Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


Supuestos prácticos numero 1, Ejercicios de Derecho Civil

Ejercicios de supuestos prácticos largos

Tipo: Ejercicios

2025/2026

Subido el 13/05/2026

miguellinaarees
miguellinaarees 🇪🇸

3 documentos

1 / 17

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
SUPUESTOS PRÁCTICOS NÚMERO 1.
SUPUESTO PRÁCTICOS Y PREGUNTAS CORTAS
NOMBRE Y APELLIDOS:
GRUPO: DNI:
PRIMER SUPUESTO.
Juan debe a Pedro 2.500 euros desde 2014. Al ser increpado por Pedro
para que le pague la deuda el 26 de septiembre de 2025; no habiéndole
reclamado antes el pago, Juan alega que la deuda ha prescrito. Además de ello,
Pedro le prestó a Juan el año pasado 2024 (8 de octubre) 1.000 euros más para
comprarse una camioneta de segunda mano.
CUESTIONES
1. ¿Tiene Juan con Pedro una obligación en sentido técnico de pagarle los
2.500 euros?.
2. ¿Podría pagarle la deuda de 2.500 euros aunque sea cierto que ha
prescrito? ¿Ante qué tipo de obligación estamos?.
3. ¿Es exigible la obligación de pago de 2.500 euros? ¿Y la de 1.000? .
Fundamente sus respuestas.
SEGUNDO SUPUESTO
Pedro, Maite y Juan son deudores solidarios por importe total de 900
euros. Si Pedro paga la totalidad de la deuda.
1
pf3
pf4
pf5
pf8
pf9
pfa
pfd
pfe
pff

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Supuestos prácticos numero 1 y más Ejercicios en PDF de Derecho Civil solo en Docsity!

SUPUESTOS PRÁCTICOS NÚMERO 1.

SUPUESTO PRÁCTICOS Y PREGUNTAS CORTAS

NOMBRE Y APELLIDOS:

GRUPO: DNI:

PRIMER SUPUESTO.

Juan debe a Pedro 2.500 euros desde 2014. Al ser increpado por Pedro para que le pague la deuda el 26 de septiembre de 2025; no habiéndole reclamado antes el pago, Juan alega que la deuda ha prescrito. Además de ello, Pedro le prestó a Juan el año pasado 2024 (8 de octubre) 1.000 euros más para comprarse una camioneta de segunda mano. CUESTIONES

  1. ¿Tiene Juan con Pedro una obligación en sentido técnico de pagarle los 2.500 euros?.
  2. ¿Podría pagarle la deuda de 2.500 euros aunque sea cierto que ha prescrito? ¿Ante qué tipo de obligación estamos?.
  3. ¿Es exigible la obligación de pago de 2.500 euros? ¿Y la de 1.000?. Fundamente sus respuestas. SEGUNDO SUPUESTO Pedro, Maite y Juan son deudores solidarios por importe total de 900 euros. Si Pedro paga la totalidad de la deuda.

CUESTIONES

  1. ¿Cuánto puede reclamar Pedro a Maite y Juan?
  2. ¿Puede reclamarle a Juan 900 euros?
  3. ¿El acreedor podía haber reclamado a Juan 900 euros?.
  4. Si Maite es insolvente ¿Cuánto podrá reclamar Pedro a Juan ?. TERCER SUPUESTO María, Rebeca y Jaime son acreedores solidarios de Antonio por una cantidad de 1.500 euros. CUESTIONES
  5. ¿A quién tiene que pagar la deuda Antonio?
  6. Si Rebeca cobra la totalidad de la deuda, esto es, los 1.500 euros ¿qué cantidad podrá reclamarle María? ¿Y a Jaime?
  7. ¿Puede Rebeca realizar actos perjudiciales para María y Jaime (coacreedores)?
  8. ¿Qué sucedería si Rebeca debiera a su vez a Antonio 1.500 euros que le había prestado y quedara extinguida la deuda por compensación?. CUARTO SUPUESTO. D. José López, es dueño de un pequeño establecimiento de ropa, y en la actual situación de crisis, y antes de acudir a una entidad bancaria, pide dinero a préstamo a tres amigos empresarios (Pedro, Carlos y Pablo), la cantidad de 18.000 euros, comprometiéndose a pagarlos en tres pagos de 6000 euros, a razón de 2000 euros a cada uno, los meses de marzo, junio, septiembre de 2025. Llega el 1 de octubre y no ha realizado ningún pago.

