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cuestionario tema 11 comunitario, Apuntes de Derecho de la Unión Europea

Asignatura: Derecho Comunitario, Profesor: emilia de la vega, Carrera: Derecho + Relaciones Laborales y Recursos Humanos, Universidad: UCM

Tipo: Apuntes

2015/2016

Subido el 23/06/2016

iredelaros
iredelaros 🇪🇸

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CUESTIONARIO TEMA 11.
PARLAMENTO EUROPEO
1. ¿En qué consiste el procedimiento legislativo ordinario?
Es un proceso que se inicia con la propuesta de la Comisión se concluye con la adopción
conjunta por el Parlamento y el Consejo; los actos así probados tendrán la categoría de actos
legislativos. La ciudadanía de la Unión tiene asegurado que no se puede adoptar ninguna
norma legislativa que, además de la mayoría cualicada del Consejo, no tenga la aprobación
mayoritaria del Parlamento. Los actos legislativos ordinarios se aprueban con carácter
general, por mayoría del Parlamento y por mayoría cualicada del Consejo, salvo que se
establezca expresamente la unanimidad.
2. ¿Pueden los actos legislativos ser a propuesta de los Estados miembros o del
Parlamento?
Sí, excepcionalmente y en los casos detallados por los Tratados expresamente.
3. ¿Quién desempeña la función legislativa en la UE? ¿Y la ejecutiva?
La legislativa se atribuye de forma conjunta al Parlamento Europeo y al Consejo, mientras
que la función ejecutiva se atribuye por separado al Consejo, a la Comisión y a otras
instituciones, entendiendo que en lo no establecido corresponde a los Estados miembros.
4. ¿En qué consiste la primera lectura en el Parlamento Europeo?
El Parlamento Europeo debe pronunciarse en primer lugar, antes del Consejo. Una propuesta
normativa puede ser examinada por una o varias comisiones del Parlamento, en función de la
complejidad y diversidad de ámbitos afectados; una comisión será la que emita el informe
principal. Cada comisión, previamente, debe examinar la pertinencia del fundamento jurídico
y su conformidad con los principios de subsiriedad, proporcionalidad y respeto a los derechos
fundamentales. También debe estudiar sus repercusiones nancieras, así como velar por la
calidad de la redacción y mejorarla si fuera necesario.
Después, será examinada la propuesta de resolución por el Pleno, que votará las enmiendas
y después la propuesta. La resolución legislativa del Parlamento Europeo es la declaración
por la que el Parlamento aprueba o propone enmiendas a la propuesta de la Comisión: es la
posición del parlamento en la primera lectura.
5. ¿Qué opciones tiene el Consejo ante la posición del Parlamento Europeo?
Por un lado, aprobar la posición del Parlamento, votando por mayoría cualicada aquellos
preceptos no modicados por el PE y por unanimidad las enmiendas que introdujo el PE. La
Comisión puede modicar su propuesta para incorporar algunas o todas las modicaciones
del Parlamento. Si así lo hiciera, el Consejo podrá aprobar su posición por mayoría cualicada,
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Irene de la Rosa Bajo
2º Derecho-RRLL y RRHH
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CUESTIONARIO TEMA 11.

PARLAMENTO EUROPEO

1. ¿En qué consiste el procedimiento legislativo ordinario?

Es un proceso que se inicia con la propuesta de la Comisión se concluye con la adopción conjunta por el Parlamento y el Consejo; los actos así probados tendrán la categoría de actos legislativos. La ciudadanía de la Unión tiene asegurado que no se puede adoptar ninguna norma legislativa que, además de la mayoría cualificada del Consejo, no tenga la aprobación mayoritaria del Parlamento. Los actos legislativos ordinarios se aprueban con carácter general, por mayoría del Parlamento y por mayoría cualificada del Consejo, salvo que se establezca expresamente la unanimidad.

2. ¿Pueden los actos legislativos ser a propuesta de los Estados miembros o del

Parlamento?

Sí, excepcionalmente y en los casos detallados por los Tratados expresamente.

3. ¿Quién desempeña la función legislativa en la UE? ¿Y la ejecutiva?

La legislativa se atribuye de forma conjunta al Parlamento Europeo y al Consejo, mientras que la función ejecutiva se atribuye por separado al Consejo, a la Comisión y a otras instituciones, entendiendo que en lo no establecido corresponde a los Estados miembros.

