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practica 8 sin resolver 2019, Ejercicios de Derecho Laboral

Practica 8, derecho del trabajo 2019 sin resolver

Tipo: Ejercicios

2018/2019

Subido el 24/11/2019

carmenpere-1
carmenpere-1 🇪🇸

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GRADO EN DERECHO
(DERECHO DEL TRABAJO)
Curso 2019-2020
PRÁCTICA OCTAVA
LIBERTAD SINDICAL Y REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES
1ª PARTE) Libertad Sindical (Representatividad sindical)
A la vista de los siguientes resultados electorales:
1)-La Confederación de Sindicatos Obreros (CSO), de ámbito estatal, ha obtenido una
audiencia del 18% en el sector del metal.
2) El Sindicato de Trabajadores Independientes (STI), ha obtenido una audiencia del
4,3% a nivel estatal, si bien en la Comunidad de Castilla-León la audiencia ha sido del
17% con 1.625 delegados de personal y miembros de los comités de empresa.
3) La Unión Sindical Regional de Valladolid del Metal, federado al STI ha obtenido en
el conjunto de empresas de esa ciudad un 12% de audiencia.
Conteste a las siguientes preguntas:
¿Puede el CSO promover elecciones sindicales en la empresa CECA donde este
sindicato no tiene ningún representante en los órganos de representación
colectiva ni afiliado? (Pregunta 1ª)
¿Tiene el STI derecho a participar en los órganos institucionales de la
Comunidad de Castilla-León en los que se tiene previsto que lo hagan los
sindicatos más representativos de esa Comunidad Autónoma? (Pregunta 2ª)
¿Qué derechos asisten a la Unión Regional de Valladolid del Metal en el seno de
las empresas localizadas en dicha ciudad? (Pregunta 3ª)
2ª PARTE) Acción Sindical en la empresa (Secciones y Delegados sindicales)
En una empresa con varios centros de trabajo y con un total de 309 trabajadores, en el centro de
Barcelona hay tres empleados afiliados a un sindicato (CC.OO.) que quieren crear una sección
sindical, pero debido a la baja afiliación sindical a este sindicato, tanto la empresa como las
demás organizaciones sindicales presentes en la empresa están presionando para que no se
constituya.
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GRADO EN DERECHO (DERECHO DEL TRABAJO) Curso 2019-

PRÁCTICA OCTAVA

LIBERTAD SINDICAL Y REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES

1ª PARTE) Libertad Sindical (Representatividad sindical)

A la vista de los siguientes resultados electorales:

1)-La Confederación de Sindicatos Obreros (CSO), de ámbito estatal, ha obtenido una

audiencia del 18% en el sector del metal.

  1. El Sindicato de Trabajadores Independientes (STI), ha obtenido una audiencia del

4,3% a nivel estatal, si bien en la Comunidad de Castilla-León la audiencia ha sido del

17% con 1.625 delegados de personal y miembros de los comités de empresa.

  1. La Unión Sindical Regional de Valladolid del Metal, federado al STI ha obtenido en

el conjunto de empresas de esa ciudad un 12% de audiencia.

Conteste a las siguientes preguntas:

  • ¿Puede el CSO promover elecciones sindicales en la empresa CECA donde este sindicato no tiene ningún representante en los órganos de representación colectiva ni afiliado? (Pregunta 1ª)
  • ¿Tiene el STI derecho a participar en los órganos institucionales de la Comunidad de Castilla-León en los que se tiene previsto que lo hagan los sindicatos más representativos de esa Comunidad Autónoma? (Pregunta 2ª)
  • ¿Qué derechos asisten a la Unión Regional de Valladolid del Metal en el seno de las empresas localizadas en dicha ciudad? (Pregunta 3ª)

2ª PARTE) Acción Sindical en la empresa (Secciones y Delegados sindicales)

En una empresa con varios centros de trabajo y con un total de 309 trabajadores, en el centro de Barcelona hay tres empleados afiliados a un sindicato (CC.OO.) que quieren crear una sección sindical, pero debido a la baja afiliación sindical a este sindicato, tanto la empresa como las demás organizaciones sindicales presentes en la empresa están presionando para que no se constituya.

  • ¿Existe algún mínimo de afiliación sindical para poder crear una sección sindical? (Pregunta 4ª)
  • ¿Se pueden constituir las secciones sindicales en los centros de trabajo o hay que constituirlas a nivel de empresa? (Pregunta 5ª)
  • ¿Qué son y para qué sirven las secciones sindicales?, ¿qué derechos tienen? (Pregunta 6ª)

Por otro lado, en el centro de trabajo de Madrid, que cuenta con 170 trabajadores, en las últimas elecciones sindicales la Asociación Sindical SARON concurrió y obtuvo 46 votos y 3 representantes en el Comité de Empresa de ese centro. Los trabajadores afiliados a SARON acuerdan constituir una sección sindical de ámbito estatal, y designan como delegado sindical al trabajador D. Juan. Éste solicitó a la empresa que dotara a la sección sindical de tablón de anuncios y de un local donde desarrollar sus actividades. Asimismo le comunicó que el día 2 de agosto utilizaría 5 horas del crédito horario para realizar actividades sindicales. La empresa, por su parte, reconoció la condición de delegado de la sección sindical así como la posibilidad de utilizar tablón de anuncios, sin embargo deniega la disposición de local y el disfrute de crédito horario por entender que no corresponde conforme a lo dispuesto en la normativa vigente.

  • Tiene derecho la sección sindical a estar representada por un delegado sindical y a utilizar el tablón de anuncios y exigir un local? (Pregunta 7ª)
  • ¿Tiene D. Juan derecho a disfrutar del crédito horario? (Pregunta 8ª)

3ª PARTE) Representación unitaria (Comités de Empresa y/o Delegados de Personal).

La misma empresa del supuesto anterior tiene 5 centros de trabajo. Uno en la provincia de Barcelona con 53 trabajadores; dos en la provincia de Valencia, en dos localidades muy próximas (con 36 y 16 trabajadores respectivamente) y dos en la Comunidad de Madrid (uno en Alcobendas con 35 empleados y la sede central en Madrid con 170 trabajadores).

  • Determine qué tipos de representación unitaria de los trabajadores se pueden establecer en la empresa. (Pregunta 9ª)
  • A unos trabajadores afiliados a un sindicato les interesaría tener un Comité Intercentros, ¿es posible esta figura? ¿Qué implica y cómo se puede configurar? (Pregunta 10ª)

(Es importante que indiquen el artículo o artículos que están aplicando y que manejen la jurisprudencia sobre todo en la parte 2ª de la práctica).