CUESTIONES.

  1. Ante qué tipo de obligaciones nos encontramos.
  2. ¿Cuál es la regla general en las obligaciones con pluralidad de sujetos: la mancomunidad o la solidaridad?.
  3. ¿Hay siempre que pactar expresamente la solidaridad o es posible la solidaridad tácita. Y si es así ¿Cuándo tiene lugar? ¿Y se da en este caso?.
  4. ¿Cómo se calificaría la deuda, si el régimen económico fuera el de gananciales?. ¿Ante qué tipo de obligación estaríamos?.
  5. En el supuesto que, hubiese comprado la vivienda a un promotor y hay defectos en la vivienda (vicios de construcción -caída de varios azulejos y varios muebles con taras-). Ante qué tipo de obligación estaríamos y quienes responde de los daños en la edificación SEXTO SUPUESTO María conviene con Oscar que le entregue el día 15 de noviembre de 2024 tres objetos: ordenador, Tablet y un móvil, pues, los necesita cualquier de ellos, para el trabajo que tiene que realizar y le ha encargado Oscar. La elección de uno de los bienes muebles descrito se otorga a María. Asimismo, solicita María para el negocio que ha montado de venta de fruta on line que, Pedro le proporcione 1.000 kilos de manzanas el día 21 de noviembre de 2024. CUESTIONES
  6. Ante qué tipo de obligación estamos en el primer supuesto.
  7. ¿A quién corresponde la elección al acreedor o al deudor?. ¿Puede corresponder a un tercero?.
  8. En el caso que la elección corresponda al deudor. ¿Qué sucede en los siguientes supuestos?. a. Si sólo una de las prestaciones previstas fuera realizable.

b. Si todas las prestaciones hubieran devenido imposibles, sin culpa del deudor. c. Si todas las prestaciones hubieran devenido imposibles por culpa del deudor.

  1. En caso que la elección corresponda al acreedor. ¿Qué sucede en los siguientes supuestos: d. Si alguna de las cosas se hubiera perdido sin culpa del deudor. e. Si algunas de las cosas se hubiera perdido por culpa del deudor. f. Si todas las cosas se hubieran perdido sin culpa del deudor. g. Si todas las cosas se hubieran perdido por culpa del deudor.
  2. En el segundo supuesto descrito en el caso. h. ¿Ante qué tipo de obligación estamos?. i. ¿Qué debe hacerse en el momento de cumplimiento de la obligación?. ¿Y en su caso, a quién corresponde llevar a cabo la operación? j. Cómo no se ha determinado la calidad de las manzanas a entregar por ninguna de las partes ¿Qué procede hacer?. k. Si la cosa a entregar (las manzanas) se pueden perder y qué consecuencias tiene o no tiene ninguna. l. Si en lugar de solicitar María 1.000 kilos de manzanas, solicitase a Pedro 1.000 kilos de manzanas Golden ¿Ante qué obligación estamos?. m. Y en el caso anterior, ¿Qué sucede si los 1.000 kilos de manzanas Golden se perdieran o destruyeran sin culpa del deudor y antes de constituirse en mora?. n. Y, de nuevo, atendiendo al caso anterior, ¿Qué sucede si los 1.000 kilos de manzanas Golden se perdieran o destruyeran por culpa del deudor?. o. Y, si María solicitase a Pedro la entrega de 1.000 kilos de manzanas de producción nacional de la finca del citado Pedro ¿Ante qué tipo de obligación estamos? ¿Qué sucede si se pierde o se destruye por culpa de Pedro y si sin su culpa?.

