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Práctica de las Cortes Generales., Ejercicios de Derecho Constitucional

Asignatura: Constitucional I, Profesor: , Carrera: Derecho, Universidad: UCLM

Tipo: Ejercicios

2013/2014

Subido el 06/02/2014

_silvia_-58
_silvia_-58 🇪🇸

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PRÁCTICA DE LAS CORTES GENERALES.
En este caso, debemos empezar por el problema que surge a raíz de la actuación
del Diputado del Grupo Parlamentario XXX, ya que éste presenta una enmienda sin
la firma del Portavoz del Grupo Parlamentario, este acto no se puede hacer ya que
todas las enmiendas publicadas sobre un Proyecto de Ley deben aparecer en el
tiempo en el que se abre el plazo y además deben contar con el sello o la firma del
Portavoz del Grupo Parlamentario para ser válidas, como bien reza el Artículo
110.1 del Reglamento del Congreso (Publicado un proyecto de ley, los Diputados y
los Grupos Parlamentarios tendrán un plazo de quince días para presentar
enmiendas al mismo mediante escrito dirigido a la Mesa de la Comisión. El escrito
de enmiendas deberá llevar la firma del portavoz del Grupo a que pertenezca el
Diputado o de la persona que sustituya a aquél, a los meros efectos de
conocimiento. La omisión de este trámite podrá subsanarse antes del comienzo de
la discusión en Comisión.)
Transcurrido ésto, el Presidente de la Comisión decide llamar al Portavoz para que
pueda corregir su error. El portavoz se niega, ya que según él, una vez que se ha
presentado la enmienda ya no es necesaria su firma. Si la enmienda no tuviera gran
relevancia política, ésta habría sido anulada directamente por no llevar la firma del
Portavoz del Grupo Parlamentario. También es aceptada porque las Cámaras según
el Artículo 72 (Las Cámaras establecen sus propios Reglamentos…Los Reglamentos
y su reforma serán sometidos a una votación final sobre su totalidad que requerirá
la mayoría absoluta).
Aunque la enmienda haya sido aceptada no quita que no sea un acto incorrecto
por lo que el Portavoz debe ser sancionado por el incumplimiento de sus funciones
por la Mesa de la Cámara, según el Artículo 31 del Reglamento del Congreso .

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PRÁCTICA DE LAS CORTES GENERALES.

En este caso, debemos empezar por el problema que surge a raíz de la actuación del Diputado del Grupo Parlamentario XXX, ya que éste presenta una enmienda sin la firma del Portavoz del Grupo Parlamentario, este acto no se puede hacer ya que todas las enmiendas publicadas sobre un Proyecto de Ley deben aparecer en el tiempo en el que se abre el plazo y además deben contar con el sello o la firma del Portavoz del Grupo Parlamentario para ser válidas, como bien reza el Artículo 110.1 del Reglamento del Congreso (Publicado un proyecto de ley, los Diputados y los Grupos Parlamentarios tendrán un plazo de quince días para presentar enmiendas al mismo mediante escrito dirigido a la Mesa de la Comisión. El escrito de enmiendas deberá llevar la firma del portavoz del Grupo a que pertenezca el Diputado o de la persona que sustituya a aquél, a los meros efectos de conocimiento. La omisión de este trámite podrá subsanarse antes del comienzo de la discusión en Comisión.)

Transcurrido ésto, el Presidente de la Comisión decide llamar al Portavoz para que pueda corregir su error. El portavoz se niega, ya que según él, una vez que se ha presentado la enmienda ya no es necesaria su firma. Si la enmienda no tuviera gran relevancia política, ésta habría sido anulada directamente por no llevar la firma del Portavoz del Grupo Parlamentario. También es aceptada porque las Cámaras según el Artículo 72 (Las Cámaras establecen sus propios Reglamentos…Los Reglamentos y su reforma serán sometidos a una votación final sobre su totalidad que requerirá la mayoría absoluta).

Aunque la enmienda haya sido aceptada no quita que no sea un acto incorrecto por lo que el Portavoz debe ser sancionado por el incumplimiento de sus funciones por la Mesa de la Cámara, según el Artículo 31 del Reglamento del Congreso.