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| E ÍCENTRO DE! ESTU DIOS POLÍTICOS pe le ONSTITUCIONALES Boletín de Documentación DIRECCIÓN GENERAL DEL CENTRO DE ESTUDIOS POLÍTICOS Y CONSTITUCIONALES SUBDIRECCIÓN GENERAL DE PUBLICACIONES Y DOCUMENTACIÓN DEPARTAMENTO DE DOCUMENTACIÓN Edira: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales Plaza de la Marina Española, n.* 9 28071 Madrid Portada; Detalle de las pinturas del techo de un despacho del CEPC. (Foto Miguel Zabala) Depósito Legal: M, 23.077-1998 | ISSN: 1139-2827 NIPO: 005-98-016-6 PRIMERA: El Consejo General del Poder Judi CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE EL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL Y EL CENTRO DE ESTUDIOS POLÍTICOS Y CONSTITUCIONALES En Madrid, a once de febrero de mil novecientos noventa y nueve REUNIDOS De vna parte, el Excmo, Sr, D. Enrique Arnaldo Alcubilla, Vocal del Consejo General del Poder Judicial, Y de otra, la Excma. Sra, Doña Carmen Iglesias Cano, Directora del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales. INTERVIENEN El primero en nombre y representación del Consejo General del Poder Judicial, por acuerdo del Pleno de trece de enero de mil novecientos noventa y nueve, para la firma del presente Convenio. La segunda, en representación del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Organismo Autó- nomo perteneciente al Ministerio de la Presidencia, en virtud de su nombramiento por Real Decreto 1981/ 1996, de 23 de agosto (B.0.E, de 24 de agosto). EXPONEN Que es voluntad de ambas Instituciones establecer una colaboración continua y fluida en materia de información y documentación publicaciones y formación, a fin de facilitar el mejor cumplimiento de los fines que les son propios, en consecuencia estiman conveniente suscribir el presente Convenio de co- laboración con arreglo a las siguientes ESTIPULACIONES jal, a través del Centro de Documentación Judicial, pondrá a disposición del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, periódica y gratuitamente, las bases de datos de Legislación y Jurisprudencia que coedita en CD-rom, con la empresa El Derecho Editores. Si en el futuro los textos jurisprudenciales estuviesen disponibles en un servidor de bases de datos para el acceso en línea, por cualquier sistema, el Consejo General del Poder Judicial dispondrá lo necesario para que el Centro de Estudios Políticos y Constitucionoles pueda acceder, también gratuitamente, a dicha información. SEGUNDA: El Centro de Estudios Políticos y Constitucionales facilitará a] Consejo General del Poder Judicial, para el Centro de Documentación Judicial, to- das las publicaciones de la Colección “Cuademos y Debates”, así como las Revistas de Administración Pública, Estudios Poííticos, Española de Derecho Constitucional, Derecho Comunitario Europeo, y Derecho Privado y Constitucional. TERCERA: El Centro de Estudios Políticos y Constitucionales reservará dos plazas para miembros de la Carrera Judicial en los Cursos de Especialización en Derecho Constitucional y Ciencia Política. El Departamento de Documentación del Centro de Estudios Políticos y Constimcionales, y el Centro de Documentación Judicial del Consejo Gene- ral del Poder Judicial se prestarán en régimen de reciprocidad servicios documentales y bibliográficos; consulta a sus respectivos catálogos, présta- mo interbíbliotecario, servicios reprográficos y suministro de información generada por cada una de las Instituciones. Cualesquiera otras que se estimen de interés para ambas partes y sean acordadas por la Comisión de Seguimiento del Convenio a la que más ade- tación y ejecución del presente Convenio, y a los cfectos establecidos en la estipulación quinta, las partes acuerdan la Constitución ón de Seguimiento del presente Convenio que estará formada por dos miembros, uno en representación de cada una de las partes, los cuales serán designados en su momento que se reunirán tantas veces como sea necesario para la buena marcha de las actívidades desarrolladas en : El presente Convenio tendrá una duración de hasta el 3! de diciembre de 1999, prorrogándose tácitamente por anualidades salvo denuncia expresa El presente Convenio no lleva aparejado ningún compromiso presupuestario para el Consejo General del Poder Judicial. CUARTA: QUINTA: lante se aludirá. SEXTA: — Parala interpi de una Comi el marco de este Convenio. SÉPTIMA de alguna de las partes. OCTAVA: NOVENA; Este Convenio tiene naturaleza administrativa y de las divergencias que pudieran surgir en su desarrollo y ejecución corresponderá conocer a la jurisdicción Contencioso-Administrativa, Y en prueba de lo expuesto, y para que conste y surta los efectos oportunos, se firma cl presente Convenio, por quienes intervienen en el mísmo, en el lugar y fecha arr POR EL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL, Enrique Arnaldo Alcubilla iba reseñados. POR EL CENTRO DE ESTUDIOS POLÍTICOS Y CONSTITUCIONALES, Carmen Iglesias Cano Correspondencia con el Boletí CENTRO DE EsTUDIOS POLÍTICOS Y CONSTITUCIONALES Departamento de Documentación. Plaza de la Marina Española, n.* 9. 28071 Madrid. Teléfonos; 91 548 41 84 Ñ y 9154019 50 Xt Fax: 91 541 9574, E. mail: documentOcepc.es 126) SUMARIO CONVENIO CON EL CONSEJO DEL PODER JUDICIAL 2 1. DOSSIER QUEBEC: A) Cronología política; B) Resúmenes de artículos de revista; C) Opinión del Tribunal Supermo de Canadá sobre la secesión de Quebce; D) Bi- bliografí 3 II. INFORMACIÓN BIBLIOGRÁFICA: A) Monografías. B) Analíticas II. INFORMACIÓN SOBRE LEGISLACIÓN EXTRANJERA IV, ACTIVIDADES . Y. PUBLICACIONES: A: Libros. 31 Rovistas. Elaine Doscementación A) CRONOLOGÍA POLÍTICA DE QUEBEC ANTECEDENTES HISTÓRICOS 1534.—Primer viaje del navegante Jacques Cartier a Canadá. 1540 17 de octubre.—El Rey de Francia, Francisco Í, otorga poderes a Jac- ques Cartier para establecer un asentamiento en Canadá, e instruir a los habitantes de los nuevos territorios en la religión católica. 1608.-—Fundación de Quebec por Samuel Champlain. 1612 15 de octubre.—Samuel de Champlaim es nombrado Comandante de la Nouvelle France (nombre dado al conjunto de colonias francesas de América del Norte), estableciéndose en Quebec, 1627 29 de abril.—Acta del Cardenal Richelieu para el establecimiento del comercio en Canadá de la Compagnie des Cent Associés. 1663 Abril. —Canadá se convierte en una colonia real de la Monarquía fran- cesa, Se crea el Consejo Soberano de la Nouvelle France. 1713 1t de abril.—Tratado de Utrech: Francia cede a Inglaterra la Acadia, los territorios de la bahía de Hudson y Terranova. 1756.—Comienza la guerra entre Francia e Inglaterra en los territorios de América del Norte. 1759 18 de noviembre.—Los ingleses expulsan a la Corona francesa de América del Norte: Derrola francesa en los Llanos de Abraham [rente a las tropas imperiales británicas, rendición de Quebec, 1763 LO febrero, —Tratado de Paris: Francia cede la Nouvelle France a Gran Bretaña. En el Tratado (artículo 4) se garantiza a los habitantes de Canadá la libertad de profesar la reli, 7 de octubre .