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Tipo: Resúmenes
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modificaciones necesarias ensalzamiento jurídicos internos para el cumplimiento de las normas internacionales que priman sobre las internas (Aunque sea necesario derogar modificar o crear normas) Los estados no pueden alegar las normas de su derecho interno Para dejar de cumplir las normas internacionales o para justificar su cumplimiento. 2 2.1. La incorporación al derecho español De las costumbres internacionales que vive en España se realiza de forma automática. En general el derecho nacional consuetudinario pasa a formar parte de manera automática del derecho interno de los estados. Las reglas de incorporación son: o Es automática o La recepción automática en derecho español de las costumbres internacionales afecta a todas las costumbres internacionales que obliguen España o Solo se integra en el derecho interno las costumbres en las que España a las sido partícipe de su creación o Se produce la incorporación en el momento en que se consolida la costumbre En el derecho español se sigue el sistema monista. 2.2. La incorporación de normas convencionales tiene mayor relevancia Y dificultad porque: o Son más numerosas. Hay más tratados internacionales que obligan a España qué costumbres. o Es más frecuente que un tribunal internacional reconozca derecho y obligaciones a particulares. Sistema de reducción de las normas convencionales nunca es automático y requiere un acto de recepción, por tanto, estamos hablando de sistemas dualistas y tenemos dos tipos: o Sistema radicalmente dual: precisa de un acto legislativo por parte del Estado o Sistema dual moderado: precisa de un acto administrativo En cuanto a los requisitos en España son: o A nivel constitucional del artículo 96.1 Que básicamente dice que los tratados una vez que sean publicados Zurbarán parte del ordenamiento interno o A nivel legal el artículo 1.5 del código civil que establece que las normas jurídicas de los tratados internacionales no serán de aplicación directa a España hasta que no hayan pasado a formar parte del ordenamiento interno mediante su publicación en el boletín oficial del Estado. La publicación oficial previa es Un requisito necesario para que un tratado internacional pasa a formar parte del derecho español y pase a obligar el derecho interno. Hay diferencias puesto que la Constitución habla solo de publicación oficial y el código civil especifica que debe ser el boletín oficial del Estado 2.3. Algunos órganos organizaciones internacionales tienen capacidad de dictar disposiciones sobre soluciones jurídicas vinculantes para los estados miembros de la organización y la incorporación de estas al derecho interno español tampoco está regulada por ninguna norma del ordenamiento interno. 3 3.1. Una vez incorporada las normas internacionales en el derecho interno yo no hablamos de normas internacionales sino solo derecho interno y lo siguiente es conocer la posición jerárquica de estas normas internacionales. 3.1. Qué posición tienen en el derecho español las costumbres internacionales frente a las demás normas de derecho interno? Los tratados internacionales una vez publicados oficialmente En España, formarán parte del ordenamiento interno. Sus disposiciones solo podrán ser derogadas modificadas o suspendidas en la forma prevista en los propios tratados o de acuerdo con las normas generales de derecho internacional.
5.1. Las costumbres es derecho no escrito por lo que el primer problema que surge es probar que se acostumbre existe para lo cual hay que demostrar que es otros elementos concurren: o La práctica constante y uniforme en el sentido de la costumbre que se alega o La convicción de que esa práctica se ha hecho obligatoria (opinio iuris) Si se logra demostrar la concurrencia de los dos elementos, tanto el elemento material como subjetivo, se demuestra que se acostumbre existe. Dada la relatividad de las normas internacionales habrá que demuestra demás que se acostumbre obliga a la otra parte y que es aplicable al caso concreto. Esto se demuestra a través de medios de prueba como: o La práctica internacional de cada estado o La práctica interna de cada estado o Y otros medios de prueba como la sentencia de los tribunales internacionales Todos estos medios de prueba pueden ser utilizados por los estados para demostrar tanto que una costumbre existe como que no 4.2. La prueba de las normas convencionales no plantea ningún problema ya que son normas escritas, celebrada formalmente y publicadas por la secretaría general de las Naciones Unidas. La reglas básicas son: o Los tratados tienen primacía sobre las normas de derecho interno o Los tratados internacionales son los aplican a los estados parte en el mismo o Los tratados internacionales se aplican a partir de su entrada en vigor O desde que se inicia su aplicación provisional hasta que terminan 4.3. Los tratados internacionales se aplican en todo el territorio de cada uno de los estados parte, salvo que se disponga lo contrario El territorio de un Estado incluye los espacios terrestres sometidos a la soberanía del Estado, los espacios marítimos sometidos a la soberanía y espacio aéreo suprayacente ambos En el caso de España, la estructura descentralizada del Estado no impide que los tratados internacionales se apliquen en todas las autonomías 4.4. El problema se plantea los casos de que ambos tratados sucesivos concernientes a la misma materia estén en vigor el tratado posterior no haya en mi nada anterior ni lo haya hecho terminar ni lo haya suspendido la solución encontramos aplicando lo siguiente: o Si uno de los tratados se trata de la carta de las Naciones Unidas: se aplica la carta de las Naciones Unidas ya que tiene preferencia, primacía sobre el resto de los tratados. o Si ninguno de los tratados es la carta de las Naciones Unidas: en el tratado anterior las cláusulas de relación suelen considerar una situación de dependencia o subordinación. En el tratado posterior las cláusulas de relación ordinario salvaguarda la compatibilidad con las normas de los anteriores o establecer sus ordenación respecto a estos. Cuando no existe cláusula de relación: o Todos los estados parte del primer tratado también lo son el segundo o Como todas las partes anteriores se han también partes en el tratado posterior, la prioridad corresponde a la voluntad y del tratado posterior o Entre estados parte en ambos tratados y un Estado parte en uno de ellos: se aplica el tratado que sean parte los dos. Opera el principio de la relatividad de los tratados. o Entre estados que esto es un Party en uno de los tratados: se aplica solo en el que parte los dos 4.5. La aplicación de las normas internacionales se puede complicar si surgen problemas de interpretación. Éstas controversias sobre la interpretación de las normas convencionales pueden ser resueltas por distintos sujetos como entre los estados enfrentados mediante la negociación. En caso de no resolverse se puede recurrir a cualquier mecanismo de resolución de controversias donde interviene un tercero imparcial o las OI. Quién interpreta la norma convencional debe saber qué criterios al aplicar y estos están establecidos en el convenio de Viena de 1969 y son: