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Practicas de textos y leyes romanas; Profesor: Frechilla
Tipo: Ejercicios
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MODESTINVS, libro I Excvsationvm Herennivs Modestinvs Ignatio Dextro S. Conscribens librvm, vt mihi videtvr, vtilissimvm qvem excvsationem tvtelae et cvratoriae vocavi, hvnc tibi misi MODESTINO, Excusas, libro 1 HERENIO MODESTINO a IGNACIO DEXTRO, salud. Habiendo compuesto un libro, a lo que me parece, utilísimo, que intitulé Excusas de la tutela y de la curatela , te lo he enviado 2 ) Imp. IVSTINIANVS A. Ioanni p.p. Veteres circvitvs in adoptionibvs, qvae per tres emancipationes et dvas manvmissiones in filiis, avt per vnam emancipationem in ceteris liberis fieri solebant, corrigentes sive tollentes, censemvs, licere parenti, qvi liberos in potestate sva constitvtos in adoptionem dare desiderat, sine vetere observatione emancipationvm et manvmissionvm, hoc ipsvm actis intervinientibvs apvd competentem ivdicem manifestare, praesente eo, qvi adoptatvr, et non contradicente, nec non eo, qvi evm adoptat Dat.V Kal.Novemb. Constantinop. Lampadio et Oreste VV CC Conss El emperador JUSTINIANO a JUAN, prefecto del pretorio Corrigiendo o suprimiendo los antiguos rodeos respecto a las adopciones, que solían hacerse mediante tres emancipaciones y dos manumisiones tratándose de hijos, o mediante una sola emancipación tratándose de los demás descendientes, mandamos que le sea lícito al ascendiente, que desea dar en adopción hijos constituidos bajo su potestad, manifestar, sin la antigua observancia de las emancipaciones y manumisiones, esto mismo, mediando actas, ante el juez competente, hallándose presente el que es adoptado, y no oponiéndose tampoco el que lo adopta Dada en Constantinopla a 5 de las calendas de Noviembre (28 de Agosto), bajo el consulado de LAMPADIO y de ORESTE, varones esclarecidos (año 530) 3 ) Si in ivs vocat (ito). Ni it antestamino: igitvr em capito El que es llamado en juicio, vaya. Si no va invoque el actor los testigos y, luego, que lo aprehenda 4) Imperator Caesar Flavivs Ivstinianvs, Alamanicvs, Gothicvs, Francicvs, Germanicvs, Anticvs, Alanicvs, Vandalicvs, Africanvs, pivs, felix, inclytvs, victor ac trivmphator, semper Avgvstvs, cvpidae legvm ivventvti El Emperador César Flavio JUSTINIANO, Alemánico, Gótico, Fráncico, Germánico, Antico, Alánico, Vandálico, Africano, pío, feliz, ínclito, vencedor y triunfador, siempre Augusto, a la Juventud deseosa de estudiar leyes Imperatoriam maiestatem non solvm armis decoratam, sed etiam legibvs oportet esse armatam, vt vtrvmqve tempvs, et bellorvm et pacis, recte possit gvbernari, et princeps Romanvs victor existat non solvm in hostilibvs proeliis, sed etiam per legitimos tramites calvmniantivm iniqvitates expellens, et fiat tam ivris religiosisimvs, qvam victis hostibvs trivmphator La majestad imperial conviene que no sólo esté honrada con las armas sino también fortalecida por las leyes, para que uno y otro tiempo, así el de guerras como el de paz, puedan ser bien gobernados, y el príncipe romano subsista vencedor no solamente en los combates con los enemigos, sino también rechazando por legítimos trámites las iniquidades de los calumniadores, y llegue a ser tan religiosísimo observador del Derecho, como triunfador de los enemigos vencidos 5 ) GAIVS, libro singvlari ad Senatvsconsvltvm Orphitianvm Sacratissimi Principis nostri Oratione cavetvr, vt matris intestatae hereditas ad liberos, tametsi in aliena potestate ervnt, pertineat GAYO, Comentarios al SC Orficiano Se dispone en una Oración de nuestro sacratísimo Príncipe, que la herencia de la madre intestada les pertenezca a sus hijos, aunque estuvieren bajo ajena potestad
