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- I. Introducción - II. Exposición del concepto de realidad hermenéutica
- III. Fenomenalismo, realidad y teoría cognitiva
- IV. Realidad hermenéutica. - 1. Concepto - 2. Realidad hermenéutica espontánea. - 3. Realidad hermenéutica artificial - 4. Convergencias hermenéuticas - 5. El modelo de mundo - V. Las teorías jurídicas como “realidades hermenéuticas”
CAPÍTULO PRIMERO
CONSTRUCTIVISMO JURÍDICO
Y METATEORÍA DEL DERECHO
Los límites de mi lenguaje significan los
límites de mi mundo.
Ludwing W ITTGENSTEIN 1
I. I NTRODUCCIÓN
He decidido iniciar este trabajo con algunas ideas que, si no del todo, al
menos en buena medida han desvanecido una sensación de angustia inte-
lectual que desde hacía tiempo me acompañaba. Si en algún momento tu-
viera que fijar las raíces de ese malestar, citaría otro antecedente de
aquél. El primero fue producto de la imposibilidad de encontrar una res-
puesta objetiva y contundente a la pregunta ¿qué es el derecho? El se-
gundo, derivado del anterior, se originó en la pregunta ¿qué función cog-
nitiva cumplen las teorías jurídicas? Debo adelantar que como por arte de
magia, al encontrar una respuesta satisfactoria a la segunda, lo hice tam-
bién para la primera. Lo que expongo aquí es esa respuesta.
Durante la transición de un malestar a otro, sucedieron cosas intere-
santes: 1) tuve que romper con mis raíces, i. e. , la concepción siguiente:
“hay una definición válida para una palabra, que esa definición se ob-
tiene mediante intuición intelectual de la naturaleza intrínseca de los fe-
nómenos denotados por la expresión y que la tarea de definir un térmi-
no es, en consecuencia, descriptiva de ciertos hechos”. 2 El pensamiento
(^1) Wittgenstein, Ludwing, Tractatus logico-philosophicus , trad. de Enrique Tierno Galván, España, Alianza, 1984, p. 1630. (^2) Nino Santiago, Carlos, Introducción al análisis del derecho , España, Ariel, 1984, p. 12.
las teorías que difieren acerca de lo que es el derecho ¿tiene sentido se-
guir buscando un significado único y “verdadero” de ‘derecho’?, ¿tiene
sentido afirmar que todas hablan de lo mismo?, ¿tiene sentido la disputa
teórica como medio para llegar al concepto “correcto” de ‘derecho’? To-
das estas cuestiones parecían converger en una sola pregunta: ¿Cuál es la
función cognitiva de las teorías jurídicas? Desde luego una respuesta
simple y automática sería “describir al derecho”. Sin embargo, si en el
ámbito de las ciencias exactas ha sido declarada la crisis del descriptivis-
mo, ¿tiene sentido afirmar que el derecho es algo descriptible? 6
METATEORÍA DEL DERECHO 3
(^6) Cómo alternativa a las preguntas del tipo ¿Qué es “x”?, Hart propone la pregunta ¿qué significa la palabra “x”? Véase Hart, op. cit. , nota 3, p. 95. La influencia de Wittgens- tein es también notoria en este sentido. Véase Wittgenstein, Ludwing, op. cit. , nota 3, p. 27. Con este nuevo planteamiento, en vez de pretender averiguar el status ontológico de un con- cepto, se busca determinar las reglas que gobiernan el uso de una expresión en el lenguaje común. Sobre esto véase Chappel, V. C., El lenguaje común , trad. de Juan Ramón Capella, España, Tecnos, 1971, pp. 12-14. Hart propone el método de la paráfrasis como el idóneo pa- ra determinar las reglas que gobiernan el uso de una expresión. El origen de este método se encuentra en el pensamiento de Bentham quien “previno contra una aplicación lisa y llana del método tradicional de definición, que consiste en abstraer expresiones tales como derecho subjetivo, deber, Estado o persona jurídica, de las frases en que se puede ver su función ple- na, y luego preguntarnos por el género próximo y la diferencia específica de las expresiones así abstraídas”. Cfr. Hart, op. cit. , nota 3, p. 111. El método de la paráfrasis es expuesto por Bentham, Fragmento sobre el gobierno , trad. de Julián Larios Raos, España, Aguilar, 1973. Sobre este mismo tema véase, Moreno Mateos, Juan José, “Las ficciones jurídicas en Jeremy Benthamm. El método de la paráfrasis”, Doxa , núm. 3, 1986, pp. 129-139. Un ejemplo de la aplicación del método de la paráfrasis para la determinación de las reglas que gobiernan el uso de una expresión sería el siguiente: supongamos que un teórico A busca elucidar el signi- ficado de la expresión ‘derecho subjetivo’. Las frases típicas a tomar como base de su análi- sis podrían ser: A) Rubén tiene derecho a vestirse cómo quiera; B) Rubén tiene derecho a transitar libremente por la calles; C) Rubén tiene derecho a usar su automóvil; D) Rubén tie- ne derecho a portar armas; E) Rubén tiene derecho a hipotecar su casa. Los rasgos comunes de estas frases pueden formalizarse así: “x D o”, donde “x” = derechohabientes, “D” = tiene derecho, y “o” = aquello a lo que “x” tiene derecho. Véase Tamayo y Salmorán, R., El dere- cho y la ciencia del derecho , México, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, 1984, p.