—Una Proclamación Real de la Corona británica sustitu- ye en la provincia de Quebec, a la que por primera vez se otorga este nombre y cuyo territorio se delimita, el derecho francés vigente por el sistema jurídico británico, 1774.—Constitución de 1774: El Parlamento británico aprueba la Quebec Act, que restaura en Canadá el derecho privado francés y reconoce la libertad religiosa a los católicos, ante el temor de que los habitantes de la Nouvelle France se unieran a la rebelión que se estaba fraguando en el Sur y que terminaría con la independencia de las trece Colonias fun- dadoras de los Estados Unidos. 1791.-—-Constitución de 1791: El Parlamento británico aprueba la Cons- titutional Act, en virud de la cual Quebec se divide en dos provincias Upper Canada , (Ontario), de mayoría anglófona y Lower Canada (Que- bes), de mayoría francófona, 1792 —El Parlamento de Upper Canada aprueba la sustitución del derecho francés vigente por el derecho inglés. 1837-1938.—Revuelta dirigida por el Partido de los Patriotas de Louis-Joseph Papineau. 1840.—Constilución de 1840: El Parlamento británico aprueba la Union Act, por la que se unifican las dos provincias canadienses (Ontario y Quebec), y se aprueba el inglés como única lengua oficial en las leyes y documentos parlamentarios. 4 1848.—Ley británica de 1848 sobre el uso de la lengua inglesa en el Parlamento de Canada, por la que se derogan algunos artículos de la Union Act de 1840 y se reconocen los derechos de la lengua francesa en los documentos parlamentarios. 1867.—El Parlamento de Westmínster aprueba la British North Ameri- ca Act (Ley Constitucional de 1867), por la que se crea el Dominion of Canada, uniendo tres de las Colonias de la Norteamérica británica, Ca- nada (Ontario y Québec), Nueva Escocia y Nuevo Brunswick , a efectos militares, económicos y políticos. Esta ley permite a Quebec un Parla- mento propio de mayoría francófona con" poderes legislativos en el ám- bito de educación, cultura y la mayor parte del derecho privado. 1912.—Se celebra en Quebec el Primer Congreso de Francofonía. 1936.—El partido Unión Nacional, presidido por Maurice Duplessis, accede al poder en Quebec y se mantendrá hasta 1960, excepto en el periodo comprendido entre 1939-1944. 1959. —Muere el Primer Ministro de Quebec Maurice Duplessis. 1960-1998 1960 22 de junio.—El Partido Liberal, presidido por Jean Lesage, obtiene la mayoría en las Elecciones Provinciales de Quebec, el 51,3 % de los votos (52 escaños); la Unión Nacional obtiene el 46,6% (42 escaños). Jean Lesage es nombrado Primer Ministro de Québec y se inicia la denomi- nada «Revolución Tranquila». Septiembre.-—Se funda en Quebec el Rassemblement pour l'independence nationale (R.LN.). 1961 Septiembre.—Congreso de la Union Nacional, Daniel Johnson es ele- gido presidente. 1962 Junio.—Elecciones Federales: el Partido Conservador, aunque con un porcentaje menor, el 37,3 % de los votos obtiene 116 escaños; el Par- tido Liberal con un 37,4%, obtiene 100 escaños; el Nuevo Partido De- mocrático el 13,3% (19 escaños); Crédito Social el 11,7% (30 escaños). John Diefenbaker es nombrado Prímer Ministro de Canadá. 14 de noviembre, —Elecciones Provinciales: el Partido Liberal, presi- dido por Jean Lesage, gana las elecciones con el 56,4% de los votos, tras una campaña electoral centrada en la nacionalización de las com- pañias eléctricas y defendida por el ministro Réne Lévesque. 1963 Marzo.—Primeras manifestaciones del Frente de Liberación de Quebec (FL.Q). Abril. —Elecciones Federales: El Partido Liberal obtiene la mayoría con el 41,7% de los votos (129 escaños), el Partido Conservador el 32,9% (95 escaños), el Nuevo Partido Democrático (N.D.P) el 13,1% (17 es- caños), Crédito Social el 11,9% (24 escaños). Lester B. Pearson se convierte en Primer Ministro de Canadá. Mayo.—El Gobierno de Quebec nacionaliza las compañías hidro-el6c- ticas que pasan al control de la nueva empresa pública Hydro Quebec. Julio.—El Gobierno federal crea la Comisión Real para el Bilingúis- mo y el Biculturalismo. 1964.—Creación del Ministerio quebequés de Educación Nacional. Dub as Diccementeción Mayo.—Réne Lévesque crea el concepto de « Estado asociado» para Quebec. 1965 Febrero, —Se firma un acuerdo cultural entre Francia y Quebec, primer acuerdo internacional firmado por el Gobierno de la provincia de Quebec. Noviembre. —Elecciones Federales: El Partido Libera) obtiene la mayoría con el 39,8% de los votos (131 escaños), el Partido Conservador el 32% (97 escaños), el Nuevo Partido Democrático el 17,7% (21 escaños). 1966 Marzo.—Se funda Ralliement national (R.N.), que nace de la fusión de Regroupement national y Ralliement créditiste. Junio.—Elecciones Provinciales: La Union Naciona! obtiene la mayo- ria con el 40,9% de los votos (56 escaños), el Partido liberal el 47,2% (50 escaños), el R.1,N. y RN. el 8%. Daniel Johnson se convierte en Primer Ministro de Quebec. 1967 24 de julio, —El Presidente de la República francesa, Charles de Gau- lle, lanza su célebre frase «Vive le Quebec libre», desde el balcón del ayuntamiento de la ciudad de Montreal. 14 de octubre. —Réne Lévesque funda el Monvement Souveraineté-As- sociation (M.S.A.), tras abandonar el Partido Liberal. Noviembre. —Reunión de los Etafs géneraux del Canadá francés (2.500 miembros). 1968 junio . - Elecciones Federales: El Partido Liberal obtiene la mayoría con el 45,5% de los votos (155 escaños), el Partido Conservador el 31,4 % (72 escaños), el N.D.P,. el 17% (22 escaños). Pierre Elliott Trudeau es nombrado Primer Ministro de Canadá, cargo en el que continuará sin interrupción hasta 1984. Octubre.—Congreso de fundación del Parti Québécois (P.Q.), tras la unión del M.S.A. y el R.LN. Réne Lévesque es elegido presidente del nuevo partido. 1969 Julio .—El Parlamento de Canadá aprueba la Ley federal sobre lenguas oficiales (Bill 63) que hace del inglés y el francés las dos lenguas ofi- ciales de Canadá. Se producen manifestaciones de protesta contra esta Ley en Quebec. Agosto.—Jean Desange dimite como presidente del Partido Liberal. 1970 Enero.—Robert Bourassa es elegido presidente del Partido Liberal. 29 de abril.—Blecciones Provinciales: el Partido Liberal obtiene la mayoría con un 45,4% de los votos (72 escaños), la Union National el 19,6% (17 escaños), Ralliement créditiste el 11,2% (12 escaños) y el Parti Québécois el 23,1 % (7 escaños). Robert Bourassa nuevo Primer Ministro de Quebec. 16 de octubre, —El Gobierno federal decreta la Ley de medidas de guerra (1917), y encarcela a cientos de personas, tras diversos atentados te- rrorístas y el secuestro, por el Front de Liberation de Quebec, del co- misario británico de comercio, James Cross, y el ministro de Trabajo de Quebec, Pierre Laporte, que será asesinado unos días después. Se declara ilegal el Front de Liberation de Québec. 1971 Junio.—Se celebra en Victoria (Columbia británica) la Conferencia cons- titucional federal-provincial en la que se aprueba un proyecto de Carta Constitucional Canadiense «Carta de Victoria». Este documento será pos- teriormente rechazado porel Primer Ministro de Quebec, Robert Bourassa. 