Qvaedam praeterea svnt actiones qvae ad legis actionem exprimvntvr, qvaedam sva vi ac potestate constant. Qvod vt manifestvm fiat, opvs est vt privs de legis actionibvs loqvamvr Existen además algunas acciones que se configuran a semejanza de las “acciones de ley”, mientras que hay otras que tienen alcance y valor propios. Para que quede clara esta cuestión es necesario que nos refiramos en primer término a las “acciones de ley” 7 ) Ivstitia est constans et perpetva volvntas ivs svvm cviqve tribvendi Justicia es la constante y firme voluntad de dar a cada uno su derecho 8 ) (...) Et dedititios qvidem per constitvtionem nostram expvlimvs, qvam promvlgavimvs inter nostras decisiones, per qvas svggerente nobis Triboniano, viro excelso, qvaestore, antiqvi ivris altercationes placavimvs; Latinos avtem Ivnianos et omnem, qvae circa eos fverat, observatiam alia constitvtione per eivsdem qvaestoris svggestionem correximvs, qvae inter imperiales radiat sanctiones (....) (...) Y los dediticios los suprimimos por la Constitvtio nuestra que promulgamos entre nuestras decisiones, por las cuales, sugiriéndonoslo TRIBONIANO, varón excelso y cuestor, aplacamos las controversias del antiguo derecho; mas corregimos lo de latinos junianos y toda ley que respecto a ellos había, por consejo del mismo cuestor, en otra Constitvtio que brilla entre las leyes imperiales 9 ) Lege avtem agebatvr modis qvinqve: sacramento, per ivdicis postvlationem, per condictionem, per manvs iniectionem, per pignoris capionem Las acciones de ley revestían cinco formas: por apuesta solemne, “por petición de juez”, por condictio , por aprehensión de la persona del deudor y por toma de prenda 10 ) Imp. IVSTINIANVS A. Ivliano p.p. Dedititia conditio nvllo modo in postervm nostram rempvblicam molestare concedatvr, sed sit penitvs deleta, qvia nec in vsv esse reperimvs, sed vanvm nomen hvivsmodi libertatis circvmdvcitvr. Nos enim, qvi veritatem colimvs, ea tantvmmodo volvmvs in nostris esse legibvs, qvae re ipsa obtinent Dat..., Lampadio et Oreste Conss El emperador JUSTINIANO, Augusto, a JULIÁN, prefecto del pretorio De ningún modo se permita que en lo porvenir moleste a nuestra República la condición de dediticio, sino que esté enteramente abolida, porque hallamos que ni aun está en uso, sino que se invalida el vano nombre de tal libertad. Porque nosotros, que rendimos culto a la verdad, queremos que solamente se halle en nuestras leyes lo que en realidad está en vigor. Dada..., bajo el consulado de LAMPADIO y de ORESTE (año 530) 11 ) MARCIANVS libro I Institvtionvm Nam et ipsvm ivs honorarivm viva vox est ivris civilis MARCIANO, Instituciones, libro 1 Porque también este mismo Derecho honorario es viva voz del Derecho civil 12 ) Imperator Caesar Flavivs Ivstinianvs, Alemanicvs, Gotthicvs, Francicvs, Germanicvs, Anticvs, Alanicvs, Vandalicvs, Africanvs, pivs, felix, inclytvs, victor ac trivmphator, semper Avgvstvs, senatvi vrbis Constantinopolitanae S. El Emperador César Flavio JUSTINIANO, Alemánico, Gótico, Fráncico, Germánico, Antico, Alánico, Vandálico, Africano, pío, feliz, ínclito, vencedor y triunfador, siempre Augusto, al Senado de la ciudad de Constantinopla, salud Cordi nobis est, patres conscripti, semper nostri animi cvras rebvs commvnibvs avidissime impendere, vt nihil a nobis coeptvm imperfectvm relinqvatvr. Igitvr in primordio nostri imperii sacratissimas Constitvtiones, qvae in diversa volvmina fverant dispersae, et qvam plvrima similitvdine nec non diversitate vacillabant, in vnvm corpvs colligere, omniqve vitio pvrgare proposvimvs; et hoc iam per viros excelsos et facvndissimos perfectvm est, et a nobis postea confirmatvm; qvod geminae Constitvtiones nostrae, qvae ante positae svnt, ostendvnt Es nuestro mayor anhelo, padres conscriptos, consagrar siempre con grandísimo afán los cuidados de nuestra inteligencia a las cosas de interés general, para que no quede imperfecto nada por nosotros comenzado. Así, pues, nos propusimos al principio de nuestro imperio recopilar en un solo cuerpo, y purgar de todo defecto, las sacratísimas Constitvtiones que en diversos volúmenes se hallaban dispersas, y que por muy repetidas analogías y aún contradicciones carecían de fijeza; cuya obra fue ya terminada por excelsos y elocuentísimos varones, y después por nosotros confirmada; según lo demuestran las dos Constitvtiones nuestras, que anteceden [ Haec ; Summa ] 13 Sciendvm est, svspecti crimen e lege dvodecim tabvlarvm descendere Se ha de saber que el delito de sospechoso proviene de la ley de las XII TABLAS 14 ) Si pater filivm ter venvm dv(vit) filivs a patre liber esto Si el padre ha vendido por tres veces el hijo, sea el hijo libre del padre
Vti legassit svper pecvnia tvtelave svae rei, ita ivs esto Como se haya dispuesto imperativamente (legado) sobre los bienes de cambio o sobre el cuidado de sus cosas ( res familiaris ), así sea derecho 23 ) Imp. ALEXANDER A. Evangelo Si intestatae mvlieris consangvinei existant et mater et filia, ad solam filiam ex senatvsconsvlto Orphitiano hereditas pertinet PP. XV. Kal. Febrvar. FVSCO II et DEXTRO Conss. (225) El emperador ALEJANDRO, Augusto, a Evangelo Si existieran hermanos consanguíneos de una mujer intestada, y la madre y una hija, la herencia le pertenece a la hija sola en virtud del Senadoconsulto Orficiano. Publicada a 15 de las calendas de Febrero bajo el segundo consulado de Fusco y el de Dextro (año 225dC) 24 ) Imperator Caesar Flavivs Ivstinianvs, pivs, felix, inclytvs, victor ac trivmpliator, semper Avgvstvs, Triboniano qvaestori svo salvtem El Emperador César Flavio JUSTINIANO, pío, feliz, ínclito, vencedor y triunfador, siempre Augusto, a TRIBONIANO, su cuestor, salud Deo avctore nostrvmn gvbernantes imperivm, qvod nobis a coelesti maiestate traditvm est, et bella feliciter peragimvs, et pacem decoramvs, et statvm reipvblicae svstentamvs, et ita nostros animos ad Dei omnipotentis erigimvs adivtorivm, vt neqve armis confidamvs, neqve nostris militibvs, neqve bellorvm dvcibvs, vel nostro ingenio, sed omnem spem ad solam referamvs svmmae providentiam Trinitatis, vnde et mvndi totivs elementa processervnt, et eorvm dispositio in orbem terrarvm prodvcta est Gobernando con la protección de Dios creador el imperio que nos fue confiado por la Majestad del Cielo, hemos terminado con felicidad la guerra, glorificado la paz, y sustentado la República, y de tal modo levantamos nuestro espíritu para implorar la ayuda de Dios Omnipotente, que no confiamos en las armas, ni en nuestros soldados, ni en los generales, ni en nuestro propio ingenio, sino que ponemos toda nuestra esperanza únicamente en la. providencia de la Trinidad Altísima, de donde procedieron los elementos del mundo entero, y nació su disposición en el orbe de