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Comision del codex alimentarius, Monografías, Ensayos de Química de los alimentos

descripcion del codex alimentarius y sus normas basadas en la fao

Tipo: Monografías, Ensayos

2017/2018

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ALINORM 08/31/12
Mayo de 2008
PROGRAMA CONJUNTO FAO/OMS SOBRE NORMAS ALIMENTARIAS
COMITÉ DEL CODEX SOBRE ADITIVOS ALIMENTARIOS
31º período de sesiones
Ginebra, Suiza, 30 de junio – 4 de julio de 2008
INFORME DE LA 40ª REUNIÓN DEL
COMITÉ DEL CODEX SOBRE ADITIVOS ALIMENTARIOS
Beijing, China
21 - 25 de abril de 2008
Nota: Se adjunta al presente informe la Carta Circular del Codex CL 2008/10-FA
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ALINORM 08/31/

Mayo de 2008

PROGRAMA CONJUNTO FAO/OMS SOBRE NORMAS ALIMENTARIAS

COMITÉ DEL CODEX SOBRE ADITIVOS ALIMENTARIOS

31º período de sesiones

Ginebra, Suiza, 30 de junio – 4 de julio de 2008

INFORME DE LA 40ª REUNIÓN DEL

COMITÉ DEL CODEX SOBRE ADITIVOS ALIMENTARIOS

Beijing, China

21 - 25 de abril de 2008

Nota: Se adjunta al presente informe la Carta Circular del Codex CL 2008/10-FA

CX 4/30.2 CL 2008/10-FA

Mayo de 2008

A: Puntos de contacto del Codex Organizaciones internacionales interesadas

DE: Secretario de la Comisión del Codex Alimentarius Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias Viale delle Terme di Caracalla 00153 Roma, Italia

ASUNTO: DISTRIBUCIÓN DEL INFORME DE LA 40ª REUNIÓN DEL COMITÉ DEL CODEX SOBRE

ADITIVOS ALIMENTARIOS (ALINORM 08/31/12)

El informe de la 40ª reunión del Comité del Codex sobre Aditivos Alimentarios se examinará en el 31º período de sesiones de la Comisión del Codex Alimentarius (Ginebra, Suiza, 30 de junio- 4 de julio de 2008).

P ARTE A – CUESTIONES QUE SE SOMETEN A LA ADOPCIÓN DE LA COMISIÓN DEL CODEX ALIMENTARIUS EN SU 31º PERÍODO DE SESIONES

Proyectos y Anteproyectos de normas y textos afines en los Trámites 8 ó 5/8 del procedimiento

1. Disposiciones en materia de aditivos alimentarios de la Norma General del Codex para los Aditivos Alimentarios (NGAA) , en el trámite 8 y 5/8, respectivamente (Párr. 81 y Apéndice VII); 2. Revisión del Sistema de clasificación de alimentos de la NGAA , en el Trámite 5/8 (Párr. 95 y Apéndice IX); 3. Directrices para el uso de aromatizantes (N3-2006) , en el Trámite 8 (sección 1, 2, 3, 5, 6 y 7) y el Trámite 5/8 (sección 4) (Párr. 119 y Apéndice X). 4. Revisión de Nombres genéricos y sistema internacional de numeración (CAC/GL 36-1989) (N07- 2005), en el Trámite 8 (Párr. 147 y Apéndice XII); 5. Enmiendas al Sistema internacional de numeración de aditivos alimentarios, en el Trámite 5/ (Párr. 153 y Apéndice XII); 6. Especificaciones de identidad y pureza de aditivos alimentarios planteadas en la 68ª reunión del JECFA, en el Trámite 5/8 (Párr. 165 y Apéndice XIII, Parte 1);

Otros

7. Enmienda al Cuadro 3 de la NGAA (Párr. 52); 8. Enmienda a las disposiciones para colorantes de la NGAA (Párr. 81 y Apéndice VII).

Los Gobiernos y las organizaciones internacionales que deseen presentar observaciones a los textos indicados deberán hacerlo por escrito, preferiblemente por correo electrónico, al Secretario de la Comisión del Codex Alimentarius, Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias, Viale delle Terme di Caracalla, 00153 Roma, Italia, (e-mail: [email protected], fax: +39 06 57054593; ) con copia a la Secretaría del Comité del Codex sobre Aditivos Alimentarios, National Institute of Nutrition and Food Safety, China CDC, 7 Panjiayuan Nanli, Chaoyang District, Beijing 100021, China (e-mail: [email protected] preferiblemente , telefax: +86 10 67711813;) antes del 15 de junio de 2008.

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ÍNDICE

RESUMEN Y CONCLUSIONES página v

LISTA DE SIGLAS página ix

I NFORME DE LA 40ª REUNIÓN DEL COMITÉ DEL C ODEX SOBRE ADITIVOS ALIMENTARIOS página 1

RESUMEN DEL ESTADO DE LOS TRABAJOS página 23

Párrafos

I NTRODUCCIÓN 1 - 3

A PROBACIÓN DEL PROGRAMA (Tema 1 del programa) 4 - 8

CUESTIONES REMITIDAS AL C OMITÉ POR LA COMISIÓN DEL CODEX A LIMENTARIUS Y OTROS COMITÉS Y GRUPOS DE ACCIÓN DEL CODEX (Tema 2 del programa) 9 - 13

CUESTIONES DE INTERÉS PLANTEADAS POR LA FAO Y LA OMS Y POR LA 68ª REUNIÓN DEL COMITÉ MIXTO FAO/OMS DE EXPERTOS EN A DITIVOS A LIMENTARIOS (JECFA) (Tema 3 del programa) 14 - 32

RATIFICACIÓN Y /O REVISIÓN DE NIVELES MÁXIMOS PARA ADITIVOS ALIMENTARIOS Y COADYUVANTES DE ELABORACIÓN EN LAS NORMAS DEL C ODEX (Tema 4 del programa) 33 - 56

N ORMA G ENERAL DEL CODEX PARA LOS A DITIVOS A LIMENTARIOS (NGAA) (Tema 5 del programa)

I NFORME DEL G RUPO DE TRABAJO POR MEDIOS ELCTRÓNICOS SOBRE LA NGAA (Tema 5a del programa) 57 - 81

A NTEPROYECTO DE REVISIÓN DEL S ISTEMA DE CLASIFICACIÓN DE LOS ALIMENTOS DE LA NGAA (N11-2007) (Tema 5b del programa) 82 - 96

