




Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Encuentra los documentos específicos para los exámenes de tu universidad
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Asignatura: marco institucional de los servicios sociales, Profesor: inmaculada garcia, Carrera: Trabajo Social, Universidad: UCM
Tipo: Apuntes
1 / 8
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!





Por juez se caracteriza a la persona que resuelve una controversia o que decide el destino de un imputado, tomando en cuenta las evidencias o pruebas presentadas en un juicio, administrando justicia. El juez no es jurídicamente un ser humano, sino un órgano judicial compuesto por personas físicas, que pueden rotar sin vulnerar esta garantía.
Habitualmente son considerados empleados o funcionarios públicos, aunque ello dependerá del país en concreto, son remunerados por el Estado (sin perjuicio de la figura de los jueces árbitros y los jueces de paz), e integran el denominado Poder Judicial. En general, se caracterizan por su autonomía, independencia e inamovilidad, sin que puedan ser destituidos de sus cargos salvo por las causas establecidas constitucional o legalmente. Asimismo, son responsables de sus actos ministeriales, civil y penalmente.
Si bien gozan de independencia en su actuar, sus resoluciones suelen ser revisables por sus superiores, mediante los llamados recursos judiciales, pudiendo ser éstas confirmadas, modificadas o revocadas.
La concepción de juez, encuentra justificación racional en el aprovechamiento por la entidad estatal respectiva, de la experiencia, conocimientos, destreza, capacidad, sensibilidad e identidad adquiridas en el desempeño de la labor, así como del desarrollo de la virtud innata para impartir justicia como producto del ejercicio de la función, de los mejores jueces con que cuenta el Poder Judicial, con el propósito que la prestación del servicio público de justicia a la ciudadanía, se encuentre en manos de los más calificados y experimentados jueces de cada Estado.
TIPOS DE JUEZ.
Atendiendo a su posición en el sistema judicial.
-Magistrado o Juez supremo, que es cualquiera de los magistrados que se hallan en el último grado de carrera judicial. Habitualmente integran la respectiva Alta Corte.
-Juez ordinario es todo aquel que ejerce su jurisdicción por derecho propio y se halla establecido por oficio permanente para administrar justicia en un punto determinado.
-Juez convencional por las mismas partes para entender en un negocio determinado, el cual no tiene propiamente el cargo público de Juez, siendo solo un particular, con la potestad, bajo el cumplimiento de ciertos requisitos, de resolver un problema particular y concreto.
En relación con la interposición del recurso de apelación o alzada.
-Juez superior llamado también Juez ad quem que es el que tiene autoridad para juzgar las causas en apelación y conocer de las quejas contra los inferiores.
-Juez a quo, aquel a quien se recurre para ante el superior.
En relación con su competencia.
-Juez competente es el que tiene competencia para conocer de un asunto o un negocio.
-Juez incompetente es el que carece de competencia para conocer del negocio de que se trata por razón de la persona, de la materia o del lugar o cualquier otra.
-Juez privativo es el que tiene la facultad para conocer de una causa, con inhibición o exclusión del ordinario que debería conocerla; o el que ejerce alguna jurisdicción privilegiada en orden a ciertas personas o asuntos.
-Juez promiscuo es el que conoce de todo tipo asunto, dentro de su jurisdicción territorial, con algunas salvedades que a cada jurisdicción conciernen.
TRIBUNAL DE JUSTICIA.
El tribunal de justicia (juzgado o corte) es un órgano público cuya finalidad principal es ejercer la jurisdicción, es decir, resolver litigios con eficacia de cosa juzgada. Sin perjuicio de cumplir actos de otra índole que las leyes que los organizan les puedan atribuir; estos asuntos son denominados no contenciosos.
Clasificación de los tribunales
Según su composición:
Según su naturaleza:
Según la fase del procedimiento en que intervienen:
-Tribunales de instrucción : son aquéllos a los cuales les corresponde todas las actuaciones preparatorias del juicio, generalmente de investigación criminal. Sin embargo en la mayoría de países occidentales esta función es ejercida por el Ministerio Público o Fiscalía, la cual carece de poderes jurisdiccionales. Por eso se ha sostenido que esta clasificación es un tanto anacrónica.
-Tribunales sentenciadores : son aquéllos que reciben la actuación probatoria, provenientes de los tribunales instructores, estando encargados de dictar sentencia en tales asuntos.
Según su jerarquía:
Esto en cuando al territorio Español. Existen Tribunales de Justicia fuera de España, como el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas. Se caracteriza por el control del Derecho comunitario europeo, y tiene carácter supranacional.
Es el Órgano Superior menos en temas referentes a la Constitución, este Órgano se compone de un Presidente y por un número de magistrados de las diversas Salas, todos estos nombrados por el Rey a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.
Es el último Órgano Judicial al que se puede acudir en España, aparte del Tribunal Constitución. Las Salas competentes son: de lo Civil, de lo Penal, de lo Contencioso- Administrativo, de lo Social, de lo Militar y por 2 especiales de revisión y de Gobierno. Al ser el Tribunal Supremo todos los demás Órganos están subordinados a él.
La Audiencia Nacional formada por su Presidente, los Presidentes de Sala y los magistrados que determine la ley para cada una de sus Salas y Secciones. Estas Salas son: Salas de Apelación, de lo Penal, de lo Contencioso-Administrativo y de lo Social. La principal competencia de la Audiencia Nacional son temas penales y administrativos, por ejemplo, casos de terrorismo.
