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PRACTICA 6. actos unilaterales.
Tipo: Ejercicios
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1.- Describa qué es un acto unilateral ¿Por qué un Estado se considera vinculado por un acto unilateral? Un acto unilateral es una manifestación de la voluntad inequívoca del Estado expresada mediante acciones o declaraciones y formulada con la intención de producir efectos jurídicos en sus relaciones con otros Estados u organizaciones internacionales con independencia de la conducta de otros sujetos respecto a tal declaración o acción. Su fundamento es la buena fe, como base del compromiso adquirido. 2.- En el caso relativo a los ensayos nucleares (Nueva Zelanda/Francia) ¿qué dice la Corte sobre las exigencias que deben cumplirse para que estos actos unilaterales creen obligaciones jurídicas? La Corte establece que para que las declaraciones hechas mediante actos unilaterales tengan validez no se requiere nada con la naturaleza de un quid pro quo (una cosa por otra) ni ninguna aceptación subsiguiente, ni una reacción por parte de otros Estados. Y tampoco es decisiva la cuestión de la forma. La intención de obligarse ha de determinarse mediante una interpretación del acto. El carácter obligatorio del compromiso resulta de los términos del acto y se basa en la buena fe; los Estados interesados tienen derecho a exigir que la obligación se respete. 3.- ¿Son los actos unilaterales revocables? Señale algún ejemplo de la práctica internacional sobre esta cuestión. Los actos unilaterales sí que son revocables. El acto unilateral, por su propia naturaleza, se considera revocable libremente salvo si se excluye explícitamente la revocación o si, antes de su revocación, el acto se transforma en una obligación convencional tras su aceptación por el beneficiario del acto inicial.
Algunos Estados se han pronunciado sobre la posibilidad de revocar un acto unilateral. Así, el representante de Francia en el Consejo de Seguridad señaló, en relación con la Declaración egipcia de 1957, que una declaración unilateral, incluso registrada, no puede tener otro alcance que el de un acto unilateral y debemos extraer de esta constatación la consecuencia que, decretada unilateralmente, la declaración puede de la misma manera ser modificada o anulada 4.- En su opinión, ¿por qué los actos unilaterales no aparecen mencionados en el artículo 38 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia? El artículo 38 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia establece que la Corte deberá aplicar las convenciones internacionales, la costumbre internacional, los principios generales de derecho y las decisiones judiciales y la doctrina. En cambio, los actos unilaterales no se mencionan. En mi opinión, esto se debe a que las obligaciones de los Estados se encuentran limitadas a situaciones concretas y precisas, por lo que, no son extensibles al conjunto de la esfera internacional. 5.- ¿Sabe de la existencia de actos unilaterales en el conflicto que opone a España y al Reino Unido sobre la cuestión de Gibraltar? Existe una declaración unilateral sobre Gibraltar, cedido a Reino Unido por parte de España, en el Tratado Ultrech de 1793 para finalizar la Guerra de Sucesión, en la que se expone lo siguiente. «Para el caso de que el presente Convenio de La Haya de 19 de octubre de 1996 relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento, la ejecución y la cooperación en materia de responsabilidad parental y de medidas de protección de los niños, sea extendido por el Reino Unido a Gibraltar, el Reino de España desea formular la siguiente Declaración: