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Derecheo eclesiástico Tema 1 ppt, Apuntes de Derecho Eclesiástico

Asignatura: Derecho eclesiastico, Profesor: , Carrera: Derecho, Universidad: UAL

Tipo: Apuntes

2016/2017

Subido el 01/12/2017

selenemayfair
selenemayfair 🇪🇸

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EL DERECHO
EL DERECHO
CANÓNICO
CANÓNICO
EL MATRIMONIO
EL MATRIMONIO
CANÓNICO
CANÓNICO
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EL DERECHOEL DERECHO

CANÓNICO CANÓNICO

EL MATRIMONIO EL MATRIMONIO

CANÓNICOCANÓNICO

CUESTIONES PREVIASCUESTIONES PREVIAS

 DERECHO CANÓNICO: Derecho de laDERECHO CANÓNICO: Derecho de la

Iglesia Católica (confesional) para laIglesia Católica (confesional) para la

Iglesia Católica (fieles: bautizados).Iglesia Católica (fieles: bautizados).

 DERECHO ECLESIÁSTICO: DerechoDERECHO ECLESIÁSTICO: Derecho

del Estado (estatal) sobre ladel Estado (estatal) sobre la

“proyección civil” del fenómeno“proyección civil” del fenómeno

religioso en general.religioso en general.

EL MATRIMONIO según elEL MATRIMONIO según el

ordenamiento CANÓNICO ordenamiento CANÓNICO

 Noción de “matrimonio” ¿es unívoca?.Noción de “matrimonio” ¿es unívoca?.

 La institución matrimonial tiene origenLa institución matrimonial tiene origen

canónico, pero no está creada por elcanónico, pero no está creada por el

derecho canónico. Es una institución naturalderecho canónico. Es una institución natural

(no creada por el hombre ni la Iglesia).(no creada por el hombre ni la Iglesia).

 El Derecho matrimonial canónico tieneEl Derecho matrimonial canónico tiene

relevancia jurídico-positiva en España:relevancia jurídico-positiva en España:

 (^) ACUERDO ASUNTOS JURÍDICOS (AAJ) 1979ACUERDO ASUNTOS JURÍDICOS (AAJ) 1979  (^) Ley 30/1981, de 7 de julio (ley del divorcio), queLey 30/1981, de 7 de julio (ley del divorcio), que reformó el título IV del Libro I del C civil.reformó el título IV del Libro I del C civil.

PILARES BÁSICOS DELPILARES BÁSICOS DEL

SISTEMA MATRIMONIAL SISTEMA MATRIMONIAL

 (^) CAPACIDAD.CAPACIDAD.

 (^) CONSENTIMIENTO.CONSENTIMIENTO.

 (^) FORMA.FORMA.

 (^) Quiénes pueden (c. 1058)Quiénes pueden (c. 1058)  (^) Quiénes no pueden:Quiénes no pueden: Impedimentos (cc. 1083 yImpedimentos (cc. 1083 y ss.).ss.).  (^) Cómo se constituye (c.Cómo se constituye (c. 1057).1057).  (^) Objeto consentimiento.Objeto consentimiento.  (^) Vicios y defectos delVicios y defectos del consentimiento (cc. 1095 yconsentimiento (cc. 1095 y ss.).ss.).  (^) Canon 1117: obligaciónCanon 1117: obligación formal para bautizados.formal para bautizados.  (^) Requisitos de validez. c.Requisitos de validez. c. 1108.1108.

VARIOS CONCEPTOS:VARIOS CONCEPTOS:

 (^) JUSTINIANOJUSTINIANO (Dº Romano)(Dº Romano) :: unión del varón y launión del varón y la

mujer, quemujer, que contienecontiene una comunidad indivisible deuna comunidad indivisible de vida.vida.

 (^) MODESTINO:MODESTINO: unión del varón y la mujer,unión del varón y la mujer,

consorcio de toda la vida, comunión en el derechoconsorcio de toda la vida, comunión en el derecho divino y en el humano (función hermenéutica).divino y en el humano (función hermenéutica).