Las comunidades autónomas comparten el Poder Judicial con el Estado Español, a diferencia de lo que ocurre con el Poder Ejecutivo y Legislativo. Los Tribunales Superiores de Justicia están divididos en tres Salas: Salas de lo Civil y Penal, de lo Contencioso-Administrativo y de lo Social.
Los Tribunales Superiores de Justicia toman el nombre de la Comunidad Autónoma respectiva y extienden su jurisdicción a todo el territorio de ésta. Por ejemplo, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid o Andalucía.
El Consejo General del Poder Judicial es el Órgano de Gobierno del Tribunal Supremo, tiene una de las funcionas más importantes dentro del Poder Judicial y es velar por la garantía de la independencia de los Jueces y Magistrados en el ejercicio de las funciones jurisdiccionales que les son propias frente a todos. Está integrado por el Presidente del Tribunal Supremo y veinte miembros que son elegidos por el Rey a propuesta del Senado y del Congreso.
Bajo los principios de legalidad e imparcialidad, el Ministerio Fiscal ejerce sus funciones en las áreas que le señalan su norma reguladora y el ordenamiento jurídico estatal.
Como quiera que ello se hace bajo el prisma de dar satisfacción al interés social a través de la defensa de la legalidad y del interés público tutelado por la ley, ello tiene lugar, en la mayoría de las ocasiones, actuando ante los Tribunales de Justicia en los distintos órdenes jurisdiccionales del ámbito penal, civil, contencioso-administrativo y social.
El artículo 3 del Estatuto de Ministerio Fiscal define en dieciséis apartados las funciones del Ministerio Fiscal que son, entre otras, las siguientes:
Según el artículo 126 de la Constitución española, la Policía Judicial de España depende de los jueces, de los tribunales y del Ministerio Fiscal en sus funciones de averiguación
El Tribunal Supremo está dividido en cinco Salas, que entienden de los recursos que se presenten contra las resoluciones de los Tribunales inferiores y en primera o única instancia de los procesos sobre responsabilidad del Presidente y los Ministros del Gobierno de la Nación, de los Senadores y Diputados de las Cortes Generales, del Presidente y los Magistrados del Tribunal Supremo, de los Vocales del Consejo General del Poder Judicial, del Presidente y los Magistrados del Tribunal Constitucional y de otros integrantes de Órganos Constitucionales del Estado y las comunidades autónomas, siempre según los respectivos órdenes jurisdiccionales:
-Sala Primera, de lo Civil.
-Sala Segunda, de lo Penal.
-Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo.
-Sala Cuarta, de lo Social.
-Sala Quinta, de lo Militar.
Además, dentro del Tribunal Supremo existen unos órganos jurisdiccionales especiales:
-Un Tribunal de Conflictos de Jurisdicción (LOPJ, art. 38), que resuelve los conflictos positivos y negativos de jurisdicción que se susciten entre los Juzgados o Tribunales y la Administración; está compuesto por el Presidente del Tribunal Supremo, dos - Magistrados de la Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo y tres Consejeros Permanentes del Consejo de Estado.
-Una Sala de Conflictos de Jurisdicción (LOPJ, art. 39), que resuelve los conflictos positivos y negativos de jurisdicción que se susciten entre un órgano judicial perteneciente a la jurisdicción ordinaria y un órgano judicial perteneciente a la jurisdicción militar; está compuesta por el Presidente del Tribunal Supremo, dos Magistrados de la Sala correspondiente al orden jurisdiccional de la jurisdicción ordinaria en conflicto y dos Magistrados de la Sala Quinta, de lo Militar.
-Una Sala especial de Conflictos de Competencia (LOPJ, art. 42), que resuelve los conflictos positivos y negativos de competencia que se susciten entre órganos judiciales pertenecientes a distinto orden jurisdiccional; está compuesta por el Presidente del Tribunal Supremo y por un Magistrado de cada una de las Salas correspondientes a los órdenes jurisdiccionales en conflicto.
-Una Sala innominada descrita en el artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que conoce de los procesos de ilegalización de partidos políticos, de los procesos sobre declaración de error judicial y sobre responsabilidad en ejercicio de funciones jurisdiccionales de las demás Salas del Tribunal Supremo y de otros procesos de especial importancia; está compuesta por el Presidente del Tribunal Supremo, los Presidentes de las Salas y el Magistrado más antiguo y el más moderno de cada una de ellas.
Órganos gubernativos
Con subordinación al Consejo General del Poder Judicial, los órganos gubernativos del Tribunal Supremo son los encargados de conocer y resolver las cuestiones de índole administrativa y de funcionamiento del Tribunal y sus órganos jurisdiccionales. Son órganos gubernativos:
-El Presidente del Tribunal Supremo.
-La Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, compuesta por el Presidente del Tribunal Supremo, los Presidentes de cada una de sus Salas y un número de Magistrados igual al de éstos, elegidos por el procedimiento arbitrado en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Órganos de administración.
La Secretaría de Gobierno del Tribunal Supremo, el Gabinete Técnico de Documentación e Información, el Departamento de Archivo, Biblioteca e Información, el Departamento de Informática y el Registro General son órganos administrativos y técnicos que posibilitan el funcionamiento del Tribunal en sus respectivos ámbitos de actuación.