- Tomando como punto de partida las frases expuestas y sus rasgos comunes, todo parece indicar que las reglas que gobiernan el uso de enunciados del tipo “x D o” son: 1) Existe un sujeto “x”; 2) El sujeto “x” puede hacer o no hacer libremente una conducta “o”. Conforme con esto, un derecho subjetivo puede reducirse siempre a una permisión como se pone de manifiesto si se sustituye ‘tiene derecho a…’ por ‘puede’, ya que no se altera en absoluto el significado de la frase original. Con la sustitución, la frase quedaría: A) Rubén puede vestirse como quiera; B) Rubén puede transitar libremente por las calles; C) Rubén puede usar libre- mente su automóvil; D) Rubén puede portar armas; E) Rubén puede hipotecar su casa. La crítica dirigida a los intentos de determinar el significado de una palabra mediante este méto-
El desarrollo que hago en este epígrafe está íntimamente vinculado a
estos problemas.
Para evitar malentendidos deseo aclarar que no ha sido mi intención
explicar “qué es el derecho”, ni cuál es “la” función cognitiva de las
“teorías jurídicas”. Al partir del supuesto de que todo cuanto pensamos o
decimos, aun cuando pretendemos pensar o hablar con objetividad, no es
sino una manifestación de estados mentales privados, me limito a exhibir
ante la mirada ajena la manera en que he logrado desvanecer aquélla, mi
vieja angustia.
Antes de iniciar el desarrollo propiamente dicho y concluir esta intro-
ducción, deseo hacer algunas precisiones:
a) “Es familiar en filosofía hacer afirmaciones exageradas para poner de
relieve aspectos que se consideran novedosos o desatendidos”.^7 Esto debe
tenerse presente durante las exposiciones del tema de la relatividad de la
realidad humana perceptible sensorialmente y lo que he llamado “progra-
mas mentales”.
b) Aunque al principio del desarrollo pueda parecer que mi exposición
versa sobre problemas no relacionados con el derecho y que por tanto no
son de mi competencia, más adelante se entenderá la relación.
c) Haciendo uso de mi derecho a la estipulación lingüística, entenderé
(y he entendido) por ‘teoría jurídica’, toda explicación sobre el derecho
con independencia de si pertenece a la dogmática, a la teoría general del
derecho, a la filosofía del derecho, a la sociología jurídica, etcétera.
d) Las exposiciones sobre problemas aparentemente no relacionados
con el derecho no deben entenderse como intentos de explicar esos pro-
blemas en sí. Toda explicación de ese tipo debe entenderse como una
4 CONSTRUCTIVISMO JURÍDICO
do estriba en que una misma palabra puede ser regida por diversas reglas según el contexto en el que aparezca. Con esto, pues, lejos de determinar el significado de una palabra o expre- sión mediante la definición de las reglas que gobiernan su uso, lo que se determina es un sig- nificado de una palabra o expresión mediante la concreción de las reglas que permiten el uso de dicha palabra o expresión en un sentido determinado. De esta manera, se pone de relieve que el método de la paráfrasis ya presupone una elección de un significado de la palabra a analizar antes de determinar su significado mediante la obtención de las reglas que gobiernan su uso. Una excelente aplicación del método de la paráfrasis al concepto de derecho subjeti- vo, que es el mismo que ha servido como directriz para esta nota, puede verse en Tamayo y Salmorán, Rolando , op. cit. , misma nota, pp. 64-78. (^7) Wisdom, John en Mugierza, Javier (comp.), Filosofía, metafísica y psicoanálisis. La concepción analítica de la filosofía , Madrid, Alianza, 1986, pp. 420-454.
fármacos, estados hipnóticos, etcétera), efectos ópticos producidos por
fenómenos físicos (como sucede con los espejismos), entre otros. 12
A partir de la contraargumentación opuesta a los realistas, algunos fi-
lósofos parecen haber construido el razonamiento siguiente: si no es cier-
to que todos los estados mentales por los que se conoce algo son repro-
ducciones de cosas, sino representaciones internas, entonces no existen
cosas reales cognoscibles. Lo único que conocemos son nuestras repre-
sentaciones. Esto nos lleva a la segunda postura.
