Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


Derecho romano , OBLIGATIO, Apuntes de Derecho Romano

Documento de derecho romano, acerca de la OBLIGATIO

Tipo: Apuntes

2022/2023

A la venta desde 20/01/2024

irene-lemos-garcia
irene-lemos-garcia 🇪🇸

18 documentos

1 / 2

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
LA MORA DEL DEUDOR
1. Concepto= retraso del cumplimiento de una obligación , imputable a su persona y
no justificado
2. Requisitos
- Tenemos que hablar de un obligación cuyo cumplimiento pueda exigir el
acreedor
- Obligación de derecho civil
-El retardo en el que incurre el deudor debe carecer de justificación
- Debe mediar interpelación del acreedor ( solicitud de ejecución por vía
judicial o extrajudicial)
3. Clasificación
- Mora ex persona: mora que se da por interpelación del acreedor ya sea
por vía judicial o extrajudicial , siendo esté un requisito indispensable
- Mora ex re: mora en la que incurre el deudor en las obligaciones
constituidas con un día fijo de vencimiento.
4. Efectos
- La obligación subsiste, mientras no sea satisfecha la prestación adeuda
- Si la cosa se pierde o se deteriora, estando el deudor en mora, éste es el
responsable de daños e intereses
- Si la cosa debida es dinero , el deudor debe los intereses que empiezan a
correr desde el día de constitución de la mora
- Al deber restituir la cosa debida se suma entrega de frutos y productos
- La disminución o aumento del valor de la cosa, corre a cargo del deudor
5. Extinción (esta se extingue en los siguientes casos…)
- Cuando el deudor acepta a cumplir la prestación
- Por convenio amistoso, convenido por las partes
- Cuando el deudor haga ofertas de pago y el acreedor se niega a aceptarlas
2. MORA DEL ACREEDOR
1. Concepto
- Cuando el acreedor rehusaba la prestación , sin causa justa.
- Cuando el acreedor se ausentaba sin dejar a un representante cualificado
par recibir el pago
pf2

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Derecho romano , OBLIGATIO y más Apuntes en PDF de Derecho Romano solo en Docsity!

LA MORA DEL DEUDOR

  1. Concepto= retraso del cumplimiento de una obligación , imputable a su persona y no justificado
  2. Requisitos
    • Tenemos que hablar de un obligación cuyo cumplimiento pueda exigir el acreedor
    • Obligación de derecho civil
    • El retardo en el que incurre el deudor debe carecer de justificación
    • Debe mediar interpelación del acreedor ( solicitud de ejecución por vía judicial o extrajudicial)
  3. Clasificación - Mora ex persona: mora que se da por interpelación del acreedor ya sea por vía judicial o extrajudicial , siendo esté un requisito indispensable - Mora ex re: mora en la que incurre el deudor en las obligaciones constituidas con un día fijo de vencimiento.
  4. Efectos - La obligación subsiste , mientras no sea satisfecha la prestación adeuda - Si la cosa se pierde o se deteriora , estando el deudor en mora, éste es el responsable de daños e intereses
    • Si la cosa debida es dinero , el deudor debe los intereses que empiezan a correr desde el día de constitución de la mora
    • Al deber restituir la cosa debida se suma entrega de frutos y productos - La disminución o aumento del valor de la cosa, corre a cargo del deudor
  5. Extinción (esta se extingue en los siguientes casos…)
    • Cuando el deudor acepta a cumplir la prestación
    • Por convenio amistoso, convenido por las partes
    • Cuando el deudor haga ofertas de pago y el acreedor se niega a aceptarlas

2. MORA DEL ACREEDOR

  1. Concepto
    • Cuando el acreedor rehusaba la prestación , sin causa justa.
    • Cuando el acreedor se ausentaba sin dejar a un representante cualificado par recibir el pago
  • Cuando se negaba a concurrir en los hecho necesarios para constituir el la EJECUCIÓN DE LA OBLIGACIÓN
  1. Requisitos
  • Que el deudor hubiera realizado una oferta de pago, y éste la hubiese rechazado
  • LA NEGATIVA DEBÍA **SER INJUSTA
  1. Efectos**
  • Los riesgo de pérdida y deterioro pasaban al acreedor, aún en el caso de que anteriormente hubiera estado en manos del deudor ( salvo el dolo)
  • Al principio el deudor podía abandonar la cosa adeudada, ya con el tiempo queda convenido por el magistrado mediante LA CONSIGNACIÓN
  • El acreedor debe indemnizar los daños que experimenta el deudor por la negativa a recibir el pago ofrecido , así como los gastos de conservación de la cosa 4. Extinción
  • Cuando el acreedor se aviene a recibir el pago que le ha ofertado el deudor
  • Cuando ambos se ponen de acuerdo para resolver sus diferencias