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Derecho a la Vida vs. Libertad Religiosa: Objeción de Conciencia, Ejercicios de Derecho Eclesiástico

practicas de la asignatura de derecho eclesiástico del estado español. año 2017. universidad de Zaragoza

Tipo: Ejercicios

2019/2020

Subido el 28/10/2020

luislopezabadia
luislopezabadia 🇪🇸

3.6

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B5. Hemotransfusiones y objeción de conciencia del mayor de edad
«Una mujer de 36 años y madre de seis hijos, uno de ellos con apenas una semana de vida,
murió en el hospital La Fe de Valencia, tras negarse a recibir una transfusión de sangre. La
mujer, testigo de Jehová, no admitió la transfusión porque su religión lo prohíbe.
»Daniela ingresó en el hospital valenciano el pasado día 12 de noviembre con un cáncer que se
le había agravado por unas fuertes hemorragias en el estómago. La mujer necesitaba una
urgente transfusión de sangre, que rechazó continuamente alegando que su religión no le
permitía este tipo de intervención. Además, Daniela estaba embarazada de seis meses y con
esta actitud también puso en grave peligro la vida de su sexto hijo.
»No obstante, y durante la operación a vida o muerte que se le practicó a la mujer la semana
pasada, el bebé pudo ser extraído mediante una cesárea. El niño apenas tienen 24 semanas de
gestación, por lo que algunos de sus órganos todavía están sin madurar, y se mantiene con
vida conectado a un pulmón artificial en la UCI del hospital infantil de la ciudad sanitaria La Fe
de
Valencia.
»Con su muerte, la testigo de Jehová ha dejado a sus seis hijos y a su marido, Antonio, que no
profesa la religión de su esposa y que durante los últimos días ha mantenido una batalla legal
para salvar la vida de su mujer. El juez autorizó finalmente la transfusión de sangre, pero llegó
cuando ya era demasiado tarde y la mujer murió el pasado domingo.
»Antonio hace responsable de la muerte de su esposa a los miembros de la familia de ésta,
que son también testigos de Jehová y que en todo momento se opusieron a la transfusión de
sangre. Después de lo sucedido, los tres hijos mayores de la víctima han decidido abandonar
inmediatamente esta religión»
(El Heraldo de Aragón, 24 de noviembre de 1993, página 43).
<< QUESTIONES >>
1. ¿Qué debe primar, el deber de conservar la vida del paciente o el respeto de sus
convicciones religiosas?, ¿por qué? Si el dico respeta la voluntad del paciente y éste
muere desangrado, ¿es responsable de su muerte?, ¿lo es el juez que no autorizó la
transfusión?, ¿y los familiares que negaron su consentimiento a la transfusión?
2. ¿Variaría en algo la solución del caso si los dos cónyuges se hubieran opuesto a la
transfusión? ¿Qué sucede cuando no es posible conocer la voluntad actual del que precisa la
intervención y el otro insiste en que si estuviera consciente se opondría a ella?
3. Si usted hubiera sido el médico de Daniela, ¿cómo hubiera actuado?, ¿y si hubiera sido el
juez al que se solicitó la autorización para transfundir sangre?, ¿por qué?
Si yo hubiera sido el médico que atendió a Daniela en el momento en el que ingresó en
el hospital de la Paz de Valencia el pasado día 12 de noviembre con un cáncer que se le
había agravado por unas fuertes hemorragias en el estómago, hubiera actuado de
manera inmediata interviniendo a través de la transfusión de sangre, ya que considero
que debe primar el derecho a la vida, la seguridad y salud de una persona antes de sus
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B5. Hemotransfusiones y objeción de conciencia del mayor de edad

«Una mujer de 36 años y madre de seis hijos, uno de ellos con apenas una semana de vida, murió en el hospital La Fe de Valencia, tras negarse a recibir una transfusión de sangre. La mujer, testigo de Jehová, no admitió la transfusión porque su religión lo prohíbe. »Daniela ingresó en el hospital valenciano el pasado día 12 de noviembre con un cáncer que se le había agravado por unas fuertes hemorragias en el estómago. La mujer necesitaba una urgente transfusión de sangre, que rechazó continuamente alegando que su religión no le permitía este tipo de intervención. Además, Daniela estaba embarazada de seis meses y con esta actitud también puso en grave peligro la vida de su sexto hijo. »No obstante, y durante la operación a vida o muerte que se le practicó a la mujer la semana pasada, el bebé pudo ser extraído mediante una cesárea. El niño apenas tienen 24 semanas de gestación, por lo que algunos de sus órganos todavía están sin madurar, y se mantiene con vida conectado a un pulmón artificial en la UCI del hospital infantil de la ciudad sanitaria La Fe de Valencia. »Con su muerte, la testigo de Jehová ha dejado a sus seis hijos y a su marido, Antonio, que no profesa la religión de su esposa y que durante los últimos días ha mantenido una batalla legal para salvar la vida de su mujer. El juez autorizó finalmente la transfusión de sangre, pero llegó cuando ya era demasiado tarde y la mujer murió el pasado domingo. »Antonio hace responsable de la muerte de su esposa a los miembros de la familia de ésta, que son también testigos de Jehová y que en todo momento se opusieron a la transfusión de sangre. Después de lo sucedido, los tres hijos mayores de la víctima han decidido abandonar inmediatamente esta religión» (El Heraldo de Aragón, 24 de noviembre de 1993, página 43).

<< QUESTIONES >>

**1. ¿Qué debe primar, el deber de conservar la vida del paciente o el respeto de sus convicciones religiosas?, ¿por qué? Si el médico respeta la voluntad del paciente y éste muere desangrado, ¿es responsable de su muerte?, ¿lo es el juez que no autorizó la transfusión?, ¿y los familiares que negaron su consentimiento a la transfusión?

  1. ¿Variaría en algo la solución del caso si los dos cónyuges se hubieran opuesto a la transfusión? ¿Qué sucede cuando no es posible conocer la voluntad actual del que precisa la intervención y el otro insiste en que si estuviera consciente se opondría a ella?
  2. Si usted hubiera sido el médico de Daniela, ¿cómo hubiera actuado?, ¿y si hubiera sido el juez al que se solicitó la autorización para transfundir sangre?, ¿por qué?**  Si yo hubiera sido el médico que atendió a Daniela en el momento en el que ingresó en el hospital de la Paz de Valencia el pasado día 12 de noviembre con un cáncer que se le había agravado por unas fuertes hemorragias en el estómago, hubiera actuado de manera inmediata interviniendo a través de la transfusión de sangre, ya que considero que debe primar el derecho a la vida, la seguridad y salud de una persona antes de sus

ideales religiosos, ya que si la persona muere, no puede seguir procesando la religión escogida por el individuo, en este caso, la religión de los testigos de Jehová. Considero esta posición, por encima de la prohibición de recibir transfusiones de sangre y mucho más en este caso donde está en juego la vida de una persona “ nasciturus” que puede morir a causa de la decisión de su madre.  Si yo hubiera sido el juez al que se le solicitó la autorización para la transfusión de sangre de Daniela, fiel seguida de la religión de los testigos de Jehová, hubiera autorizado la transfusión de sangre mucho antes de lo que el nombrado juez la autorizó, ya que en este caso, el derecho a la vida prima sobre la libertad religiosa. Las personas que están en peligro de muerte si no se lleva a cabo la transfusión de sangre son, por un lado la Daniela, que es mayor de edad y por lo tanto tiene poder de decisión sobre recibir la trasfusión o no y por otro lado tenemos un menor de edad concebido pero no nacido, conocido también como “ nasciturus”, el cual no tiene poder de decisión por dos motivos, uno porque no ha nacido y otro por que es menor de edad y por lo tanto sin capacidad de decisión sobre los actos que le afectan, por lo tanto serían ambos padres, los que deben decidir sobre su futuro, en este caso, sobre si recibir la transfusión o no. Como ya he dicho, debería ser decisión de los dos padres, tanto de la madre como del padre y no solo de la madre como aparece en el supuesto donde ella se niega a la transfusión, poniendo en peligro la vida del menor. Por todo esto, considero que la posición del juez es acertada pero tardía en el tiempo ya que otorgó el permiso demasiado tarde como para salvar la vida de la madre, pero si la del hijo a través de una cesárea.

4. Con carácter general, cuando un mayor de edad se niega a recibir hemotransfusiones por motivos religiosos, ¿puede el médico contravenir la voluntad del paciente, al apreciar que si no le transfunde sangre pone en peligro su vida? Y el juez, ¿puede autorizar la hemotransfusión? Razone las respuestas.

5. ¿Qué sucede cuando es un menor de edad, por ejemplo de 13 años, quien se niega

a la hemotransfusión, necesaria para mantenerle con vida? ¿Tienen alguna

responsabilidad sus padres cuando comparten y defienden la voluntad del menor?

Razone sus respuestas.