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Asignatura: derecho romano, Profesor: , Carrera: Derecho, Universidad: UHU
Tipo: Apuntes
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El PODER CONSTITUYENTE es la potestad que tiene un pueblo para constituir un Estado y que se de la organización política y jurídica que más le convenga. Es una exigencia del concepto de constitución racional normativa.
El PODER CONSTITUIDO: es un poder jurídico-público que integra el Estado de acuerdo con lo prescripto en la Constitución.
Diferentes teorías:
▲ TEORÍA DEL PODER CONSTITUYENTE EN SENTIDO ABSOLUTO: es una concepción revolucionaria pura, ya que el poder es exclusivo del pueblo y por siempre, el poder constituyente es ilimitado y se puede ejercitar en cualquier momento.
▲ TEORÍA DEL PODER CONSTITUYENTE CONSTITUIDO: la constitución articula la forma de expresión de la soberanía, el poder constituyente quedaría regularizado conforme a condiciones y límites, y por último existe una conexión con el poder de revisión o reforma.
NATURALEZA DEL PODER CONSTITUYENTE.
PODER CONSTITUYENTE PODER CONSTITUIDO ▲ Único.
▲ Originario.
▲ Autónomo.
▲ Previo a los poderes constituidos.
▲ Primacía sobre los poderes constituidos. ▲ Prejurídicos.
▲ Vacío constitucional.
▲ Poderes jurídicos.
▲ Los poderes constituidos derivan de la constitución.
▲ Limitados y condicionados.
▲ Sometidos a una declaración de voluntad normativa.
El poder constituyente debe ser políticamente legítimo, es decir, que pueda explicarse racionalmente, que sea socialmente aceptado que conlleve fuerza de obligar.
Los fundamentos de la legitimidad del poder constituyente son la titularidad del poder constituyente, el proceso constituyente y los límites del poder constituyente.
TITULARIDAD DEL PODER CONSTITUYENTE.
La soberanía es la instancia suprema de poder con capacidad para la organización del Estado. En el Estado Constitucional la articulación del Estado deriva de la Constitución. La constitución sólo puede emanar de
quien ostenta la soberanía, si la constitución emana del poder constituyente, el poder constituyente ha de ser el único soberano.
El pueblo es el único titular legítimo posible de la soberanía y del poder constituyente.
Cuando se ejerce el poder constituyente la soberanía se articula a través de los derechos de participación política y el proceso electoral.
La atribución del poder constituyente-soberanía a un colectivo exige la articulación de un proceso de garantías: el POCESO CONSTITUYENTE, que tiene como objetivo que el fruto del poder constituyente sea percibido como obra colectiva.
El modelo de proceso constituyente está derivado de la experiencia histórica:
▲ Se produce una ruptura con el régimen político anterior y se establece un gobierno provisional.
▲ Se establece un sistema de libertades públicas garantistas de la participación política.
▲ Promulgación de la legislación electoral básica.
▲ Constitución de unas cortes constituyentes.
▲ Ratificación popular del proyecto de constitución por Referendum.
LÍMITES DEL PODER CONSTITUYENTE.
El poder constituyente es ilimitado. Existen varias teorías sobre la existencia de un derecho suprapositivo vinculante con el poder constituyente. Derechos inherentes a la dignidad humana.
Hay un debate sobre la fuerza normativa de la constitución material frete a la formal.
EL PODER CONSTITUYENTE EN LA HISTORIA DE ESPAÑA.
La titularidad del poder constituyente en las monarquías absolutas era del monarca, existían constituciones otorgadas que eran autolimitativas, como por ejemplo el Estatuto de Bayona. En las constituciones de 1837,1845 y de 1876, el poder constituyente sería compartido entre el rey y las cortes. En las constituciones de 1812 y de 1869, el poder constituyente recaería en la nación, ya que, la soberanía sería nacional, estas constituciones eran revolucionarias. Y en las constituciones de 1931 y de 1978, la soberanía era popular, son constituciones democráticas.
1º REACCIÓN A LA REVOLUCIÓN FRANCESA EN ESPAÑA: invasión francesa, Estatuto de Bayona de 1808 y constitución de 1812.
2º REINADO DE FERNANDO VII. ESTADO CONSTITUCIONAL INTERMITENTE: 1814-1820 restauración del absolutismo, pronunciamiento de Riego, 1823-1833 Década ominosa.