4. ¿En qué consiste la primera lectura en el Parlamento Europeo?

El Parlamento Europeo debe pronunciarse en primer lugar, antes del Consejo. Una propuesta normativa puede ser examinada por una o varias comisiones del Parlamento, en función de la complejidad y diversidad de ámbitos afectados; una comisión será la que emita el informe principal. Cada comisión, previamente, debe examinar la pertinencia del fundamento jurídico y su conformidad con los principios de subsiriedad, proporcionalidad y respeto a los derechos fundamentales. También debe estudiar sus repercusiones financieras, así como velar por la calidad de la redacción y mejorarla si fuera necesario.

Después, será examinada la propuesta de resolución por el Pleno, que votará las enmiendas y después la propuesta. La resolución legislativa del Parlamento Europeo es la declaración por la que el Parlamento aprueba o propone enmiendas a la propuesta de la Comisión: es la posición del parlamento en la primera lectura.

5. ¿Qué opciones tiene el Consejo ante la posición del Parlamento Europeo?

Por un lado, aprobar la posición del Parlamento, votando por mayoría cualificada aquellos preceptos no modificados por el PE y por unanimidad las enmiendas que introdujo el PE. La Comisión puede modificar su propuesta para incorporar algunas o todas las modificaciones del Parlamento. Si así lo hiciera, el Consejo podrá aprobar su posición por mayoría cualificada,

Irene de la Rosa Bajo

2º Derecho-RRLL y RRHH

mientras que si deseara rechazar las modificaciones del PE incorporadas por la Comisión, precisará de la unanimidad.

Si el Consejo en su primera lectura aprueba la posición del Parlamento, el acto legislativo quedaría adoptado definitivamente. No habrá segunda lectura.

Por otro lado, puede no aprobar la posición del PE y presentar enmiendas. Las enmiendas del Consejo a la propuesta de la Comisión necesitan una votación por unanimidad del Consejo. La posición del Consejo puede incluir parte de las enmiendas del PE pero no todas. El Consejo transmite su posición al PE.

6. ¿Qué alternativas tiene el Parlamento ante la posición del Consejo?

Por una parte, aprobar la posición del Consejo por mayoría de votos emitidos o aprobación por silencio al no adoptar ninguna decisión; por otro lado, puede rechazar por mayoría de los miembros que lo componen, la posición del Consejo, y no se puede adoptar el acto. Esto equivale a devolver la propuesta legislativa a la Comisión (como una enmienda a la totalidad) y podrá hacer otra propuesta iniciando un nuevo procedimiento legislativo. La otra opción es proponer enmiendas a la posición del Consejo por mayoría de los miembros que la componen.

7. ¿Qué ocurre, si en la segunda lectura en el Consejo, éste no aprueba todas las

enmiendas del Parlamento?

El Presidente del Consejo tiene que convocar necesariamente al Comité de Conciliación, de acuerdo con el Presidente del Parlamento Europeo: es un órgano mixto compuesto por tantos representantes gubernamentales como Estados miembros y el mismo número de parlamentarios. En el seno del Comité de Conciliación y durante 6 semanas (prorrogable a dos más), los trabajos se centrarán exclusivamente en las enmiendas propuestas por el PE y en la posición del Consejo. En esta fase la Comisión ya no podrá modificar su iniciativa, aunque estará activamente propiciando el acuerdo entre los dos legisladores:

  • Si no llegan a un acuerdo sobre un texto conjunto, se considerará no adoptado, equivaliendo a una devolución a la Comisión y se paraliza definitivamente la propuesta: ninguna Institución se impondría y no habrá acto legislativo.
  • También pueden llegar a un acuerdo sobre un texto conjunto por mayoría cualificada en el Consejo y por mayoría de los representantes del Parlamento.

8. ¿Cuál es la diferencia entre el procedimiento legislativo especial y el ordinario?

El ordinario está basado en la adopción conjunta del PE y el Consejo, porque se adoptan por una de estas dos instituciones con aprobación o consulta, según los casos, de la otra. El procedimiento legislativo especial, con excepción del procedimiento presupuestario, se distingue por la preponderancia del Consejo o por la del Parlamento Europeo frente a la paridad de Parlamento y el Consejo en el ordinario. Son actos con valor legislativo aunque no sean aprobados mediante el procedimiento legislativo ordinario.