Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


Procesal II Tema 03, Apuntes de Derecho Procesal

Asignatura: derecho procesal 2, Profesor: Alicia Armengot, Carrera: ADE + Dret, Universidad: UV

Tipo: Apuntes

2015/2016

Subido el 19/01/2016

vic_r5496
vic_r5496 🇪🇸

3.8

(16)

29 documentos

1 / 2

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
DERECHO PROCESAL II
Tema 3 INTERVENCIÓN NO JURISDICCIONAL DE LOS
TRIBUNALES EN EL TRÁFICO JURÍDICO: LA JURISDICCIÓN
VOLUNTARIA JUDICIAL.
1. Jurisdicción voluntaria
Las personas físicas o jurídicas tienen plena capacidad par denir los
términos de una situación o relación jurídica y dotarla de validez.
Excepciones:
Supuestos en que para que nazca una situación o relación jurídica la
ley exija la intervención de un tribunal (ej. atribución de la patria
potestad ante la separación de los padres, o el fallecimiento de un
persona sin disposición de última voluntad y el reconocimiento de
herederos).
Supuestos en que las diferentes partes de una situación o relación
jurídica no se ponen de acuerdo para denir los términos de esta. En
tal caso también puede intervenir un tribunal dirimiendo el problema
(ej. desacuerdo determinación del domicilio conyugal).
Los órganos jurisdiccionales no están ejerciendo su potestad jurisdiccional,
sino que están llevando a cabo actuaciones de jurisdicción voluntaria. La
jurisdicción voluntaria no es una actividad exclusiva de los tribunales
(también pueden realizarla los notarios, los registradores de la propiedad u
otros registradores públicos, e incluso los cónsules españoles en el
extranjero).
La jurisdicción voluntaria judicial comprende los actos de jurisdicción que
realiza un órgano jurisdiccional siguiendo las formas propias del
procedimiento y las decisiones que adoptan son susceptibles de recurso.
Actualmente está regulada por la Ley 15/2015 de 2 de julio de la Jurisdicción
Voluntaria (LJV).
2. Concepto de jurisdicción voluntaria judicial.
Es la actividad realizada por los tribunales en garantía de un derecho y que,
de acuerdo con el que ha regulado el legislador, consiste en una actividad
jurídica distinta del ejercicio de la potestad jurisdiccional.
No es un verdadero proceso, sino un expediente o procedimiento a través
del cual se desarrolla una actividad judicial.
3. Características (diferencia la jurisdicción voluntaria de la
contenciosa).
1. Falta de controversia u oposición (todas las partes están interesadas).
No obstante hay casos en que hay posturas controvertidas, pero
manteniéndose la jurisdicción voluntaria.
Ejemplo: un adoptado buscar a sus padres mediante jurisdicción
voluntaria
pf2

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Procesal II Tema 03 y más Apuntes en PDF de Derecho Procesal solo en Docsity!

DERECHO PROCESAL II

Tema 3 – INTERVENCIÓN NO JURISDICCIONAL DE LOS

TRIBUNALES EN EL TRÁFICO JURÍDICO: LA JURISDICCIÓN

VOLUNTARIA JUDICIAL.

1. Jurisdicción voluntaria

Las personas físicas o jurídicas tienen plena capacidad par definir los términos de una situación o relación jurídica y dotarla de validez.

Excepciones:

  • Supuestos en que para que nazca una situación o relación jurídica la ley exija la intervención de un tribunal (ej. atribución de la patria potestad ante la separación de los padres, o el fallecimiento de un persona sin disposición de última voluntad y el reconocimiento de herederos).
  • Supuestos en que las diferentes partes de una situación o relación jurídica no se ponen de acuerdo para definir los términos de esta. En tal caso también puede intervenir un tribunal dirimiendo el problema (ej. desacuerdo determinación del domicilio conyugal).

Los órganos jurisdiccionales no están ejerciendo su potestad jurisdiccional, sino que están llevando a cabo actuaciones de jurisdicción voluntaria. La jurisdicción voluntaria no es una actividad exclusiva de los tribunales (también pueden realizarla los notarios, los registradores de la propiedad u otros registradores públicos, e incluso los cónsules españoles en el extranjero).

La jurisdicción voluntaria judicial comprende los actos de jurisdicción que realiza un órgano jurisdiccional siguiendo las formas propias del procedimiento y las decisiones que adoptan son susceptibles de recurso.

Actualmente está regulada por la Ley 15/2015 de 2 de julio de la Jurisdicción Voluntaria (LJV).

2. Concepto de jurisdicción voluntaria judicial.

Es la actividad realizada por los tribunales en garantía de un derecho y que, de acuerdo con el que ha regulado el legislador, consiste en una actividad jurídica distinta del ejercicio de la potestad jurisdiccional.

No es un verdadero proceso, sino un expediente o procedimiento a través del cual se desarrolla una actividad judicial.

3. Características (diferencia la jurisdicción voluntaria de la

contenciosa).

  1. Falta de controversia u oposición (todas las partes están interesadas).
    • No obstante hay casos en que hay posturas controvertidas, pero manteniéndose la jurisdicción voluntaria.
    • (^) Ejemplo: un adoptado buscar a sus padres mediante jurisdicción voluntaria
  1. Inexistencia de verdaderas partes (se habla de interesados, solicitantes pero no hay partes enfrentadas) e inexistencia del ejercicio de potestad jurisdiccional.
  2. No produce efecto de cosa juzgada (con lo cual no tiene efecto vinculante y se puede volver a juzgar). Ejemplos:
  • Expedientes en materia de personas.
  • La constitución de la adopción
  • Nombramiento de un tutor, de un curador, o de un defensor judicial.
  • Expedientes en materia de familia.
  • Expedientes en caso de discrepancias en el ejercicio de la patria potestad (art. 156 II CC).
  • Expedientes relativos al derecho sucesorio.
  • El reconocimiento de los herederos ab intestado (por notario).