El idealismo “sustenta la tesis de que no hay cosas reales independien-
tes de la conciencia”. 13 Para algunos defensores de esta teoría cualquier
cosa que tomemos por real no es sino un estado kinestésico, una conjun-
ción, uniformemente recurrente, de las percepciones de diferentes senti-
dos. Así, por ejemplo, la realidad de una manzana no es sólo la percep-
ción visual de aquello a lo que habitualmente llamamos ‘manzana’, sino
esa percepción más una gustativa (sabor a manzana), una olfativa (olor a
manzana) y una táctil (textura y consistencia de manzana). 14
La principal objeción dirigida al idealismo es que tenemos buenas ra-
zones para pensar que “fuera de nosotros” hay “algo” que produce esas
percepciones.
Suponiendo que nuestras mentes hubieran sido ejercitadas por algún
hipnólogo, de tal manera que pudiéramos “crear sensaciones de alimen-
tos” ¿ello evitaría la muerte por inanición?
Como alternativa al realismo e idealismo se presenta el fenomenalismo,
según el cual “no conocemos las cosas como son en sí, sino como nos pa-
recen”. Para el fenomenalismo hay cosas reales, pero no podemos conocer
su esencia. Sólo podemos saber ‘que’ las cosas son, pero no ‘lo que’ son.^15
6 CONSTRUCTIVISMO JURÍDICO
(^12) La postulación de la existencia de datos sensoriales para dar cuenta de casos anorma- les o excepcionales de percepción es conocida en filosofía como “argumento de la ilusión”. (^13) Hessen, op. cit. , nota 10, p. 78. (^14) Esta versión de idealismo es defendida por Berkley en A treatiste Concerning the Principles of Human Knowledge : “Si por ‘objetos físicos’ usted entiende cosas existentes fuera de nosotros que causan nuestras experiencias sensoriales, insisto en que no existen, ni podríamos saber que existen en el caso de que existiesen. Pero si por ‘objetos físicos’ usted entiende un grupo o complejo de experiencias sensoriales, entonces indudablemente existen: en efecto, nos percatamos de ellas en cada momento de vigilia de nuestras vidas, ya que constantemente tenemos experiencias sensoriales que entran en sistemas o grupos ordena- dos”. Hospers, John, Introducción al análisis filosófico , Madrid, Alianza Universidad, 1984. (^15) Hessen, J., op. cit. , nota 10, p. 83.
Para Kant, la realidad en sí es incognoscible y a lo más que podemos
aspirar es a decir que conocemos cómo ella se manifiesta a través de
nuestras categorías de conocimiento. De esta manera, Kant distingue en-
tre lo que la cosa es en sí, i. e ., lo que nunca podremos conocer, y su ma-
nifestación. A la primer categoría le llama nóumeno (del griego noume-
non, i. e ., lo que no se nos manifiesta) y a la segunda, fenómeno (del
griego fainomenon, i. e ., lo que se manifiesta):^16 “¿Qué son los objetos
en sí y separados de toda receptividad de nuestra sensibilidad? Esto per-
manece para nosotros enteramente desconocido... jamás podremos cono-
cer lo que son los objetos en sí, por luminoso que sea nuestro conoci-
miento del fenómeno que es lo único que nos es dado”. 17
El contenido esencial del fenomenalismo kantiano puede entonces resu-
mirse en tres proposiciones: “ 1) La cosa en sí es incognoscible. 2) Nuestro
conocimiento permanece limitado al mundo fenoménico. 3) Éste surge en
nuestra conciencia porque ordenamos y elaboramos el material sensible
con arreglo a las formas a priori de la intuición y del entendimiento”.^18
III. F ENOMENALISMO, REALIDAD Y TEORÍA COGNITIVA
La tesis kantiana por la que se sostiene la imposibilidad del conoci-
miento nouménico encuentra un sólido apoyo en algunas de las teorías
biológicas sobre la relatividad de las categorías cognitivas. Ése es el caso
de la Umwelt de Jacob Von Uexküll, según la cual la realidad en sí es in-
cognoscible no sólo para el hombre, sino para cualquier ser vivo, pues la
manera en que ésta se manifiesta depende del equipamiento psicofísico
de cada organismo. “Del gran pastel de la realidad, cada organismo vivo
corta una rebanada que puede percibir y a la cual puede reaccionar gra-
cias a su organización psicofísica”. 19 De acuerdo con esta teoría, de la
METATEORÍA DEL DERECHO 7
(^16) Kant, Crítica de la razón pura , trad. de Manuel García Morente y Manuel Fernán- dez Núñez, estudio introductorio y análisis por Francisco Larroyo, México, Porrúa, 1982, p. XXXVII. (^17) Ibidem , p. 52. (^18) Hessen, J., op. cit ., nota 10, p. 85. (^19) Bertalanfy, Ludwing von, Teoría general de los sistemas , trad. de Juan Almeda, México, Fondo de Cultura Económica, 1980, p. 239. Asimismo, véase Gadamer, Verdad y método , trad. de Ana Agud Aparicio y Rafael de Agapito, España, Sígueme, 1984, p.
