

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Encuentra los documentos específicos para los exámenes de tu universidad
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Asignatura: Pràctica tributària, Profesor: , Carrera: Dret, Universidad: UV
Tipo: Apuntes
1 / 3
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!


A tenor de lo prevenido en el artículo 147 LGT , el procedimiento de inspección se iniciará:
Por su parte, el artículo 177 RGAT establece que el procedimiento de inspección podrá iniciarse :
para que:
y
términos del artículo 87.
perjuicio de lo dispuesto en el artículo 147.2 LGT, el procedimiento de inspección podrá iniciarse sin previa comunicación mediante PERSONACIÓN 1
o
En este caso, las actuaciones se entenderán :
(^1) A este respecto, el artículo 151.2 LGT dispone que “La inspección podrá personarse sin previa comunicación en las empresas, oficinas, dependencias,
instalaciones o almacenes del obligado tributario, entendiéndose las actuaciones con éste o con el encargado o responsable de los locales”.
Los obligados tributarios deben ser informados al inicio de las actuaciones del procedimiento de inspección
Todo obligado tributario que esté siendo objeto de unas actuaciones de inspección de CARÁCTER PARCIAL podrá solicitar a la Administración tributaria que las mismas tengan CARÁCTER GENERAL respecto al TRIBUTO y, en su caso, PERÍODOS AFECTADOS , sin que tal solicitud interrumpa las actuaciones en curso.
El obligado tributario deberá formular la solicitud,
manifestación en diligencia y dará traslado de la solicitud al órgano competente para liquidar.
Recibida la solicitud, la Administración tributaria, en el plazo de seis meses desde la solicitud, deberá acordar :
procedimiento ya iniciado. o
procedimiento.
El incumplimiento del plazo determinará que las actuaciones inspectoras de carácter parcial no interrumpan el plazo de prescripción para comprobar e investigar el mismo tributo y período con carácter general.