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examen pymes, Exámenes de Derecho

Asignatura: pymes, Profesor: , Carrera: Derecho, Universidad: UCM

Tipo: Exámenes

2017/2018

Subido el 08/01/2018

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sandricuropos-1 🇪🇸

4.3

(10)

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ESTATUTO SOCIETARIO DE LAS PYMES (UCM)
EXAMEN PYMES
, MARTINEZ TERESA, MARTINEZ 17-18
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ESTATUTO SOCIETARIO DE LAS PYMES (UCM)

EXAMEN PYMES

, MARTINEZ TERESA, MARTINEZ 17-

Examen. Estatuto societario para PYMES

UCM, Grupo A, 2015/

22 enero 2016

Profesores Maite Martínez Martínez Javier Megías López

Apellidos: DNI: Firma:

Nombre: Grupo: C a d a^ p r e g u n t a contiene una sola respuesta correcta. El acierto sumará 1 p u n t o. C a d a respuesta errónea resta 0,25 puntos, d e m o d o q u e 4 errores invalidan un acierto. El alumno rodeará c o n u n c í r c u l o b i e n v i s i b l e l a l e t r a d e l a r e s p u e s t a q u e estime correcta. Las respuestas c o n l á p i z s e tendrán por no p u e s t a s. T a m p o c o p u n t u a r á n l a s r e s p u e s t a s múltiples a una misma pregunta. No es obligatorio m a r c a r u n a r e s p u e s t a , l a s r e s p u e s t a s e n blanco no suman ni restan puntos. L a c a l i f i c a c i ó n obtenida en el test s e r á p o n d e r a d a teniendo en cuenta que la calificación máxima de esta prueba es de 3, puntos. Los puntos o b t e n i d o s [ ( n º aciertos) - (nº de errores x 0,25)] se multiplicarán por 0,2 [el resultado r e d o n d e a d o d e d i v i d i r 3 , 5 ( l a m á x i m a calificación) por 18 ( l a m á x i m a p u n t u a c i ó n ] --Duración: 25 minutos, hasta las 9:55--

TEST

d. El derecho a obtener, de forma inmediata y gratuita, los documentos que se aprueban en la junta general ordinaria (cuentas anuales, y en su caso, informes de gestión y de auditoría)

  1. En los casos de transmisión mortis causa de acciones o participaciones… a. El régimen será el previsto por los estatutos para la transmisión inter vivos. b. En todo caso, en la SA el régimen es el previsto por los estatutos para la transmisión inter vivos; y en la SRL el heredero o legatario adquiere la condición de socio automáticamente. c. A falta de previsión estatutaria en contrario específica para el caso de transmisión por causa de muerte, el heredero o legatario de acciones o participaciones adquiere la condición de socio. d. No se permiten las restricciones a la transmisión mortis causa , pues sería contrario a las disposiciones en materia de Derecho de Sucesiones.
  2. Conforme al régimen legal supletorio para la transmisión de las participaciones sociales por actos inter vivos … a. Toda transmisión debe ser autorizada por la junta general. b. Es libre la transmisión entre los socios, ascendientes, descendientes, cónyuge y colaterales del socio hasta el cuarto grado. c. Se prohíbe la transmisión de las participaciones en los primeros cinco años, con el fin de dar estabilidad a las sociedades de reciente creación. d. Cuando el pretendido adquirente es una persona distinta a las expresadas por el art. 107.1, la junta general podrá denegar la transmisión si presenta a un tercero que adquiera la totalidad de las participaciones ofrecidas.
  3. En relación con la convocatoria de la junta general… a. La ley faculta a los socios que posean al menos el 5% del capital social para convocar ellos mismos la junta, expresando con claridad los asuntos a tratar. b. La ley faculta a los socios que posean al menos el 5% del capital social, a solicitar la incorporación de nuevos puntos en el orden del día de una junta de una SRL (complemento de convocatoria). c. Los estatutos pueden elevar al 10% el porcentaje sobre el capital social que permite a los socios solicitar la convocatoria a los administradores, expresando con claridad los asuntos a tratar. d. La ley faculta a los socios que posean al menos el 5% del capital, o el porcentaje inferior que señalen los estatutos, para solicitar la convocatoria a los administradores, expresando con claridad los asuntos a tratar.
  4. La junta general universal… a. Requiere para su validez, entre otras cosas, la asistencia de socios que presentes o representados posean al menos el 90 % del capital social. b. Requiere para su validez, entre otras cosas, la asistencia de todo el capital social, adoptándose los acuerdos por las mayorías legal o estatutariamente establecidas. c. Requiere para su validez la asistencia de todo el capital social, y además, el acuerdo unánime en relación a la aceptación de la celebración de la junta, los asuntos a tratar, y la adopción de los acuerdos correspondientes. d. Requiere para su validez la asistencia en persona de todos los socios, pero no mediante apoderados.
  5. En relación al quórum de asistencia para la válida constitución de la junta general para adoptar un acuerdo de modificación de los estatutos sociales… a. En la SL se exige, en primera convocatoria, la asistencia de socios, presentes o representados, que posean al menos dos tercios del capital asumido con derecho de voto; y en segunda convocatoria al menos la mitad del mismo. b. En la SA se exige en primera convocatoria la asistencia de socios, presentes o representados, que posean al menos dos tercios del capital suscrito con derecho de voto; y en segunda convocatoria al

menos la mitad del mismo, debiendo adoptarse los acuerdos por mayoría de dos tercios sobre el capital asistente. c. En la SA se exige en primera convocatoria la asistencia de socios, presentes o representados, que posean al menos la mitad del capital suscrito con derecho de voto; y en segunda convocatoria al menos el veinticinco por ciento del mismo. d. Tanto en la SA como en la SRL se exige expresamente la asistencia de al menos la mitad del capital suscrito o asumido con derecho de voto.

  1. Diga cuál de estas circunstancias IMPIDE QUE PROSPERE la impugnación de un acuerdo adoptado en la junta general de una SA:

a. Que el demandante posea sólo el 10% de las acciones en que se divide el capital social. b. Que no se haya respetado el plazo mínimo de antelación entre la convocatoria de una junta general no universal y su celebración. c. Que haya votado un socio en conflicto de interés, cuando, descontando sus votos, no se hubiera alcanzado la mayoría necesaria para adoptar el acuerdo. d. Que al accionista demandante no le parezcan suficientes las informaciones solicitadas y proporcionadas en el transcurso de la junta general.

  1. Según la Ley de Sociedades de Capital… a. Los estatutos deben prever obligatoriamente cómo se estructura el órgano de administración de la sociedad, optando necesariamente por uno de los modos permitidos por la Ley. b. Los estatutos deben prever obligatoriamente cómo se estructura el órgano de administración de la sociedad, si bien se permite establecer diferentes modos de organizar la administración. c. En la SRL, los estatutos deben prever obligatoriamente cómo se estructura el órgano de administración de la sociedad, si bien se permite establecer diferentes modos de organizar la administración, dejando la decisión a la junta general en cada momento. d. En la SRL, no es necesaria previsión estatutaria sobre el modo en que se estructura el órgano de administración, pues se permite a la junta general decidir cuál es el vigente en cada momento.
  2. En los casos de aumento de capital incompleto, cuando no se suscriben o asumen las acciones o participaciones ofrecidas en el plazo previsto… a. En la SRL se entiende que el aumento es válido por la cantidad asumida, salvo que el acuerdo de la junta general hubiera previsto que sólo sería válido si se asumía la cantidad íntegramente. b. En la SA el aumento incompleto no producirá efectos, salvo que el acuerdo de la junta general hubiera previsto expresamente que sería válido por la cantidad suscrita. c. Tanto en SA como en SRL se permite una suscripción o asunción parcial, con el mismo régimen jurídico. d. Son correctas las respuestas a) y b).
  3. El derecho de preferencia para suscripción o asunción de nuevas acciones o participaciones… a. En ningún caso admite privilegios en los estatutos. b. Se aplica en el caso de aumento de capital con aportaciones dinerarias o no dinerarias, pero no en los casos de aumento por compensación de créditos. c. Puede ser excluido por los estatutos para los supuestos que específicamente prevean, aunque no se admite la exclusión con carácter general. d. Puede ser excluido por acuerdo ad nutum de la junta general, en su condición de órgano supremo de la sociedad.
  4. La LSC prevé como causa legal de exclusión de socios en la SA… a. La creación modificación o extinción anticipada de la obligación de realizar prestaciones accesorias, salvo disposición contraria de los estatutos.