Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


segundo bloque romano, Ejercicios de Derecho Romano

segundo bloque romano, tema 14

Tipo: Ejercicios

2012/2013

Subido el 12/09/2025

Paulam2505
Paulam2505 🇪🇸

27 documentos

1 / 2

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
1. CONCEPTO Y CLASES
1.1. CONCEPTO
Subordinación de un fundo (denominado sirviente) a otro fundo (dominante) por razón
a una utilitas (algo útil) de carácter objetivo y permanente que beneficia a este fundo y,
por tanto, a cualquiera que llegue a ser
propietario del mismo (la servidumbre se
transmite junto con el propio fundo).
En razón a tal subordinación, el propietario del
fundo dominante tiene el derecho a que el
propietario del fundo sirviente soporte una
determinada actividad, que puede tener diferente contenido según la concreta
servidumbre de que se trate. Por utilitas se entiende una necesidad social de carácter
industrial, agrícola o urbana.
Este derecho beneficia al fundo, no a la persona.
La servidumbre del fundo sirviente no puede negarse, tiene obligaciones, pero ninguna
de carácter positivo, es decir, dar o hacer algo (en las de paso).
1.2. SUPONE:
Fundo dominante:
Incremento de derechos. Habitualmente aumenta el valor económico del fundo
dominante.
Fundo sirviente:
Pérdida de derechos, aumento de las obligaciones. Merma en el valor económico
(Puede haber una indemnización).
1.3. CLASES
RÚSTICAS
- De paso
- De acueducto
- De abrevadero
URBANAS
- De vertiente de aguas
- De tuberías
- De apoyo de muro y apoyo de viga (construir la casa al lado)
- De limitación de altura
- De prohibición de impedir la luz o las vistas
2. PRINCIPIOS GENERALES
a) Cercanía entre los fundos. Vecindad, pero no necesariamente contiguos.
TEMA 14: SERVIDUMBRES
T C
(dominante) (sirviente)
pozo
pf2

Vista previa parcial del texto

¡Descarga segundo bloque romano y más Ejercicios en PDF de Derecho Romano solo en Docsity!

1. CONCEPTO Y CLASES

1.1. CONCEPTO

Subordinación de un fundo (denominado sirviente) a otro fundo (dominante) por razón a una utilitas (algo útil) de carácter objetivo y permanente que beneficia a este fundo y, por tanto, a cualquiera que llegue a ser propietario del mismo (la servidumbre se transmite junto con el propio fundo). En razón a tal subordinación, el propietario del fundo dominante tiene el derecho a que el propietario del fundo sirviente soporte una determinada actividad, que puede tener diferente contenido según la concreta servidumbre de que se trate. Por utilitas se entiende una necesidad social de carácter industrial, agrícola o urbana. Este derecho beneficia al fundo, no a la persona. La servidumbre del fundo sirviente no puede negarse, tiene obligaciones, pero ninguna de carácter positivo, es decir, dar o hacer algo (en las de paso). 1.2. SUPONE:

  • Fundo dominante: Incremento de derechos. Habitualmente aumenta el valor económico del fundo dominante.
  • Fundo sirviente: Pérdida de derechos, aumento de las obligaciones. Merma en el valor económico (Puede haber una indemnización). 1.3. CLASES RÚSTICAS
  • De paso
  • De acueducto
  • De abrevadero URBANAS
  • De vertiente de aguas
  • De tuberías
  • De apoyo de muro y apoyo de viga (construir la casa al lado)
  • De limitación de altura
  • De prohibición de impedir la luz o las vistas 2. PRINCIPIOS GENERALES a) Cercanía entre los fundos. Vecindad, pero no necesariamente contiguos.

TEMA 14: SERVIDUMBRES

T C

(dominante) (sirviente) pozo

b) Se extingue si ambos fundos son del mismo propietario (no solo en servidumbres): Confusión (no puede ser dueño y usufructuario, se extingue el derecho usufructuario. La servidumbre se extigue “ NEMINI RES SUA SERVIT ” c) Obligación de carácter negativo al fundo sirviente con excepciones d) No puede la servidumbre enajenar del fundo (separar). e) Debe tener una utilitas objetiva y permanente.

3. CONSTITUCIÓN Se constituyen a través de: - Mancipatio - In iure cessio - Legado (disposición testamentaria). Esta opción también la puede dar el juez con una sentencia en un juicio divisorio - Por deseo del buen padre de familia. Si T era propietario de ambos fundos no tenia servidumbre, era estado de servicio, pero al pasar a dos copropietarios, el derecho se separa y en vez de estado de derecho se crea una servidumbre entre ambos fundos, el sirviente y el dominante. 4. EXTINCIÓN Se puede extinguir por: - Renuncia del titular expresamente - Non usus: durante 2 años, se dice que prescribe. Puede prescribir de dos formas - Alteración de las condiciones naturales del fundo sirviente siempre que no transcurra el tiempo determinado (el pozo pasa 2 años sin agua). - Destrucción del fundo sirviente 5. PROTECCIÓN Esta protegido por la acción de “VINDICATIO SERVITUTIS”. Se pide el ejercicio de su derecho.