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Apuntes de clase de practica tributaria. Son tal cual dictados por la profesora.
Tipo: Apuntes
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Clase día 26 de abril de 2021. Procedimiento de inspección. Examen preguntas cortas con justificación de respuesta con los textos normativos. Es el contribuyente el que tiene que hacer la declaracion tributaria. La AT pone ayudas para que el contribuyente pueda hacer la declaracion tribtaria. Por orden, la AT tiene: Verificacion de datos, comprobacion limitada y procedimiento de inspeccion. En funcion de la regularizacion que haya practicado la AT puede suceder que se inicie un procedimiento sancionador. Por lo tanto, hay informacion y asistencia, control y aplicacion del regimen sancionador. En funcion de los perfiles de riesgo, los que son potencialmente defraudadores, segun el tipo de obligacion tributaria y de esos componentes de esa obligacion tributaria. En renta, los asalariados estan sujetos a un control imposible escapar por retenciones, sin embargo los autonomos tienen multiples clientes los cuales les pagan y no se practica una retencion. Por lo tanto, depende del origen y cualidades del HI aparecen mapas de riesgos. ¿Como decide la AT a por quien va? Espectro de comprobacion de datos. Dentro de este mapa de riesgos. Primero han decidido que hacen con verificacion de datos, que hacen con comprobacion limitada y que hacen con el procedimiento de inspeccion, que tienen unas medidas mas intensas que las dos anteriores. Un regimen juridico que atribuye a la AT facultades muy intensas. Que puede dar lugar a muchas hipotesis reales con como se hace esta casuistica. La inspeccion puede elegir dentro de su discrecionalidad tecnica, dentro de la LGT, cómo organiza su procedimiento de inspeccion. Todo esto tiene un previo. Somos muchos millones de contribuyentes y hacemos muchas operaciones. Quien y como decide como se seleccionan no esta en la LGT. Arts. 88 y 89 LGT. Efectos vinculantes para la AT no para el contribuyente. Esto lo hace la Direccion General de Tributos que tiene un Director General de Tributos. Luego tiene varias secciones. Tiene competencias para interpretar normas tributarias. Y tambien para la elaboracion de proyectos normativos.
Dentro del Ministerio de hacienda, separados de la AT tenemos a los Tribunales Economicos Advos. RR potestativo. Rec economico advo (en 1 o 2 instancias) antes de poder acceder al R C- A. No se puede acudir a un tribunal de justicia hasta que n he acudido a la Administracion. El organo que resuelve debe ser independiente e imparcial con respecto de los organos que han sido objeto de recurso. Son los mismos funcionarios pero en órganos diferentes. Los tribunales de justicia debes tener abogado y procurador ademas de una tasa. Y no estan especializados. Por lo tanto,no estan especializados en lo tributario. Deberia eliminarse los Tribs Advos? En el plano teorico, puede que si. En el practico, al no estar especializados y ser una instancia gratuito y se estima un % importante de reclamaciones. Por lo tanto colapsarian. Lo que hay que tratar de articular una independencia con respecto de los que hayan dictados los actos administrativos. Por un lado la Dir Gral de Tributos que elabora y los TEAR y TEAC que resuelven. Distancia entre las responsabilidades advas y las responsabilidades politicas. Porque cuando estas dentro del Ministerio ha sido designado por el Pte Gob. Por ello, la teoria de las Agencias, hace la creacion de multiples entidades que se le atribuyen una funcion especializada (Ej. Las universidades, cada universidad tiene su personalidad juridica). Tambien nos permite jugar mas con el regimen de personal y de retribuciones. Establecer una distancia, segun los modelos anglosajones, para que no haya interferencias entre administraciones debido a directrices politicas. AT. Aplicacion/ejecucion del sistema tributario estatal + datos de cómo va la recaudación y se publica (funcion auxiliar) de proporcionar esas labores de asistencia al Ministerio. Todos estamos obligados a soportar un procedimiento contra nosotros. No podemos negarnos en base al principio de igualdad de la CE porque hay muchos mas a los que no investigan en nuestras mismas condiciones. Pues bien, el principio de igualdad tiene que ver mas con que cualquier puede ser objeto de este procedimiento sin alegar desigualdad. El Director General de la AT lo nombra directamente el Ministerio de Hacienda. Y este responde directamente ante el Presidente, que coincide con el SE de Hacienda. Dentro de la Dir Gral AT tiene un departamento, el servicio de planificacion y relaciones institucionales. Este servicio de planificacion es muy importante. El plan de control tributario sí se publica (no el desagregado del plan de actuacion completo) pero sí publican el Plan de Control Tributario y el Plan Estratégico de la AT 2020-23. Este Plan de Control Tributario observan la realidad y saben que potencialmente aparecen unas posibilidades de incumplimiento totales o parciales. Ej. Operaciones inmobiliarias, recalificaciones, etc.
