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caso práctico derecho merncantil, Apuntes de Derecho Mercantil

Caso práctico de derecho mercantil. Universidad zaragzoza

Tipo: Apuntes

2019/2020

Subido el 10/11/2020

usuario desconocido
usuario desconocido 🇪🇸

4.6

(4)

7 documentos

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CASO 1
A)
1.- D. Cesar, transportista de profesión, fue subcontratado por D. Lorenzo para realizar
portes dentro del territorio nacional que éste, a su vez, tenía contratados con el cargador
BERBERON, S.L.U. (en adelante, BERBERON). Es decir, en los contratos de transporte
terrestre de mercancías objeto de litigio intervinieron como cargadora la empresa VER
BERBERON, como transportista intermedio o subcontrataste D. Lorenzo, y como transportista
efectivo o final D. Cesar.
2.- El transportista intermedio dejó de pagar al transportista final tres facturas,
correspondientes al precio de los transportes durante los meses de octubre, noviembre y
diciembre de 2015, por un importe total de 12.000 euros.
3.- En ese mismo periodo a que se contrae la deuda del transportista intermedio con
el transportista final, la cargadora sí abonó al primero los portes contratados, por importe,
respectivamente, de 6.000 euros, 9.000 euros y 8.000 euros. En esas cantidades se incluyen no
solo los portes encargados por el Sr. Lorenzo al Sr. Cesar, sino incluso otros pagos que el Sr.
Lorenzo debía a terceros (otros subcontratistas y suministradores de combustible).
B)
4.- Y si en lugar de realizar los portes dentro del territorio nacional, el origen de los portes
realizados por D. Cesar era Alcañiz y su destino un almacen de las afueras de Paris. El contrato
de transporte entre D. Lorenzo y Berberon fue documentado en el impreso correspondiente al
Convenio relativo al contrato de transporte internacional de mercancías por carretera (CMR)
hecho en Ginebra el 5 de julio de 1978 y aceptando la aplicación de dicho convenio.
-Examine la normativa aplicable; singularmente la posible aplicación y modo en que ha
de realizarse del art. 38 de la LOTT y de la Disposición Adicional sexta de la Ley 9/2013, de 4 de
julio, de modificación de la Ley 16/1987, de ordenación del transporte terrestre (LOTT).
-Dictamine si es competente la jurisdicción o la junta arbitral en el caso concreto para
conocer del conflicto planteado. Valore la normativa (legal y convencional) aplicable al caso
concreto.
-Dictamine que acciones pudieran entablarse y su previsible final.
-De una o varias soluciones razonadas al supuesto de hecho en caso de conflicto.
Solución:

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CASO 1

A)

1.- D. Cesar, transportista de profesión, fue subcontratado por D. Lorenzo para realizar portes dentro del territorio nacional que éste, a su vez, tenía contratados con el cargador BERBERON, S.L.U. (en adelante, BERBERON). Es decir, en los contratos de transporte terrestre de mercancías objeto de litigio intervinieron como cargadora la empresa VER BERBERON, como transportista intermedio o subcontrataste D. Lorenzo, y como transportista efectivo o final D. Cesar.

2.- El transportista intermedio dejó de pagar al transportista final tres facturas, correspondientes al precio de los transportes durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2015, por un importe total de 12.000 euros.

3.- En ese mismo periodo a que se contrae la deuda del transportista intermedio con el transportista final, la cargadora sí abonó al primero los portes contratados, por importe, respectivamente, de 6.000 euros, 9.000 euros y 8.000 euros. En esas cantidades se incluyen no solo los portes encargados por el Sr. Lorenzo al Sr. Cesar, sino incluso otros pagos que el Sr. Lorenzo debía a terceros (otros subcontratistas y suministradores de combustible).

B)

4.- Y si en lugar de realizar los portes dentro del territorio nacional, el origen de los portes realizados por D. Cesar era Alcañiz y su destino un almacen de las afueras de Paris. El contrato de transporte entre D. Lorenzo y Berberon fue documentado en el impreso correspondiente al Convenio relativo al contrato de transporte internacional de mercancías por carretera (CMR) hecho en Ginebra el 5 de julio de 1978 y aceptando la aplicación de dicho convenio.

-Examine la normativa aplicable; singularmente la posible aplicación y modo en que ha de realizarse del art. 38 de la LOTT y de la Disposición Adicional sexta de la Ley 9/2013, de 4 de julio, de modificación de la Ley 16/1987, de ordenación del transporte terrestre (LOTT).

-Dictamine si es competente la jurisdicción o la junta arbitral en el caso concreto para conocer del conflicto planteado. Valore la normativa (legal y convencional) aplicable al caso concreto.

-Dictamine que acciones pudieran entablarse y su previsible final.

-De una o varias soluciones razonadas al supuesto de hecho en caso de conflicto.

Solución: