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Asignatura: teoria de l'assegurança, Profesor: javier varea, Carrera: Administració i Direcció d'Empreses, Universidad: UB
Tipo: Apuntes
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ser determinada con antelación por el asegurado, se puede determinar con gran precisión cual será la cuantía de las primas a satisfacer por el asegurado. Estas se pueden hacer efectivas de dos formas:
Las primas fraccionadas pueden ser constantes, crecientes, y menos usualmente decrecientes y el plazo de pago puede ser igual o menor a la duración del seguro, en el caso de que sea menor cuando el asegurado queda liberado del pago de las primas, se llama SEGURO CON EXTINCION. PRESTACIONES : Es la indemnización que recibe el asegurado en caso de que se suceda el riesgo, este pago puede percibirse en forma de capital o de renta.
La obtención de estas prestaciones puede ser en la fecha de la contingencia o bien diferida, en un momento posterior.
COBERTURAS : cubren el riesgo de que una persona viva o no viva, se pueden distinguir tres grupos de seguros:
Las garantías complementarias son aquellas que el asegurador pone a disposición del cliente para mejorar la póliza de vida, estas garantías no
pueden ser contratadas sin haber adquirido antes una póliza de vida, entre las garantías más extendidas encontramos la garantía por invalidez y la de accidente.
GESTION DE LOS RIESGOS: para el ramo de vida esta selección se realiza para los seguros en caso de muerte del asegurado y consiste en un reconocimiento médico del asegurado o en una declaración de este sobre el estado de su salud, la función de esta selección es determinar si el candidato constituye un riesgo normal o grave, en este último caso, el asegurador podrá determinar el volar de la sobreprima o negarse a realizar el seguro. Para los seguros de vida no se realiza esta selección ya que solo se pagara la prestación en caso de que el asegurado viva, en consecuencia se produce un proceso de autoselección. FISCALIDAD: los seguros de vida no pueden ser embargados en el caso de que el asegurado sea declarado en suspensión de pagos. Las aportaciones a cualquier seguro de vida no gozan de ninguna deducción, ni minoración en la base imponible del IRPF, con la excepción de los PPA.
Las prestaciones derivadas de un contrato de seguro pueden ser objeto de diferentes impuestos, dependiendo de la contingencia producida y de los elementos personales del mismo.
La provisión matemática correspondiente a cada póliza, otorga a los respectivos tomadores determinados derechos “valores garantizados”, que consisten en la posibilidad de recuperar la provisión matemática o utilizarla como elijan. Estos derechos son: valor de reducción, valor de rescate y adelanto.
El valor de reducción: supone una rescisión parcial del contrato a través de la cual el asegurado deja de pagar las primas a cambio de que la totalidad pagada hasta el momento se destine a formalizar un seguro a prima única con las prestaciones reducidas.
El valor de rescate: supone una cancelación total del contrato, es la diferencia entre la provisión matemática de la póliza i una penalización, que compensa los gastos no amortizados y la posibilidad de antiselección.
El adelanto: puede efectuarse solo si la póliza tiene valor de rescate, es un préstamo o adelanto que se concede al asegurado como máxima cantidad y garantía, el valor de rescate de la póliza, conlleva unos interese fijados en la póliza y una reducción del capital asegurado en caso de no devolverlo.
Generalmente en los seguros en los que se realizan provisiones matemáticas se tiene derecho a reducción, rescate y adelanto, no obstante hay algunas excepciones como: los seguros temporales (no tienen estos derechos ya que sus provisiones matemáticas son muy reducidas) y los capitales diferidos sin rembolso de primas, solo disponen del derecho a reducción, (no hay rescate porque de haberlo se produciría una elevada antiselección, el asegurado retiraría el capital antes de su muerte).
SEGUROS EN CASO DE VIDA:
Es lo que se conoce como Estado del bienestar, esta basado en la previsión social, consiste en que el Estado en cualquiera de sus múltiples manifestaciones ha mantener por encima del nivel de subsistencia a la población que ha terminado su periodo activo a través de las prestaciones de jubilación, viudedad, orfandad, invalidez, salud y otras de carácter social. La financiación de estas prestaciones se basa en el llamado sistema de los cuatro pilares (pilar de subsistencia, pilar profesional , pilar individual, cuarto pilar).
El sistema de reparto esta basado en repartir todo lo recaudado en un año para pagar las pensiones de ese año, en consecuencia, no existe acumulación de capital y se exige al personal activo la cantidad necesaria para pagar el personal pasivo. Sin embargo el sistema de capitalización, las cantidades aportadas al año por cada trabajador de forma individual, se van acumulando con los intereses que generan, produciendo así a largo plazo la suma que le convenga, la ventaja frente al sistema de reparto es doble, por un lado no se colapsa el sistema y por otro se necesita de menos entradas de capital ya que los intereses generados se suman al principal.