 (^) PEDRO LOMBARDOPEDRO LOMBARDO (canonista)(canonista) :: unión maritalunión marital

del hombre y la mujer, entre personas legítimasdel hombre y la mujer, entre personas legítimas,, queque retieneretiene una comunidad indivisible de vida.una comunidad indivisible de vida.

CONCEPTO ÚLTIMOCONCEPTO ÚLTIMO

IC: NO posee una definición taxativa: IC: NO posee una definición taxativa:

  • Concilio Vaticano II (C. A.- Concilio Vaticano II (C. A. Gaudium et SpesGaudium et Spes ):): íntima comunidad conyugal de vida y amoríntima comunidad conyugal de vida y amor queque se establece sobre la alianza de los cónyuges,se establece sobre la alianza de los cónyuges, sobre su consentimiento personal e irrevocable.sobre su consentimiento personal e irrevocable.
    • c. 1055 1 y 2:c. 1055 1 y 2: no seno se definedefine sino sesino se describedescribe :: alianza matrimonial por la que el varón y laalianza matrimonial por la que el varón y la mujer constituyen entre sí un consorcio de todamujer constituyen entre sí un consorcio de toda la vida, ordenada por su índole natural alla vida, ordenada por su índole natural al bienbien de los cónyuges y a lade los cónyuges y a la educación y generacióneducación y generación de la prole, y que fue elevada por Cristo Señorde la prole, y que fue elevada por Cristo Señor a la dignidad de sacramentoa la dignidad de sacramento entre bautizados.entre bautizados.

TERMINOLOGÍATERMINOLOGÍA

 (^) MATRIMONIO PUTATIVO:MATRIMONIO PUTATIVO: inválido celebradoinválido celebrado

de buena fe por uno o ambos contrayentes.de buena fe por uno o ambos contrayentes.

 (^) MATRIMONIO ATENTADO:MATRIMONIO ATENTADO: inválido celebradoinválido celebrado

de mala fe por uno o ambos contrayentes.de mala fe por uno o ambos contrayentes. Puede ser putativo para un contrayente yPuede ser putativo para un contrayente y atentado para el otro.atentado para el otro.

 (^) MATRIMONIO RATO (SACRAMENTAL):MATRIMONIO RATO (SACRAMENTAL): válidoválido

entre dos bautizados.entre dos bautizados.

 (^) MATRIMONIO RATO y CONSUMADO:MATRIMONIO RATO y CONSUMADO: válidoválido

entre dos bautizados y consumadoentre dos bautizados y consumado (c. 1061).(c. 1061).

SACRAMENTALIDAD (c. 1055.2)SACRAMENTALIDAD (c. 1055.2)

 (^) Entre DOS BAUTIZADOS---- sacramento.Entre DOS BAUTIZADOS---- sacramento.

 (^) Inseparabilidad entre matrimonio válido entre bautizados-Inseparabilidad entre matrimonio válido entre bautizados- sacramento (matrimonio civil entre bautizados: nulo)sacramento (matrimonio civil entre bautizados: nulo)  (^) No católicos sino bautizadosNo católicos sino bautizados, católicos o acatólicos (si es, católicos o acatólicos (si es un bautismo reconocido por la IC, ej. protestantes oun bautismo reconocido por la IC, ej. protestantes o evangélicos).evangélicos).

 (^) DEFINICIÓN: signo sensible (visible: la boda) queDEFINICIÓN: signo sensible (visible: la boda) que

produce la gracia (invisible: la unión de Cristo conproduce la gracia (invisible: la unión de Cristo con la Iglesia) en quienes lo reciben.la Iglesia) en quienes lo reciben.

 (^) La sacramentalidad NO ALTERA la naturaleza delLa sacramentalidad NO ALTERA la naturaleza del

pacto conyugal. NO algo distintopacto conyugal. NO algo distinto, sino algo, sino algo másmás..

FINES DEL MATRIMONIOFINES DEL MATRIMONIO

 (^) Distinguir finesDistinguir fines operisoperis (los propios del(los propios del

matrimonio) y finesmatrimonio) y fines operantisoperantis (los de(los de los contrayentes. Pueden ser distintoslos contrayentes. Pueden ser distintos a losa los operis,operis, pero no contradictorios).pero no contradictorios).

