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practica procesal, Ejercicios de Derecho Procesal Civil

Asignatura: DERECHO PROCESAL CIVIL, Profesor: Juán Cámara, Carrera: Derecho, Universidad: UDC

Tipo: Ejercicios

2014/2015

Subido el 23/12/2015

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LECCIÓN 16:
D. Antonio Pérez reclama en un proceso civil los daños y perjuicios que D. Jorge García le ha
ocasionado en el vehículo propiedad del primero como consecuencia de un accidente de
circulación.
A) ¿De qué forma tendrá conocimiento el Tribunal de los hechos ocurridos en el accidente
de circulación y que son relevantes para dictar sentencia?
PRINCIPIO DISPOSITIVO. Iniciara el proceso si es de oficio o instancia de parte.
PRINCIPIO DE APORTACIÓN DE PARTE.
Recae sobre las partes la carga de la alegación de los hechos, de tal modo que el órgano
jurisdiccional no puede tomar en cuenta para su resolución ningún hecho que no haya sido
aportado por aquéllas a través de los actos previstos por la ley. (manifestación del principio de
aportación)
B) En el caso de que el Tribunal no tenga suficientes datos de hecho para dictar sentencia,
¿puede investigar de oficio lo ocurrido en el accidente de circulación?
Rige el principio de aportación de parte, por lo tanto el Tribunal no puede aportar los hechos. La
justificación sería que protege la imparcialidad del juez, que podría verse comprometida si
tuviera que investigar los hechos y buscar las fuentes para su prueba, en vez de limitarse a
valorar las pruebas practicadas por las partes respecto a los hechos por ellas mismas alegados.
Se vería afectada la imparcialidad.
282 LEC
302, 305, 306 LEC
C) El demandante propone como medio de prueba la declaración testifical de una persona
que presenció el accidente ¿Puede el Tribunal acordar de oficio la práctica de la
declaración de otro testigo que presenció también los hechos y que no ha sido propuesto
por ninguna de las partes? ¿Puede el Tribunal dictar sentencia teniendo en cuenta los
hechos alegados por este testigo?
1. Otra de las manifestaciones del principio de aportación de parte es en el proceso civil el
tribunal no puede ordenar un medio de prueba que no ha sido solicitado.
2. Si el juez empieza a investigar y a pedir más prueba se está posicionando de parte de
alguien y entonces falla la imparcialidad por lo que la sentencia sería nula.
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LECCIÓN 16:

D. Antonio Pérez reclama en un proceso civil los daños y perjuicios que D. Jorge García le ha

ocasionado en el vehículo propiedad del primero como consecuencia de un accidente de

circulación.

A) ¿De qué forma tendrá conocimiento el Tribunal de los hechos ocurridos en el accidente

de circulación y que son relevantes para dictar sentencia?

PRINCIPIO DISPOSITIVO. Iniciara el proceso si es de oficio o instancia de parte.

PRINCIPIO DE APORTACIÓN DE PARTE.

Recae sobre las partes la carga de la alegación de los hechos, de tal modo que el órgano

jurisdiccional no puede tomar en cuenta para su resolución ningún hecho que no haya sido

aportado por aquéllas a través de los actos previstos por la ley. (manifestación del principio de

aportación)

B) En el caso de que el Tribunal no tenga suficientes datos de hecho para dictar sentencia,

¿puede investigar de oficio lo ocurrido en el accidente de circulación?

Rige el principio de aportación de parte, por lo tanto el Tribunal no puede aportar los hechos. La

justificación sería que protege la imparcialidad del juez, que podría verse comprometida si

tuviera que investigar los hechos y buscar las fuentes para su prueba, en vez de limitarse a

valorar las pruebas practicadas por las partes respecto a los hechos por ellas mismas alegados.

Se vería afectada la imparcialidad.

282 LEC

302, 305, 306 LEC

C) El demandante propone como medio de prueba la declaración testifical de una persona que presenció el accidente ¿Puede el Tribunal acordar de oficio la práctica de la declaración de otro testigo que presenció también los hechos y que no ha sido propuesto por ninguna de las partes? ¿Puede el Tribunal dictar sentencia teniendo en cuenta los hechos alegados por este testigo?

  1. Otra de las manifestaciones del principio de aportación de parte es en el proceso civil el tribunal no puede ordenar un medio de prueba que no ha sido solicitado.
  2. Si el juez empieza a investigar y a pedir más prueba se está posicionando de parte de alguien y entonces falla la imparcialidad por lo que la sentencia sería nula.

El tribunal como mucho puede advertir a las partes de que su proposición probatoria parece incompleta, pero no acordar pruebas si las partes no las proponen después de la advertencia (429.1 LECiv). Pág: 352

Si no puede llevar ese testigo tampoco puede utilizar la declaración según el articulo 316 LEC.

D) En el caso de que el demandante, para demostrar los daños ocasionados a su vehículo, proponga como medio de prueba el dictamen de un perito, ¿Cómo deberá valorar el Tribunal ese medio de prueba?

En este caso rige la valoración libre de la prueba , según la cual el juez debe formarse su personal convicción acerca de la certeza o no de las alegaciones que han sido objeto de la prueba sin tener que aceptar conclusiones impuestas por una norma legal, pero tampoco decidiendo arbitrariamente, sino ajustándose a la forma de razonamiento de una persona de s cultura y formación

E) Una vez iniciado el proceso civil con la admisión de la demanda, ¿es necesario que el demandante solicite al Tribunal la realización de cada acto procesal para que el proceso avance y finaliza con la sentencia?

En materia de impulso procesal rige en todos los procesos el principio de impulso oficial (art. 179.1 LECiv, 43.2 LJS).

Artículo 179. Impulso procesal y suspensión del proceso por acuerdo de las partes.

  1. Salvo que la ley disponga otra cosa, el Secretario judicial dará de oficio al proceso el curso que corresponda, dictando al efecto las resoluciones necesarias.
  2. El curso del procedimiento se podrá suspender de conformidad con lo que se establece en el apartado 4 del artículo 19 de la presente ley, y se reanudará si lo solicita cualquiera de las partes. Si, transcurrido el plazo por el que se acordó la suspensión, nadie pidiere, en los cinco días siguientes, la reanudación del proceso, el Secretario judicial acordará archivar provisionalmente los autos y permanecerán en tal situación mientras no se solicite la continuación del proceso o se produzca la caducidad de instancia.

F) ¿Qué ocurrirá si el Tribunal, en el momento de dictar sentencia, entiende que los hechos constitutivos alegados por el demandante no han quedado probados?

Desestimará la petición del demandante según el art. 217 LECiv

Artículo 217. Carga de la prueba.LECiv.

Cuando, al tiempo de dictar sentencia o resolución semejante, el tribunal considerase dudosos unos hechos relevantes para la decisión, desestimará las pretensiones del actor o del reconviniente, o las del demandado o reconvenido, según corresponda a unos u otros la carga de probar los hechos que permanezcan inciertos y fundamenten las pretensiones.

Si el demandante no lo prueba, se desestima porque el otro no ha demandado.