1972 Octubre, —Elecciones Federales: El Partido Liberal obtiene el 38,5% de los votos (109 escaños), el Partido Conservador el 35% (107), el N.D,P. el 17,7% (31 escaños), Crédit Social el 7,6% (15 escaños). El gobier- no mayoritario del Primer Ministro Pierre Trudeau se convierte en mi- noritario. 1973 octubre.—Elecciones Provinciales: Victoria del Partido Liberal, presi- dido por Robert Bourassa que obtiene el 54,5% de los votos (102 es: ños), el Parti Québécois el 10,2% (6 escaños), el Ralliement Créditiste el 9,9% (2 escaños), y Union Nationale 4,5%, ningun escaño. 1974 Julío.—Elecciones Federales: El Partido Liberal obtiene el 43,2% de los votos (141 escaños), el Partido Conservador el 35,4% (95 escaños), el N.D.P el 15,4% (16 escaños) y Crédit Social el 5,1% (11 escaños). 30 de julio.—La Asamblea Nacional de Quebec aprueba la «Ley 22» que convierte al franc$s en la lengua oficial de Quebec. 1975 Junio.—-La Asamblea Nacional de Quebec aprueba una Carta de Dere- chos y Libertades. 1976 15 de noviembre. —Elecciones Provinciales: El Parti Québecois obtie- ne el 41,4% de los votos (71 escaños), El Partido Liberal 33,8% (26 escaños), la Union Nationale el 18,2% (11 escaños). Réne Levesque se convierte en Primer Ministro de Quebec. Noviembre.—Robert Bourassa dimite como presidente del Partido Li- beral. 1977 26 de agosto: La Asamblea Nacional de Quebec aprueba la Ley 101 ( Charte Québécoise de la langue frangaise ) que refuerza el estatus ofi- cial de la lengua francesa en Quebec y obliga a los nuevos inmigrantes a escolarizar a sus hijos en esta lengua. 1978 Abril. —Claude Ryan es elegido Presidente del Partido Liberal de Quebec. 1979 Febrero, —El Parti Québécois presenta un proyecto sobre la «sobera- nía-asociación» de la provincia de Quebec con el resto de Canadá («D'égal á égal»). 22 de mayo.—Elecciones Federales: El Partido Conservador obtiene el 35,9% de los votos (136 escaños), el Partido Liberal el 40,1% (114 escaños) y el N.P.D. el 17,9% (26 escaños). Joe Clark accede a Primer Ministro en un gobierno minoritario. 20 diciembre—Réne Levesque anuncia en la Asamblea Nacional de Quebec el texto del referendum nacional sobre la «soberanfa-asociación», que tendrá lugar el 20 de mayo de 1980, en el que se otorgan poderes al gobierno de Quebec para negociar un nuevo acuerdo con el resto de Canadá, basado en el principio de igualdad de los pueblos 1980 Febrero.—Elecciones Federales: El Partido Liberal obtiene la mayoría con el 44,3% de los votos (147 escaños), el Partido Conservador el 32,5% (103 escaños) y el N.D.P. el 19,8% (32 escaños). Pierre Trudeau Pri- mer Ministro de Canadá. 20 de mayo.—Referendum nacional sobre «la soberanía —asociación» de la provincia de Québec: el NO obtiene el 59,6% de los votos y el SI el 40,4% de los votos, con una participación electoral del 85,5% de los volantes. 2 de octubre. —Pierre E. Trudeau, Primer Ministro de Canadá, anuncia la «repatriación» de la British North America Act (Ley Constitucional de 1867), que solo el Parlamento británico tiene facultades para modificar. 1981 13 de abril. —Elecciones Provinciales: el Parti Québécois obtiene el 49,2% de los votos (80 escaños), el Partido Liberal el 46,1% . Réne Lévesque continua como Primer Ministro de Quebec. Dolce ae Deccmentación 23 de junio.—El último día del plazo que marca la ley para la ratifica- ción del Acuerdo Constitucional Meech, las provincias de Manitoba y Terranova rechazan el Acuerdo y no aprueban la ratificación. 24 de junio.—Fiesta Nacional de Québec: 300.000 personas se mani- ftestan en Montreal en protesta por el fracaso del Acuerdo Constitucional Meech. Julio.—Enfrentamientos y conflictos de orden público entre la policía del Gobierno de Quebec y la minorías autóctonas. Julio.—Lucien Bouchard anuncia la creación del Bloc Québécois, partido para defender la soberanía de Quebec ante el Gobierno de Ot- tawa. 1991 Enero.—El Partido Liberal de Quebec presenta el «Reporte Allaire», informe que presenta importantes modificaciones para la renovación de la Federación canadiense. 27 de marzo.—La Comisión Bélanger-Campeau, constituida por común acuerdo del Partido Liberal de Quebec y el Parti Québécois, presenta un Informe en el que propone la celebración de un referendum (en ju- nio u octubre de 1992) sobre la soberanía de Quebec, o un nuevo acuerdo constitucional. 17 de mayo, —El Gobierno de Quebec presenta un proyecto de ley para la celebración de un referendum, el 26 de octubre de 1992, relativo a la soberanía política de la provincia. 1992 Enero.—.El Parti Québécois elabora un documento confidencial sobre «El reconocimiento internacional de un Quebec soberano». 23 de junio.—Jean Chrétien es elegido presidente del Partido Liberal de Canadá. 28 de agosto.—Se firma el Acuerdo Constitucional federal-provincial de Charlottetown para la modificación de la Ley Constitucional de 1867, en el que se reconoce a la provincia de Quebec la categoría de «socie dad distinta» dentro de Canadá, con una lengua y cultura diferentes, así como una tradición de derecho civil. 3 de septiembre.—El Primer Ministro de Canadá, Brian Mulroney, anun- cía que el proyecto de reforma constitucional de Charlottetown será sometido a referendum el 26 de octubre de 1992, 26 de octubre. —Se celebra el referendum para la ratificación del Acuerdo Constitucional de Charlottetown: el proyecto es rechazado en seis de las diez provincias de Canadá; con una participación del 82,2%, el «No» obtiene el 56,7% en Quebec y el 54 % en el resto de las provincias de Canadá. 1993 Febrero.—Brian Mulroney presenta su dimisión como presidente del Partido Conservador de Canadá. Junio.—Kim Campbell es elegida presidenta del Partido Conservador de Canadá. 16 de septiembre. —Rober Bourassa, Primer Ministro de Quebec, anuncia que abandonará el Gobierno el | de enero de 1994, 25 de octubre.—Elecciones Federales: El Partido Liberal obtiene la mayoría, el 419 de los votos (177 escaños), el Partido Conservador solo obtiene el 16% (2 escaños), el N.D.P. el 6,9% (9 escaños), el Bloc Québecois el 13,5% (54 escaños) y el Reform Party el 13,7% (52 esca- ños). Jean Chrétien se convierte en Primer Ministro de Canadá. 14 de diciembre .—Jean Charest es elegido presidente del Partido Con- servador de Canadá. Diciembre.—Daniel Johnson (hijo ) es elegido presidente del Partido Liberal de Quebec. 1994 1 de enero.—Entra en vigor el Tratado de Libre Comercio de América del Norte entre Canadá, Estados Unidos y Méjico, 11 de enero.--Daniel Johnson sustituye a Robert Bourassa como Pri- mer Ministro de Quebec, Enero, —Jean Allaire y Mario Dumont fundan el partido Action Démocra» tique, organización política que se define como «confederacionista». 12 de septiembre.—Elecciones Provinciales: El Parti Québécois obtie- ne el 44,8 % de los votos (77 escaños), el Partido Liberal el 44,8% (47 escaños), Action Démocratique el 6,5% (1 escaño). Jacques Parizau se convierte en Primer Ministro de Quebec. 