D. Juan tiene un crédito contra Dª. Patricia y Dª Teresa por importe de 6000 euros. CUESITONES

  1. La obligación ¿es mancomunada o solidaria?.
  2. Si la obligación fuera mancomunada ¿Puede exigir D. Juan el pago íntegro a Dª. Patricia ¿Qué sucedería si Dª Patricia fuera insolvente?. ¿Qué ocurriría, si las partes hubieran pactado que, la obligación es indivisible?.
  3. Si la obligación fuera solidaria ¿Puede exigir D. Juan el pago íntegro a Dª. Patricia?. Si Dª. Patricia paga. ¿Qué efectos generaría su pago?. S Dª. Patricia fuera acreedora de D. Juan por un crédito por importe de 12.000 euros ¿Podrá Dª. Teresa opone a D. Juan la excepción de compensación para negarse a pagar. ¿Qué sucedería, si Dª. Patricia fuera insolvente?. NOVENO SUPUESTO Determine las siguientes obligaciones de dar, si son genéricas o específicas:
  4. La obligación de entregar un automóvil BMV matrícula 3245 LMN.
  5. La obligación de entregar 100 litros de vino.
  6. La obligación de entregar 100 botellas de Vega Sicilia cosecha de 2005.
  7. La obligación de entregar 100 kilogramos de manzana de la finca X, propiedad de María.
  8. La obligación de entregar el cuadro de Picasso “Las señoritas de Avignon”.
  9. La obligación de entregar 1.000 kilos de naranjas. DÉCIMO SUPUESTO

Don Arturo perdió a su perro, un Boston Terrier de nombre Bruno, mientras lo paseaba por un parque cercano a la vivienda. Muy triste por semejante pérdida, pues le tenía inmenso aprecio, imprimió decenas de pasquines en los que prometía recompensar con 1000 euros a quien lo encontrara y se lo devolviera y los colocó en el barrio en que habitaba. Pasaron varios días y Bruno seguía sin parecer, para desesperación de Don Arturo. El caso es que habiendo dado ya por definitivamente perdido a su perro, Don Arturo se encontró con Don Bernardo que, paseaba a Bruno sujeto por una correa. Al ver a su perro, don Arturo se dirigió a Don Bernardo para hacerle saber que el perro que le acompañaba era suyo, como se lo demostró en ese mismo momento Don Bernardo reconoce que, se lo encontró en la calle, y se lo devuelve de inmediato. Poco después Don Bernardo ve en una farola el pasquín en que Don Arturo ofrecía una recompensa para quien encontrara a su perro y se dirige a él para que le sea pagada. CUESTIONES ¿Tiene derecho Don Bernardo a la recompensa? ¿Por qué?. UNDÉCIMO SUPUESTO D. Antonio tiene un restaurante en el que se ofrece un menú del día por el precio de 9,50 euros. Este menú contiene tres primeros platos y tres segundos a elegir, uno por cada cliente. CUESTIONES. a) Califique la obligación que asume D. Antonio. b) Qué sucede si no puede servir uno de los platos primeros o segundos. DUODÉCIMO SUPUESTO

CUESTIONES.

