Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


Contratos reales, Apuntes de Derecho Romano

Asignatura: Derecho Romano, Profesor: , Carrera: Derecho, Universidad: UJAEN

Tipo: Apuntes

2013/2014

Subido el 02/01/2014

mpaz2813
mpaz2813 🇪🇸

3.6

(99)

25 documentos

1 / 8

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
CONTRATOS REALES (LOS PRÉSTAMOS)
CONCEPTO y CARACTERES.
MUTUO
Contrato
- real.
-unilateral.
-gratuito.
-stricti iuris.
-en virtud del cual el
mutuante (A) entrega al
mutuario (D) una cantidad
de bienes fungibles,
para que la consuma y
devuelva el tantundem.
COMODATO
Contrato.
-real.
-bilateral imperfecto.
-gratuito.
-de buena fe.
-en virtud del cual el
comodante (A) entrega al
comodatario (D) un bien
infungible, para que lo
use y, luego, lo devuelva.
pf3
pf4
pf5
pf8

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Contratos reales y más Apuntes en PDF de Derecho Romano solo en Docsity!

CONCEPTO y CARACTERES.

MUTUO

Contrato

  • real.
  • (^) unilateral.
  • (^) gratuito.
  • (^) stricti iuris.
  • (^) en virtud del cual el mutuante (A) entrega al mutuario (D) una cantidad de bienes fungibles , para que la consuma y devuelva el tantundem.

COMODATO

Contrato.

  • (^) real.
  • (^) bilateral imperfecto.
  • (^) gratuito.
  • (^) de buena fe.
  • (^) en virtud del cual el comodante (A) entrega al comodatario (D) un bien infungible , para que lo use y, luego, lo devuelva.

DIFERENCIAS

MUTUO

- Préstamo de consumo.

  • (^) Objeto: b. fungibles.
  • (^) stricti iuris.
  • (^) Unilateral.
  • (^) La datio rei conlleva la transferencia de la propiedad de los bienes fungibles.
  • (^) El mutuario responde de Dolo, Culpa, CF y FM.

COMODATO

  • (^) Préstamo de uso.
  • (^) Objeto: b. infungibles.
  • (^) de buena fe.
  • (^) Bilateral imperfecto.
  • (^) La datio rei conlleva la transferencia de la mera possessio naturalis.
  • (^) El comodatario responde de Dolo, Culpa y CF.

ELEMENTOS SUBJETIVOS

MUTUO

  • (^) Mutuante (A): persona que entrega la cantidad de bienes fungibles. Debe ser propietario de éstos o bien tener capacidad para disponer de ellos.
  • (^) Mutuario (D): persona que recibe la propiedad de lo prestado y está obligado a devolver el tantundem.
  • (^) (Los filii no podían recibir dinero en préstamo. Sc. Macedoniano. S. I d. C).

COMODATO

  • (^) Comodante (A): persona que entrega la cosa inconsumible en préstamo. No se requiere que sea propietario de la cosa que presta.
  • (^) Comodatario : persona que recibe la mera detentación de la cosa prestada para usarla y luego devolverla.

REQUISITOS

MUTUO

1. Acuerdo de voluntades o consentimiento de los contratantes. 2. Datio rei (conlleva la propiedad). 3. Fungibilidad de la cosa objeto del contrato. 4. Mutuante: propietario de la cosa o con poder de disposición. 5. Devolución del tantundem.

COMODATO

1. Acuerdo de voluntades o consentimiento de los contratantes. 2. Datio rei (conlleva la mera possessio naturalis ). 3. Infungibilidad de la cosa (excepción del comodato ad pompam vel ostentationem ). 4. Devolución de la misma cosa objeto del contrato.

OBLIGACIONES (COMODATO)

COMODATARIO

  • (^) Usar la cosa prestada (según lo convenido y, a falta de convenio, según la naturaleza de la cosa). (En caso contrario: el comodatario responde de Furtum usus : supone indemnización por el doble).
  • (^) Responder de Dolo , Culpa , CF.
  • (^) Devolver la misma cosa.

COMODANTE

(Obligaciones que pueden o no pueden surgir).

  • (^) Reembolsar al comodatario los gastos extraordinarios para la conservación de la cosa.
  • (^) Indemnizar al comodatario por las pérdidas que la cosa le hubiera ocasionado debido a vicios ocultos de ésta.

ACCIONES

MUTUO

Ejercitables por el mutuante : Para la devolución del tantundem :

  • (^) Actio certae creditae pecuniae (para el préstamo de dinero).
  • (^) Actio certae creditae rei (para el préstamo de otras cosas fungibles). Para la devolución de los intereses:
  • Actio ex stipulatu.

COMODATO

Ejercitable por el comodante :

  • (^) Actio commodati (directa). Ejercitable por el comodatario :
  • (^) Actio commodati contraria.