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Asignatura: derecho eclesiastco, Profesor: eclesiastico eclesiastico, Carrera: Dret, Universidad: UV
Tipo: Ejercicios
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inspiradores
son directamente aplicables por los tribunales
34, 39 y 46
y el derecho internacional. Sus normas sondirectamente aplicables
Unión Europea (Preámbulo y artículos 6 y 7); Tratadode Funcionamiento de la Unión Europea (artículos 10,13 y 17); Carta de Derechos Fundamentales de la UniónEuropea (artículos 10 y 22, entre otros).
Resolución de 22 de mayo de 1984 y Reglamento (CE)n.º 2201/2003 del Consejo, de 27 de noviembre de 2003
religiosa (art. 16 CE)
las Confesiones religiosas: artículos 5 a 8
ley aplicable)
reiterada, complementa el ordenamiento jurídico,supliendo lagunas de la ley e interpretando normas
especial fuerza vinculante e interpretativa. Produceefectos de cosa juzgada a partir del día de su publicación
informador. Se aplicarán en defecto de ley o costumbre
Terminología
Naturaleza jurídica:
tratados
internacionales
entre diplomáticos, firma solemne instrumentos jurídicos y ratificación porministros plenipotenciarios.
forman parte del ordenamiento interno
Extinción:
derecho internacional público: por mutuo disenso, por causas previstasmismo Acuerdo, por conculcación del mismo y por cambio radical de lasociedad
Acuerdos vigentes:
eclesiástico
asistencia religiosa y servicio militar; y asuntos económicos
Acuerdos con la Santa Sede
Fundamento legal:
Sujetos:
Asesora de libertad religiosa
religiosas, así como sus Federaciones, que cumplan los requisitoslegales
Requisitos de las
Confesiones:
Religiosas)
creyentes), conforme al Real Decreto 593/2014, de 3 de julio.
Entidades religiosas con
notorio arraigo
reconocido:
(1984)
Mormones (2003)
Acuerdos celebrados según el art. 7 LOLR
Acuerdos celebrados según el art. 7 LOLR
derechos (artículos 1 a 6)
implícitos en la misma libertad religiosa (artículos 7 a 12)
(disposición final única)
1ª y 2ª)
Puede denunciarse con un preaviso de seis meses; o revisarsetotal o parcialmente, a iniciativa de las partes.
publicación (disposición adicional 2ª) Acuerdos vigentes: suscritos por el Gobierno Acuerdos vigentes: suscritos por el Gobiernoespañol en 1992:español en 1992:
Fundamento
Sujetos
Autónoma
Autonomía
Clases (en función de la
competencia y el
procedimiento seguido)
Naturaleza jurídica en
función de la clase
(contratos o conciertos administrativos)
Contenido
asistencia religiosa, enseñanza religiosa, y medios de comunicación
Acuerdos vigentes en laComunidad Valenciana
julio de 1992)
Acuerdos autonómicos
se encuentra en un ordenamientoconfesional
través de las técnicas propias del derechointernacional privado
Remisión o reenvío
. Puede ser: -
material o recepticio
(se aplica una
norma estatal que ha recibido comocontenido propio el de una normaconfesional).
formal o no recepticio
(la norma
estatal determina que se aplica unanorma confesional directamente).
Presupuesto
(la norma a aplicar es la
estatal, pero utiliza conceptos orelaciones jurídicas propias de la normaconfesional que deben ser conocidas).
”Incurrirán en la pena … los que, para ofender los sentimientos de los miembros
de una confesión religiosa, hagan…
escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o
ceremonias…” (525 CP)
Orden de 11 de enero de 1996 por la que sedispone la publicación de los currículos de enseñanza religiosa islámica correspondientesa Educación Primaria, Educación Secundaria
Obligatoria y Bachillerato
“El consentimiento matrimonial podráprestarse en la forma prevista por una
confesión religiosa inscrita, en los
términos acordados por el Estado…” (
C.C.)