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practica tributaria procedimiento, Ejercicios de Derecho

Asignatura: Pràctica tributària, Profesor: , Carrera: Dret, Universidad: UV

Tipo: Ejercicios

2015/2016

Subido el 06/04/2016

rafa_gimenez
rafa_gimenez 🇪🇸

4.2

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PRACTICA COMPROBACION LIMITADA Y VERIFICACION DE DATOS.
Doña Amparo García presentó declaración de IRPF del ejercicio 2010 en la Admón. de
Valencia-Norte. Aquí se ha detectado una imputación del INEM por haber estado
cobrando varias mensualidades del paro en el año 2010. Estas cantidades no fueron
declaradas.
¿Qué procedimiento seguirá la Admón.?
Seria el procedimiento de vericación de los datos de los articulos 131 y
SS de la Ley General Tributaria, ya que los datos declarados no coinciden
con declaraciones en poder de la administración en este caso el
organismo INEM. El objeto son las declaraciones presentadas.
Supuesto Nº 2
En la Base de Datos de la A.E.A.T. aparece, durante 2014, una imputación de pagos de
sueldos de la Empresa ABC, SA a la Sra. García, que no ha presentado declaración de
IRPF.
¿Qué procedimiento seguirá la Admón.? Inicio-trámite-terminación.
Seria el procedimiento de comprobación limitada de los articulos 136 y SS de la Ley General
Tributaria, ya que son datos que no ha presentado en la declaración del IRPF.
Se Inicia:
- De ocio o mediante comunicación al OT, expresando el alcance y
naturaleza, e informando de derecho y obligaciones
- Directamente de la propuesta de liquidación provisional, cuando
sean sucientes los datos en poder de la administración.
Se desarrolla:
Documentando las actuaciones en comunicaciones y diligencias. Se
noticaran al sujeto la propuesta de liquidación, abriéndose un periodo de
alegaciones previa
Se Termina:
- Por resolución expresa motivada (liquidación provisional o
manifestación expresa de que no procede regularización)
- Por caducidad – 6 meses
- Por inicio de procedimiento inspector
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PRACTICA COMPROBACION LIMITADA Y VERIFICACION DE DATOS.

Doña Amparo García presentó declaración de IRPF del ejercicio 2010 en la Admón. de Valencia-Norte. Aquí se ha detectado una imputación del INEM por haber estado cobrando varias mensualidades del paro en el año 2010. Estas cantidades no fueron declaradas. ¿Qué procedimiento seguirá la Admón.?

Seria el procedimiento de verificación de los datos de los articulos 131 y SS de la Ley General Tributaria, ya que los datos declarados no coinciden con declaraciones en poder de la administración en este caso el organismo INEM. El objeto son las declaraciones presentadas.

Supuesto Nº 2

En la Base de Datos de la A.E.A.T. aparece, durante 2014, una imputación de pagos de sueldos de la Empresa ABC, SA a la Sra. García, que no ha presentado declaración de IRPF. ¿Qué procedimiento seguirá la Admón.? Inicio-trámite-terminación.

Seria el procedimiento de comprobación limitada de los articulos 136 y SS de la Ley General Tributaria, ya que son datos que no ha presentado en la declaración del IRPF.

Se Inicia:

  • De oficio o mediante comunicación al OT, expresando el alcance y naturaleza, e informando de derecho y obligaciones
  • Directamente de la propuesta de liquidación provisional, cuando sean suficientes los datos en poder de la administración.

Se desarrolla:

Documentando las actuaciones en comunicaciones y diligencias. Se notificaran al sujeto la propuesta de liquidación, abriéndose un periodo de alegaciones previa

Se Termina:

  • Por resolución expresa motivada (liquidación provisional o manifestación expresa de que no procede regularización)
  • Por caducidad – 6 meses
  • Por inicio de procedimiento inspector

_Supuesto Nº 3 D. Carlos Martínez, empresario de reconocido prestigio, tiene a su cargo 20 trabajadores a los que debe retener en concepto de IRPF y presentar los modelos () 111- Retenciones de trabajo personal y 190-Resumen anual de retenciones. La AEAT ha detectado una discrepancia entre lo declarado como importe de las percepciones (pagos realizados a los trabajadores) en los modelos 111: 2.000 € y en el modelo 190: 4.000 €._*

Sera mediante el procedimiento de verificación de los datos de los articulos 131 y SS de la Ley General Tributaria

Supuesto Nº 4 D. Carlos Martínez, profesional de la abogacía con trabajadores a su cargo (en nómina), presenta el modelo 190 y no presenta el modelo 110.

Se realiza mediante el procedimiento de comprobación limitada de los articulos 136 y SS de la Ley General Tributaria

Supuesto Nº 5 D. José Pérez, empresario, no presenta el modelo 190.

Se realiza mediante el procedimiento de comprobación limitada de los articulos 136 y SS de la Ley General Tributaria