Clase 27 de abril. Artículo 93 LGT. Lo ha dado en otra clase anterior. Ademas de toda la info que recaba la AT normal, sino que ademas una peticion que refiera a uno mismo que refiera a un 3º. Est no no forma parte del procedimiento de inspeccion. El procedimiento de inspeccion Regulado en 145 LGT y ss. Otorga facultades mas amplias a la AT. Como se inicia: Modo ordinario: comunicacion debidamente notificada. No vale con un intento valido de notificacion. Para que se entienda iniciado el procedimiento tiene que ser notificacion completa. Intento valido de notificacion sera lo que nos vamos a fijar para entender cumplido el plazo de resolucion. Aqúi sabremos el alcance: concepto y periodos. Un impuesto en un ejercicio, o varios. Personacion directa. Modo ordinario Cuando nos encontramos con un procedimiento que abarca varios conceptos y varios periodos, el procedimiento es unico. La notificacion del inicio del procedimiento interrumpe la prescripcion para liquidar (art. 66 a) LGT) con lo que guarde correspondencia con lo que esté incluido en el alcance. Lo que no este inclkuido en el alcance nos deja abierto una regularizacion voluntaria del art. 27 LGT. La sancion va aparte de los procedimientos de gestion o de inspeccion. Esto es un procedimiento que acaba con una liquidacion. Esto es lo mismo que los procedimientos de gestion, que guarda la misma correspondencia con respecto a las notificaciones, con necesidad de que se notifique el alcance. Aquí hay una variante que puede ocurrir menos frecuentemente pero que puede ocurrir. Dentro del procedimiento se puede tratar de unas actuaciones que tienen alcance parcial. No se van a a mirar todos los elementos de, x ejemplo IS 2017. Es decir, se recorta, se delimita
dentro del mismo impuesto y mismo periodo. O incluso de varios periodos. Es decir, no se revisa la totalidad de la BI sino una parte. En el procedimeinto de isnpeccion es mas habitual que en los otros procedimientos. Esto tiene importancia porque la liquidacion con la que termine el procedimiento de inspeccion significa que acaba con una liquidacion definitiva. Es decir, que si se les ha colado algo de nuestra autoliquidacion, ya sera intocable. Diferencias con otros procedimientos: Verificacion de datos, la liquidacion con la que acaba es provisional. Comprobacion limitada, art. 140 LGT. Preclusivo. EJEMPLO. IRPF 2013. Cuando se inicia el plazo de prescripcion: 30 junio 2014 en PV. El 1-7-14 empieza el plazo, 30-6-2018. Consumado el 1-7-2018. Si el 5-6-2016 se inicia un procedimiento de verificacion de datos. Si durase 4 meses, 5-10- notifican la liquidacion provisional. Por una parte se abriria el Per Ing Vol + Plazos de rec. El plazo de prescripción empezaria el 5-10-16 se empezará un nuevo plazo de 4 años (5-10-
Fases desde el inicio hasta el final del procedimiento de inspección. Diligencias. Hasta que consideran que esta terminada esta primera fase llamado Actuario/a. Cuando acaba esta fase de comprobacion, esto lo tiene que mandar el actuario cuando quiera. Porque sabe que tiene 18m y 27 meses. Esto termina la fase de comprobacion. Y ahora da tramite de audiencia y vista el expediente, previo al acta. En ese tramite de audiencia es poco hbaitual que se presenten escritos. Porque lo relevante es cuando el equipo acaba su trabajo, es cuando en el acta hace su propuesta de regularizacion. Tiene la misma naturaleza y funcion que cuando es una propiuesta de liquidacion en VD o CL. Las actas se pueden firmar: por acuerdo (autorizacion del superior jerarquico al actuario), con conformidad o con disconformidad. Art 188 LGT. Si firmas en disconformidad la tramitacion parecido a un recurso. Presentas unas alegaciones (no es un recurso) posteriores a la propuesta. Estas alegaciones se van a las oficinas tecnicas, que son otros que tienen competencias de ver el acta y lo que alegas tu. Y te proponen otra acta. Y todo esto dentro de los 18 o 27 meses de plazo con el primer intento valido de notificacion. Finalmente seria el Acuerdo de liquidacion. Pero si firmas en conformidad al cabo de un mes se entiende tacitamente dictada y notificada la notificacion en terminos coincidentes con la propuesta contendio en el acta. No es que no haya una liquidacion, sino que hay una liquidacion tácita. Pero los plazos de pago y plazo de recurso no se cuentan desde el acta sino un mes después, ya que el procedimiento no termina con el acta sino un mes después con la liquidación (aunque sea ésta tácita). Cuales son las reducciones de las sanciones que se aplican segun que el acta se haya firmado en acuerdo, conformidad o disconformidad? VPN paquete nuevo de office.