Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


derecho procesal 2, Apuntes de Derecho Procesal

Asignatura: Derecho Procesal II, Profesor: Irene Andreu, Carrera: Dret, Universidad: UV

Tipo: Apuntes

2013/2014

Subido el 07/04/2014

franjare-1
franjare-1 🇪🇸

3.6

(91)

36 documentos

1 / 16

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
LECCION 12
LA PRUEBA I
pf3
pf4
pf5
pf8
pf9
pfa
pfd
pfe
pff

Vista previa parcial del texto

¡Descarga derecho procesal 2 y más Apuntes en PDF de Derecho Procesal solo en Docsity!

LECCION 12

LA PRUEBA I

LA PRUEBA: CONCEPTO

Las alegaciones de las partes no son suficientes para convencer al juzgador y obtener el resultado procesal deseado. No basta con alegar hechos: hay de probarlos. Prueba: “Actividad procesal por la que se tiende:

. bien a alcanzar el convencimiento psicológico del juzgador sobre la existencia o inexistencia de los hechos que han sido aportados al proceso, . bien a fijar dichos hechos conforme a una norma legal procesal . bien ambas cosas

FUNCIONES DE LA PRUEBA

  • (^) A) FIJAR HECHOS: En el proceso civil, la ley regula a veces mecanismos que el juzgador tiene que utilizar como sistemas para llegar ala fijación de los hechos.
  • (^) B) CONVENCER AL JUEZ: La prueba es el conjunto de operaciones por medio de las cuales se intenta obtener el convencimiento psicológico del juez sobre unos hechos “datos procesales determinados”

FUNCIONES DE LA PRUEBA

La verdad física y métafísica son inalcanzables, nos conformaremos con

  • (^) C) LA CERTEZA respecto de las afirmaciones de hechos de las partes y puede lograrse: - (^) Excluyendo la prueba los hechos en que las partes están de acuerdo - (^) Establecer la ley qué valor ha de dar el juzgador a un determinado medio de prueba. - (^) Dejar en manos del juez, de su sentido crítico, el valor que estime oportuno al medio probatorio

OBJETO DE LA PRUEBA

1.- HECHOS:

  • (^) Artículos 281.1 LEC “ La prueba tendrá como objeto los hechos que guarden relación con la tutela judicial que se pretenda obtener en el proceso” NO NECESITAN SER PROBADOS: . Hechos admitidos Art 281.3 “ Están exentos de prueba los hechos sobre los que exista plena conformidad de las partes. Bien porque expresamente así lo manfiestan bien porque lo alega una y la otra lo admite o los silencia vide art 405.2 y 407.2 LEC de la contestación a la demanda y a la reconvención.

OBJETO DE LA PRUEBA

• TAMPOCO PRECISAN SER PROBADOS:

hechos notorios: Aquellos cuyo conocimiento forma parte de la cultura normal propia de un determinado grupo social de un nivel cultural medio y en el tiempo en que se produce la decisión judicial. Ej. Cada año del 1 al 19 de marzo, en Valencia a mediodía se dispara una mascletà. O el día 6 de dic de 1978 el pueblo español votó la Constitución.

OBJETO DE LA PRUEBA

2.- ALEGACIONES DE DERECHO (fundamentación jurídica) El Juez es técnico en derecho y entre sus obligaciones está la de conocer todo el derecho vigente: interno, escrito y general. Art 218.1,II LEC “ El tribunal, sin apartarse de la causa de pedir, resolverá conforme las normas aplicables al caso, aunque no hayan sido acertadamente citadas o alegadas por los litigantes”

OBJETO DE PRUEBA

• DERECHO QUE SÍ HA DE PROBARSE:

  • (^) La costumbre es fuente de derecho
  • (^) El derecho extranjero (sucesiones ley personal)
  • (^) El derecho histórico no vigente
  • (^) El derecho estatutario o no general, es decir, el referido a normas de Ayuntamientos etc. En cuanto al derecho autonómico es de aplicación en su territorio como el derecho común y el juez ha de saberlo.

CARGA DE LA PRUEBA

  • (^) ART. 217 LEC “ Cuando al tiempo de dictar sentencia o resolución semejante, el tribunal considerase dudosos unos hechos relevantes para la decisión, desestimará las pretensiones del actor o reconviniente, o las del demandado o reconvenido, según corresponda a unos u otros la carga de probar los hechos que permanezcan inciertos y fundamenten las pretensiones.”

CARGA DE LA PRUEBA

  • (^) La carga de la prueba se refiere a quién debe asumir las consecuencias de que una afirmación de un determinado hecho controvertido no se haya probado. - (^) AL ACTOR (y demandado reconviniente).- Les corresponde probar la certeza de los hechos que ordinariamente se desprenda, según las normas jurídicas a ellos aplicables, el efecto jurídico correspondiente a las pretensiones de la demanda/reconvención. Es decir, hechos constitutivos.

CARGA DE LA PRUEBA

  • (^) Matizaciones a las anteriores reglas generales:
  • (^) La Disponibilidad de la prueba.
  • (^) La facilidad de la prueba.