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ejemplo de como elaborar un programam de capacitacion
Tipo: Transcripciones
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I. Presentación II. Marco normativo III. Población Objetivo IV. Oferta del programa V. Especificaciones del desarrollo del programa VI. Medios de difusión para dar a conocer el programa VII. Cronograma I. Presentación El Programa Anual de Capacitación en Materia de Igualdad Laboral y No Discriminación, se crea en (nombre del centro de trabajo), como una respuesta a las necesidades de las y los trabajadores así como del propio centro de trabajo de estar informados y contar con herramientas que coadyuven al manejo de estos temas en un clima laboral libre de discriminación; tiene por objeto sensibilizar y crear conciencia de la importancia del respecto a los derechos humanos, la igualdad laboral y la no discriminación tanto para el personal como para el centro de trabajo a fin de mejorar las condiciones de trabajo; así como alcanzar mayores niveles de productividad. En el presente programa de capacitación se incluye un marco normativo como base de la capacitación en el centro de trabajo; la población objetivo a la que va dirigido el programa; la oferta capacitación; así como las especificaciones del desarrollo y los medios de difusión en donde se da a conocer dicho programa. II. Marco normativo. Imagen institucional
En este apartado se exponen los fundamentos normativos que centran su atención en pro de los derechos humanos, la igualdad laboral y la no discriminación; en (Nombre del centro de trabajo), la capacitación del personal en esta materia se considera como un asunto de responsabilidad laboral y se establece para dar cumplimiento al siguiente marco normativo. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El artículo 1 se eleva a rango constitucional los derechos humanos reconocidos en los tratados ratificados y garantiza la protección más amplia para las persona, este mismo artículo prohíbe toda discriminación por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social y de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. Artículo 4 de la establece la igualdad del varón y la mujer ante la ley. Artículo 123 determina que para trabajo igual debe corresponder salario igual, sin tener en cuenta sexo ni nacionalidad. Ley Federal del trabajo. Artículo 3 determina que el trabajo o es un derecho y un deber social. No es artículo de comercio. No podrán establecerse condiciones que impliquen discriminación entre los trabajadores, por motivo de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro que atente contra la dignidad humana. Artículo 56. Establece las condiciones de trabajo basadas en el principio de igualdad sustantiva y que estas, deberán ser proporcionales a la importancia de los servicios e iguales para trabajos iguales y que no podrán establecerse diferencias y/o exclusiones por motivo de origen étnico o nacionalidad, sexo, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, condiciones de embarazo, responsabilidades familiares o estado civil. Artículo 133 señala que queda prohibido a las y los patrones negarse a aceptar trabajadores/as por razón de su sexo o edad; realizar o permitir actos de hostigamiento y/o acoso sexual contra cualquier persona en el lugar de trabajo; exigir la presentación de certificados médicos de no embarazo para el ingreso, permanencia o ascenso en el empleo, y despedir a una trabajadora o coaccionarla directa o indirectamente para que renuncie por estar embarazada, por cambio de estado civil o por tener el cuidado de hijos menores. Artículo 164 determina que las mujeres y los hombres disfrutan de los mismos derechos y tienen las mismas obligaciones. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. En sus artículos 10 y 11 define la violencia laboral como aquella que ejercen las personas que tienen un vínculo laboral con la víctima, independientemente de la relación jerárquica, consistente en un acto u omisión, en abuso de poder que daña la autoestima, salud, integridad, libertad y seguridad de la