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pregunta 29, Exámenes de Administración de Empresas

Asignatura: Dret mercantil II, Profesor: , Carrera: Dret + ADE, Universidad: UV

Tipo: Exámenes

2016/2017

Subido el 23/05/2017

martadonett
martadonett 🇪🇸

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PREGUNTA 29.
Principios que rigen la contratación.
1. Contratación de objeto definido
2. Contratación típica: ordenada, documentada, habitual normal.
3. Contratación pública
4. Contratación por medio de intermediarios
5. Intermediarios responsables
6. Contratación irreivindicable
Dada la existencia de estas empresas de servicios de inversión, los inversores realizan el mandato,
la comisión mercantil, a la empresa de servicios de inversión. Esa primera operación es un contrato
con la empresa de servicios de inversión de encargo. Por tanto, se le llama el contrato de comisión
bursátil, porque siempre hay que actuar a través de intermediarios. En ese encargo, el contratante
da instrucciones a su empresa de SI, que pueden ser instrucciones más abiertas o más cerradas (Se
suelen poner topes, no vender más bajo de esto o no comprar más alto que esto). Las empresas de SI
responden del cumplimiento de las órdenes, las deben cumplir conforme se han dado, de manera
que si no lo hacen tienen responsabilidad.
Comisiones imperativas: el Banco no se puede mover, solo podrá comprar o vender
al precio pactado.
Comisiones indicativas: se le da un limite por abajo o por arriba; se vende siempre
que la cotización esté como mínimo en un determinado precio, por debajo del cual el
particular no le da la autorización para vender. Lo mismo si es comprar: se compra
con la autorización hasta un tope.
Comisiones facultativas: el comisionista puede jugar.
A parte, el siguiente contrato es la compra o la venta. Después de la comisión viene el
cumplimiento del encargo, contrato de compraventa bursátil. Es un contrato como cualquier
compraventa y tiene distintas modalidades:
Contratos u operaciones al contado: es decir de ejecución inmediata. Es verdad que hay un
pequeño plazo de tres días para cumplir toda la operación, darse las acciones y registrarlas y
dar o recibir el dinero según se compre o venda. En estas operaciones cabe crédito, me lo
puede prestar el banco, es un préstamo vinculado siempre tiene plazos muy breves (1 mes
como mucho o 15 días) de devolución al banco (aunque sigue siendo una operación al
contado porque al otro le llega en seguida). En el fondo las operaciones al contado son
operaciones de inversión, ya que se espera obtener una rentabilidad.
Contratos a plazo: es decir, se fija un precio hoy y se aplaza el cumplimiento de las
obligaciones (entrega de títulos y pago de precio). Esto es una pura especulación no una
inversión, si la cotización sube el que ha comprado ganará y el que vende perderá y
viceversa. Se pueden hacer en firme, es decir inalterable todo, o condicionales, es decir, se le
ponen las condiciones en que estemos de acuerdo y por tanto es más complicada.
Los contratos de doble: consistirá en comprar al contado o a plazo, y revenderlos
simultáneamente a plazo y a precio determinado a la misma persona valores de la misma
especie. O sea yo compro 6000 acciones y pago 5,24 pero a la vez revendo 6000 acciones
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PREGUNTA 29.

Principios que rigen la contratación.

**1. Contratación de objeto definido

  1. Contratación típica: ordenada, documentada, habitual normal.
  2. Contratación pública
  3. Contratación por medio de intermediarios
  4. Intermediarios responsables
  5. Contratación irreivindicable** Dada la existencia de estas empresas de servicios de inversión, los inversores realizan el mandato, la comisión mercantil, a la empresa de servicios de inversión. Esa primera operación es un contrato con la empresa de servicios de inversión de encargo. Por tanto, se le llama el contrato de comisión bursátil, porque siempre hay que actuar a través de intermediarios. En ese encargo, el contratante da instrucciones a su empresa de SI, que pueden ser instrucciones más abiertas o más cerradas (Se suelen poner topes, no vender más bajo de esto o no comprar más alto que esto). Las empresas de SI responden del cumplimiento de las órdenes, las deben cumplir conforme se han dado, de manera que si no lo hacen tienen responsabilidad. ⁃ Comisiones imperativas: el Banco no se puede mover, solo podrá comprar o vender al precio pactado. ⁃ Comisiones indicativas: se le da un limite por abajo o por arriba; se vende siempre que la cotización esté como mínimo en un determinado precio, por debajo del cual el particular no le da la autorización para vender. Lo mismo si es comprar: se compra con la autorización hasta un tope. ⁃ Comisiones facultativas: el comisionista puede jugar. A parte, el siguiente contrato es la compra o la venta. Después de la comisión viene el cumplimiento del encargo, contrato de compraventa bursátil. Es un contrato como cualquier compraventa y tiene distintas modalidades: ⁃ Contratos u operaciones al contado: es decir de ejecución inmediata. Es verdad que hay un pequeño plazo de tres días para cumplir toda la operación, darse las acciones y registrarlas y dar o recibir el dinero según se compre o venda. En estas operaciones cabe crédito, me lo puede prestar el banco, es un préstamo vinculado siempre tiene plazos muy breves (1 mes como mucho o 15 días) de devolución al banco (aunque sigue siendo una operación al contado porque al otro le llega en seguida). En el fondo las operaciones al contado son operaciones de inversión, ya que se espera obtener una rentabilidad. ⁃ Contratos a plazo: es decir, se fija un precio hoy y se aplaza el cumplimiento de las obligaciones (entrega de títulos y pago de precio). Esto es una pura especulación no una inversión, si la cotización sube el que ha comprado ganará y el que vende perderá y viceversa. Se pueden hacer en firme, es decir inalterable todo, o condicionales, es decir, se le ponen las condiciones en que estemos de acuerdo y por tanto es más complicada. ⁃ Los contratos de doble: consistirá en comprar al contado o a plazo, y revenderlos simultáneamente a plazo y a precio determinado a la misma persona valores de la misma especie. O sea yo compro 6000 acciones y pago 5,24 pero a la vez revendo 6000 acciones

del Santander a plazo y a un precio determinado (a 3 meses a 5,26). Es otra especulación porque hay una diferencia de tiempo. ⁃ ⁃ La ultima es una operación con pacto de recompra de deuda pública. Yo, que tengo deuda pública (letras del tesoro, pe) hasta la fecha de amortización (a 6 meses, pe) las vendo a alguien. Entonces las vendo, pero a la vez simultáneamente acuerdo que recompraré valores de idénticas características en una fecha intermedia entre la venta de hoy y la amortización. Lo que se puede ganar depende del cambio de intereses por así decirlo.