D OCUMENTO DE TRABAJO DE RECOPILACIÓN DE TODA LA INFORMACIÓN SOBRE ADITIVOS ALIMENTARIOS DE LAS NORMAS DEL CODEX PARA PRODUCTOS (Tema 5c del programa) 97 - 103

D IRECTRICES PARA EL USO DE AROMATIZANTES (N03-2006) (Tema 6 del programa) 104 - 119

COADYUVANTES DE ELABORACIÓN (Tema 7 del programa)

D OCUMENTO DE DEBATE SOBRE D IRECTRICES Y PRINCIPIOS PARA LA UTILIZACIÓN DE SUSTANCIAS COMO COADYUVANTES DE ELABORACIÓN (Tema 7a del programa) 120 - 133

I NVENTARIO DE COADYUVANTES DE ELABORACIÓN (ICE), LISTA ACTUALIZADA (Tema 7b del programa) 134 - 137

S ISTEMA INTERNACIONAL DE NUMERACIÓN (SIN) DE ADITIVOS ALIMENTARIOS (Tema 8 del programa)

P ROYECTO DE REVISIÓN DE N OMBRES GENÉRICOS Y SISTEMA INTERNACIONAL DE NUMERACIÓN DEL CODEX (CAC/GL 36-1989) (N07-2005) (Tema 8a del programa) 138 - 147

P ROPUESTAS DE ADICIÓN Y /O ENMIENDAS AL S ISTEMA I NTERNACIONAL DE N UMERACIÓN DE ADITIVOS ALIMENTARIOS (Tema 8b del programa) 148 - 153

D OCUMENTO DE DEBATE SOBRE LAFALTA DE CONCORDANCIA ENTRE NOMBRES DE COMPUESTOS DE LAS ESPECIFICACIONES DEL C ODEX PARA IDENTIDAD Y PUREZA Y EL S ISTEMA I NTERNACIONAL DE N UMERACIÓN DE A DITIVOS A LIMENTARIOS (Tema 8c del programa) 154 - 159

ESPECIFICACIONES DE IDENTIDAD Y PUREZA DE ADITIVOS ALIMENTARIOS (Tema 9 del programa) 160 - 165

LISTA DE PRIORIDADES DE ADITIVOS ALIMENTARIOS CUYA EVALUACIÓN SE PROPONE AL JECFA (Tema 10 del programa) 166 - 172

O TROS ASUNTOS Y TRABAJOS FUTUROS (Tema 11 del programa) 173 - 174

F ECHA Y LUGAR DE LA PRÓXIMA REUNIÓN (Tema 12 del programa) 175

ALINORM 08/31/12 iv

LISTA DE APÉNDICES

Apéndice I: Lista de participantes 25

Apéndice II: Medidas necesarias como resultado de los cambios en el estado de la ingesta diaria admisible (IDA) y otras recomendaciones toxicológicas planteadas en la 68ª reunión del JECFA 45 Apéndice III: Estado de ratificación y/o revisión de niveles máximos para aditivos alimentarios y coadyuvantes de elaboración en las normas del Codex 46 Apéndice IV: Norma General del Codex para los Aditivos Alimentarios - Suspensión del trabajo en proyectos y anteproyectos de disposiciones sobre aditivos alimentarios (para información) 59

Apéndice V: Norma General del Codex para los Aditivos Alimentarios – Enmiendas (incorporación de las notas 4 y 16) en los proyectos y anteproyectos de disposiciones sobre colorantes en las categorías de alimentos 04.1.1, 04.2.1, 08.1 y 09.1 y subcategorías correspondientes (para información) 74

Apéndice VI: Norma General del Codex para los Aditivos Alimentarios - Nuevos anteproyectos de disposiciones sobre aditivos alimentarios en los trámites 3 y 4 y disposiciones sobre aditivos alimentarios (adoptadas y en el procedimiento de trámites) para los cuales se pide información adicional (para recibir observaciones e información) 77 Apéndice VII: Norma General del Codex para los Aditivos Alimentarios - Proyecto y anteproyecto de disposiciones sobre aditivos alimentarios (para adopción en los trámites 8 y 5/8) 101

Apéndice VIII: Norma General del Codex para los Aditivos Alimentarios – Revocación de disposiciones sobre aditivos alimentarios (para aprobación) 118

Apéndice IX: Anteproyecto de revisión del Sistema de clasificación de los alimentos de la Norma General del Codex para los Aditivos Alimentarios (N11-2007) (para adopción en el Trámite 5/8) 122 Apéndice X: Directrices para el uso de aromatizantes (N03-2006) (para adopción en el Trámite 8 y 5/8) 127 Apéndice XI: Documento de proyecto – Propuesta de nuevo trabajo para la elaboración de Directrices y principios para las sustancias utilizadas como coadyuvantes de elaboración 130

Apéndice XII: Proyecto de revisión de Nombres genéricos y Sistema internacional de numeración de aditivos alimentarios del Codex (N07-2005) (para adopción en el Trámite 8) 132

Apéndice XIII: Especificaciones de identidad y pureza de aditivos alimentarios (para adopción en el Trámite 5/8 y para revocación) 154

Apéndice XIV: Lista de prioridades de aditivos alimentarios cuya evaluación se propone al JECFA (para aprobación) 157

Apéndice XV: Respuesta del CCFA al Comité del Codex sobre Nutrición y Alimentos para regímenes Especiales sobre la aplicación de IDA a lactantes y niños pequeños (para remitir al CNFSDU) 160

ALINORM 08/31/12 vi

Otros asuntos para información del 31º periodo de sesiones de la Comisión del Codex Alimentarius

El Comité acordó:

  • Suspender los trabajos de una serie de proyectos y anteproyectos de disposiciones sobre aditivos alimentarios en la NGAA (párr. 77, 95 y Apéndice IV);
  • Enmendar los proyectos y anteproyectos de disposiciones sobre colorantes de las categorías 04.1.1, 04.2.1, 08.1 y 09.1, y subcategorías correspondientes de la NGAA, para incluir las notas 4 y 16 (párr. 77 y Apéndice V); e
  • Incluir una serie de nuevas disposiciones sobre aditivos alimentarios en los trámites 3 y 4 en la NGAA (párr. 77 y Apéndice VI).

R ATIFICACIÓN Y/ O REVISIÓN DE NIVELES MÁXIMOS PARA ADITIVOS ALIMENTARIOS Y COADYUVANTES DE ELABORACIÓN EN LAS NORMAS DEL C ODEX

Comité del Codex sobre la Leche y los Productos Lácteos (CCMMP)

El Comité señaló que no hay homogeneidad entre los nombres de los aditivos y la nomenclatura del SIN, por lo cual pidió a la Secretaría la revisión de todas las disposiciones a fin de que concuerden con la nomenclatura del SIN (véase el párr. 34).

