

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Encuentra los documentos específicos para los exámenes de tu universidad
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Asignatura: Derecho de Libertad de Creencias, Profesor: , Carrera: Dret + ADE, Universidad: UA
Tipo: Apuntes
1 / 2
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!


Derecho objetivo de libertad de creencias : este se refiere a un conjunto de normas del ordenamiento jurídico estatal que reconoce, garantiza y regula el derecho subjetivo de la libertad de creencias, tanto en su dimensión individual como colectiva, y a su vez delimita este derecho con todo su haz de facultades. Esto es el estudio de un conjunto de normas, del ordenamiento jurídico español, relacionadas con esta materia, como por ejemplo las disposiciones constitucionales de este tema, la LO de libertad religiosa, Acuerdos, etc. Por lo tanto, se tratan de disposiciones jurídicas, esto es que nos normas de carácter ético o moral, y también conlleva que son preceptos jurídicos estatales, es decir, que no son normas jurídicas religiosas. Estas normas que estudiamos provienen del Estado.
Derecho subjetivo de libertad de creencias: esto es la facultad que tiene un ser humano para determinarse autónomamente sobre todo lo relativo a las creencias, basándose en las convicciones axiológicas constitutivas de su patrimonio íntimo y espiritual. Esto puede tener trascendencia individual como colectiva o comunitaria, siempre que el individuo quiera constituirse o formar parte de ellas; y además puede tener trascendencia institucional.
Tanto el derecho subjetivo como el objetivo de la libertad de creencias tiene su base en el artículo 16 de la CE, que en el apartado 1 expresa que toda persona tiene libertad religiosa, ideológica y de culto sin más límite que el necesario para mantener el orden público. El apartado 2 que nadie está obligado a declarar su idolología, religión o creencia. Y el apartado 3 se refiera a que ninguna confesión tendrá carácter estatal y que los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y hará lo posible para mantener las relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.
DELIMITACIONES DEL DERECHO SUBJETIVO DE LIBERTAD DE CREENCIAS
Un Estado de régimen tolerante puede permitir una conducta/actividad aunque no la tenga como licita, pero esto implica que en cualquier momento puede dejar de tener esta conducta permisiva. Pero todo verdadero derecho subjetivo de libertad conlleva la garantía de ser reconocido y amparado por el poder público, y en su caso llevado a juicio en caso de desconocimiento del mismo.
LIBERTAD DE CONCIENCIA: proviene de la moral y es el parámetro que determina la maldad o bondad de cualquier actuación, incluso del pensamiento. El TC se refiere a la libertad de conciencia como una concreción del derecho a la libertad ideológica y religiosa reconocida en el art. 16.1 de la CE.
LIBERTAD DE CREENCIAS Y SU HAZ DE DERECHOS Y LIBERTADES