Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


Seminario 2, Apuntes de Derecho Privado

Asignatura: Dret Privat i de l'Empresa II, Profesor: , Carrera: Relacions Laborals, Universidad: UPF

Tipo: Apuntes

2014/2015

Subido el 24/05/2015

usuario desconocido
usuario desconocido 🇪🇸

1 / 3

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
1. ¿Los Srs. Emilio Pardo y Juan Pérez y la Sra. Esther García han creado
una sociedad?
Se dan los requisitos para la creación de sociedad que son consentimiento, causa y
objeto 1261 CCvil) Y se da el objeto de sociedad, la aportación para el desarrollo de
sociedad con ánimo de lucro y partirse las ganancias. (Art 116 Ccom)
Han creado una sociedad pero no está bien constituida ya que no tiene los
principales requisitos que son, tener una escritura pública y estar inscrito en el
registro mercantil.
Es una sociedad irregular calicada por el artículo 39 LSC. Se le aplica el régimen de
colectiva o el régimen de civil.
2. ¿Tiene personalidad jurídica? En caso de que la respuesta sea
armativa, ¿desde cuándo?
Hay dos clases de personalidad jurídica, la general y la propia del tipo social
correspondiente de la clase de Sociedad que queremos constituir.
Si tiene responsabilidad jurídica desde que concluyen el pacto de constitución de
Sociedad.
(Art 33 LSC)
La personalidad del tipo de sociedad solo tiene personalidad jurídica social desde
que se inscriben, antes de la inscripción tenemos una sociedad aunque no esté
inscrita por tanto tenemos una personalidad jurídica general.
3. ¿Es civil o mercantil? ¿Y qué tipo de sociedad civil o mercantil?
Hay un parámetro para distinguir sociedad civil y mercantil
Parámetro de la forma: Hay sociedades que por la forma que son siempre son
mercantiles. Una anónima o limitada siempre son mercantiles independientemente
de los socios que haya, lo que hagan, etc.
Hay algunas actividades que se consideran de carácter civil (por carácter de tipo
histórico) que son: Actividades, agrícolas, artesanales y ejercicio de profesiones
liderales.
Como la sociedad no se calica por ninguno de estos objetos por lo tanto es de
carácter mercantil. Por lo tanto la sociedad se calica como colectiva y como bien
indica el artículo 1.2 CCom los tipos de sociedad mercantil son:
Sociedad anónima:
Sociedad colectiva
Sociedad Comanditaria por acciones
Sociedad de Responsabilidad Limitada
pf3

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Seminario 2 y más Apuntes en PDF de Derecho Privado solo en Docsity!

1. ¿Los Srs. Emilio Pardo y Juan Pérez y la Sra. Esther García han creado

una sociedad?

Se dan los requisitos para la creación de sociedad que son consentimiento, causa y objeto 1261 CCvil) Y se da el objeto de sociedad, la aportación para el desarrollo de sociedad con ánimo de lucro y partirse las ganancias. (Art 116 Ccom)

Han creado una sociedad pero no está bien constituida ya que no tiene los principales requisitos que son, tener una escritura pública y estar inscrito en el registro mercantil.

Es una sociedad irregular calificada por el artículo 39 LSC. Se le aplica el régimen de colectiva o el régimen de civil.

2. ¿Tiene personalidad jurídica? En caso de que la respuesta sea

afirmativa, ¿desde cuándo?

Hay dos clases de personalidad jurídica, la general y la propia del tipo social correspondiente de la clase de Sociedad que queremos constituir.

Si tiene responsabilidad jurídica desde que concluyen el pacto de constitución de Sociedad.

(Art 33 LSC)

La personalidad del tipo de sociedad solo tiene personalidad jurídica social desde que se inscriben, antes de la inscripción tenemos una sociedad aunque no esté inscrita por tanto tenemos una personalidad jurídica general.

3. ¿Es civil o mercantil? ¿Y qué tipo de sociedad civil o mercantil?

Hay un parámetro para distinguir sociedad civil y mercantil

Parámetro de la forma: Hay sociedades que por la forma que son siempre son mercantiles. Una anónima o limitada siempre son mercantiles independientemente de los socios que haya, lo que hagan, etc.

Hay algunas actividades que se consideran de carácter civil (por carácter de tipo histórico) que son: Actividades, agrícolas, artesanales y ejercicio de profesiones liderales.

Como la sociedad no se califica por ninguno de estos objetos por lo tanto es de carácter mercantil. Por lo tanto la sociedad se califica como colectiva y como bien indica el artículo 1.2 CCom los tipos de sociedad mercantil son:

• Sociedad anónima:

• Sociedad colectiva

• Sociedad Comanditaria por acciones

• Sociedad de Responsabilidad Limitada

4. Si en el desarrollo de la actividad la Sra. Esther García realizara un

pedido de productos por valor de 2.000 euros a un tercero, este pedido, ¿sería vinculante para la sociedad?

Cualquiera de los socios puede actuar como administrador y como representante, por lo tanto sí que sería vinculante para la sociedad en el desarrollo de dicha actividad y frente al tercero se hace responsable, salvo que el tercero conozca la extralimitación.

5. El Sr. Juan Pérez decide abrir por su cuenta un establecimiento

dedicado a la comercialización de productos relacionados con productos cosméticos. ¿Puede hacerlo sin contar con el consentimiento de los restantes socios? Sería la misma la respuesta si el establecimiento se dedicara a la comercialización de pinturas?

Hay competencia cuando el negocio tiene un objeto idéntico, análogo o complementario al objeto de la sociedad. (LSC).

1. Siempre que sea un socio capitalista de la sociedad no podría abrir por su

cuenta un establecimiento del mismo tipo de actividad a menos que se autorice por los demás socios y la decisión tiene ser unánime.

2. Sí que podría abrir el establecimiento de comercialización de pinturas sin

consentimiento de los socios de la sociedad excepto que no se haya pactado en la escritura ni en los pactos iniciales de la sociedad.

6. Que pueden hacer los socios si el Sr. Emilio Pardo de manera reiterada

contacta con proveedores que no cumplen correctamente con las obligaciones de suministro?

Cuando el administrador esta nombrado en los pactos iniciales solo se le puede cesar si él está de acuerdo.

Si el administrador no está de acuerdo, se recurre al artículo 132 CCom para nombrar a otro que lo controlo y tomar decisiones conjuntamente.

Si es incumplimiento grabe y hay que expulsarlo de la sociedad se podrán acoger al artículo 218 CCom.

7. Después de un tiempo en el negocio, Emilio Pardo recibe una oferta por

una persona interesada en entrar en el negocio. ¿Puede transmitir su parte sin el consentimiento de los demás?

No puede transmitir su parte sin el consentimiento de los demás. Tienen que decidirlo por votación y tiene que ser unánime. Art 143 CCom).

En caso de que uno de los miembros de la sociedad no esté de acuerdo, puede dirigirse a los tribunales a solicitar la disolución de la sociedad. (Art. 224 CCom)