- Véase Uexküll, J. von, Umwelt and Innenwelt der Tiere , Berlín, Springer, 1920.
c) El hecho de que dos o más hombres en igualdad de condiciones
perceptivas registren la misma información externa no garantiza que
“vean” lo mismo.
d) Además de las realidades que en algún sentido tienen un referente
perceptible, existen otras realidades que calificaré como hermenéuticas.
Para la mayoría de nosotros existe una gran cantidad de datos externos
supuestamente objetivos. Si alguien nos pregunta de qué color es el azú-
car, o de qué color es un auto, o si el azúcar es dulce, o si una comida es
deliciosa, nuestras respuestas suelen presuponer la creencia de que con
ellas damos cuenta de cómo es algo que está fuera de nosotros. Respues-
tas a las preguntas anteriores suelen ser del tipo: el azúcar es blanca, el
auto es azul claro, el azúcar es dulce, ese platillo es delicioso, etcétera.
Sin embargo, un examen mínimamente profundo nos lleva a concluir que
las cosas no son (blancas, azules, dulces o deliciosas), sino que lo son pa-
ra nosotros y bajo ciertas condiciones. Si las cosas fueran en sí, el azúcar
alumbrada con una bombilla roja seguiría viéndose blanca, un auto azul
claro sería igual de claro a las doce del día que a las doce de la noche, un
terrón de azúcar sería dulce no sólo cuando me lo metiera en la boca sino
cuando me lo colocara en la uña, un platillo gustaría por igual a todo el
mundo. Todo lo cual parece, al menos, contraintuitivo. 23
Tal como hemos dicho, parece incontrovertible la relación existente
entre los órganos de percepción y un tipo determinado de realidad. 24 Al
centrar nuestra atención sólo en el hombre, es fácil apoyar este argumen-
to si por un momento nos ponemos en el lugar de una persona carente de
alguno de sus sentidos. Tenemos buenas razones para pensar que la reali-
dad de un invidente es muy distinta a la nuestra, particularmente si supo-
nemos una ceguera congénita. 25 Para un individuo así, la mayor porción
de nuestra realidad es desconocida: los colores, la imagen de los hombres
(incluyendo la suya) la fisonomía de las ciudades, los autos, las pinturas,
etcétera. Sin embargo, aunque desde el punto de vista del sujeto “nor-
mal” es el invidente quien desconoce la parte más importante de la “rea-
METATEORÍA DEL DERECHO 9
(^23) Austin, John, op. cit. , nota 9. (^24) Sobre este tema, véase, Pears, D. F., “Las condiciones causales de la percepción”, trad. de Carmen Silva, Cuadernos de Crítica , México, 1984. (^25) He seleccionado un ejemplo basado en el sentido de la vista por dos razones: a) Nues- tro principal sistema representacional es de tipo visual y b) Los ejemplos que suelen citarse en teoría de la ciencia para demostrar la manera en que las teorías determinan lo que vemos y no a la inversa, se basan en percepciones visuales como podrá verse más adelante.
lidad humana”, el invidente tiene acceso a otra realidad que ignoran los
que ven. Parece incontrovertible que ninguno de los que nos considera-
mos “normales” sabemos lo que significa conocer el mundo exterior por
medio de representaciones no visuales y nos resulta imposible realizar un
simulacro: aunque cerremos los ojos, el sonido de un tren nos evoca su
imagen visual. Los invidentes y nosotros, al igual que nosotros y las abe-
jas, compartiendo un mismo mundo, vivimos en realidades totalmente di-
ferentes e inaccesibles entre sí.
Como consecuencia de la creencia de una realidad humana objetiva,
es común que la gente piense que ante los mismos datos externos todo el
mundo “ve” lo mismo. Sin embargo, ¿cómo podemos saber que otras
mentes perciben exactamente lo mismo que nosotros a pesar de que así
parezca indicarlo la comunicación?, ¿cómo sé que lo que usted y yo
nombramos con ‘color azul’ no es sino un nombre común para experien-
cias distintas?, ¿cómo sé que cuando usted dice azul no percibe lo que yo
percibo como lo que usted llama ‘rojo’ y sólo coincidimos en un nombre
cuyo uso hemos aprendido en forma natural?, ¿no podríamos pensar que
las diferencias gustativas, i. e ., que mientras a usted le causa placer el
sabor de algo a mí me desagrada, se debe a que yo no percibo lo mismo que
usted sino otro sabor que si usted percibiera también le desagradaría?
Desde luego, estas preguntas, aunque causan perplejidad, poco hacen
por sí solas para apoyar el argumento según el cual aquellas percepciones
que consideramos realidad objetiva pueden relativizarse. La razón es
muy sencilla: no tenemos argumentos concluyentes para demostrar ni
que una persona tiene en mente lo mismo que nosotros cuando así parece
indicarlo la comunicación, ni para demostrar lo contrario. No obstante, la
idea de que registrando los mismos datos externos podemos “ver” cosas
distintas ha encontrado un fuerte apoyo científico en la psicología de la
gestalt , como se demuestra a continuación.