El Comité:

Normas del Codex para la leche y los productos lácteos: niveles máximos para los extractos de annato, incluidos los cambios consiguientes en las disposiciones para los betacarotenos (vegetales)

  • Ratificó las disposiciones para los extractos de annato, incluidos los cambios consiguientes en las disposiciones para los betacarotenos (vegetales) , de acuerdo a lo propuesto por la 8ª reunión del CCMMP (párr. 35-37 y Apéndice III).

Lista de aditivos alimentarios de la Norma para la leche fermentada (CODEX STAN 243-2003), incluidas las disposiciones sobre aditivos alimentarios para las bebidas a base de leche fermentada

  • Ratificó todas las disposiciones como las propuso la 8ª reunión del CCMMP, con excepción de lo correspondiente al licopeno (párr. 42-52 y Apéndice III).

Anteproyecto de enmienda a la lista de aditivos alimentarios para la Norma del Codex para las natas (cremas) y natas (cremas) preparadas (CODEX STAN A-9-1976)

  • Ratificó todas las disposiciones como las propuso la 8ª reunión del CCMMP, con una enmienda para eliminar el texto: "sólo para cremas batidas (incluidas las natas/cremas envasadas a presión)" que figura después del título de la clase funcional "Propulsor" (párr. 53-54 y Apéndice III); y
  • Aceptó ratificar la disposición sobre los ésteres diacetiltartáricos y de los ácidos grasos del glicerol (SIN 472e) con un nivel máximo de 5000 mg/kg como estabilizador/espesante, en espera de la decisión final sobre la incorporación de este aditivo por el 31º período de sesiones de la Comisión (párr. 55 y Apéndice III).

C UESTIONES QUE SE REMITEN A COMITÉS Y GRUPOS DE ACCIÓN DEL C ODEX

El Comité acordó:

Comité del Codex sobre Pescado y Productos Pesqueros (CCFFP)

  • Informar al CCFFP del trabajo en curso del CCFA sobre las disposiciones para los extractos de annato (a base de bixina y a base de norbixina) en la NGAA, y recomendar al CCFFP que tenga en cuenta estas disposiciones al presentar la aclaración, pedida en su 39ª reunión, de los tipos de extractos de annato y las bases (bixina o norbixina) en las normas del Codex para el pescado y los productos pesqueros (párr. 13).

Comité del Codex sobre Etiquetado de los Alimentos (CCFL)

  • Informar a la próxima reunión del CCFL sobre la finalización de la revisión de los Nombres genéricos y Sistema internacional de numeración del Codex (párr. 147).

Comité del Codex sobre la Leche y los Productos Lácteos (CCMMP)

  • Pedir aclaración al CCMMP sobre el tipo de licopeno en que se basan los niveles máximos para los licopenos que figuran en la Norma para las leches fermentadas, así como la justificación técnica de estos niveles (párr. 47).

ALINORM 08/31/12 vii

Comité del Codex sobre Nutrición y Alimentos para Regímenes Especiales (CCNFSDU)

  • Informar de su debate sobre la carragaenina y la AEE así como de la evaluación de la 68ª reunión del JECFA de estas dos sustancias a la 30ª reunión del CCNFSDU (para. 27);
  • Remitir una respuesta al CCNFSDU sobre la aplicación de las IDA a los lactantes y los niños pequeños (párr. 171 y Apéndice XV).

O TRAS CUESTIONES DE INTERÉS

Grupos de trabajo

El Comité aceptó establecer:

Un grupo de trabajo presencial

  • NGAA: para que examine (i) las recomendaciones que figuran en el documento CX/FA 08/40/5 parte B y las observaciones correspondientes presentadas por escrito que no se examinaron en esta reunión; (ii) las observaciones y la información sobre el anteproyecto de disposiciones para el sulfato de magnesio en el cuadro 3 y las nuevas propuestas para el uso del sulfato de magnesio en las categorías del Anexo al cuadro 3; (iii) las observaciones sobre el nuevo proyecto de disposiciones del Apéndice VI, parte 1, y la información adicional sobre anteproyectos y proyectos de disposiciones sobre aditivos alimentarios (véase el Apéndice VI parte 3); (iv) las propuestas de nuevas disposiciones sobre aditivos alimentarios en las subcategorías de 02.2 y en las categorías 0.6, 12.9 y 12.10 y sus subcategorías; y (v) el informe del grupo de trabajo por medios electrónicos sobre la NGAA y las observaciones correspondientes (que se realizará inmediatamente antes de la próxima reunión del Comité y estará dirigido por los Estados Unidos) (párr. 80).

Grupos de trabajo por medios electrónicos:

  • Ámbito de aplicación de una selección de categorías de alimentos y uso de colorantes: preparación de un documento de debate que describa completamente y contenga propuestas para tratar el ámbito de aplicación de los productos que figuran en la categoría de alimentos 16.0 "Alimentos compuestos (que no pueden clasificarse en las categorías 01 a 15)" y en la categoría 5.1 "Productos de cacao y chocolate, incluidos los productos de imitación y los sucedáneos del chocolate" y en sus subcategorías; así como el uso de colorantes en los productos de la categoría 8. "Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza" (país anfitrión: Estados Unidos de América) (párr. 73);
  • NGAA: preparación de un informe con recomendaciones para la adopción, revisión o suspensión de las sales amónicas del ácido fosfatídico (SIN 442); la nisina (SIN 234); los sorbatos (SIN 200-203); los sucroglicéridos (SIN 474); los fosfatos (338, 339i-iii, 340i-iii, 341i-iii, 342i-ii, 343i-ii, 450i-iii, 450i-iii, 451i-ii, 452i-v, 452); el citrato de estreaorilo (SIN 484); la ciclodextrina, beta- (SIN 459); el galato de propilo (SIN 310); los ésteres de ascorbilo (SIN 304, 305); y los hidroxibenzoatos (SIN 214, 218); y examen de las disposiciones para el acesulfamo aspartamo (SIN
    1. a fin de garantizar la homogeneidad con las disposiciones para el aspartamo (SIN 951) y el acesulfame potásico (SIN 950). El informe se distribuirá para recibir observaciones (país anfitrión: Estados Unidos de América) (párr. 78);
  • Directrices y principios para las sustancias utilizadas como coadyuvantes de elaboración: preparación de un documento de anteproyecto a fin de distribuirlo para recibir observaciones en el Trámite 3, siempre que lo apruebe el 31º período de sesiones de la Comisión, para que el Comité lo examine en su próxima reunión (país anfitrión: Indonesia) (párr. 133); y
  • Falta de concordancia entre los nombres de los compuestos en las especificaciones del Codex y el SIN: examen y preparación de recomendaciones más específicas para las sustancias que no se pudieron examinar en la 40ª reunión del CCFRA, a fin de recibir observaciones y examinarlas en su próxima reunión (país anfitrión: Dinamarca) (párr. 159).

