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Asignatura: Derecho Procesal II, Profesor: Irene Andreu, Carrera: Dret, Universidad: UV
Tipo: Apuntes
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Las alegaciones de las partes no son suficientes para convencer al juzgador y obtener el resultado procesal deseado. No basta con alegar hechos: hay de probarlos. Prueba: “Actividad procesal por la que se tiende:
. bien a alcanzar el convencimiento psicológico del juzgador sobre la existencia o inexistencia de los hechos que han sido aportados al proceso, . bien a fijar dichos hechos conforme a una norma legal procesal . bien ambas cosas
La verdad física y métafísica son inalcanzables, nos conformaremos con
1.- HECHOS:
hechos notorios: Aquellos cuyo conocimiento forma parte de la cultura normal propia de un determinado grupo social de un nivel cultural medio y en el tiempo en que se produce la decisión judicial. Ej. Cada año del 1 al 19 de marzo, en Valencia a mediodía se dispara una mascletà. O el día 6 de dic de 1978 el pueblo español votó la Constitución.
2.- ALEGACIONES DE DERECHO (fundamentación jurídica) El Juez es técnico en derecho y entre sus obligaciones está la de conocer todo el derecho vigente: interno, escrito y general. Art 218.1,II LEC “ El tribunal, sin apartarse de la causa de pedir, resolverá conforme las normas aplicables al caso, aunque no hayan sido acertadamente citadas o alegadas por los litigantes”