Código 1917 Código 1917 : tres fines jerarquizados:: tres fines jerarquizados:

 generación y educación de la prole;generación y educación de la prole;

 mutua ayuda;mutua ayuda;

 remedio de la concupiscencia (evitar elremedio de la concupiscencia (evitar el

deseo carnal y terrenal).deseo carnal y terrenal).

FINES VIGENTESFINES VIGENTES

 Código 1983Código 1983 (c. 1055.1): dos fines(c. 1055.1): dos fines
esenciales, no jerarquizados por ley (quizá síesenciales, no jerarquizados por ley (quizá sí
por doctrina):por doctrina):

 (^) 1º) Generación y educación de la prole.1º) Generación y educación de la prole.  (^) 2º) Bien de los cónyuges.2º) Bien de los cónyuges.  (^) Matrimonio nulo si uno o ambos contrayentesMatrimonio nulo si uno o ambos contrayentes excluyen un finexcluyen un fin operioperi en el matrimonioen el matrimonio in fieriin fieri (c.(c. 1101.2).1101.2).  (^) El matrimonio se ordena a ellos, aunque noEl matrimonio se ordena a ellos, aunque no necesariamente se deben alcanzar (ej. Estériles,necesariamente se deben alcanzar (ej. Estériles, se llevan mal …).se llevan mal …).  (^) El amorEl amor : no un fin, sí un presupuesto (HERVADA):: no un fin, sí un presupuesto (HERVADA): el derecho recae sobre cosas externas y deel derecho recae sobre cosas externas y de posible medición y exigibilidad.posible medición y exigibilidad.

DOCTRINA AGUSTINIANA DEDOCTRINA AGUSTINIANA DE

LOS BIENES DEL MATRIMONIO: LOS BIENES DEL MATRIMONIO:

 (^) San Agustín. S. V.San Agustín. S. V. Para rechazar las doctrinasPara rechazar las doctrinas

montanistas: doctrinas heréticas quemontanistas: doctrinas heréticas que consideraban el matrimonio como algo impuro yconsideraban el matrimonio como algo impuro y pecaminoso.pecaminoso.  (^) San AgustínSan Agustín (doctrina moral): el matrimonio es(doctrina moral): el matrimonio es

bueno sí reúne tres bienesbueno sí reúne tres bienes (tria bona):(tria bona):  (^) Bonum prolisBonum prolis : bien de los hijos.: bien de los hijos.  (^) Bonum fideiBonum fidei : bien de la unidad-fidelidad.: bien de la unidad-fidelidad.  (^) Bonum sacramentiBonum sacramenti : bien de la indisolubilidad.: bien de la indisolubilidad.

 (^) Doctrina moral que se adaptó en clave jurídica: laDoctrina moral que se adaptó en clave jurídica: la exclusión de cualquier de losexclusión de cualquier de los^ tria bonatria bona^ hace nulo elhace nulo el matrimonio (c. 1101.2).matrimonio (c. 1101.2).  (^) Bonum coniugumBonum coniugum (bien de los cónyuges). Se(bien de los cónyuges). Se entiende incluido ya, en elentiende incluido ya, en el^ bonum fideibonum fidei ..

PRINCIPIO FAVOR IURISPRINCIPIO FAVOR IURIS

 (^) Principio de favor iuris:Principio de favor iuris: presunciónpresunción iurisiuris

tantumtantum de validez (c. 1060).de validez (c. 1060).

 (^) FundamentoFundamento : interés social de que el matrimonio: interés social de que el matrimonio

sea estable, y la protección del sacramento entresea estable, y la protección del sacramento entre bautizados.bautizados.

 (^) Manifestaciones:Manifestaciones:

 (^) Defensor del vínculo.Defensor del vínculo.  (^) Restricción de la legitimación para instar la acciónRestricción de la legitimación para instar la acción de nulidad (cónyuges).de nulidad (cónyuges).  (^) Instituto de la Sanación en la raíz (revalida).Instituto de la Sanación en la raíz (revalida).  (^) Presunción c. 1101.1.Presunción c. 1101.1.  (^) **Presunción c 1107 (el consent. persevera).Presunción c 1107 (el consent. persevera).

Excepción: principio favor>> Excepción: principio favor** (^) fideifidei (a favor de la fe).(a favor de la fe).