Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


Dependencia y Seguridad Social en Europa: Atención a Personas Dependientes en España (CLD), Resúmenes de Trabajo Social

Este documento analiza la evolución histórica y actual de los sistemas de atención a personas dependientes (cld) en españa, concreto en el marco de la ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia (lapad). Se abordan temas como la división tradicional de necesidades, el sistema de protección social en españa, la ley de autonomía personal y atención a la dependencia (saad), el desarrollo de lapad y las tendencias de cambio en las políticas de cld en europa.

Tipo: Resúmenes

2013/2014

Subido el 06/10/2014

mery812
mery812 🇪🇸

3.8

(138)

33 documentos

1 / 5

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
Lectura 8: Dependencia y SS.SS
Problema: Edad: -Envejecimiento de la población -Discapacidad -Enfermedad -Crisis del
"Apoyo informal"
1. Dimensión conceptual
-Cuidados de larga duración (CLD): Actividades llevadas a cabo por cuidadores informales
o profesionales, o ambos para conseguir que una persona que no sea totalmente capaz de
cuidar de sí misma, mantenga la mejor calidad de vida posible dentro de su entorno.
-Cuidados informales: Conjunto de redes, de reducido tamaño y con un vinculo de
afectividad en la relación. Proporciona cuidado de manera permanente.
-Cuidados profesionales: Quienes lo proporcionan tienen unos conocimientos y formación
especíca necesarios para el n, regulados por procedimientos públicos y son remunerados
salarialmente.
Surge la LAPAD con carácter universal, de naturaleza centralizadora (AGE en materia de
dependencia, no administración de CCAA) y se da el derecho subjetivo, para las personas que
lo requieran. Otro aspecto es la SAAD necesaria integración del SISTEMA DE AUTONOMIA Y
ATENCION A LA DEPENDENCIA
2. Los sistemas y modelos de protección de la dependencia en la UE
La división tradicional de las necesidades se da en dos sentidos: SANITARIA-UNIVERSAL,
CUIDADOS PERSONALES (CLD) -ASISTENCIAL
Tradicionalmente, el coste de la atención sanitaria a este colectivo la afrontaba el sistema
sanitario, mientras que los cuidados de larga duración corrían a cargo del sistema de ss.ss y
sobre todo del sistema informal.
El coste sanitario al ser universal se nanciaba con impuestos y cotizaciones de la seguridad
social. Indiferentemente, una parte del coste de los cuidados personales lo cubría la familia.
Entre 1970-1990 se incrementan los cuidados de larga duración debido a las políticas de
contención del gasto social, los cambios en la población y la presión de las organizaciones de
las personas con discapacidad, además de la introducción de la mujer al mundo laboral, pues
se replantea la función cuidadora.
La Comisión Europea para los cuidados de larga duración tiene presente los aspectos
cuantitativos del envejecimiento y discapacidad y los cualitativos.
La UE tiene 3 modelos diferentes donde la protección Sanitaria se puede sintetizar:
1. Sist. Protección Universal: Se rige por el principio de CIUDADANÍA, donde establece
que la protección de la dependencia es la extensión lógica de un Estado Social que
garantiza cobertura de las necesidades básicas a todos.
2. Sist. Proteccion a través de SS: Se rige por el principio de SOSTENIBILIDAD. Los CLD
se encuadran, nancian y gestionan en el marco de SS. Da importancia a una atención
especializada.
3. Sist. Asistencial: Sist. Publico nanciado con impuestos de COBERTURA LIMITADA y
destinados a satisfacer las necesidades básicas de las personas dependientes
3. Sistema de protección sociosanitaria en España
pf3
pf4
pf5

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Dependencia y Seguridad Social en Europa: Atención a Personas Dependientes en España (CLD) y más Resúmenes en PDF de Trabajo Social solo en Docsity!

Lectura 8: Dependencia y SS.SS

Problema : Edad: -Envejecimiento de la población -Discapacidad -Enfermedad -Crisis del "Apoyo informal"

1. Dimensión conceptual

-Cuidados de larga duración (CLD): Actividades llevadas a cabo por cuidadores informales o profesionales, o ambos para conseguir que una persona que no sea totalmente capaz de cuidar de sí misma, mantenga la mejor calidad de vida posible dentro de su entorno.

-Cuidados informales: Conjunto de redes, de reducido tamaño y con un vinculo de afectividad en la relación. Proporciona cuidado de manera permanente.

  • Cuidados profesionales: Quienes lo proporcionan tienen unos conocimientos y formación específica necesarios para el fin, regulados por procedimientos públicos y son remunerados salarialmente.