Tres causas, demográficas y económicas, justifican la crisis del primer pilar:
Productos que complementan el sistema publico:
Seguros de vida
PPA, PIES ( plan de previsión individual sistemático), PPSE (plan de previsión social empresarial)
Planes y fondos de pensiones
Estos productos privados funcionan por medio de la capitalización de los capitales aportados, mediante el pago de cuotas o primas periódicas, los cuales no pueden retirarse antes de que se llegue a la edad de jubilación, excepto para los casos que marca la ley, a cambio los asegurados o propietario obtiene beneficios fiscales. La diferencia entre los planes de pensiones y los seguros de vida es que estos últimos si garantizan un capital exacto en el momento de la prestación.
Los Planes de Pensiones son instituciones de previsión social privada, donde se paga un capital o una renta cuando se produce algunas situaciones que se especifican en el contrato, que regula los derechos y obligaciones de los que intervienen.
No se garantiza una prestación determinada a diferencia de los seguros de vida.
Para ver la diferencia entre Plan y fondo, se podría decir que el plan es la acumulación de capital y rendimiento que tiene el partícipe (persona que aporta y desgrava por poner dinero en el plan) y el fondo es el conjunto o patrimonio formado por todos los planes que comparten la misma categoría.
Se realizan aportaciones por parte de los partícipes con la finalidad de financiar sus prestaciones. El patrimonio se invierte en activos y los rendimientos de los cuales se acumulan en el mismo fondo.
Cuando se llegue a la jubilación el fondo efectuará el pago del capital acumulado o de la renta al beneficiario, que es el mismo participe si se trata de prestaciones por jubilación.
Normalmente el capital no se puede sacar hasta la jubilación, pero se puede retirar de forma anticipada por los siguientes motivos:
Los fondos de pensiones son el patrimonio de los planes de pensiones que integran las aportaciones y rendimientos, con los que se tienen que pagar las prestaciones. Es decir, es el conjunto de los diferentes planes de pensiones de una misma categoría. No tienen personalidad jurídica, por este motivo tienen que estar en manos de una entidad gestora (quien administra el fondo “sociedades anónimas especializadas o entidades aseguradoras”), una entidad depositaria (custodia y depósito) y una comisión de control. Se realizan aportaciones por parte de los partícipes y los promotores con la finalidad de financiar sus prestaciones. El patrimonio se invierte en activos y los rendimientos de los cuales se acumulan en el mismo fondo.
renovable, la prima de el seguro, el seguro de muerte y los gastos de gestión son modificables en cada periodo de el seguro. E asegurado satisface una prima de la cual una parte va destinada al seguro de muerte y la otra al ahorro, para el caso de vida la prestación es el valor del ahorro conseguido en cada momento y para el caso de muerte la prestación contratada por el seguro temporal mas el ahorro acumulado.
-ha de ofrecerse obligatoriamente una garantía de tipo de interés y utilizar técnicas actuariales de actualización.
-han pasado 10 años desde la primera contribución,
-el beneficio se constituye como una renta vitalicia,
-las contribuciones anuales no exceda € 8.000,
-la totalidad de las primas no exceda de 240.000 euros.
Planes de Pensiones PPA PIAS Desgravación fiscal SI, sobre las primas pagadas
SI, si sobre las prima pagadas
SI , sobre la renta vitalicia, cuando se cumplan las condiciones establecidas Rescate NO, hasta jubilación o contingencias especiales
NO, hasta jubilación o contingencias especiales
Posibilidad de rescate pasado un tiempo
Límites de aportación y condiciones establecidas para las PIAS
Hasta 50 años 10.000 € / año Más de 50 12.500€ / año
Hasta 50 años 10.000 € / año Más de 50 12.500€ / año
*10 años primera aportación *Prestación, renta vitalicia *8.000€ / año *240.000€ total acumulado
TRANSFERIBILIDAD SOLO A OTRO PP SOLO A OTRO PPA SOLO A OTRO PIAS
Los seguros de salud de carácter privado son una alternativa o uno complemento al sistema público de Seguridad Social. Existen dos grandes clases:
Garantías básicas o complementarias:
_ Subsidio diario por enfermedad _ Subsidio diario por convalecencia extraordinaria _ Indemnización por maternidad _ Indemnización en caso de invalidez permanente _ Indemnización por muerto _ Indemnización por intervención quirúrgica _ Subsidio por hospitalización quirúrgica _ Indemnización por hospitalización
_ Exclusiones
_ Lista de enfermedades excluidas _ Enfermedades crónicas o anteriores
_ Clasificación, selección y tarifación
_ Edad y profesión _ Estado de salud: cuestionario/revisión o carencia
_ Modalidades
SEGURO De ASISTENCIA SANITARIA
Garantías básicas o complementarias:
_ Servicios de médicos de cabecera y pediatría. _ Servicios de médicos especialistas _ Servicios de diplomados en enfermería y el resto de auxiliares. _ Gastos farmacéuticos. _ Internamientos en clínicas y centros asistenciales. _ Medicina preventiva. _ Asistencia sanitaria fuera del lugar de residencia.
_ Clasificación, selección y tarifación
_ Edad y profesión _ Estado de salud: cuestionario/revisión o carencia _ Delgadas niveladas: tablas de morbilidad
_ Modalidades
_ Cuadro médico con copago