6 de diciembre.—El Primer Ministro de Quebec, Jacques Parizau, pre- senta en el Parlamento de Quebec un anteproyecto de ley sobre la so- beranía de la provincia de Quebec que, una vez aprobado por la Asam- blea Nacional , deberá someterse a consulta popular y entraría en vigor tras su aprobación en referendum. 1995 25 de febrero .—El Presidente de Estados Unidos, Bill Clinton, en el curso de una visita oficial a Otawa, se pronuncia a favor de la unidad de Canadá. Abril—La «Comision sur l'Avenir de Québec» presenta un informe en el que propone, una vez obtenida la soberanía, proceder a una unión política con Canadá, Junio.—El Parti Québécois , el Bloc Québécois y Action Démocrati- que anuncian el acuerdo de las tres fuerzas políticas para concurrir unidas en la campaña para el referendum sobre la soberania—coparticipación de Quebec. Octubre. —Se celebra el refendum sobre la soberanía-coparticipación de Québec: el «NO» obtiene la mayoría el 50,6 % de los votos, el «Sl» el 49,4% restante, con una diferencia de 54.288 votos y una participación electoral del 93,52%. Octubre.—El Primer Ministro de Quebec, Jacques Parizau, presenta su dimisión. 1996 Enero.—Lucien Bouchard es elegido presidente del Parti Québécois en sustitución de Jacques Parizau. Febrero.—Michel Gautier es elegido presidente del Bloc Québécois. Octubre .—Muere Robert Bourassa. Diciembre, —Michel Gauthier presenta su dimisión como presidente del Bloc Québécois. 1997 Marzo.—Gilles Duceppe es elegido presidente del Bloc Québecois. 2 de junio.—Elecciones Federales: el Partido Liberal obtiene el 38,4% de los votos (155 escaños), el Partido Conservador el 18,9% (20 esca- ños), el Reform Party el 19,3% (60 escaños), el Bloc Québécois el 10,7 % (44 escaños) y el N.D.P el 11% (21 escaños). Jean Chrétien conti- mía como Primer Ministro de Canadá. 29 septiembre .—Visita Oficial del primer ministro de Quebec, Lucien Bouchard, a París: el Presidente de la República francesa Jacques Chi- rac se compromete a reconocer la independencia de Quebec, si la pro- vincia canadiense lo aprueba en referéndum. 1998 Febrero.—El Gobierno de Canadá presenta ante el Tribunal Supremo una consulta sobre la soberanía de Quebec —en caso de convocarse un hipotético referéndum sobre la secesión— en la que plantea tres pre- guntas: ¿Permite la Constitución de Canadá la secesión unilateral de Québec? ¿Otorga el derecho internacional ese derecho? ¿En caso de con- flicto entre derecho interno y derecho internacional, cual prevalece? Bit de Decumeridación 19 de agosto.—El Tribunal Supremo, máximo órgano judicial y Cons- titucional de Canadá, hace publico su dictamen sobre Quebec en el que defiende que ni la Constitución ni el derecho internacional conceden a Quebec el derecho a una secesión unilateral, pero que si una «mayoría clara» de quebequeses responde afirmativamente a una «pregunta cla- 1a « sobre la secesión, el resto de las provincias de Canadá se verían obligadas a negociar los términos de la independencia de Quebec, res- petando los derechos de las minorías anglófona y nativa. Octubre.—Lucien Bouchard, Primer Ministro de Quebec y presiden- te del Parti Québecois, manifiesta su intención de convocar un nue- vo referendum sobre la independencia de Quebec si el P.Q. obtiene la mayoría en las próximas elecciones provinciales del mes de no- viembre, 30 noviembre. —Elecciones Provinciales: el Parti Québécois (indepen- dentista), obtiene el 42,9 % de los votos (75 escaños), el Partido Libe- ral de Quebec (federalista) el 43,6% (48 escaños), Accion Democráti- ca de Quebec (partidario de convocar un referendum, pero no antes de 10 años), el 11,6% (1 escaño). Fuentes utilizadas en la elaboración de esta cronología: GAGNON, Alain-G.: Quebec y el federalismo canadiense, Madrid: Con- sejo Superior de Investigaciones Científicas. Instituto de Estudios So- ciales Avanzados, 1998. TREMBLAY, André: La Réforme de la Constitution ay Canada; Montre- al: Les Éditions Thémis,1995, PararD, Jacques: Québec: vers la somverainet6?; Paris: La documen- tation Frangaise. Problemes politiques et sociaux, n.749, 26 mai 1995. Moríx, Jacques-Y van, y Woehrling, José: Les Constitutions du Cana- da et du Quebec. Du régime frangais á nos jours; Montreal: Les Édi- tions Thémis,1994. KeaTING, Michae: Naciones contra el Estado. El nacionalismo de Ca- taluña, Quebec y Escocia ; Barcelona: Ariel, 1996. Diario El Pais, Madrid: Prisa, B) RESÚMENES DE ARTÍCULOS SOBRE QUEBEC 1. BAKVIS, Herman Quebec block voting and the canadian electoral system / Herman Bakvis, Laura G, Macpherson En; Canadian Journal of Political Science, Y. 28, n. 4, December, 1995, pp. 659-692 Este artículo examina dos puntos de vista diferentes a propósito del voto en bloque en las elecciones federales de Quebec. El primero, de- fiende que el electorado quebequense tiene una tendencia a comportarse de manera monolítica; el segundo, señala que éste fenómeno es una creación del sistema electoral, no un hecho social autónomo. Las estadísticas revelan que el voto en bloque, es decir, cuando el electorado se moviliza para apoyar al partido más fuerte, es un fenómeno mucho más marcado en Quebec que en las otras provincias, y, en parti cular, en comparación con Ontario. Quebec, es, sin duda, la ciudad que determina qué partido va a formar gobierno y en donde la tendencia a engrosar el número de escaños del partido más importante es más acen- tuado. Simultáneamente, la composición del voto en bloque en Quebec ha variado considerablemente a lo largo del tiempo. Éste no siempre ha sido un fenómeno francófono claro. El artículo termina poniendo en cues- tión la hipótesis según la cual el sistema de circunscripción uninominal de escrutinio mayoritario es peor que el sistema de elección proporcio- nal para asegurar la protección de las minorías en sociedades multiémicas. 2. RBLAIS, André Attentes économiques et linguistiques et appui A la souveraine- té du Quebec: une analyse prospective et comparative / André Blais, Pierre Martin, Richard Nadeau. En: Canadian Journal of Political Science, y. 28, n. 4, december, 1995, pp. 637-657 El artículo, fruto de un sondeo efectuado entre estudiantes univer- sitarios, gira alrededor de estas interrogaciones: ¿Por qué los ciudada- nos de Quebec son favorables u opuestos a la soderanía?, ¿influyen en sus preferencias evaluaciones prospectivas de costes y de beneficios?, ¿son prioritarias en esta elección expectativas económicas o lingúísti- cas?, ¿varían Estas en función de un horizonte temporal? Los autores abordan estas cuestiones a la luz de la teoría económica del voto y con la ayuda de nuevas variables para determinar el apoyo a la soberanía. Se plantean la cuestión fundamental de qué ventajas y desventajas eco- nómicas y lingútsticas tendrían los ciudadanos de Quebec si fuera so- berano o si perderían algunas si permaneciese como provincia canadiense. Las conclusiones de la encuesta parecen claras: 1. El circulo implícito de costes y de beneficios desempeña un papel no despreciable en esta elección. 