYugolavia (art. 9.2) y TPIRuanda (art. 8.2). LA CPI SOLO INTERVENDRÁ CUANDO LAS JURISDICCIONES NACIONALES NO PUEDAN O NO QUIERAN ENJUICIAR LOS CRIMENES INTERNACIONALES.
Los órganos que pueden activar la competencia de la Corte mediante la remisión de un asunto son: -cualquiera de los 114 Estados Partes; -el Consejo de Seguridad de la ONU: es el único que puede remitir dicho asunto sin sujeción a condiciones de aceptación por los Estados implicados (arts. 13 y 12.2 ER), y tiene también la facultad de suspender provisionalmente la competencia de la CPI por decisión unánime y por un periodo de 12 meses renovables. Así lo hizo en las Resoluciones 1422 (2002) y 1487 (2003). -o el Fiscal, actuando de oficio.
El funcionamiento eficaz de la CPI en las diferentes fases (investigación, procesamiento, y cumplimiento de la decisión judicial) depende de la cooperación estatal.
SITUACIONES y CASOS INVESTIGADOS
Actualmente, la CPI está investigando 8 situaciones. Todas ellas en AFRICA
-Darfur (Sudán) y Libia, por remisión del Consejo de Seguridad de la ONU;
-Kenia y Costa de Marfil, por decisión de la Fiscalía.;
La Fiscalía de la CPI está analizando otras 8 situaciones: ,Afganistán, Colombia, la remisión de Comoras, Georgia, Guinea, Honduras, Iraq, Nigeria, la República de Corea del Sur y Ucrania. Hasta la fecha ha desestimado emprender investigaciones por crímenes cometidos en Palestina y Venezuela.