Petición de observaciones, información y propuestas

El Comité acordó pedir:

  • Observaciones sobre la incorporación del sulfato de magnesio (SIN 518) en el cuadro 3 de la NGAA y pedir propuestas de nuevos usos en las categorías que figuran en el Anexo del cuadro 3 de la NGAA, para que las examine el grupo de trabajo presencial sobre la NGAA (párr. 28);
  • Que se aclare si los niveles máximos para los licopenos se expresaron para el pigmento con una pureza del 95%, de conformidad con el nuevo límite analítico de las especificaciones del Codex para los licopenos, y se presenten propuestas para revisar de conformidad estos niveles máximos (párr. 63);

ALINORM 08/31/12 ix

LISTA DE SIGLAS

AEE Alga Euchema elaborada

AESA Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria

CAC/GL Directrices de la Comisión del Codex Alimentarius

CCFA Comité del Codex sobre Aditivos Alimentarios

CCCF Comité del Codex sobre Contaminantes de los Alimentos

CCFFP Comité del Codex sobre Pescado y Productos Pesqueros

CCMMP Comité del Codex sobre la Leche y los Productos Lácteos

CCNFSDU Comité del Codex sobre Nutrición y Alimentos para Regímenes Especiales

CE Comunidad Europea

CL Carta circular

CRD Documento de la sala de conferencias

CSA Cloruro sódico acidificado

DMDC Bicarbonato de dimetilo

EEUU Estados Unidos de América

EDTA Feredetato sódico (III) del ácido etilendiaminotetracético

FAO Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación

GSFA Norma General para los Aditivos Alimentarios

ICE Inventario de coadyuvantes de elaboración

IDA Ingestión diaria aceptable

INFOSAN Red Internacional de Autoridades de Inocuidad de los Alimentos

ISTP Ingesta semanal tolerable provisional

JECFA Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios

OMS Organización Mundial de la Salud

SIN Sistema Internacional de Numeración

SPET Técnica de la porción única para evaluar la exposición

UE Unión Europea

ALINORM 08/31/12 1

INTRODUCCIÓN

  1. El Comité del Codex sobre Aditivos Alimentarios (CCFA) celebró su 40a^ reunión en Beijing (China), del 21 al 25 de abril de 2008, por amable invitación del Gobierno de la República Popular China. Presidió la sesión el Dr. Chen Junshi, Catedrático del Centro de China para la Prevención y el Control de Enfermedades, Ministerio de Sanidad. Asistieron a la reunión delegados representantes de 63 países miembros, una organización miembro y observadores de 29 organizaciones internacionales. La lista de participantes, incluida la Secretaría, se presenta en el Apéndice I a este informe.

Apertura de la reunión

  1. Su Excelencia, el Dr. Chen Xiaohong, Viceministro de Sanidad, dio la bienvenida a los participantes. El Viceministro señaló que la seguridad alimentaria se había convertido en una cuestión global que va más allá de los Gobiernos nacionales individuales y destacó el importante papel del Comité en el ámbito de los aditivos alimentarios. El Viceministro informó al Comité de que la legislación revisada sobre aditivos alimentarios en China se basaba en la Norma General del Codex para los Aditivos Alimentarios (NGAA) y señaló la importancia de la supervisión de los usos de aditivos alimentarios en su control práctico, e indicó el compromiso del Ministerio con el apoyo a la labor ulterior del CCFA.

División de competencias

  1. El Comité tomó nota de la división de competencias entre la Comunidad Europea (CE) y sus Estados miembros, de conformidad con el párrafo 5, Artículo II del procedimiento de la Comisión del Codex Alimentarius, según presentado en el documento CRD 1.

APROBACIÓN DEL PROGRAMA (Tema 1 del programa)^1

  1. El Comité aprobó el programa provisional como su programa para la sesión.
  2. El Comité acordó examinar bajo el Tema 11 del programa «Otros asuntos y trabajos futuros» una presentación de la delegación de Paraguay relativa al esteviol glicosidos, presentada en CRD 6.
  3. El Comité acordó también establecer grupos de trabajo durante la reunión, abiertos a todos los miembros y observadores interesados, que trabajarían solamente en inglés, sobre:

ƒ El sistema internacional de numeración (SIN) para aditivos alimentarios, bajo la presidencia de Finlandia, que examinaría también observaciones específicas sobre objetivos tecnológicos de los aditivos alimentarios presentadas en respuesta a CX/FA 08/40/11, y; ƒ La lista de prioridades de los aditivos alimentarios propuestos para su evaluación por el JECFA, bajo la presidencia de Canadá.

  1. Se acordó que los informes de los dos grupos de trabajo durante la sesión citados se examinarían bajo los temas 8b y 10 del programa, respectivamente.
  2. El Comité acordó designar como relator de la reunión al Dr. Paul Brent (Australia).

CUESTIONES REMITIDAS AL COMITÉ POR LA COMISIÓN DEL CODEX ALIMENTARIUS Y OTROS COMITÉS Y GRUPOS ESPECIALES DEL CODEX (Tema 2 del programa)^2

  1. El Comité tomó nota de la información presentada en el documento CX/FA 08/40/2. Acordó examinar las cuestiones siguientes bajo los temas del programa pertinentes:

ƒ La petición de la 8a^ reunión del Comité del Codex sobre la Leche y Productos Lácteos (CCMMP) de asociar determinadas clases funcionales nuevas con determinados aditivos alimentarios en los nombres genéricos y el sistema internacional de numeración para aditivos alimentarios (CAC/GL 36-1989), bajo el Tema 8b del programa. El Comité acordó también pedir al Grupo de trabajo durante la reunión sobre el SIN que examinara esta cuestión;

(^1) CX/FA 08/40/1. (^2) CX/FA 08/40/2; CRD 5 (Información del JECFA al CCFA); CRD 7 (Observaciones de la India).