8 2. Las expectativas económicas influyen más en la formación de opiniones que las lingúísticas. 3. Por último, el indicador tiempo también interviene en la elec- ción de la opción federalismo-soberanía, siendo más determinante, a corto y medio plazo, el factor económico y tan solo a más largo plazo, el problema de la lengua francesa en Quebec es significativo. 3. BULLAIN, Iñigo Quebec y el acuerdo constitucional de Lac Meech: nueva etapa del debate constitucional canadiense, En: Revista de Estudios Políticos, nueva época, n. 69, julio-septiem- bre, 1990, pp. 217-238 El Acuerdo de Lac Meech, de 30 de abril de 1987 —acuerdo de prin- cipio de reforma constitucional entre el primer ministro federal y los diez primeros ministros de las provincias de Canadá y cuya principal finalidad era reintegrar a la provincia de Quebec en el seno de la Cons- titución canadiense—, representa un hito importante en la historia de la problemática canadiense, El artículo se inicia con la inevitable referencia al largo proceso constitucional, condicionado por la evolución de Quebec desde los años sesenta, y que desemboca en la «repatriación» de la Constitución. En una primera parte, se examinan los objetivos del Acuerdo: el primero, dar una solución consensuada a la «repatriación» constitucio- nal de 1982 —para lo cual tanto el poder central como Quebec se prestan a una serie de concesiones recíprocas sobre las que hasta el momento habían sido sus posiciones tradicionales—; el segundo, otorgar un re- conocimiento constitucional al carácter bicultural de Canadá y al ca- rácter distintivo de Quebec. Con el Acuerdo —cuyo contenido es analizado en la segunda parte de este estudio— se inicia, en opinión del autor, una nueva fase en el federalismo canadiense, al reconocer el poder central los cambios ex- perimentados por las provincias y abrir el camino a su reconocimiento constitucional. El Acuerdo de Lac Meech recoge algunas de las posturas, provin- ciales y de Quebec, que no fueron tenidas en cuenta en la «repatria- ción», por lo que bien puede considerársele un complemento necesa- rio de la misma. En efecto, por un lado, reconoce el carácter bicultural de Canadá, ofreciendo a Quebec un reconocimiento constitucional de su especificidad, y determina que es al Gobierno y a la Asamblea Na- cional de Quebec a quienes compete protegerla y desarrollarla. Asimismo, con la transferencia casi total de las competencias en materia de emi- gración, dota a Quebec de un instrumento indispensable para estos 0b- jetivos. Por otro lado, el Acuerdo ofrece al conjunto de provincias di- elitin de Decenentación Este comportamiento singular de los habitantes de Quebec, expli- ca que Canadá haya sido considerado un caso ambiguo a la hora de valorar Ja incidencia de factores económicos en la popularidad de los gobiernos del momento. Guérin y Nadeau destacan, en conclusión, la racionalidad electo- ral de los grupos minoritarios en los regímenes democráticos. 10. HOWE, Paul Rationality and sovereignty support in Quebec / Paul Howe En: Canadian Journal of Political Science, y. 30, n. 1, March, 1998, pp. 31-59 Recientes estudios han llegado a la conclusión de que el apoyo a la soberanía se basa en tres factores: la identidad nacional, el posible impacto de la soberanía sobre la economía y la repercusión de la eco- nomía sobre la lengua francesa. Este artículo sugiere que estos dos últimos factores no sirven real mente para explicar el apoyo a la soberanía, puesto que deben ser con- siderados, más bien y únicamente, como la expresión de sentimientos muy arraigados en los ciudadanos. Se afirma con frecuencia que existe una evidente conexión entre la identidad nacional, la soberanía y los aspectos económicos y lin- glíísticos; pero es probable que un análisis racional de estos últimos, ponga de manifiesto que su influencia sobre la soberanía es menor de lo que se supone habitualmente; además, no puede olvidarse que esta influencia sólo es considerada por algunos sectores de la po- blación. 11. JOHNSTONE, Frederick Canadian federalism: the de tism. En: Jelos, n. 109, fall, 1996, pp. 141-157 e and fall of Quebec separa- ¿Modelo global o fracaso global? De esta forma sintetiza el autor la cuestión canadiense, El federalismo de Canadá es hoy un compro- miso feliz entre fuerzas opuestas: capitalismo y socialismo, centra lismo y localismo, globalización y soberanía, pluralismo y etnocen- trismo, Canadá sigue siendo un ejemplo posible de coexistencia pacífica y desarrollo equilibrado. Si la unión entre la delegación de poderes y la socialdemocracia continúa, el federalismo canadiense puede presen- tarse como el prototipo de un Estado del siglo XXI, humanista y efi- caz, situado entre el darwinismo social y el estatismo europeo. En la década de los 90, en Canadá, al igual que en otros lugares, el viejo debate de clases entre la izquierda y la derecha está inter- firiendo a través de nuevas vías con el vicjo debate federal sobre centralismo-localismo. Lo que parece que está surgiendo en Canadá, al margen de estas diferentes tensiones, es una especie de delegación centralista, que trata de encajar las dos caras de ambos debates des- centralizando el sistema sin abandonar el modelo nacional que lo de- fine. El éxito en el siglo xxi de la transformación canadiense hacia un estado más descentralizado, pero no peor, está por ver. Por el momento, sin embargo, y, contrariamente a lo que se ha afirmado, es el separa- tismo de Quebec y no el federalismo canadiense lo que está en entre- dicho. 12. LÉTOURNEAU, Jocelyn Le lieu (dit) de la nation: essai d'argumentation A partir a'exemples puisés au cas québécois / Jocelyn Létournean avec la participation d'Anne Trépanier En: Canadian Journal of Political Science, y. 30, n. 1, March, pp. 55-87 Se busca en este artículo salir del debate antinómico oponiendo los partidarios de la tesis sustancialista y los que defienden las teorías cons- tructivistas en lo que se refiere al análisis de la nación como «lugar común». Usando ejemplos sacados del caso de Quebec, como medio de ¡lus- trar una argumentación, mucho más que de fundamentar empíricamente una interpretación, se intenta reconciliar las perspectivas complemen- tarias de una semántica de la acción con aquellas de una pragmática 10 de la misma en el cuadro de una teoría en desarrollo de la «narrae- tion». (Nota; Traducción literal del resumen ofrecido por la revista.) 