10 CONSTRUCTIVISMO JURÍDICO
Seguramente, cuando el lector ha visto la figura “a)”,^26 ha encontrado
en ella unas escaleras cuya base se encuentra “pegada” al piso; sin em-
bargo, no debe extrañarle que otros hayan visto en la misma imagen unas
escaleras cuya base se encuentra “pegada” al techo (las podrá encontrar
si hace un pequeño esfuerzo mental).
Algo similar sucede con las figuras siguientes, en las cuales se podrán
encontrar ya sea un conjunto de manchas o un perro (b); 27 murciélagos o
ángeles (c);^28 un pato o un conejo (d); 29 dos rostros enfrentados o una co-
pa (e). 30
También se ha puesto de relieve que la observación no proporciona
una base segura a partir de la cual derivar el conocimiento “real” en el
ámbito del conocimiento científico, como se muestra a continuación:
12 CONSTRUCTIVISMO JURÍDICO
(^26) Chalmers, Alan, ¿Qué es esa cosa llamada ciencia? , trad. de Eulalia Párez Sadeño y Pilar López Mañez, España, Siglo XXI, 1987, p. 42. Ahí se puede leer: “Los resultados de los experimentos realizados con miembros de varias tribus africanas, cuyas culturas no incluyen la costumbre de dibujar objetos tridimensionales mediante dibujos bidimen- sionales con perspectiva, indican que los miembros de estas tribus no habrían considera- do que la figura es una escalera sino una disposición bidimensional de líneas”. Sobre este mismo aspecto, véase Lisón Tolosana, C., Antropología social y hermenéutica , México, Fondo de Cultura Económica, 1983. (^27) Tomando de Enciclopedia Práctica de Psicología , España, Orbis, núm. 1, p. 6. (^28) Véase Schmill, Ulises, La conducta del jabalí , México, UNAM, Instituto de Inves- tigaciones Jurídicas, 1983. Al presentar esta figura en un seminario sobre teoría del dere- cho, alguno de los participantes propuso ver “campanas” intercaladas en el espacio blan- co que hay entre los murciélagos a la altura de las “piernas”. Si el lector fija su atención en el sitio indicado teniendo en mente la teoría de que ahí “hay” campanas, podrá perca- tarse de que las faldas-piernas de los ángeles pasan a ser campanas. (^29) Op. cit ., nota 27, p. 7. (^30) Una manera de probar cómo el lenguaje puede ser constitutivo de teorías (o como veremos más adelante, de realidades hermenéuticas) es la siguiente: 1) Hasta este momento el lector ve en la figura una copa de dos rostros enfrentados. 2) A continuación emitiré un enunciado que generará (programará) una teoría en la mente del lector que determinará el que pueda “ver” algo que hasta ahora no ha visto: “Entre los rostros hay una mesa”. Sugie- ro al lector que dirija su atención a la figura con la intención de ver la mesa. Sobre la ma- nera en que nuestras intenciones influyen en nuestro conocimiento de las cosas: véase Ha- bermas, Jürgen, Conocimiento e interés , trad. de Manuel Jiménez; José F. Ivarsy y Luis Martín Santos, España, Taurus, 1982. Ejemplos como los empleados son muy socorridos por los autores de lo que se ha dado en llamar “La nueva filosofía de la ciencia”, por ejem- plo: Kuhn, Popper, Hanson, Lakatos, Feyerabend. Sobre este último, véase Feyerabend, La ciencia en una sociedad libre , trad. de Alberto Elena, México, Siglo XXI, 1982.
1) Pensemos en un estudiante de medicina que sigue un curso de diag-
nóstico de enfermedades pulmonares por rayos X. En una habitación os-
cura, mira trazos indefinidos en una pantalla fluorescente colocada con-
tra el pecho del paciente y oye el comentario que hace el radiólogo a sus
ayudantes, en un lenguaje técnico, sobre los rasgos significativos de esas
sombras. En un principio, el estudiante está completamente confundido,
ya que en la imagen de los rayos X del pecho, sólo puede ver las sombras
del corazón y de las costillas que tienen entre sí unas cuantas manchas
como patas de araña. Los expertos parecen estar imaginando quimeras; él
no puede ver nada de lo que están diciendo. Luego, según vaya escu-
chando durante unas cuantas semanas, mirando cuidadosamente las imá-
genes siempre nuevas de los diferentes casos, empezará a comprender;
poco a poco se olvidará de las costillas y comenzará a ver los pulmones.