la tierra 25 ) VLPIANVS, libro XXXV ad Edictvm Sciendvm est, svspecti crimen e lege dvodecim tabvlarvm descendere ULPIANO, Comentarios al Edicto, libro 35 Se ha de saber que el delito de sospechoso proviene de la ley de las XII TABLAS 26 ) Ivris praecepta svnt haec: honeste vivere, altervm non laedere, svvm cviqve tribvere Los preceptos del Derecho son estos: vivir honestamente, no causar daño a otro y dar a cada uno lo suyo 27 ) POMPONIVS libro singvlari Enchiridii (...) Primvs Divvs Avgvstvs, vt maior ivris avctoritas haberetvr, constitvit, vt ex avctoritate eivs responderent (...) POMPONIO, Manual, libro único (...) El Divino AUGUSTO fue el primero que para que fuese mayor la autoridad del derecho determinó que se respondiese en virtud de autorización suya (...) 28 ) CELSVS libro XXIX Digestorvm Qvvm legitimae nvptiae facta sint, patrem liberi seqvvntvr; vvlgo qvaesitvs matrem seqvitvr CELSO, Digesto, libro 29 Cuando se hayan celebrado legítimas nupcias, los hijos siguen el padre; el concebido del vulgo, sigue la madre 2 9) VLPIANVS libro I Regvlarvm Ivstitia est constans et perpetva volvntas ivs svvm cviqve tribvendi.
Imp. IVSTINIANVS A. IVLIANO p.p. Sed qvaerebatvr apvd antiqvos legvm interpretes, si (...) Sed ea satis increbvit dvbitatio, si (...)
PAVLVS, libro II ad legem Ivliam et Papiam “Ter” enixa videt vr, etiam qvae trigeminos pepererit PAULO, Comentarios a la ley Julia y Papia, libro 2 Se considera que parió “tres veces” también la que hubiere parido tres en un parto 47 ) In nomine Domini Dei nostri Iesv Christi Imperator Caesar Flavivs Ivstinianvs, Alamannicvs, Gotthicvs, Francicvs, Germanicvs, Anticvs, Alanicvs, Vandalicvs, Africanvs, pivs, felix, inclytvs, victor ac trivmphator, semper Avgvstvs, ad senatvm et omnes popvlos En el nombre de nuestro Señor Dios Jesucristo El Emperador César Flavio JUSTINIANO, Alemánico, Gótico, Fráncico, Germánico, Ántico, Alánico, Vandálico, Africano, pío, feliz, ínclito, vencedor y triunfador, siempre Augusto, al Senado y a todos los pueblos Tanta circa [Dedoken, Dedit nobis] nos divinae hvmanitatis est providentia, vt semper aeternis liberalitatibvs nos svstentare dignetvr. Post bella enim Parthica aeterna pace sopita, postqve Vandalicam gentem ereptam, et Carthaginem, immo magis omnem Lybiam Romano imperio itervm sociatam, et leges antiqvas iam senio praegravatas per nostram vigilantiam praebvit in novam pvlchritvdinem et moderatvm pervenire compendivm; qvod nemo ante nostrvm imperivm vnqvam speravit, neqve hvmano ingenio possibile esse penitvs existimavit. Erat enim mirabile, Romanam sanctionem ab vrbe condita vsqve ad nostri imperii tempora, qvae paene in mille et qvadringentos anvos concvrrvnt, intestinis praelii vacillantem, hocqve et in imperiales Constitvtiones extendentem, in vnan redvcere consonantiam, vt nihil neqve contrarivm, neqve idem, neqve simile in ea inveniatvr, et ne geminae leges pro rebvs singvlis positae vsqvam appareant. Namqvee hoc coelestis qvidem providentiae pecvliare fvit, hvmanae vero imbecillitati nvllo modo possibile. Nos itaqve more solito ad immortalitatis respeximvs praesidivm, et svmmo nvmine invocato Devm avctorem et totivs operis praesvlem fieri optavimvs, et omne stvdivm Triboniano, viro excelso, magistro officiorvm et exqvaestore sacri nostri palatii et exconsvle, credidimvs, eiqve omne ministerivm hvivscemodi ordinationis imposvimvs, vt ipse vna cvm aliis illvstribvs et prvdentissimis viris nostrivn desiderivm adimpleret. Nostra qvoqve