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  1. El Representante de la OMS informó al Comité de los cursos de formación sobre los estudios de la dieta total que estaban previstos para 2008 en Hong Kong y Brasil 5. Se observó que las Normas Internacionales de Salud revisadas que entraron en vigor en junio de 2007 exigen que se informe obligatoriamente a la OMS a través de INFOSAN 6 de los incidentes en la salud pública de importancia internacional. Asimismo se informó al Comité que el Foro Internacional de Alto Nivel sobre Seguridad Alimentaria (Beijing, 26-27 de noviembre de 2007) adoptó la Declaración de Beijing sobre Seguridad Alimentaria 7.
  2. El Comité observó que el Fondo Fiduciario del Codex subvencionaba la participación en la presente reunión de 15 países y expresó su agradecimiento a los países que contribuían al fondo.

68 a^ reunión del JECFA

  1. La Secretaría Conjunta del JECFA presentó los resultados de la 68 a^ reunión del JECFA (junio de 2007) pertinentes para el Comité. Se proporcionó el resumen y las conclusiones de la reunión sobre la evaluación por el JECFA de un método adicional para la evaluación de la exposición a aromatizantes en base al consumo diario de una porción de alimento, denominada técnica de exposición de una sola porción (SPET). Se necesitaría más información sobre los niveles de uso de los aromatizantes con un volumen intermedio y alto de penetración en el mercado antes de poder llegar a una conclusión definitiva sobre los métodos futuros de evaluación de la exposición para aromatizantes.

Medidas necesarias como resultado de los cambios en el estado de la ingestión diaria admisible (IDA) y otras recomendaciones toxicológicas

  1. El Comité tomó nota de las medidas necesarias a adoptar por el CCFA como resultado de los cambios en las IDA existentes y/o el establecimiento de nuevas IDA o IDA temporales para aditivos alimentarios, tal como recomendó la 68 a^ reunión del JECFA.
  2. El Comité examinó y en general estuvo de acuerdo con las recomendaciones que figuran en el Cuadro 1 del documento de CX/FA 08/40/3 y con añadir los siguientes compuestos al Inventario de sustancias utilizadas como coadyuvantes de elaboración (ICE) : cloruro sódico acidificado (CSA); asparaginasa de Aspergillus oryzae expresada en Aspergillus oryzae ; isoamilasa de Pseudomonas amyloderamosa ; y fosfolipasa A1 de Fusarium venetatum producida por Aspergillus oryzae.

Clorito sódico acidificado (CSA)

  1. La delegación de la Comunidad Europea (CE) informó al Comité de que actualmente en la CE no está aprobado el uso de las sustancias antimicrobianas en o sobre productos de origen animal a no ser que hubieran sido evaluadas por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA). Si bien se utilizaba un marco normativo y en el futuro podrían realizarse posibles evaluaciones. Este punto de vista recibió el apoyo de la delegación de Noruega.

Carragenano (SIN 407) y alga Eucheuma elaborada (AEE) (SIN 407a)

  1. El Comité fue informado de la opinión del JECFA de que en base a la información disponible, no era aconsejable utilizar el carragenano ni el AEE en preparados para lactantes. La Secretaría del JECFA aclaró que lo que había llevado a dicha conclusión conservadora no era la existencia de datos que planteaban alguna preocupación específica, sino más bien la falta de datos sobre los posibles efectos en el sistema gastrointestinal e inmune sin desarrollar. Como principio general a falta de datos específicos para demostrar la inocuidad de estas sustancias para este grupo de edad, el JECFA consideraba que la IDA no era aplicable a lactantes de menos de 12 semanas.
  2. Varias delegaciones señalaron que el carragenano y el AEE se han utilizado en preparados líquidos para lactantes desde la década de 1950 sin observar efectos adversos notables y que cualquier medida adoptada por este Comité tendría amplias consecuencias sobre el comercio internacional. En respuesta, la Secretaría del JECFA señaló que solamente podían identificarse efectos adversos si se buscaban específicamente y que ese no había sido el caso en relación con estas sustancias en particular. Se habían puesto a disposición del JECFA estudios de vigilancia posteriores al mercado, pero no incluían los puntos finales más convenientes.

(^5) http://www.who.int/foodsafety/chem/gems/en/index3.html. (^6) http://www.who.int/foodsafety/fs_management/infosan/en/index.html. (^7) http://www.who.int/foodsafety/fs_management/meetings/forum07/en/index.html.

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  1. La delegación de Filipinas señaló que el Sureste de Asia era el mayor productor de carragenano y AEE, y propuso que se realizara más trabajo para proporcionar información pertinente que aborde la cuestión en el caso de los lactantes, y retener en el Trámite 7 los proyectos de disposiciones en la NGAA hasta que se pudieran proporcionar datos al JECFA para someterlos a ulterior evaluación. Varias delegaciones apoyaron esta propuesta. Varios observadores expresaron su disposición para proporcionar datos pertinentes en el futuro.
  2. El Comité observó que actualmente en la NGAA no había ninguna disposición (aprobada o en el procedimiento de trámites) para alimentos destinados a niños de menos de 12 semanas y que el Cuadro 1 de la NGAA incluía solamente disposiciones para el carragenano y el AEE en las categorías de alimentos 13.1. «Fórmulas (preparados) de continuación» y 13.2 «Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños» que actualmente estaban en el Trámite 7. Asimismo observó que no había ninguna disposición para el carragenano y el AEE (aprobada o en el procedimiento de trámites) asociada con la categoría de alimentos 13.1.1 «Preparados para lactantes». La Secretaría del JECFA aclaró además que el JECFA había planteado preocupaciones para los lactantes de menos de 12 semanas de edad, pero los datos eran también insuficientes para establecer la inocuidad para los lactantes de hasta 12 meses. La Secretaría señaló también que se necesitaban datos para abordar todas las cuestiones para los lactantes de 12 meses o menos; y que podían encontrarse detalles en la monografía toxicológica de la 68ª reunión del JECFA.
  3. El Comité acordó retener en el Trámite 7 las disposiciones actuales para el carragenano y el AEE en las categorías de alimentos 13.1.2 y 13.2 de la NGAA, en espera de la presentación de más datos para su evaluación por el JECFA. Tomó nota de que la delegación de Filipinas coordinaría la recopilación de dichos datos. Asimismo convino en remitir el debate anterior y el informe de la evaluación del JECFA en su 68 a reunión a la 30 a^ reunión de CCNFSDU.