Surge la LAPAD con carácter universal, de naturaleza centralizadora (AGE en materia de dependencia, no administración de CCAA) y se da el derecho subjetivo, para las personas que lo requieran. Otro aspecto es la SAAD necesaria integración del SISTEMA DE AUTONOMIA Y ATENCION A LA DEPENDENCIA

2. Los sistemas y modelos de protección de la dependencia en la UE

La división tradicional de las necesidades se da en dos sentidos: SANITARIA-UNIVERSAL, CUIDADOS PERSONALES (CLD) -ASISTENCIAL

Tradicionalmente, el coste de la atención sanitaria a este colectivo la afrontaba el sistema sanitario, mientras que los cuidados de larga duración corrían a cargo del sistema de ss.ss y sobre todo del sistema informal.

El coste sanitario al ser universal se financiaba con impuestos y cotizaciones de la seguridad social. Indiferentemente, una parte del coste de los cuidados personales lo cubría la familia.

Entre 1970-1990 se incrementan los cuidados de larga duración debido a las políticas de contención del gasto social, los cambios en la población y la presión de las organizaciones de las personas con discapacidad, además de la introducción de la mujer al mundo laboral, pues se replantea la función cuidadora.

La Comisión Europea para los cuidados de larga duración tiene presente los aspectos cuantitativos del envejecimiento y discapacidad y los cualitativos.

La UE tiene 3 modelos diferentes donde la protección Sanitaria se puede sintetizar:

1. Sist. Protección Universal: Se rige por el principio de CIUDADANÍA , donde establece que la protección de la dependencia es la extensión lógica de un Estado Social que garantiza cobertura de las necesidades básicas a todos. 2. Sist. Proteccion a través de SS: Se rige por el principio de SOSTENIBILIDAD. Los CLD se encuadran, financian y gestionan en el marco de SS. Da importancia a una atención especializada. 3. Sist. Asistencial: Sist. Publico financiado con impuestos de COBERTURA LIMITADA y destinados a satisfacer las necesidades básicas de las personas dependientes 3. Sistema de protección sociosanitaria en España

En el ámbito español, se da un sistema de protección social donde se dan unos servicios y unas prestaciones definidas de modo igualitario y organizadas con carácter estatal, con lo que queda garantizado el derecho a la igualdad, antes de que las CCAA asumieran las competencias sanitarias en el proceso descentralizador posterior.

También el Sist. de SS convirtió unos derechos sociales en universales. Esta universalidad inicial permitió extender a la ciudadanía unos derechos mínimos validos para todo el territorio nacional, sin que la descentralización posterior afectara negativamente.

España con los SS.SS dio prioridad a la descentralización adm y territorial para garantizar unos derechos sociales mínimos, pero no establecieron unos derechos subjetivos mínimos validos para todo el territorio. Hasta el 2006 con LAPAD no se garantiza el derecho subjetivo.

3.1 Ley de promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de Dependencia en España (LAPAD)

Debido a una serie de fenómenos, como es el incremento de personas mayores de 65 años, introducción de la mujer al trabajo, etc, se pone en evidencia las carencias del modelo de cuidados de larga duración existente en España hasta la LAPAD (Ley 39/2006)

La atención de personas dependientes no es un fenómeno nuevo para el sistema de protección, pues desde 1963 se ha dado una serie de leyes y planes para cubrir estas necesidades.

La LAPAD regula las condiciones básicas de promoción de la autonomía personal con la creación del SAAD, con la colaboración de todas las adm. Publicas.

La promulgación de esta ley ha significado un paso más en la creación de una red de SS.SS

La finalidad principal es garantizar la universalidad de las condiciones básicas de acceso y a la previsión de los niveles de protección y servir de cauce para la colaboración y participación de las AAPP y su coordinación para optimizar los recursos públicos y privados disponibles como Dercho subjetivo, con principios de universalidad, equidad y accesibilidad.

3.2. Evolución e implantación de la Autonomía personal y Atención a la Dependencia (SAAD)

Se da la implantación del sistema de atención a la dependencia en Enero del 2007. Además se dan 3 etapas:

1. Entre Enero - Junio 2007: Se establecen acuerdos en materia de valoración de dependencia, se aprueban grados o niveles de dependencia y se homologa el reconocimiento previo para quienes tengan gran invalidez y el complemento de la necesidad del cuidado de otra persona. Se aprueba la situación de dependencia. 2. Julio 2007 - 2010: Se da la actualización de la cuantía de prestaciones económicas, además de acuerdos para actualizar las cuantías mínimas de protección.

Además se determina la capacidad económica del beneficiario y sobre los criterios de copago de las prestaciones del SAAD.

Se dan criterios comunes de acreditación para: Garantizar la calidad de los centros y servicios del SAAD y en materia de formación en información de cuidadores no profesionales, se da un acuerdo sobre objetivos y contenidos comunes de la información del SISAAD

Se aprueba el marco de cooperación interadministrativa y criterios de reparto de créditos de la AGE.

Lectura 8a: Políticas Sociales de atención a la dependencia en los regímenes de bienestar de la UE

Reformas recientes en las políticas de CLD en los regímenes de Bienestar del espacio social europeo.

Los distintos regímenes de bienestar se encuentran en una encrucijada como consecuencia del espacio social europeo

A) Tendencias de cambio en las políticas de CLD entre 1990 y 2010

Se han dado una serie de reformas que han hecho que se den continuidades y discontinuidades.

