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¿Cómo se clasifican los ingresos públicos?, Apuntes de Derecho Financiero y Tributario

Asignatura: Derecho Financiero y Tributario, Profesor: Carlos sanchez9, Carrera: Derecho, Universidad: UJAEN

Tipo: Apuntes

2016/2017

Subido el 16/09/2017

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soraya_1996 🇪🇸

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Tema 2: ¿Cómo se clasifican los ingresos públicos?
Un ingreso público es toda cantidad de dinero percibida por un ente público cuya finalidad principal, aunque
no la única, es financiar el gasto público. Un ingreso siempre es una suma de dinero, pero no se consideran
ingresos públicos las prestaciones.
Siempre es una suma de dinero. No se considera ingreso público las prestaciones en especial ni los bienes
obtenidos por medios forzosos como la expropiación.
Es recibida por un ente público. Se denomina ingreso público por el sujeto titular del ingreso no por el
régimen jurídico aplicable al mismo.
Tiente carácter instrumental. Su finalidad principal es financiar el gasto público. El ente público debe tener
plena disponibilidad sobre el ingreso para destinarlo al cumplimiento de sus fines. (no son ingresos públicos
las fianzas, cauciones o depósitos).
Matización de la instrumentalizad: los ingresos públicos pueden responder a otras finalidades,
constitucionalmente previstas, son instrumentos para consecución de políticas, sociales, etc., (ejemplo
deducciones por creación de empleo)
La finalidad de satisfacer necesidades públicas es la clave para diferenciar ingresos públicos de otros ingresos
dinerarios (sanciones o multas)
CLASIFICACION INGRESOS PUBLICOS.
SEGÚN EL REFLEJO PRESUPUESTARIO (sin virtualidad actúa, dado que los principios presupuestario
de unidad y universalidad exigen reflejo presupuestario de todos los ingresos y gastos). Lo normal es que lo
que se prevea de presupuestos sean los únicos que se emitan en la deuda pública. Si el estado obtiene un
ingreso que no estaba previsto, este ingreso es extrapresupuestario.
Ingresos presupuestarios. Según si figura el ingreso en los presupuestos del ente público o no.
Ingresos extrapresuestarios. Si el ingreso no figura en los presupuestos del ente publico.
SEGÚN PERIODICIDAD DEL INGRESO (clasificación histórica más que jurídica). Es una clasificación
histórica porque se daba sobre todo cuando con los ingresos ordinarios no eran suficientes.
Ingresos ordinarios.
Ingresos extraordinarios Es ese ingreso en el cual la fuente en el que se obtiene dejan de existir.
SEGÚN EL ORDENAMIENYOS JURIDICO QUE LOS REGULA. siempre tienen naturaleza pública
porque el sujeto que los obtienen es público y por el fin el público.
Ingreso público de derecho público (tributos, monopolios, deuda pública) depende de la prevalencia de
normas de derecho público. Depende de si las normas que se le aplican son de derecho público o no (ej:
tributos, monopolios, deuda pública)
Ingresos públicos de derecho privado si las normas que se le aplican son normas privadas hablamos de
esta categoría (ej. Ingresos patrimoniales ingresos por actividades empresariales)
SEGÚN LOS INSTITUTOS JURIDICOS DE LOS QUE DERIVAN. En función del recurso económico
que los originan.
Ingresos tributarios: si proceden de los tributos.
Ingresos patrimoniales: de los bienes patrimoniales.
Ingresos monopolísticos derivan del ejercicio de la acción del monopolio que tiene el ente público.
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Tema 2: ¿Cómo se clasifican los ingresos públicos?

Un ingreso público es toda cantidad de dinero percibida por un ente público cuya finalidad principal, aunque no la única, es financiar el gasto público. Un ingreso siempre es una suma de dinero, pero no se consideran ingresos públicos las prestaciones.

Siempre es una suma de dinero. No se considera ingreso público las prestaciones en especial ni los bienes obtenidos por medios forzosos como la expropiación.

Es recibida por un ente público. Se denomina ingreso público por el sujeto titular del ingreso no por el régimen jurídico aplicable al mismo.

Tiente carácter instrumental. Su finalidad principal es financiar el gasto público. El ente público debe tener plena disponibilidad sobre el ingreso para destinarlo al cumplimiento de sus fines. (no son ingresos públicos las fianzas, cauciones o depósitos).

Matización de la instrumentalizad: los ingresos públicos pueden responder a otras finalidades, constitucionalmente previstas, son instrumentos para consecución de políticas, sociales, etc., (ejemplo deducciones por creación de empleo)

La finalidad de satisfacer necesidades públicas es la clave para diferenciar ingresos públicos de otros ingresos dinerarios (sanciones o multas)

CLASIFICACION INGRESOS PUBLICOS.

SEGÚN EL REFLEJO PRESUPUESTARIO (sin virtualidad actúa, dado que los principios presupuestario de unidad y universalidad exigen reflejo presupuestario de todos los ingresos y gastos). Lo normal es que lo que se prevea de presupuestos sean los únicos que se emitan en la deuda pública. Si el estado obtiene un ingreso que no estaba previsto, este ingreso es extrapresupuestario.

  • Ingresos presupuestarios. Según si figura el ingreso en los presupuestos del ente público o no.
  • Ingresos extrapresuestarios. Si el ingreso no figura en los presupuestos del ente publico.

SEGÚN PERIODICIDAD DEL INGRESO (clasificación histórica más que jurídica). Es una clasificación histórica porque se daba sobre todo cuando con los ingresos ordinarios no eran suficientes.

  • Ingresos ordinarios.
  • Ingresos extraordinarios Es ese ingreso en el cual la fuente en el que se obtiene dejan de existir.

SEGÚN EL ORDENAMIENYOS JURIDICO QUE LOS REGULA. siempre tienen naturaleza pública porque el sujeto que los obtienen es público y por el fin el público.

  • Ingreso público de derecho público (tributos, monopolios, deuda pública) depende de la prevalencia de normas de derecho público. Depende de si las normas que se le aplican son de derecho público o no (ej: tributos, monopolios, deuda pública)
  • Ingresos públicos de derecho privado si las normas que se le aplican son normas privadas hablamos de esta categoría (ej. Ingresos patrimoniales ingresos por actividades empresariales)

SEGÚN LOS INSTITUTOS JURIDICOS DE LOS QUE DERIVAN. En función del recurso económico que los originan.

  • Ingresos tributarios: si proceden de los tributos.
    • Ingresos patrimoniales: de los bienes patrimoniales.
  • Ingresos monopolísticos derivan del ejercicio de la acción del monopolio que tiene el ente público.
  • Ingresos crediticios. Si proceden de los créditos o deuda pública.