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Asignatura: Derecho Financiero y Tributario, Profesor: , Carrera: Relaciones Laborales y Recursos Humanos, Universidad: UCM
Tipo: Apuntes
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Grado Relaciones Laborales
Derecho Financiero y Tributario
La Disposición Adicional 12ª de la Ley del Impuesto de Sociedades, ha establecido que las empresas de reducida dimensión (PYMEs) que no tengan una cifra de negocio mayor a 5 millones de euros anuales, tributen a un tipo impositivo menor, siempre que “durante los doce meses siguientes al inicio de cada uno de esos períodos impositivos, la plantilla media de la entidad no sea inferior a la unidad y, además, tampoco sea inferior a la plantilla media de los doce meses anteriores al inicio del primer período impositivo que comience a partir de 1 de enero de 2009”.
Se cuestiona si la norma descrita pudiera plantear algún problema de constitucionalidad.
Ténganse en cuenta las Sentencias del Tribunal Constitucional número 37/1987, de 26 de Marzo, y 71/2008, de 26 de Febrero.
cedidos a las Comunidades Autónomas, y en su caso, el alcance de la cesión:
-Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
-Impuesto sobre el Patrimonio
-Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
El Ayuntamiento de Valdeolmillos del Tajo ha aprobado recientemente el denominado “gravamen de acceso a la Biblioteca Municipal”. El objeto de dicho gravamen es financiar este servicio que presta el Ayuntamiento de forma exclusiva en el municipio (no existiendo ninguna entidad privada en el municipio que ofrezca este servicio cultural), de acuerdo con la autorización que para ello le confiere el artículo 20 del Real Decreto 2/2004, del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales. El Ayuntamiento prevé la distribución del coste del servicio entre los usuarios del mismo de acuerdo con su última declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en atención a sus circunstancias económicas, personales y familiares.
1.-¿Tiene naturaleza tributaria el gravamen del Ayuntamiento, y en su caso, qué tipo de tributo?
2.-¿Es correcta la distribución de la carga de financiación del servicio propuesta por el Ayuntamiento? En caso de que el coste total del servicio ascendiera a 100.000 euros, y habiendo 1.000 usuarios en el municipio, ¿cuál sería el coste unitario máximo que asumiría cada uno de los usuarios?
3.-En el caso de que Vd. fuera una de las personas con mayores recursos económicos del municipio, ¿podrían hacerle pagar más del coste unitario máximo?