Sulfato de magnesio (SIN 518)

  1. El Comité convino en incluir el sulfato de magnesio en el Cuadro 3 de la NGAA y distribuirlo a fin de recabar observaciones en el Trámite 3. Convino además pedir propuestas sobre nuevos usos en las categorías de alimentos que se enumeran en el Anexo al Cuadro 3 de la NGAA para que el Grupo de trabajo por medios electrónicos basado en la presencia física sobre la NGAA las someta a consideración.

Esteviol glicosidos

  1. El Comité tomó nota de que la IDA temporal establecida anteriormente para esteviol glicosidos había sido ampliada en espera de los resultados de los estudios en curso para su evaluación por el JECFA y que este aditivo alimentario se había incluido en la convocatoria de petición de datos para la 69 a^ reunión del JECFA (junio de 2008).

Ciclotetraglucosa y jarabe de ciclotetraglucosa

  1. El Comité tomó nota de que se había establecido una IDA temporal «no especificada».

Etilendiaminotetraacetato de hierro sódico (EDTA)

  1. El Comité tomó nota de las conclusiones del JECFA de que el uso del EDTA de hierro sódico era apropiado como una fuente de hierro para la fortificación alimentaria a fin de cumplir las necesidades nutricionales de hierro, siempre que no se rebasen las normas de salud de referencia.
  2. Las recomendaciones finales relativas a «medidas necesarias como consecuencia de los cambios en el estado de la ingestión diaria admisible (IDA) y otras recomendaciones toxicológicas» del Comité se resumen en el Apéndice II.

RATIFICACIÓN Y/O REVISIÓN DE DOSIS MÁXIMAS PARA LOS ADITIVOS ALIMENTARIOS Y COADYUVANTES DE ELABORACIÓN EN NORMAS DEL CODEX (Tema 4 del programa)^8

  1. De conformidad con la sección «Relaciones entre los comités del Codex sobre productos y los comités de asuntos generales» del Manual de Procedimiento de la Comisión del Codex Alimentarius, el Comité examinó la aprobación de las disposiciones sobre aditivos alimentarios y coadyuvantes de elaboración tratadas en la 8ª reunión del CCMMP.

(^8) CX/FA 08/40/4; CRD 8 (Observaciones de la India, Indonesia, Malasia y Nueva Zelandia).

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  1. La delegación de los Estados Unidos de América, interviniendo en calidad de Presidente del Grupo de trabajo basado en la presencia física sobre la NGAA, señaló la recomendación de este grupo de suspender la decisión sobre los licopenos hasta que el JECFA investigue los niveles de uso y haga una evaluación de la alimentación. Algunos observadores indicaron que proporcionarán nuevos datos de apoyo a un uso inferior de los licopenos como aditivo alimentario, para una evaluación por el JECFA en el futuro.
  2. El Comité señaló que la NGAA autoriza el uso de los SIN 160d(i) y 160d(iii).
  3. El Comité indicó que los licopenos fueron examinados por el Grupo de trabajo basado en la presencia física sobre la NGAA y que éste había recomendado que se aclaren los niveles de uso propuestos para estas sustancias, a fin de garantizar que se expresen en base a una pureza del pigmento del 95%.
  4. Tras mantener un debate, el Comité decidió suspender la aprobación de los licopenos y decidir sobre su situación durante el examen del tema 5(a) del programa sobre la NGAA. Debido a la preocupación manifestada por diversas delegaciones respecto a los niveles máximos propuestos para los licopenos, el Comité aceptó además pedir al CCMMP que aclare en qué tipo de licopenos se basan los niveles propuestos, así como la justificación técnica de esos niveles.

Conservantes

  1. El Comité señaló la inquietud manifestada por la delegación de la CE, que cuestionó la necesidad de la nisina, los benzoatos y los sorbatos en las leches fermentadas aromatizas y las bebidas a base de leches fermentadas sometidas a tratamiento térmico, ya que este tratamiento proporciona el efecto necesario de conservación para estos productos.
  2. El Comité aprobó los conservantes propuestos por el CCMMP.

Edulcorantes

  1. El Comité tomó nota de la información que en los Estados Unidos de América y Malasia, los ciclamatos, el alitamo y el neotamo no estaban aprobados, y en la CE y Noruega no estaban aprobados los ciclamatos y el alitamo.
  2. El Comité tomó nota de la aclaración proporcionada por la Secretaría del JECFA en la OMS de que estos edulcorantes habían sido evaluados por el JECFA y se habían establecido IDA; por tanto el Comité ratificó los niveles propuestos para estos edulcorantes, tomando nota de las reservas de las delegaciones anteriores.
  3. El Comité tomó nota de las observaciones de la delegación de los Estados Unidos de América de que la norma contiene una referencia a ciertas clases funcionales de aditivos alimentarios que figuran en el Cuadro 3 de la NGAA, y que era necesario armonizar las disposiciones de la Norma para leches fermentadas con las disposiciones de la NGAA. Con este objetivo, el Comité estuvo de acuerdo en recomendar al 31º período de sesiones de la Comisión que se incluya una nota en el Anexo al Cuadro 3 de la NGAA, a fin de garantizar que no haya contradicción entre el Cuadro 3 y la norma arriba citada. El Comité estuvo de acuerdo en la siguiente nota: «En las leches fermentadas, sometidas a tratamiento térmico después de la fermentación, es aceptable el uso de reguladores de la acidez, gases de envasado y conservantes que figuran en el Cuadro 3, según la definición de la Norma del Codex para leches fermentadas (CODEX STAN 243- 2004), que corresponden a la categoría de alimentos 01.2.1.2 «Leches fermentadas (naturales) tratadas térmicamente después de la fermentación».

Anteproyecto de enmiendas a la lista de aditivos alimentarios para la Norma del Codex para las natas (cremas) y natas (cremas) preparadas (CODEX STAN A-9-1976)

  1. La delegación de la Comunidad Europea consideró que en las natas (cremas) naturales pasterizadas sólo es necesario un número limitado de aditivos alimentarios. La delegación de la CE recomendó que si bien otros aditivos podrían ser necesarios en algunos productos particulares comprendidos en esta norma, el ámbito de aplicación general de la misma no deberá considerarse una forma de permitir el uso de un gran número de aditivos alimentarios, como los fosfatos, en las natas (cremas) naturales pasterizadas.

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Gases para envasar e impelentes

  1. El Comité estuvo de acuerdo en suprimir el texto «Para usar solamente con natas (cremas) montadas/batidas (incluidas las natas (cremas) envasadas a presión», del título de la clase funcional, después de «impelentes», ya que queda comprendido en el nombre de esta clase. El Comité acordó mantener los «Gases para envasar» e «impelentes» como clases funcionales separadas.
  2. La delegación señaló a la atención del Comité el hecho de que la disposición de 5000 mg/kg para los ésteres diacetiltartáricos y de los ácidos grasos del glicerol (SIN 472e) se había suprimido por error de la lista de estabilizadores/espesantes en la Norma del Codex para las natas (cremas) y natas (cremas) preparadas. La delegación propuso que el CCFA ratifique el SIN 472e a un nivel máximo de 5000 mg/kg como estabilizador/espesante en las natas (cremas) y natas (cremas) preparadas. El Comité acordó aprobar esta propuesta en el entendimiento que la decisión final sobre la incorporación de este aditivo alimentario debía dejarse para el 31º período de sesiones de la Comisión.

Estado de aprobación y/o revisión de niveles máximos para aditivos alimentarios y coadyuvantes de elaboración en las normas del Codex

  1. El estado de aprobación y/o revisión de los niveles máximos para aditivos alimentarios en las normas del Codex se presenta en el Apéndice III de este informe.

NORMA GENERAL DEL CODEX PARA LOS ADITIVOS ALIMENTARIOS (NGAA) (Tema 5 del programa)

INFORME DEL GRUPO DE TRABAJO POR MEDIOS ELECTRÓNICOS SOBRE LA NGAA (Tema 5a del programa)^9

  1. La delegación de los Estados Unidos de América, interviniendo en calidad de Presidente del Grupo de trabajo basado en la presencia física sobre la NGAA^10 , que se reunió inmediatamente antes de la presente sesión del Comité, presentó el informe del grupo de trabajo, que figura en CRD 2, a la sesión plenaria. El grupo de trabajo examinó el informe del Grupo de trabajo por medios electrónicos sobre la NGAA y las observaciones presentadas por escrito. El Comité indicó que, debido a la falta de tiempo, al Grupo de trabajo basado en la presencia física no le había sido posible examinar todas las recomendaciones del Grupo de trabajo por medios electrónicos.
  2. El Comité examinó las recomendaciones propuestas del Grupo de trabajo basado en la presencia física, y adoptó las siguientes decisiones y efectuó las observaciones siguientes:

Recomendación 1a «Incorporación de anteproyectos de disposiciones»

  1. El Comité observó que no era necesario mantener un amplio debate sobre esta recomendación porque las disposiciones recomendadas no se sometían a consideración para su adopción sino únicamente para incorporarlas en la NGAA a fin de someterlas a un examen ulterior.
  2. El observador de NHF expresó su preocupación con respecto a la incorporación en la NGAA de las disposiciones para aditivos alimentarios que contienen aspartamo, neotamo, sucralosa y aluminio porque en su opinión el uso de estos compuestos en los alimentos no estaba justificado y podía crear problemas para la salud. La Secretaría del JECFA, sin embargo, señaló que el JECFA debía evaluar todos los aditivos alimentarios en cuanto a inocuidad e IDA antes de incorporarlos en la NGAA, y que este procedimiento establecido protegía la salud humana y la seguridad de los consumidores.

(^9) CX/FA 08/40/5 (Parte 1 y Parte 2); CX/FA 08/40/5 Add.1 (Observaciones de los Estados Unidos de América, CEFS,

ICA, IFMA e IFU); CX/FA 08/40/5 Add.2 (Observaciones de la Comunidad Europea, China, Noruega e IADSA); CRD 2 (Informe del Grupo de trabajo basado en la presencia física sobre la NGAA); CRD 9 (Observaciones de Filipinas, la India, Malasia, República de Corea, Suiza, CEFIC e IFMA); CRD 19 (Observaciones de Chile). (^10) Los siguientes miembros y organizaciones asistieron al grupo de trabajo basado en la presencia física: Alemania,

Australia, Bélgica, Brasil, Canadá, la Comunidad Europea, China, Dinamarca, Egipto, los Estados Unidos de América, Filipinas, Finlandia, Francia, Indonesia, Irlanda, Japón, Kenya, Madagascar, Malasia, México, Noruega, Nueva Zelandia, Polonia, República de Corea, Reino Unido, Serbia, Sierra Leona, Suecia, Suiza, Tailandia, AIDGUM, AMFEP, CEFIC, CEFS, EFEMA, ETA, IAI, ICA, IADSA, ICBA, ICGA, ICGMA, IDF, IFAC, IFT, IGTC, IOFI, ISA, ISDI, NATCOL, OFCA, la FAO y la OMS.

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ƒ Nota 160 «Para uso en los productos listos para tomar y mezclas previas para productos listos para tomar solamente» con la categoría de alimentos 14.1.5; ƒ Nota H «Excepto para uso en la leche de coco» con la categoría de alimentos 04.1.2.8; ƒ Nota J «Los productos que cumplen la Norma para el chocolate y los productos del chocolate (CODEX STAN 87-1981) únicamente pueden utilizar colorantes para decorar la superficie» con la categoría de alimentos 05.1.4; ƒ Nota K «para uso únicamente en mezclas previas de arroz en grano recubierto de nutrientes» con la categoría de alimentos 06.1.

Recomendación 2

  1. El Comité estuvo de acuerdo con la recomendación de añadir la Nota 4 «Para decoración, sellado, marcado o marcado a fuego del producto» y la Nota 16 «Para uso en el glaseado, recubrimiento o decoración de frutas, hortalizas, carnes o pescados» a todas las disposiciones (adoptadas en el procedimiento de trámites) para el uso de colorantes en las categorías de alimentos: 04.1.1 «Frutas frescas», 04.2.1 «Hortalizas frescas (incluidos hongos y setas, raíces y tubérculos, legumbres y leguminosas y áloe vera), algas marinas y nueces y semillas», 08.1 «Carne fresca, incluida la de aves de corral y caza», 09.1 «Pescado y productos pesqueros frescos, incluidos moluscos, crustáceos y equinodermos» y en las subcategorías relacionadas.