  1. ¿Ante qué tipo de obligación estamos?
  2. Si uno de los socios se niega a pagar su parte, ¿el escultor puede exigir el cumplimiento total a cualquiera de ellos?.
  3. ¿Y si alguno resultare insolvente?. DÉCIMO QUINTO SUPUESTO Cuatro empresarios (A, B, C y D) contratan a una empresa de ingeniera para construir una pasarela metálica exclusiva que conecta dos edificios de su sede corporativa. El contrato establece que la obra debe entregarse en un solo bloque, con un precio cerrado de 120.000 euros y que los empresarios responden solidariamente del pago. CUESTIONES.
  4. ¿Se puede entregar el objeto de construcción, esto es, la pasarela, por partes?.
  5. ¿Si incumplen los cualquiera de los cuatro empresarios la obligación de pago, la empresa de ingeniería pude reclamar el total de 120.000 euros a cualquiera de los empresarios.
  6. Qué sucede si uno paga el total de 120.000 euros.
  1. Si la empresa finaliza la obra y requiere a los empresarios el pago y éstos se niegan a pagar en el plazo pactado ¿Se puede exigir intereses moratorios y daños y perjuicios?.
  2. Si el impago persiste la empresa de ingeniería puede solicitar la resolución del contrato por incumplimiento. ¿Sobre qué base legal?.
  3. Si la obra se deteriora por culpa de los empresarios durante la mora ¿Responden todos de los daños y perjuicios?. DÉCIMO SEXTO SUPUESTO Juan debe a Pedro la cantidad de 4.000 euros. Cantidad que pretende ser abonada mediante la entrega de los 4.000 euros en monedas de un céntimo. Pedro se niega a aceptar las monedas exigiendo el pago en billetes. CUESTIONES
  4. En virtud de la calificación que le merece esta obligación de dinero o pecuniaria ¿es válido el pago realizado por D. Juan?. ¿De qué clase es el curso del dinero ofrecido -moneda de curso legal- por D. Juan y no aceptado por D. Pedro?. En consecuencia, ¿Puede negarse a aceptar las monedas?.
  5. En el caso que las partes hubieran convenido que el pago se realizara exclusivamente en billetes de 100 euros. ¿Puede negarse D. Pedro a la entrega de billetes de distinto valor nominal -de cinco, de diez euros-que le ofrece D. Juan?. DÉCIMO SÉPTIMO SUPUESTO Antonio y David celebran un contrato de préstamo de dinero o mutuo por el que este último entrega al primero la cantidad de 12000 euros. Capital que devengará un interés remuneratorio del 5% con vencimiento el 20 de septiembre de 2024, fecha en la que Antonio reintegra a David los 12.000 euros.

calidad, dieron lugar a numerosas quejas de clientes de Madrigal Lotes y regalos S.L. lo que ocasionó que al año siguiente disminuyera el 64% de su facturación en cestas y lotes de Navidad. Supermercados de Alimentación de Madrid S.L. interpuso demanda contra Madrigal Lotes y Regalos S.L. reclamando esos 323.766 euros. En su contestación a la demanda, Madrigal Lotes y Regalos S.L. formuló la exceptio non adimpletus contractus y, subsidiariamente, alegó que el contrato se cumplió defectuosamente y por ello, debía reducirse el precio en proporción a los defectos y perjuicios causados. CUESTIONES.

  1. ¿Qué condiciones ha de reunir el incumplimiento del demandante para que prospere la exceptio non adimpletus contractus ?.
  2. El incumplimiento de Supermercados de Alimentación de Madrid S.L. ¿constituye un incumplimiento esencial que justifique el incumplimiento de la obligación principal del demandado, que era pagar el precio o solo constituye un cumplimiento defectuoso que justifica descontar del precio pactado el valor de los daños y perjuicios ocasionados con dicho cumplimento defectuoso?.
  3. ¿Cabe oponer la exceptio non adimpletus contractus cuando la prestación, como sucede en este caso, ya está ejecutada y no es posible reclamar el cumplimiento exacto?.
  4. Señale los efectos que produciría la estimación de la exceptio non adimpletus contractus.
  5. Supongamos que el demandante ha solicitado la resolución del contrato en base al artículo 1124 del CC ¿Qué condiciones ha de reunir el incumplimiento contractual del deudor para que prospere la acción resolutoria del artículo 1124 CC? ¿Se dan esas condiciones en este caso?.
  6. ¿Qué diferencias existen entre una acción y una excepción?. Señale que argumentos puede alegar el demandado para estimar que el incumplimiento de Supermercados de Alimentación de Madrid S.L. constituye un incumplimiento esencial y absoluto.