13. LÓPEZ AGUILAR, Juan «Quebec and Roe»: una et debate federal canadiense. En: Autonomies, n. 23, junio, 1998, pp. 221-263 is constitucional: actualización del El objeto de este artículo es un intento de aproximación al actual debate constitucional canadiense, y dentro de él, al «malestar quehe- quense». Desde esta perspectiva es interesante seguir la peripecia pos- terior a los sucesivos fracasos de los Acuerdos de Lakc Meech, Char- lottetown y el segundo referendum de soberanía de 1995. Las demandas quebequenses, son, entre Otras: Revisión del reparto de poder en la Federación Revisión de orden competencia] entre Otawa y las provincias Revisión del sistema de participación en los órganos de la Fede- ración. Revisión expresa de los difíciles mecanismos de reforma consti- tucional Al mismo tiempo, voces cualificadas de la doctrina constitucional canadiense, han acometido sin ambages «la vía revolucionaria» de la secesión o declaración unilateral de independencia, Por su parte, el Gobierno federal baraja una serie de estrategias, con las que intenta seducir o disuadir, según se vea, a los soberanistas po- tenciales del futuro. Las democracias ocidentales tienen muchas e importantes leccio- nes que extraer de la reciente experiencia canadiense. Por una parte, la posibilidad de conducir democráticamente la reivindicación secesio- nista; por otra, las limitadas posibilidades que la razón democrática tiene de imponer su voz de una Vez y para siempre frente a la recurrencia de dicha reivindicación: fracasados dos referendum, en 1980 y 1995, Quebec ya ha anunciado su propósito de convocar un tercero, legiti- mando con ello una fundada desconfianza, de que, fallido también éste, la cuestión vaya a cerrarse por medio de la aceptación definitiva del veredicto de las urnas. 14, ORDUÑA PRADA, Ménica Problemas del federalismo canadiense: Quebec. En: Cuadernos de Derecho Público, n. 2, septiembre-diciembre, 1997, pp. 253-263 Aunque la doctrina nacionalista de Quebec se remonta al siglo XVII, y más concretamente a 1759, este estudio pretende llevar a cabo un acercamiento de las dos expresiones más características que presenta en el siglo xx: l.. Idioma francés. Resulta innegable la tenaz resistencia ofreci- da por los quebequenses a una asimilación lingúística, no sólo por su afán de mantener la lengua francesa sino también por el interés de asegurar la posición social y económica de los francófonos. 2. Factor humano, y más concretamente, por la clase social, lle- gando incluso a convertirse los conflictos de clase en un mal endémi- co para el moderno Quebec, y, por ende, para su movimiento nacio- nalista. Uno de los puntos más reseñables de la evolución de la doctrina na- cionalista en Quebec lo constituye la fuerte conciencia de identidad nacional que se ha ido forjando en el conjunto de la población, sien- do uno de los motivos fundamentales de la propia controversia cana- diense y uno de los puntos más importantes dentro de sus reivindica ciones nacionalistas. Existen dos posturas extremas en la sociedad de Quebec con res- pecto a este tema representadas por el separatismo y por el apoyo al status quo, desplegándose entre ellos un abanico de posibilidades in- termedias, En el último referendum de 1995 venció el «no» por un estrecho margen. Este resultado, sin embargo, no ha sido óbice para que los partidarios a favor de la soberanía cejen en su empeño, debi- do, entre otras cosas, a la complejidad de la pregunta empleada, que no ha dejado nada satisfechos a los partidarios del «no». Tras el citado referendum, existe una gran diferencia entre los par- tidarios de una u otra postura, ésta estriba fundamentalmente en mo- tivaciones de índole económica en los partidos del no, y de naturale- za lingúfstica en quienes apoyan la postura nacionalista. PBeétin as Dicemandación WIN 15, PELLETIER, Réjean Les nouveaux mouvements sociaux constituent-ils un défi pour les partis politiques?: le cas du Quebec / Réjean Pelletier, Da- niel Guérin, En: Canadian Journal of Political Science, v. 31, n. 2, March, 1998, pp. 311-338 Los autores de este artículo tratan de dar respuesta a la pregunta de si los nuevos movimientos sociales (NMS), con las posturas y valores que defienden en sus programas, constituyen un peligro para los parti- dos políticos tradicionales. Con este planteamiento, intentan responder a las siguientes cuestione: ¿hasta qué punto los dos principales partidos políticos de Quebec han incorporado a sus programas de actuación las nuevas posturas defendi- das por los grupos medioambientales y los grupos feministas”; ¿hasta qué punto sus militantes —hombres y mujeres— comparten los mis- mos valores que los militantes y las militantes de los nuevos movimientos sociales? Los resultados del estudio ponen de manifiesto que el Partido Que- bequés y el Partido Liberal de Quebec han incorporado con prontitud a sus programas las nuevas posturas relacionadas con la protección medioambiental y con la defensa de la igualdad entre hombres y mu- jeres. No obstante, se destaca el hecho de que los valores postmateria- listas tienen más fuerza en los NMS que en los partidos políticos. Los antores llegan a la conclusión de que la adhesión a los nuevos valores, tanto en los partidos políticos como en los NMS, no supone la existencia de dos bloques homogéneos. Con mayor propiedad, debería hablarse de la presencia no de dos movimientos sociales diferentes de dos partidos políticos, sino de cuatro organizaciones diferentes unas de otras. En definitiva, puesto que a nivel programático no existe competen cia entre partidos y NMS, cabría preguntarse si ésta se sitúa más bien a nivel organizativo. En este sentido, los autores plantean la conveniencia de futuros estudios que permitan examinar otras perspectivas del pro- blema; como por ejemplo, la incidencia del ascenso de los NMS sobre la organización de los partidos. 16. PELLETIER, Réjean Postmatérialisme et clivages partisans au Quebec: les partis sont+ils différents? / Réjean Pelletier, Daniel Guérin. En: Canadian Journal of Political Science, v. 29, 1.1, March, 1996, pp. 71-109 La creciente importancia de la corriente postmaterialista en las so- ciedades democráticas podría llegar a afectar a instituciones tradicio- nales de representación, como los partidos políticos. El artículo trata de determinar si los dirigentes y los partidarios de los dos principales partidos políticos de Quebec —el Partido Liberal de Quebec y el Partido Quebequés— presentan diferencias en cuanto a su adhesión a los valores postmaterialistas. El estudio se ha realizado a partir de dos cuestionarios, el primero, diseñado por los autores; el segundo, por el Estudio Electoral Canadiense. El resultado del estudio pone de manifiesto que, a pesar de la co- mún adhesión a los valores materialistas/posimaterialistas, los electo- res y dirigentes del Partido Quebequés son claramente más postmate- rialistas que quienes dirigen y apoyan al Partido Liberal de Quebec. No obstante, la influencia de los valores propios de la corriente postmaterialista («Nouvelle Politique») sobre los partidos de Quebec no ha eliminado las antiguas discrepancias económicas —como la ba- sada en los «enjeux» de la redistribución de la riqueza y del valor del igualitarismo— que continúan condicionando el sistema de partidos en Quebec. 