Recomendación 3

  1. El Comité observó que en el Apéndice 3 de CRD 2 «Recomendaciones para adopción» varias disposiciones se habían indicado inadvertidamente en el Trámite 6, en vez de en el Trámite 8, y que la nota J debía suprimirse en la categoría de alimentos 05.2.
  2. La delegación de la CE expresó sus reservas al uso de aditivos alimentarios a las categorías de alimentos 6.4.1 «Pastas y fideos frescos y productos análogos» y 6.4.3 «Pastas y fideos precocidos y productos análogos» puesto que no reconocía la necesidad de estos aditivos en la pasta fresca, deshidratada o precocida.
  3. El Comité estuvo de acuerdo con los cambios siguientes: ƒ Revisar las dosis máximas para la sucralosa (SIN 995) en las categorías de alimentos 14.2.7 «bebidas alcohólicas aromatizadas (p.ej. cerveza, vino y bebidas con licor tipo bebidas gaseosas, bebidas refrescantes) con bajo contenido de alcohol» y 15.0 «Aperitivos listos para el consumo» a 700 mg//kg y 1000 mg/kg, respectivamente; ƒ Suprimir la función de «acentuadores del sabor» asociada con la sacarina (y el sodio, y las sales de sodio y potasio) (SIN 954) y asociar la función de «agente de tratamiento de las harinas» a los sulfitos (SIN 220-225, 227-228 y 539) para armonizarlo con la función tecnológica asociada con el metabisulfito de sodio (SIN 223) en las especificaciones del Codex. Estas enmiendas se aplicarían en toda la NGAA; ƒ Añadir la Nota 161 a la dosis máxima de ponceau 4R (rojo cochinilla A) (SIN 124) en la categoría de alimentos 01.7.

Recomendación 4

  1. El Comité estuvo de acuerdo con la recomendación de suspender el trabajo sobre todos los proyectos y anteproyectos de disposiciones para aditivos alimentarios con la excepción de las disposiciones para: acesulfame potásico (SIN 950) en la categoría de alimentos 01.2; alitame (SIN 956) en la categoría de alimentos 01.4.4; rojo allura AC (SIN 129) en la categoría de alimentos 01.1.2; caramelo IV – proceso al sulfito amónico (SIN 150d) en las categorías de alimentos 1.8.1 y 02.3; indigotina (SIN 132) en las categorías de alimentos 01.6.1 y 05.1.3; ponceau 4R (rojo cochinilla A) (SIN 124) en las categorías de alimentos 05.1.2 y 05.1.3; y amarillo ocaso FCF (SIN 110) en las categorías de alimentos 05.1.2 y 05.1.3. Estas disposiciones debían someterse a evaluación ulterior.

Recomendación 5

  1. El Comité estuvo de acuerdo con la propuesta de revocar las disposiciones para aditivos alimentarios enumeradas en el Apéndice 5 de CRD 2.

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Recomendación 6

  1. El Comité acordó examinar las disposiciones para la sal de aspartamo y acesulfamo (SIN 962) a fin de garantizar que están basadas en las dosis máximas de uso para el aspartamo (SIN 951) y el acesulfame K (SIN 950).

Otras recomendaciones

Ámbito de aplicación de las categorías de alimentos

  1. El Comité tomó nota de que el Grupo de trabajo basado en la presencia física no pudo alcanzar un consenso sobre las disposiciones para aditivos alimentarios asociadas con las categorías de alimentos 01- debido a la incertidumbre sobre el ámbito de aplicación de los productos en dicha categoría. Asimismo tomó nota de la necesidad de aclarar la naturaleza de los productos incluidos en la categoría de alimentos 5. «Productos de cacao y chocolate, incluidos los productos de imitación y los sucedáneos del chocolate» y las subcategorías relacionadas; y el uso de colorantes en los productos incluidos en la categoría de alimentos 8. «carne fresca, incluida la de aves de corral y caza» y en la categoría de alimentos 1.2.1.1 «Leches fermentadas (naturales no tratadas térmicamente después de la fermentación)». A este fin, acordó establecer un Grupo de trabajo por medios electrónicos^13 , bajo la Presidencia de los Estados Unidos de América, para que preparara un documento de debate que describiera por completo y contuviera propuestas para abordar estas cuestiones para someterlas a consideración en su 41 a^ reunión. El Grupo de trabajo por medios electrónicos estaría abierto a todos los miembros y trabajaría solamente en inglés.

Aditivos de colorantes sintéticos

  1. La Secretaría del JECFA para la FAO proporcionó aclaración sobre los valores de referencia toxicológicos pertenecientes a las lacas de aluminio de colorantes. La Secretaría del JECFA observó que tenían que tomarse en consideración tanto la IDA como la ISTP a la hora de establecer dosis máximas para los colorantes y sus lacas de aluminio. En relación con el aluminio, la Secretaría del JECFA explicó que la parte de pigmento de color de las lacas está cubierta por la IDA del colorante respectivo y la parte de aluminio por la ISTP para el aluminio. Por tanto, se recomendó al Comité que examinara ambos valores de referencia en base a la proporción de pigmento de aluminio de las lacas y su deliberación sobre las dosis máximas para colorantes en la NGAA.
  2. El Comité acordó que las dosis máximas para estas sustancias deberían establecerse tomando en consideración ambos compuestos de los aditivos alimentarios sintéticos y toda la información disponible.
  3. El Comité tomó además nota de que la recomendación 9 sobre la enmienda del nombre de la categoría de alimentos 12.10.2 y la recomendación 10 sobre la petición al JECFA de realizar una evaluación de la exposición para el ácido ciclámico (SIN 952) se abordarían durante el Tema 5b del programa «Anteproyecto de revisión del sistema de clasificación de alimentos de la NGAA» y el Tema 10 del Programa «Lista de prioridades de los aditivos alimentarios propuestos para su evaluación por el JECFA» respectivamente.
  4. El Comité determinó: ƒ Suspender el trabajo en diversos proyectos y anteproyectos de disposiciones sobre aditivos alimentarios (véase el Apéndice IV^14 ); ƒ Enmendar los proyectos y anteproyectos de disposiciones sobre colorantes que figuran en las siguientes categorías de alimentos y sus subcategorías: 04.1.1, 04.2.1 08.1 y 09.1 para incluir las notas 4 y 16 (véase el Apéndice V); ƒ Incluir en la NGAA una serie de nuevas disposiciones sobre aditivos alimentarios propuestas en el Trámite 3 y 4 (véase el Apéndice VI, parte 1 y parte 2); y ƒ Pedir información adicional sobre proyectos y anteproyectos de disposiciones sobre aditivos alimentarios (véase el Apéndice VI, parte 3).

(^13) Los siguientes miembros y observadores expresaron su disposición para participar en el Grupo de trabajo: Brasil, la

Comunidad Europea, China, Francia, Indonesia, Japón, Malasia, Nueva Zelandia, Reino Unido, República de Corea, Suecia, Tailandia, CEFIC, EFEMA, ICA, ICGMA y NATCOL. (^14) Obsérvese que el Apéndice IV combina las recomendaciones de suspensión y revocación planteadas en los debates

bajo los temas 5(a) y 5(b) del programa.