Y finalmente, si persevera inteligentemente, se le revelará el rico pa-
norama de detalles significativos: variaciones fisiológicas y cambios pa-
tológicos, cicatrices, infecciones crónicas y signos de enfermedades agu-
das. Ha entrado en un mundo nuevo. Todavía ve sólo una parte de lo que
pueden ver los expertos, pero ahora las imágenes tienen por fin sentido,
así como la mayoría de los comentarios que hacen sobre ellas. 31
2) Al examinar una fotografía de cámara de burbujas, el estudiante ve
líneas interrumpidas que se confunden; mientras que el físico, un registro
de sucesos subnucleares que le son familiares. Sólo después de cierto nú-
mero de esas transformaciones de la visión, el estudiante se convierte en
habitante del mundo de los científicos, ve lo que ven los científicos y res-
ponde de la misma forma que ellos. 32
3) Entremos en un laboratorio, acerquémonos a la mesa poblada por
una multitud de aparatos: un pila eléctrica, alambre de cobre recubierto de
seda, pequeñas vasijas de mercurio, bobinas y un espejo montado en una
barra de hierro; el experimentador está insertando en pequeñas aberturas
los extremos metálicos de unos alfileres con cabeza de ébano; la barra de
hierro oscila y el espejo adosado a ella lanza una banda luminosa sobre
una escala de celuloide; el movimiento hacia adelante y atrás de esta señal
permite al físico observar mínimas oscilaciones de la barra de hierro. Pero
preguntémosle qué es lo que está haciendo. ¿Responderá: ‘estoy estudian-
METATEORÍA DEL DERECHO 13
(^31) Polany, Personal Knowdlege , Londres, Routdlege and Kegan, Paul, 1973, p. 101. (^32) Kuhn, Thomas, La estructura de las revoluciones científicas , trad. de Agustín Contín, México, Fondo de Cultura Económica, 1985, p. 177.
IV. R EALIDAD HERMENÉUTICA
1. Concepto
Para mí, el contexto circunstancial en el cual suele hablarse de la reali-
dad consiste en un condicionamiento de pensamientos, sentimientos y
comportamientos ante la presencia en nuestras mentes de lo que conside-
ramos real.^37 Dicho de otra manera, me parece plausible afirmar que ante
una determinada realidad hemos aprendido a reaccionar racional, senti-
mental y conductualmente de cierta forma. Si, por ejemplo, me encuentro
frente a una casa a la cual pretendo entrar, percibo que su puerta está ce-
rrada y tomo tal percepción como real, lo menos que se me ocurriría es
correr hacia la puerta con el fin de traspasarla. No obstante, sí lo haría si
supiera que lo que veo como puerta no es sino un efecto óptico produci-
do por un fenómeno físico como podría ocurrir en un parque de diversio-
nes o en un estudio cinematográfico. Algo similar valdría para el caso en
que pasando una noche por un callejón oscuro me cerrara el paso un
METATEORÍA DEL DERECHO 15
sas”. Las principales diferencias entre realidad de segundo orden (la que consiste en ads- cribir cierto sentido a ciertos fenómenos empíricos) y la realidad hermenéutica son: a) La realidad de segundo orden se aproxima sólo al elemento creencia de la realidad herme- néutica, y b) La realidad hermenéutica no presupone necesariamente un objeto pertene- ciente a la realidad de primer orden (la que responde a lo objetivamente constatable). Por otra parte, como tendremos oportunidad de ver, las teorías científicas, contrariamente a lo que opina Watzlawickz, no se encuentran al nivel de la realidad de primer orden sino al nivel de la de segundo orden. Ello es particularmente notable en el caso de teoremas. Por último, hay que destacar que la realidad hermenéutica es un fenómeno puramente mental. Cfr. Watzlawickz, Paul, ¿Es real la realidad? , Madrid, Herder, 1986, p. 149. Para quien se interese en introducirse en la hermenéutica filosófica, Ortiz-Osés, Andrés, La nueva fi- losofía hermenéutica. Hacia una razón axiológica posmoderna , Antrophos, 1988. Casti- lla del Pino, C., Introducción a la hermenéutica del lenguaje , España, Península, 1976. Véase Ballesteros, M., Sondas de hermenéutica y lenguaje , España, Hiperión, 1981. Ghi- rardi, O. A., Hermenéutica del saber , España, Gredos, 1979. Apel Otto, Karl , La trans- formación de la filosofía; análisis del lenguaje, semiótica y hermenéutica , trad. de Adela Cortina, Joaquín Chamorro y Jesús Conill, España, Taurus, 1985, t. I. Coreth, E., Cues- tiones fundamentales de hermenéutica , trad. de M. Balsach, España, Herder, 1972. (^37) Sobre la relación entre cerebro y conducta véase Putnam, Hilari, “Cerebro y con- ducta”, trad. de Rosarios Amieva, Cuadernos de Crítica , México, 1983. Desde el punto de vista de la psicolingüística, véase Morris, C., Signos, lenguaje y comportamiento , Buenos Aires, Losada, 1962. Véase Skinner, Verbal Behavior, Nueva York, Apple- ton-Conttury-Crosts, 1957. Existe la versión en castellano en Trillas, México, 1981.