VIGÉSIMO SUPUESTO.

Don Roberto, arquitecto de profesión, acaba de terminar su carrera y quiere abrir un gabinete técnico para ejercer su actividad profesional junto con su primo, don Manuel, aparejador desde hace ya varios años. Buscan un local para adquirirlo en propiedad (al 50 % pro indiviso), a fin de instalar en él su negocio abierto al público. Han visto un cartel anunciador en un bajo de un edificio donde indica “se vende”, junto a un número de teléfono. Tras contactar con el propietario, don Andrés, examinar el local disponible y discutir las condiciones del acuerdo, deciden cerrar la operación, abonando el precio del local en un pago único por transferencia bancaria, verificado lo cual, el vendedor les hace entrega de las llaves y firman la escritura pública. CUESTIONES:

  1. ¿Ante qué fuente de obligaciones nos encontramos? Cite los preceptos del Código Civil se refieren a ella.
  2. ¿Estamos ante una fuente de obligaciones de naturaleza voluntaria o impuesta por la ley?
  3. De las fuentes de obligaciones que cita el Código Civil, ¿Cuáles son las que tienen más importancia?
  4. ¿Cuáles son las fuentes de obligaciones a las que se refiere nuestro Código Civil?. ¿Puede haber más fuentes de obligaciones que, las que aquél contempla? En caso afirmativo, cite una de ellas. VIGÉSIMO PRIMER SUPUESTO. Tres comuneros o copropietarios Juan, Maite y Patricia venden de mutuo acuerdo en contrato privado sus porciones en un negocio y cosa común a Don Julio y Doña María, fijándose el precio en 600.000 euros, pactando, a su vez, el pago en dos plazos que, uno de ellos coincide con la elevación del contrato a escritura pública.
  1. Si la elección corresponde a Juan ¿Qué sucede si la imposibilidad es parcial? ¿Y si es total?.
  2. Si se ha pactado que la entrega del coche sea la originariamente debida y que la entrega del barco sustituye a la inicial en el momento de constituirse obligación ¿Ante qué tipo de obligaciones estaríamos?. PREGUNTAS CORTAS
  3. ¿Qué se entiende por obligación?.
  4. ¿En qué consiste la posición activa o de poder del acreedor?.
  5. ¿En qué consiste la posición jurídica del deudor?.
  6. ¿Qué representa el binomio deuda (artículo 1088 del Código Civil) y responsabilidad (artículo 1911 del Código Civil)?.
  7. ¿Qué es la ley como fuente de las obligaciones?
  8. ¿Es la voluntad unilateral fuente de las obligaciones? ¿Por qué?.
  9. ¿En las obligaciones genéricas y alternativas que supone la elección y concentración o especificación?. En quién puede recaer.
  10. Han de proponer un ejemplo de cada una de los siguientes tipos de obligaciones, identificando sus rasgos distintivos: ***** Obligación genérica. ***** Obligación específica. ***** Obligación divisible e indivisible. ***** Obligación de hacer personalísima o no fungible. ***** Obligación de hacer de medios. ***** Obligación de hacer de resultado.
  11. ¿Se extinguen las obligaciones genéricas por pérdida de la cosa debida?.
  12. Diferencia las obligaciones facultativas de las alternativas.
  13. ¿Qué son los intereses procesales?.
  14. ¿Admite la legislación española el anatocismo convencional?.

NOTA. ESTOS SUPUESTOS PRÁCTICOS HAN DE REALIZARSE

DE FORMA INDIVIDUAL, MECANOGRAFIADOS Y HAN DE

ENTREGARSE AL PROFESOR EL DÍA 16 DE OCTUBRE DE 2025

(JUEVES).