maiestas semper investigando et perscrvtando ea, qvae ab bis componebantvr, qvicqvid dvbivm et incertvm inveniebatvr, cvm nvmine coelesti recte emendabat, et in competentem formara redigebat Tanta es para Nos la protección de la bondad divina, que constantemente se digna sostenernos con sus eternas liberalidades. Después de terminada con una paz duradera la guerra con los Partos, y después de sojuzgados los Vándalos, y de haber asociado de nuevo al Imperio Romano así Cartago como toda la Libia, nos concedió además que, por nuestra diligencia llegaran a estar reunidas con nueva pureza y en un moderado compendio las antiguas leyes, ya abrumadas por su vejez; cosa que antes de nuestro Imperio nadie esperó jamás, ni creyó en manera alguna que fuese posible para el humano ingenio. Era, en efecto, admirable, partiendo de la fundación de Roma hasta los días de nuestro Imperio, período que llega casi a 1.400 años, reducir a una sola concordancia la legislación romana, vacilante por su interna contradicción, que aun alcanza a las Constitvtiones imperiales, de suerte que, nada se encuentre en ella ni contradictorio, ni igual, ni semejante, y que en ninguna de sus partes aparezcan consignadas dos leyes para cada cosa. Porque esto ciertamente estaba reservado a la celestial providencia, y en manera ninguna era posible a la incapacidad humana. Nosotros, por lo mismo, siguiendo nuestra costumbre, acudimos al auxilio de la inmortalidad, e invocada la suprema divinidad, optamos por que Dios fuera el autor y presidiera a toda la obra, y confiamos todo su estudio a TRIBONIANO, varón excelso, maestro de los oficios, ex-cuestor de nuestro sacro palacio y ex-cónsul, y le encargamos todo el trabajo de tal ordenación, para que en unión de otros ilustres y sapientísimos varones cumpliese él nuestro deseo. Y también nuestra majestad, investigando y escudriñando siempre lo que por ellos se componía, enmendaba acertadamente con el auxilio de la celestial divinidad, y en forma conveniente redactaba, lo que se encontraba dudoso e incierto 48 ) IVLIANVS, II ex Minicio Tria praedia continva trivm dominorvm adiecta erant, imi praedii dominvs ex svmmo fvndo imo fvndo servitvtem aqvae qvaesierat, et per medivm fvndvm domino concedente in svvm agrvm dvcebat; postea idem svmmvm fvndvm, in qvem aqvam indvxerat, vendidit; qvaesitvm est, nvm imvs fvndvs id ivs aqvae amisisset, qviam, qvvm vtraqve praedia eivsdem domini facta essent, ipsa sibi servire non potvissent? JULIANO, Sobre Minicio, libro 2 Había adyacentes tres predios continuados de tres dueños; el dueño del predio inferior había adquirido del fundo superior la servidumbre de agua para el fundo más bajo, y con consentimiento del dueño conducía a su campo el agua por el fundo intermedio; el mismo compró después el fundo más alto y vendió luego el fundo más bajo, al cual había conducido el agua; se preguntó, ¿el fundo inferior habría acaso perdido el derecho del agua, porque, habiéndose hecho de un mismo dueño ambos predios, no habrían podido éstos prestarse servidumbre? 