hombre que, amagándome con un cuchillo, me exigiera mi cartera. Si yo
tomara por real el arma, sin lugar a dudas obedecería la orden del asal-
tante. Sin embargo, si supiera por alguna particular razón que el puñal es
de utilería y viera la mínima posibilidad de escapar, sin duda lo intenta-
ría, como no lo haría en la primera hipótesis. Aunque estos ejemplos tie-
nen en común la presencia de datos perceptibles sensorialmente, no son
los objetos en sí los que constituyen nuestra realidad, sino una particular
creencia. No son la puerta ni el cuchillo los que determinan nuestros pen-
samientos, actitudes o conductas, sino nuestras creencias en ellos. Esta
creencia forma parte de lo que denominaré ‘realidad hermenéutica’. 38
Contrariamente a lo que pudiera pensarse, las realidades hermenéuti-
cas no necesitan de un referente perceptible sensorialmente (la puerta o
el cuchillo), pues la creencia es independiente de una constatación de lo
creído. La cultura y, en general, todo lenguaje, están tejidos con realida-
des hermenéuticas sin referente. 39 Veamos algunos ejemplos:
1) Es evidente que entre nuestras realidades perceptibles sensorial-
mente no contamos a Dios; no obstante, los creyentes piensan, sienten y
actúan condicionados por esa creencia. Si Dios es asumido como reali-
dad, los hombres van a misa, se casan por la iglesia, se confiesan, bauti-
zan a sus hijos y ritualizan su muerte de determinada manera. Ello no su-
cede con un ateo.
2) “En la Europa medieval, las brujas habitaban realmente el mundo
del sentido común, mientras que no lo habitan en la época moderna”. 40
3) Si por ejemplo, una noche lluviosa llegara a nuestra casa un fami-
liar con notables síntomas de alteración emocional y nos confesara haber
matado a un hombre, y asumiéramos como real lo que nos dice, segura-
mente nuestros pensamientos, sentimientos, actitudes y conductas se ve-
rían determinados de cierta manera, que se desvanecería si pasados unos
minutos nuestro angustiado visitante confesara divertido habernos gasta-
do una broma.
4) Un ejemplo más lo tenemos en la vieja creencia infantil de los reyes
magos de Oriente, que a principios de enero traen regalos a los niños “bue-
16 CONSTRUCTIVISMO JURÍDICO
(^38) Para el concepto de creencia, véase Ricoueur, P., ¿ Qué es un sistema de creencia? , Madrid, Ariel, 1978. (^39) Serrano, S., Signos, lenguaje y cultura , Barcelona, Argumentos, 1981. Véase Mo- rris, C., Signos, lenguaje y comportamiento , Buenos Aires, Losada, 1962. (^40) Chalmers, Alan, op. cit. , nota 26, p. 189.
modelo explicativo de la mente humana a la computadora, 45 podemos de-
cir que de la misma manera que un ordenador puede ser programado con
infinidad de programas que corren si se da cierta instrucción, el hombre
lo puede ser con múltiples pensamientos, sentimientos, actitudes y con-
ductas que “corren” según crea que algo es real o no. 46
18 CONSTRUCTIVISMO JURÍDICO
amputación: “nuestras sensaciones de dolor están causadas por una serie de eventos que comienzan en las terminaciones nerviosas libres y terminan en el tálamo y en otras regio- nes del cerebro. De hecho, por lo que respecta a las sensaciones efectivas, los sucesos que acaecen dentro del sistema nervioso central son completamente suficientes para cau- sar dolores; nosotros sabemos esto tanto por los dolores de los miembros fantasma que sienten los amputados, como por los dolores causados, estimulando artificialmente por- ciones relevantes del cerebro... todos nuestros pensamientos y sensaciones están causa- dos por procesos que ocurren dentro del cerebro. Por lo que respecta a la causa de los es- tados mentales, el paso crucial es el que tiene lugar dentro de la cabeza, no el estímulo periférico”. Cfr. Searle, John, Mentes, cerebro y ciencia , trad. de Luis Valadés, España, Teorema, 1985, pp. 23 y 24. (^45) El empleo de la computadora digital como modelo explicativo de la mente humana constituye uno de los paradigmas contemporáneos más revolucionarios. Su influencia no se ha limitado a producir un nuevo tipo de filosofía de la mente, sino que ha hecho posible el surgimiento de disciplinas científicas como la psicología cognitiva y la inteligencia artifi- cial (simulación del razonamiento humano en el ordenador. Quizá el ejemplo más vulgar de ésta sean los programas para jugar ajedrez). El punto de arranque de este paradigma se encuentra en un artículo publicado en Turing, Alan M., “Computing Machinery and Intelli- gence”, Mind , 1950. Turing, quien fuera junto con Gödel, Gentzen y Tarski, uno de los protagonistas de la revolución de la lógica matemática en los años 30. Para quien esté inte- resado en introducirse a temas de filosofía de la mente se recomienda: Putnam, Hilary, “Mentes y máquinas” y Davidson, Donal, “La mente material”. Ambos artículos, junto con el de Turing, ha sido compilados en Garrido, Manuel, Mentes y máquinas , trad. de Manuel Garrido, Madrid, Tecnos, 1984. También Garrido, Manuel, “La vida mental de algunas máquinas”, Cuadernos de Crítica , México, 1981. Sobre inteligencia artificial una buena bi- bliografía introductoria puede ser la siguiente: Boden, Margaret, Inteligencia artificial y hombre natural , trad. de Julio Armero San José, Madrid, Tecnos, 1984. Mishhkoff, Henry C., A fondo: inteligencia artificial , trad. de Milagros Fernández Centeno, Madrid, Anaya,
- Véase Cuena, Bartolomé José et al ., Inteligencia artificial, introducción y situación en España , Madrid, Fundesco, 1984. Bonet, Alain L., L’Inteligence artificiale, promesses et réalités , París, Inter Editions, 1984. Véase Gondard, Michel, Introduction aux sistems experts , París, Eyrolles, 1982. Sobre la aplicación de la inteligencia artificial al derecho, véase Cáceres Nieto, Enrique, Lógica jurídica e informática jurídica , Madrid, Revista de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid, 1986, monográfico núm.
