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Práctica que va subiendo, práctica casos aleatorios
Tipo: Ejercicios
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Derecho de Contratos Prof. María Medina Alcoz Apellidos: Fecha: Nombre: Contratos aleatorios y contratos de decisión Caso 1. Mateo y Hugo, una noche, con unas copas de más, y tras haber jugado a las cartas un rato, acaban apostando que si tirando un dado seis veces, sale el número seis al menos dos veces, Mateo le dará a Hugo 9.000 € y, en caso contrario (si el número seis no sale o sale solo una vez), se los dará Hugo a Mateo. Mateo dice que es muy difícil que salga dos veces el número seis y Hugo, en cambio, dice que es altamente probable. Después de tirar el dado, el número seis sale sólo una vez, de forma que Mateo le pide a Hugo los 9.000 € de la apuesta. Hugo le responde que no se los va a pagar, que la apuesta era un poco “absurda” y que, además, tiene un compañero que estudia Relaciones Laborales y Recursos Humanos que le ha dicho que en un caso así puede no pagar y no pasa nada. Mateo, ansioso por obtener los 9. €, se los reclama judicialmente. Unos días más tarde, Hugo, que quiere encizañar aún más a su amigo Mateo, le propone una nueva apuesta: “Te apuesto 6.000 € a que eres incapaz de decirme más de dos dramaturgos griegos. Si me los dices te los pago yo, y si no, me los pagas tú”. Y, Mateo, gran aficionado a la literatura antigua, le dice: “Esquilo, Sófocles y Eurípides”. Hugo vuelve a perder y se niega de nuevo a pagar. Mateo vuelve a los tribunales para exigirle el pago de esta cantidad también. 1.- ¿Qué dirá el juez en el primer caso? 2.- ¿Qué dirá el juez en el segundo caso? 3.- Si tras la primera apuesta Hugo hubiera pagado voluntariamente, ¿tendría derecho a reclamar lo pagado? Caso 2. Juan y Laura prestaron a la Sociedad Cooperativa Altamira la cantidad de 300.000 € el día 2 de julio de 2008. El 3 de marzo de 2011 condonan en escritura pública dicha deuda a cambio de la constitución de una renta vitalicia por la que la Sociedad Cooperativa Altamira se obligaba a pagarles a cada uno de ellos una pensión vitalicia de 900 € mensuales pagaderos por mensualidades vencidas en el domicilio de los pensionistas. La Sociedad Cooperativa pagó las pensiones mensuales hasta el mes de junio de 2012. Juan y Laura interponen demanda contra dicha Sociedad en la que solicitan el pago de las pensiones impagadas y que se condene a la demandada a constituir una hipoteca sobre una finca de su propiedad para garantizar el pago de las pensiones futuras. 1.- ¿Qué contrato celebraron Juan y Laura con la Sociedad Cooperativa Altamira? 2.- ¿Cuál es la fecha de finalización del contrato? Los casos 2, 4, 5 y 6 están inspirados en los del Manual Práctico de Derecho de Obligaciones y Contratos , dir. C. Callejo Rodríguez, coord. por M. I. de la Iglesia Monje, C. Muñoz García y R. Navarro Costa, Civitas, Cizur Menor, 2013, redactados por M. D. Núñez Núñez (2) e Y. Velarde D’Amil (4, 5, 6).
3.- Realmente, ¿hay uno o dos contratos? 4.- Si el capital prestado y luego condonado hubiera pertenecido sólo a Juan, ¿podría haberse celebrado el contrato de renta vitalicia también a favor de Laura? 5.- Tras el impago de las pensiones por parte de la Sociedad Cooperativa Altamira, ¿podrían Juan y Laura haber solicitado la devolución del capital entregado? 6.- ¿En qué artículo del Código civil se basan los demandantes para solicitar la constitución de la hipoteca en garantía de las pensiones futuras? Caso 3. La anciana Dolores ha pensado darle su casa del pueblo a su sobrina Paquita, soltera y sin hijos, a cambio de que viva con ella y la cuide hasta el final de sus días. Un pariente abogado, les recomienda que celebren un contrato llamado……………………………………………………………………………………………………………………………………… La anciana le entrega la casa a la sobrina y en el contrato se fijan los siguientes cuidados: Paquita vivirá en la casa con su tía y asumirá las siguientes tareas: le ayudará en su higiene personal diaria y extraordinaria (por ejemplo, ir a la peluquería o al podólogo), se ocupará de hacer la compra de comida y cocinará para las dos, la acompañará al médico cuando así se precise e irán a comprar ropa, según las necesidades de la anciana, y, en todo caso, una vez al mes. Paquita no asumirá las tareas de limpieza de la casa, que serán llevadas a cabo por una señora contratada al efecto y pagada por las dos. 1.- ¿Hasta cuándo durará este contrato? 2.- Tras dos años de convivencia están cansadas la una de la otra y no se aguantan más. Paquita comienza a desatender a su tía. Además, sólo cocina platos orientales y a la anciana tía no le gusta ese tipo de comida. Dolores acaba amenazando a Paquita diciéndole que si no se ocupa de ella con diligencia y que si sigue cocinando platos “raros”, le quitará la casa. ¿Qué remedio podrían darle a esta situación para evitar la resolución del contrato, que es una solución drástica y poco satisfactoria para ambas partes? Caso 4. Belén y Miguel quieren contraer matrimonio el próximo mes de noviembre y deciden hacer capitulaciones matrimoniales en las que acordar algunas cuestiones relativas a su matrimonio. En concreto, acuerdan que su régimen económico matrimonial será el de separación absoluta de bienes. Asimismo incluyen la composición del ajuar conyugal y la cantidad que les corresponde aportar a cada uno para hacer efectivo el ejercicio de la potestad doméstica. A su vez, se donan recíprocamente todos los bienes que hereden en un futuro. Unos días más tarde, Belén, algo insatisfecha con el contrato firmado, convence a Miguel para volver a ir al Notario con el fin de incluir en el acuerdo la renuncia recíproca a reclamarse alimentos futuros para sí mismos y para los hijos que tengan en común. 1.- ¿Cree usted que es válida esta última cláusula de renuncia a los alimentos futuros? Razone su respuesta. 2.- ¿Cree usted que es válida la renuncia a los alimentos para los hijos futuros?
5.- Si, finalizado el arbitraje, Micaela no está de acuerdo con su resultado, ¿puede acudir a los tribunales y demandar a sus primos?