17. PICCONE, Paul Seccession or reform?: The case of Canada. En: Telos, n. 106, winter, 1996, pp. 3-47 En Canadá, y por varios países, recientes llamamientos a la sece- sión pueden ser interpretadas como los últimos esfuerzos por romper un acuerdo político inaceptable, Esto sólo es posible donde la geogra- fía y demografía conduzcan a un acuerdo nuevo que cubra parte del territorio, y donde la pretendida constitucionalidad pueda aclarar su soberanía económica, pol Este proceso podría llevarse a cabo y ordenadamente dentro de las federaciones, confederaciones u otras unidades políticas en las que la Constitución se contempla fundamentalmente como un «documento contractual». Dentro de las naciones-estado la Constitución está consi derada como un «pacto», y por consiguiente indestructible, sólo revo- cable por razones extralegales. Sin embargo, la cuestión en la mayoría de los países analizados con movimientos secesionistas, no reside sólo en si están ligados por un contrato o pacto, como en el caso de Quebec, sino, si el objetivo es encontrar una nueva nación-estado o refundar la confederación (Traducción del abstract publicado en la Revista International Poli- tcal Sciences Abstract 1989-1999) 18. PLAZA CEREZO, Sergio La economía política del separatismo en Quebec. En: Revista de Estudios Políticos, nueva época, n. 96, abril-junio, 1997, pp. 195-223 En el referéndum celebrado en el mes de octubre de 1995, los ciu- dadanos de Quebec expresaron su deseo de permanecer en la Confede- ración canadiense. Los federalistas consiguieron el 50,60 por 100 de los votos, frente al 49,4 por 100 de los separatistas Este artículo plantea cómo el auge del nacionalismo y la convoca- toria misma del referéndum han estado motivados por razones estraté- gicas derivadas de la pérdida de importancia demográfica, económica y geopolítica de Quebec en la Confederación. Las propuestas federa- listas, por su lado, se han basado en consideraciones de carácter eco- nómico: el dinamismo de una renovada estructura industrial, la zona de libre cambio con Estados Unidos y México, y el deseo de mantener una unión económica y monetaria. El «affair» de Quebec constituye un problema importante, aunque no el único, que debilita la cohesión territorial, de ahí que el autor in- sista en la importancia de revitalizar el federalismo canadiense mediante las adecuadas reformas tanto políticas como económicas. A pesar de que las elecciones federales de 1997 han supuesto una profundización del proceso de regionalización que define la estructura política federal y pone en peligro la cohesión territorial del país; las circunstancias actuales —caracterizadas por la permanencia de Quebec en la Confederación y la fortaleza del gobierno de Otawa que conser- va la mayoría absoluta— resultan muy favorables para lograr un consenso en las decisiones realmente importantes entre Ottawa y las provincias. La provincia de Ontario adquiere en este proceso un pa- pel fundamental como arbitro territorial entre los nacionalistas de Quebec y el regionalismo emergente de las provincias más occidenta- les del país, que consideran excesivo el peso político de Quebec den- tro de Canadá. Los ciudadanos canadienses deben construir una economía más com- petitiva sobre la que preservar una identidad colectiva de raíces euro- peas forjada por la fuerte sensibiblidad hacia la equidad interterritorial e interpersonal. Deben, en definitiva, afrontar una renovación profun- da del federalismo canadiense y preservar la cohesión territorial. 19. RABOY, Mare Media, Nationalism and Identity in Canada and Quebec. En: Res Pública, n. 2, 1997, pp. 315-323 La relación entre medios de comunicación, nacionalismo e identi- dad nacional es cada vez más problemática, pero esto también sucede en los países políticamente más estables. En Canadá los medios han sido parte integral de estrategias políticas para preservar la coherencia del Estado canadiense frente a las presiones de EEUU en materia de inte- gración y a las presiones internas respecto a la fragmentación y, más recientemente, a la desintegración. El proyecto alternativo de independencia política para Quebec, que casi consiguió la mayoría en el referéndum celebrado en octubre de 1995, representa una invitación al Estado canadiense para que los medios de comunicación intenten contenerse, aunque éstos reflejan las verdade- ras tensiones en la sociedad canadiense. Se examina los aspectos de las relaciones entre los medios de co- municación y la complejidad de la identidad nacional en el sistema de una política cultural donde tienen que coexistir inevitablemente diver- sos puntos de vista sobre el concepto de nación. (Traducción del propio artículo). Bibtinde Dicconentación NIN IV. SUMARIO DE LAS CONCLUSIONES 148. Como indicamos al principio, se nos pedía, en la presente remisión, examinar preguntas de una importancia extrema, que afectan al corazón mismo de nuestro sistema de gobierno constitucional. He- mos señalado que la Constitución no es únicamente un texto escrito. Engloba todo el sistema de reglas y principios que rigen el ejercicio del poder constitucional. Una lectura superficial de ciertas disposicio- nes específicas del texto de la Constitución, sin más, podría inducir a error. Hay que hacer un examen más profundo de los principios subya- centes que animan el conjunto de nuestra constitución, o sea el federa- lismo, la democracia, la constitucionalidad y la primacía del Derecho, y el respeto a las minorías. Esos principios deben guiar nuestra apre- ciación global de los derechos y obligaciones constitucionales que en- trarían en juego si una mayoría clara de quebequeses votaran por la secesión en respuesta a una pregunta clara. 149, La remisión nos pide que determinemos si Quebec tiene el derecho a proceder a la secesión unilateralmente. Los que sostienen la existencia de tal derecho basan su pretensión primero y ante todo en el principio de la democracia. La democracia, de todas formas, significa más que la simple regla de la mayoría. Como lo muestra nuestra juris- prudencia constitucional, la democracia existe en el contexto más am- plio de otros valores constitucionales como los ya mencionados. Da- rante los 131 años de la Confederación, los habitantes de las provincias y los territorios han anudado estrechos lazos de interdependencia (eco- nómica, social, política y cultural) basados en valores comunes que comprenden el federalismo, la democracia, la constitucionalidad y la primacía del derecho, así como el respeto a las minorías. Una decisión democrática de los quebequeses en favor de la secesión compromete- ría esos lazos. La Constitución garantiza el orden y la estabilidad y, en consecuencia, la secesión de una provincia no puede llevarse a cabo unilateralmente «en virtud de la Constitución», es decir, sin negocia- ciones basadas en principios, con los demás participantes en la Confe- deración, en el marco constitucional existente. 