- Véase Bernard, Claude, Droit, Sistem espert et aide a la decision IRETIJ , 1984. Cardi- ni, Gianfranco y Pellecchia, Silvano, Automatizazione della ricerca giuridica e sistemi es- perti , Universita-di Roma, Instituto di Filosofia del Diritto, 1968. (^46) Un par de ejemplos sobre la manera en que las creencias determinan los pensamien- tos y éstos a los sentimientos, actitudes y conductas son los siguientes: “Cal, un joven eje-
2. Realidad hermenéutica espontánea
Desde luego, no pretendo sostener que creer en algo sea siempre resul-
tado de un proceso consciente. Al contrario, la mayor parte de nuestros
programas mentales son producto del natural intercambio comunicativo
que necesariamente hemos de efectuar para poder subsistir. Por virtud de
él, conforme crecemos vamos formando esquemas de pensamiento co-
munes a los demás miembros del contexto cultural en que nos desarrolla-
METATEORÍA DEL DERECHO 19
cutivo se pasa la mayor parte del tiempo preocupado y sufriendo porque su jefe piensa que es tonto. Cal es muy infeliz porque su jefe tiene una opinión muy pobre de él. Pero si Cal no supiera que su jefe piensa que es tonto ¿sería igualmente infeliz? Por supuesto que no. ¿Cómo podría sentirse desagraciado por algo que ignora? O sea, que lo que cree o deja de creer su jefe no es lo que lo hace infeliz. Lo que Cal cree es lo que lo hace infeliz”. Cfr. Wayne, Dyer, op. cit. , p. 25. No obstante lo cercano de este ejemplo a lo que quiero decir, hay que introducir una ligera matización, ya que la pregunta es: ¿Cal es infeliz porque sabe lo que piensa su jefe de él o lo es porque en su interior se ha formado el programa mental, según el cuál él cree que sabe lo que su jefe piensa de él? Partiendo del supuesto de que no podemos acceder a las mentes ajenas, debemos concluir que lo que hace infeliz a Cal es la creencia que él mismo ha generado. En última instancia, todo cuanto ocurre en nuestras mentes es autogenerado (incluyendo las teorías jurídicas). Nada es producto del exterior simple y llanamente, ya que todo exterior es interiorizado a través de una interpretación. El segundo ejemplo (para el cual ya es válida la matización anterior) es el siguiente: “La muerte de alguien no es lo que te apena: hasta enterarte no puedes haberte apenado, así que no es la muerte de alguien lo que causa tu pena sino lo que tú te dices con respecto a ese hecho”. Idem. La analogía tradicional entre ordenador y mente consiste en comparar al ce- rebro con el hardware y a la mente con el software : “El punto de partida que prevalece en filosofía, psicología cognitiva e inteligencia artificial es aquel que subraya las analogías en- tre el funcionamiento de cerebro y el funcionamiento de los ordenadores digitales... De acuerdo con la versión más extrema de este punto de vista, el cerebro es un computador di- gital y la mente es solamente un programa de computador”. Cfr. Searle, John, op. cit. , nota 44, p. 33. En este trabajo me he desviado de la tendencia normal, y en vez de establecer una analogía entre mentes y software lo hago entre software y lo que he llamado “realida- des hermenéuticas”. La equivalencia más próxima a la analogía que establezco, desde la perspectiva de la filosofía de la mente, sería análogar un programa de ordenador con un es- tado mental. Un ejemplo menos drástico, pero bien documentado, se puede encontrar en las diferentes actitudes que frente a la mendicidad tienen los católicos y los protestantes. Mientras los primeros son generosos con los pobres, pues así creen estar agradando a Dios y anotándose puntos para su aceptación en el cielo, los segundos actúan despectivamente ante los desamparados por considerar que no son dignos de la consideración divina. Re- cuérdese que para éstos, la riqueza material es un signo indicativo de estar predestinado al gozo eterno. Sobre este tema, véase Weber, Max, La ética protestante y el espíritu del ca- pitalismo , trad. de Legaz Lacambra, España, Península, 1975.