Continuidades:

  1. Se da un avance en la socialización de riesgo en los países del régimen de bienestar continental y en algunos del sur (Como es España)
  2. También se da una expansión de una red de servicios públicos y privados
  3. Se consolida un modelo de cuidados orientados a apoyar a las personas en su casa y no en residencias.
  4. Además los modos de valoración de la dependencia son parecidos
  5. Los modelos de financiación son mixtos
  6. Se constituye los CLD como política social relevante en la UE

Discontinuidades:

  1. Se dan unas políticas de contención de gasto social en CLD
  2. Además una mayor preferencia de las prestaciones monetarias respecto a los servicios.
  3. También se da una refamiliarizacion de las políticas, donde se da un giro de las políticas de CLD y se da una concreción de actividades a los grandes dependientes.
  4. Cabe destacar que el sector mercantil se ha privatizado y se da un retroceso al 3º sector.

B) Cambios en las políticas de CLD en los regímenes de bienestar europeos

Se han analizado la naturaleza y características generales de los sistemas de CLD en la UE, de los distintos modelos de EB

• Modelo Nórdico: (Norte de Europa, Países Bajos) Este modelo ha afrontado cambios

relevantes con la llegada al gobierno de partidos conservadores. Se produce un tránsito silencioso desde el modelo histórico publico a otro crecientemente mixto, así se cambia el modelo histórico publico a otro crecientemente mixto, así se combina los sistemas público y privado mediante superposición empotrada del privado sobre el publico. Este modelo siguiendo las tendencias europeas se basa en la externalizacion de la gestión de servicios y una creciente apuesta por la libre elección del consumidor de los servicios públicos en competencia y de nuevos productos basados en desgravaciones fiscales, pero está condicionada por el control de proveedores y de límites que se ponen. Cabe destacar que la financiación es publica, estatal y municipal a los servicios comunitarios.

• El caso Holandés: Es una de las reformas más intensas en el sistema de CLD, donde se

dan dos reformas: una se da con la introducción de presupuesto personal, que permite que

el cuidador no profesional haga que el consumidor de clase media esté más satisfecho, además de que se reduzcan los costes unitarios del sistema.

Otra reforma hace que con la ley de atención social, el servicio de ayuda a domicilio se transfiere a los SS.SS municipales, que da mejoras de accesibilidad de los servicios, grado de discrecionalidad, menor intensidad horaria y costes salariales inferiores. También el modelo de CLD entra en fase de contención de costes y se mercantiliza.

• Modelo Anglosajón: Se podría afirmar que se trata de un sólido sistema asistencial,

además de ser un modelo dual en el que la protección sanitaria es universal y los CLD tienen naturaleza asistencial. el sistema de CLD se basa en dos pilares: Servicios y prestaciones monetarias que financia la S.S y el pilas de SS.SS al que puedan acceder todos los ciudadanos y que conlleva el copago en función de la renta.

Este modelo ha hecho varias reformas, casi todas dirigidas a extender la mercantilización en el sistema (siendo privado) a la vez que fomenta la creación de un sistema de seguros privados basados en desgravaciones fiscales y además se consolida el sistema asistencial contenido del CLD

• Modelo Continental: En general estos modelos se han desarrollado en dos fases: Una fase

de expansión de los CLD, basada en la universalización del derecho subjetivo, otra fase de contención de gasto, con un reequilibrio interno y apertura a formas de mercantilización y de libre elección.

• El modelo Austriaco: En 1993 se aprueba la ley de dependencia que transforma el modelo

asistencial en otro de cobertura universal. Las prestaciones que se den, son monetarias, pues tuvo un amplio apoyo por parte de las organizaciones de afectados y familias en la medida en que facilitaban como gestionar su destino.

• El modelo Alemán: Es un modelo de cobertura universal, al que se accede previa

valoración técnica que se clasifica a la población en situación de dependencia en 3 grados y se accede financiado a copago. Este modelo está dirigido a reforzar los cuidados familiares, integrados en la SS, al mismo tiempo se refuerza a los sectores no lucrativos.

• Modelo mediterráneo : Son modelos de EB en que los cuidados a personas han estado y

siguen estando a cargo de las familias, caracterizados como regímenes de bienestar "familisticos”. El modelo tradicional de atención a la dependencia se centraba en la familia, subsidiariamente el Estado vía asistencial y complementado con la intervención de organizaciones voluntarias y religiosas

- Caso Italiano : Es un sistema familiar de CLD, ampliando progresivamente un sistema asistencial que no ha concluido aun en otro tipo universal. Este modelo completa su cobertura asistencial con los SS.SS municipales. - Caso Español: Se trata de un sistema de protección universal, pero sometidos a reglas de cooperación, contenido financieramente y sometido a un cierto grado de racionalización y coordinación institucional. Lo cual, da pie a tensiones institucionales y financieras en su puesta en marcha