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Orientación Universidad
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Propiedad Intelectual, Diapositivas de Ética

muestra el concepto de propiedad intelectual

Tipo: Diapositivas

2021/2022

Subido el 26/02/2026

sebastian-valdivia-borda
sebastian-valdivia-borda 🇨🇱

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La PROPIEDAD INTELECTUAL
GUIA DE Derecho de Autor para creadores de software INDECOPI
Erick Iriarte RuDdy medina
UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS
(Universidad del Perú, DECANA DE AMÉRICA)
FACULTAD DE INGENIERIA DE SISTEMAS E INFORMATICA
Escuela Académico Profesional de Ingeniería de Software
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La PROPIEDAD INTELECTUAL

GUIA DE Derecho de Autor para creadores de software – INDECOPI Erick Iriarte – RuDdy medina (Universidad del Perú, DECANA DE AMÉRICA) FACULTAD DE INGENIERIA DE SISTEMAS E INFORMATICA

¿Que es el Derecho de Autor?

Es la rama del derecho que establece las normas que benefician a los

creadores y garantizan sus derechos de propiedad intelectual sobre sus

obras.

El derecho de autor es un derecho humano reconocido en el articulo 27.2° de la

declaración universal de los derechos humanos: "toda persona tiene derecho

a la protección de los intereses morales y materiales que le corresponda

por razón de loas producciones científicas, literarias o artísticas de que

sea autora .«

Por su parte, el derecho de autor esta regulado en el Perú por el decreto

legislativo Nº 822- y contiene una serie de derechos y normas aplicables, en

nuestro país, a todos los autores y su obras.

(Universidad del Perú, DECANA DE AMÉRICA) FACULTAD DE INGENIERIA DE SISTEMAS E INFORMATICA

(Universidad del Perú, DECANA DE AMÉRICA) FACULTAD DE INGENIERIA DE SISTEMAS E INFORMATICA

Declaración universal de los derechos humanos: (Universidad del Perú, DECANA DE AMÉRICA) FACULTAD DE INGENIERIA DE SISTEMAS E INFORMATICA

(Universidad del Perú, DECANA DE AMÉRICA) FACULTAD DE INGENIERIA DE SISTEMAS E INFORMATICA

La ley define SOWTWARE como la expresión de un conjunto de instrucciones mediante palabras, códigos, planes o en cualquier forma que, al ser incorporadas en un dispositivo de lectura automatizada, son capaces de hacer que un computador ejecute una tarea u obtenga un resultado. (Universidad del Perú, DECANA DE AMÉRICA) FACULTAD DE INGENIERIA DE SISTEMAS E INFORMATICA

El “Autor" de un programa de Ordenador

  • Es toda aquella persona que haya participado en

una creación o programación, independientemente

de si se trata de una persona con conocimientos

empíricos o básicos o de un ingeniero de sistemas

con estudios de especialización y mucho años de

experiencia.

  • Son considerados como co-autores de un

determinado programa de ordenador, todas

aquellas personas que escribieron o programaron

directamente, en todo o parte, el codigo fuente del

programa de ordenador en cuestión; así como

todas aquellas personas que programaron o

diseñaron la parte grafica del mismo.

(Universidad del Perú, DECANA DE AMÉRICA) FACULTAD DE INGENIERIA DE SISTEMAS E INFORMATICA

El software como obra colectiva

En la medida que muchos programas de

ordenador que se crean actualmente, son

desarrollados por un grupo de personas o

equipo de programadores bajo la dirección o

el encargo de un tercero (personal natural o

jurídica, nacional o extranjera), llamado

productor de programas de ordenador

(como, por ejemplo, una empresa de

desarrollo de software), y no siempre es

posible identificar o separar las diferentes

contribuciones de cada uno de los

programadores participantes , siendo que

cada uno de sus aportes se funden en un

conjunto denominado programa de

ordenador; es que la ley califica a este tipo

de creaciones como obras colectivas.

