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Tribunal Constitucional en España: composición, competencias y naturaleza jurídica, Ejercicios de Derecho

El tribunal constitucional (tc) es el intérprete supremo de la constitución española y se encarga de garantizar su supremacía y acatamiento por parte de los poderes públicos. Este órgano constitucional está compuesto por 12 miembros y ejerce competencias como el control de constitucionalidad de normas con rango de ley, el control de constitucionalidad de los tratados internacionales y la resolución de conflictos de competencias entre el estado y las comunidades autónomas. La naturaleza jurídica del tc es la de un órgano jurisdiccional 'supremo' y ad hoc, con potestad jurisdiccional, autonomía presupuestaria y potestad reglamentaria.

Tipo: Ejercicios

2017/2018

Subido el 22/05/2018

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TRIBUNAL
CONSTITUCIONAL
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¡Descarga Tribunal Constitucional en España: composición, competencias y naturaleza jurídica y más Ejercicios en PDF de Derecho solo en Docsity!

TRIBUNAL

CONSTITUCIONAL

.

aproximación al TC español

El modelo de jurisdicción

constitucional concentrada se

desarrolla en la Europa del

período de entreguerras , cuando

surgen los primeros Tribunales

Constitucionales y, más

concretamente, en las

Constituciones de

Austria y Checoslovaquia

En España, aunque en diversos proyectos constitucionales (1873 y 1929) se contemplaba un control de constitucionalidad, el Tribunal de Garantías Constitucionales es el único antecedente del actual TC

la CE de 1931, en su art.

estableció con jurisdicción en todo el

territorio de la República, un TGC

Se le atribuyó un conjunto de competencias que excedían del ámbito de la jurisdicción constitucional en su actual concepción

El comienzo de la Guerra Civil supuso, al igual que para otras instituciones del Estado, una grave crisis para el TGC y, a la postre, su desaparición , en tanto que ligado al régimen republicano .

nORMATIVA

CE de 1978, Título IX,

arts. 159 a 165 y Disp. Transitoria 9ª

LO 2/1979 , de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional (texto consolidado de las LL OO 2/1979, 8/1984, 6/1988, 7/1999, 1/2000, 6/2007, 1/2010 y 8/2010)

normativa interna

Reglamento de Organización y

Personal,

Acuerdo de 5 de julio de 1990, del

Pleno del Tribunal, aprueba el Re

glamento de Organización y Perso

nal del TC (BOE núm. 185, de 3 de

agosto)

.

concepto TC

el TC es el intérprete supremo de la CE es independiente de los demás órganos e instituciones constitucionales Está sometido sólo a la CE y a su L.O. Es único en su orden y extiende su jurisdicción a todo el territorio nacional

Modelos de justicia constitucional

el punto de partida para la instauración de un sistema de justicia constitucional es el de la supremacía de la Constitución como norma suprema

sobre el modelo americano

Los constituyentes americanos construyeron un sistema representativo sin ubicar soberanía en el Parlamento y en la ley, sino haciendo decir a la Constitución de sí misma que es el Derecho supremo de la Tierra. En función de esa supremacía, la Enmienda I de la Constitución limita la potestad legislativa del Congreso.

Modelo americano o difuso

En el control "difuso” se deja la tarea a todos los tribunales; su paradigma es el sistema norteamericano y los países de influencia anglo. Así cualquier tribunal es competente para juzgar la constitucionalidad de una ley, de modo que esta cuestión se tramita como incidental al proceso principal, limitándose, en teoría, los efectos de declaración de inconstitucionalidad a las partes del proceso

En la práctica, sin embargo, el

principio de " stare decisis " tiende a

extender a terceros los efectos de

una decisión de este tipo ya que

compromete a todos los tribunales

(desde luego, al menos, a los

inferiores), llegando incluso a

tener un valor "erga omnes”