49 ) POMPONIVS Enchiridion Post hvnc maximae avctoritatis fvervnt ateivs capito, qvi ofilivm secvtvs est, et antistivs labeo, qvi omnes hos avdivit, institvtvs est avtem a trebatio. ex his ateivs consvl fvit: labeo nolvit, cvm offerretvr ei ab avgvsto consvlatvs, qvo svffectvs fieret, honorem svscipere, sed plvrimvm stvdiis operam dedit: et totvm annvm ita diviserat, vt romae sex mensibvs cvm stvdiosis esset, sex mensibvs secederet et conscribendis libris operam daret. itaqve reliqvit qvadringenta volvmina, ex qvibvs plvrima inter manvs versantvr. hi dvo primvm velvti diversas sectas fecervnt: nam ateivs capito in his, qvae ei tradita fverant, perseverabat, labeo ingenii qvalitate et fidvcia doctrinae, qvi et ceteris operis sapientiae operam dederat, plvrima innovare institvit POMPONIO, Manual Después de él fueron de grandísima autoridad ATEYO CAPITÓN, que siguió a OFILIO, y ANTISTIO LABEÓN, que aprendió de todos estos; pero fue instruido en los principios por TREBACIO. De ellos, ATEYO fue Cónsul; LABEÓN no quiso aceptar la dignidad, cuando por AUGUSTO se le ofreció el consulado para que substituyera a otro, pero se dedicó muchísimo a los estudios y había divido el año de manera que estaba en Roma 6 meses con sus discípulos, y los otros 6 meses se retiraba y se consagraba a escribir libros. Y así dejó 400 volúmenes de los que corren muchísimos en manos. Estos 2 fueron los que primeramente crearon como dos diversas sectas; porque ATEYO CAPITÓN perseveraba en lo que se le había enseñado; y LABEÓN por la excelencia de su talento y la confianza de su doctrina, como quien había estudiado los demás ramos, del saber comenzó a innovar muchas cosas 50 ) Vsvs avctoritas fvndi bienivm est... ceterarvm rervm omnivm... annvs vsvs esto La usucapión y la garantía del fundo (enajenado) dura 2 años... para todas las demás cosas el uso dura un año
Per condictionem ita agebatvr: AIO TE MIHI SESTERTIVM X MILIA DARE OPORTERE. ID POSTVLO AIAS AN NEGES; adversarivs dicebat non oportere; actor dicebat: QVANDO TV NEGAS, IN DIEM TRICENSIMVM TIBI IVDICIS CAPIENDI CAVSA CONDICO; deinde die tricensimo ad ivdicem capiendvm praesto esse debebant. Condicere avtem denvntiare est prisca lingva En la acción por condictio se manifestaba lo siguiente: AFIRMO QUE ME DEBES DAR DIEZ MIL SESTERCIOS. TE INSTO A QUE DIGAS SI ES O NO CIERTO. El contrario lo negaba; y el demandante replicaba: PUESTO QUE LO NIEGAS, TE EMPLAZO PARA ELEGIR JUEZ DENTRO DE TREINTA DÍAS. A los treinta días debían comparecer las partes para elegir juez. Condicere significaba en la lengua de los antiguos lo mismo que emplazar 52 ) IVLIANVS libro XXIX Digestorvm Si ita scriptv m sit: “si fili vs mihi natvs fverit, ex besse heres esto, ex reliqva parte vxor mea heres esto; si vero filia mihi nata fverit, ex triente heres esto, ex reliqva parte v xor heres esto”, et fili vs et filia nati essent... JULIANO, Digesto, libro 39 Si se hubiera escrito de este modo: “si me hubiere nacido un hijo, sea heredero de dos terceras partes y de la restante parte sea heredera mi mujer; pero si me hubiere nacido una hija, sea heredera de una tercera parte, y de la restante parte sea heredera mi mujer”, y hubiesen nacido un hijo y una hija... 53 ) ivst. a. ivliano pp. Cvm antiqvitas dvbitabat vsv frvctv habitationis legato, et primo qvidem cvi similis est, vtrvmne vsvi vel vsvi frvctvi an nevtri eorvm, sed ivs proprivm et specialem natvram sortita est habitatio, postea avtem si possit is cvi habitatio legata est eandem locare vel dominivm sibi vindicare, avctorvm ivrgivm decidentes compendioso responso omnem hvivsmodi dvbitationem resecamvs JUSTINIANO a JULIÁN Prefecto del pretorio Como antiguamente se dudaba, legado el usufructo de una habitación, en primer lugar, a cuál era semejante, si al uso o al usufructo, o si a ninguno de los dos, correspondiendo a la habitación un derecho propio y una naturaleza especial, y, en segundo lugar, si podía aquel a quien se