(Universidad del Perú, DECANA DE AMÉRICA) FACULTAD DE INGENIERIA DE SISTEMAS E INFORMATICA

Requisitos legales que debe cumplir un programa de ordenador para ser considerado como una obra protegida por el Derecho de Autor A fin de que un programa de ordenador este protegido como obra por el Derecho de Autor, el mismo debe cumplir con los siguientes requisitos: ❖Ser susceptibles de ser divulgado, ❖Ser original, y; ❖Ser susceptibles de ser producido (Universidad del Perú, DECANA DE AMÉRICA) FACULTAD DE INGENIERIA DE SISTEMAS E INFORMATICA

Derechos que reconoce la ley a favor de los autores sobre el software (Universidad del Perú, DECANA DE AMÉRICA) FACULTAD DE INGENIERIA DE SISTEMAS E INFORMATICA

Derechos patrimoniales que los autores poseen sobre sus programas de ordenador

La ley reconoce a los autores de programas de ordenador, entre otros, los siguientes derechos
patrimoniales:

Derecho de reproducción , entendido como el derecho exclusivo que tiene el

autor a autorizar la fijación del programa de ordenador en cualquier soporte, así como
cualquier reproducción posterior del material fijado , (determinar el formato, soporte y
numero de ejemplares a reproducirse). La explotación económica de este derecho puede
realizarse, por ej. mediante el cobro de un monto por concepto de autorización para
reproducción del software a favor del autor , puede ser fijo o porcentual.

Derecho de distribución , Es el derecho que tiene el autor de decidir si el

programa de ordenador será distribuido y, de ser así, los medios, formas y alcance
territorial de la distribución a realizarse. La explotación económica de este derecho puede
realizarse, por ejemplo, mediante e cobro de un monto por concepto de autorización para la
distribución del software a favor del autor , el cual puede ser fijo o porcentual.

(Universidad del Perú, DECANA DE AMÉRICA) FACULTAD DE INGENIERIA DE SISTEMAS E INFORMATICA

✔Igualmente se puede explotar este derecho de distribución, de forma conjunta, con

el derecho de reproducción temporal del programa de ordenador o software en

cuestión, mediante el llamado software como servicio (en ingles, software as a

service o SaaS), el cual se realiza mediante el cobro de una remuneración fija por

su uso durante un periodo determinado de una copia o ejemplar del mismo.

Derecho de traducción , adaptación o arreglos del programa de

oridenador, entendido como el derecho del autor a decidir si su obra será traducida

a otro idioma, o si podrá ser objeto de una adaptación (para ser parte, a su vez, de

otro programa informático o ser compatible con determinado equipo) y, de ser así,

las características y particularidades de tales acciones. La explotación económica

de estos derechos puede realizarse, por ejemplo, mediante el cobro de un monto

por concepto de autorización para la traducción, adaptación o arreglo a favor del

autor, el cual puede ser fijo o porcentual.

Derecho a prohibir la importación al país, de copias o ejemplares de los

programas de ordenador cuya reproducción no ha sido autorizada.

(Universidad del Perú, DECANA DE AMÉRICA) FACULTAD DE INGENIERIA DE SISTEMAS E INFORMATICA

Titularidad de los derechos patrimoniales de los programas de ordenador cuando su creación ha sido por encargo

La ley ha previsto que los derechos patrimoniales sobre los programas de ordenador

creados bajo relación de trabajo (contrato de trabajo a tiempo definido o indefinido) o por

encargo (mediante un contrato civil de locación de servicios de la obra), se rigen por lo que

acuerden las partes, empleador y empleado o comitente y locador, en cada caso en

particular.

Si ellos no hubieren pactado la titularidad de la obra, la ley presume que la cesión de

los derechos patrimoniales sobre el programa de ordenador en cuestión, será

exclusiva a favor del empleador o comitente.

(Universidad del Perú, DECANA DE AMÉRICA) FACULTAD DE INGENIERIA DE SISTEMAS E INFORMATICA

¿Cuál es el tiempo de protección del derecho de autor para un programa de ordenador? Los derechos patrimoniales que gozan los autores de programas de ordenador, se extinguen a los setenta años contadas a partir del primero de enero del año siguiente al de su primera publicación o, en su defecto, al de su terminación. Luego de transcurridos esos setenta años, el software en cuestión pasa a ser de dominio publico , es decir que los derechos patrimoniales sobre la obra en cuestión se extinguen, pudiendo el software ser utilizado libremente por cualquier persona, sin requerir autorización previa o pagar remuneración alguna a tales efectos. (Universidad del Perú, DECANA DE AMÉRICA) FACULTAD DE INGENIERIA DE SISTEMAS E INFORMATICA