150. La Constitución no es un collar de hierco. Un recuerdo, in- cluso breve, de muestra historia constitucional revela períodos de cam- bios notables y extremadamente profundos. Nuestras instituciones de- mocráticas permiten necesariamente un proceso continuo de discusión y de evolución, como lo demuestra el derecho reconocido por la Cons- titución a cada uno de los participantes en la federación a tomar la ini- ciativa en modificaciones constitucionales. Este derecho supone la obli- gación recíproca de los demás participantes de entablar discusiones sobre todo proyecto legítimo de modificación del orden constitucional. Aun- que sea verdad que ciertas tentativas de modificación de la Constitu- ción han fracasado a lo largo de los últimos años, un voto que desem- bocara en una mayoría clara en Quebec en favor de la secesión, en respuesta a una pregunta clara, le conferiría al proyecto de secesión una legitimidad democrática que tendrían la obligación de reconocer todos los demás participantes de la Confederación. 151. A pesar de un resultado claro en referéndum, Quebec no podría invocar un derecho a la autodeterminación para dictarles a las demás partes de la federación las condiciones de nn proyecto de secesión. El voto democrático, sea cual sea la amplitud de la mayoría, no tendría en sí ningún efecto jurídico y no podría pasar por alto los principios del federalismo y de la primacía del Derecho, los derechos de la per- sona y de las minorías, ni tampoco el funcionamiento de la democra- cia en las demás provincias o el conjunto de Canadá, Los derechos democráticos basados en la Constitución no pueden disociarse de las obligaciones constitucionales. La proposición inversa tampoco es acep- table. El orden constitucional canadiense existente no podría quedarse indiferente ante la expresión clara, por parte de una mayoría clara de quebequeses, de su voluntad de no seguir formando parte de Canadá. Las demás provincias y el gobierno federal no tendrían razón váñida para negarle al gobierno de Quebec el derecho a intentar realizar la secesión, si una mayoría clara de la población de Quebec cligiera ese camino, tanto y durante tanto tiempo como, en esta búsqueda, Quebec respetara los derechos de los demás. Las negociaciones que seguirían a tal voto se referirían al acto potencial de secesión y a sus condicio- nes eventuales si debía efectivamente realizarse. No habría ninguna conclusión predeterminada en Derecho sobre ningún aspecto, Las ne- gociaciones deberían tratar de los intereses de las demás provincias, del gobierno federal, de Quebec, y más especialmente de los derechos de las minorías. No hay ni que decir que tales negociaciones no serían fáciles. 152. El proceso de negociación exigiría la conciliación de diver- sos derechos y obligaciones por vía de negociación entre dos mayorías legítimas, es decir, la mayoría de la población de Quebec y la del con- junto de Canadá. Una mayoría política, a uno u otro nivel, que no ac- tuara de acuerdo con los principios subyacentes de la Constitución que hemos mencionado pondría en peligro la legitimidad del ejercicio de sus derechos y, en último extremo, la aceptación del resultado por par- te de la comunidad internacional. 153. La tarea del Tribunal era clarificar el marco jurídico en el cual deben tomarse decisiones políticas «en virtud de la Constitución», y no usurpar las prerrogativas de las fuerzas políticas que actúan dentro de ese marco. Las obligaciones que hemos puesto de manifiesto son obli- gaciones imperativas en virtud de la Constitución de Canadá. No obs» tante, les corresponderá a los actores políticos determinar en qué con» siste «una mayoría clara en respuesta a una pregunta clara», según las circunstancias en Jas cuales podría celebrarse un futuro referéndum. Asimismo, si se expresara un apoyo mayoritario en favor de la sece- sión de Quebec, les correspondería a los actores políticos determinar el contenido de las negociaciones y el proceso a seguir. La concilia- ción de los diversos intereses constitucionales legítimos es necesaria- mente del campo político más que del judicial, precisamente porque esta conciliación sólo puede realizarse por medio del juego de las conce- siones recíprocas que caracteriza las negociaciones políticas. En la medida en que las cuestiones abordadas durante las negociaciones fue- ran políticas, los tribunales, conscientes del papel que les corresponde en un régimen constitucional, no tendrían que desempeñar ningún pa- pel de vigilancia. 154. También nos hemos preguntado si existe, en virtud del Dere- cho internacional, un derecho de secesión en las circunstancias men- cionadas por la pregunta 1, es decir, una expresión democrática clara en favor de la secesión de Quebec, en respuesta a una pregunta clara. Algunos de los que dan una respuesta afirmativa se basan en el dere- cho reconocido a la autodeterminación que pertenece a todos los «pue- blos». Aunque sea cierto que la mayor parte de la población de Que- bec comparte un buen número de los rasgos que caracterizan a un pueblo, no es necesario zanjar la cuestión de la existencia de un «pueblo», sea la que sea la respuesta exacta a esta cuestión en el contexto de Que- bec, puesto que un derecho de secesión no nace en virtud del principio de la autodeterminación de los pueblos en Derecho internacional sino en el caso de «un pueblo» sometido a la subyugación, a la dominación o a la explotación extranjeras, y también, quizá, en el caso de «un pue» blo» al que se le impide ejercer útilmente su derecho a la autodetermi- nación dentro del Estado del que forma parte. En las demás circuns- tancias, los pueblos deben realizar su autodeterminación en el marco del Estado existente al que pertenecen. Un Estado cuyo gobierno re- presenta el conjunto del pueblo o los pueblos que residen en su territo- rio, en la igualdad y sin discriminaciones, y que respeta los principios de la autodeterminación en sus acuerdos internos, tiene derecho al mantenimiento de su integridad territorial en virtud del Derecho inter- nacional y al reconocimiento de esta integridad. 155. Incluso si no existe derecho de secesión unilateral en virtud de la Constitución o del derecho internacional, es decir un derecho de hacer secesión sin negociación sobre los fundamentos que acaban de ser examinados, eso no descarta la posibilidad de una declaración incons- titucional de secesión que condujera a una sección de facto. El éxito último último de tal secesión dependería de su reconocimiento por la comunidad internacional que, para decidir acordar o no este reconoci- miento tomaría probablemente en consideración la legalidad y la legi- timidad de la secesión teniendo en cuenta, especialmente la conducta de Quebec y de Canadá. Incluso si ello fuese acordado, tal reconocimien- to no proporcionaría, sin embargo, ninguna justificación retroactiva al acto de secesión, en virtud de la Constitución del derecho internacional. 156. Las preguntas de la remisión reciben respuesta en conse- cuencia. Blin a Denemontaión D) BIBLIOGRAFÍA ALBERTA SELECT SPECIAL COMMITTEE ON UPPER HOUSE REFORM. Strengthening Canada: reform of Canada's Senate. Re- port of the Alberta Select Special.... Edmonton: Plains Publishing, 1985. ASMSTRONG, Christopher. The Politics of Federalism: Ontario"s Relations with the Federal Government, 1867-1942.—Toronto: Uni- versity of Toronto Press, 1981. AUBERT DELLA RUE, Philippe. 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