legó la habitación, darla en arrendamiento o reivindicar para sí el dominio, nosotros, decidiendo la contienda de los tratadistas, quitamos con breve respuesta toda duda de esta naturaleza Et si qvidem habitationem reliqverit, ad hvmaniorem declinare sententiam nobis visvm est et dare legatario etiam locationis licentiam. qvid enim distat, sive ipse legatarivs maneat sive alii cedat, vt mercedem accipiat? Si, pues, uno hubiere dejado el derecho de habitación, nos ha parecido conveniente inclinarlos al parecer más favorable, y dar al legatario también la facultad de arrendarla. Porque, ¿qué diferencia hay entre que el mismo legatario permanezca en ella o la ceda a otro para percibir la renta? Et mvlto magis, si habitationis vsvm frvctvm reliqverit, cvm et nimiae svbtilitati satisfactvm videatvr etiam nomine vsvs frvctvs addito Y con mucha más razón, si hubiere dejado el usufructo de la habitración, cuando también parezca haberse satisfecho una nimia sutileza, habiéndose añadido también el nombre de usufructo In tantvm etenim valere habitationem volvmvs, vt non antecellat vsvm frvctvm nec dominivm habitationis speret legatarivs, nisi specialiter evidentissimis probationibvs ipse legatarivs possit ostendere et dominivm ei domvs esse relictvm: tvnc enim volvntati testatoris per omnia oboediendvm est Porque queremos que el derecho de habitación valga en tanto que no se anteponga al de usufructo, y que el legatario no espere el dominio de la habitación, sino en el caso en que dicho legatario pueda demostrar especialmente con evidentísimas pruebas que también se le dejó el dominio de la casa; pues entonces se ha de obedecer en todo la voluntad del testador Qvam decisionem locvm habere censemvs in omnibvs modis, qvibvs habitatio constitvi potest <a 530 d. xviii k. oct. lampadio et oreste vv. cc. conss.> Cuya decisión mandamos que tenga lugar en todos los casos en que pueda establecerse el derecho de habitación Dada a 18 de las kalendas de Octubre (= 15 de Septiembre) en el consulado de Lampadio y Orestes (= año 530) 54 ) Si telvm manv fvgit magis qvam iecit, aries svbicitvr Si el arma escapa de la mano, más que ser lanzada (homicidio involuntario) se sacrifique un carnero 55 ) Patronvs si clienti fravdem fecerit, sacer esto El patrono, si faltó a su deber de defensa en favor del cliente, sea consagrado a los dioses infernales 56 ) (…) vt qvodcvmqve postremvm popvlvs ivssisset, id ivs ratvmqve esset (…) lo último que mandó el pueblo sea derecho y válido
CRONOLÓGICO
DIRIGE
**XI. - PRINCIPALES JURISTAS PRECLÁSICOS
PREGUNTAS SOBRE CADA TEXTO PROPUESTO
MODESTINVS, libro I Excvsationvm Herennivs Modestinvs Ignatio Dextro S. Conscribens librvm, vt mihi videtvr, vtilissimvm qvem excvsationem tvtelae et cvratoriae vocavi, hvnc tibi misi MODESTINO, Excusas, libro 1 HERENIO MODESTINO a IGNACIO DEXTRO, salud. Habiendo compuesto un libro, a lo que me parece, utilísimo, que intitulé Excusas de la tutela y de la curatela , te lo he enviado
Imp. ALEXANDER A. Evangelo Si intestatae mvlieris consangvinei existant et mater et filia, ad solam filiam ex senatvsconsvlto Orphitiano hereditas pertinet PP. XV. Kal. Febrvar. FVSCO II et DEXTRO Conss. (225) El emperador ALEJANDRO, Augusto, a Evangelo Si existieran hermanos consanguíneos de una mujer intestada, y la madre y una hija, la herencia le pertenece a la hija sola en virtud del Senadoconsulto Orficiano. Publicada a 15 de las calendas de Febrero bajo el segundo consulado de Fusco y el de Dextro (año 225dC)