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apuntes derecho admin sobre procedimiento ordinario
Tipo: Apuntes
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Para entender la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), podemos distinguir tres grandes situaciones : 3 posibles casos para entender la ley: 1- Yo solicito a la administracion algo y este algo que le pido va a ser positivo para mi porque considero que tengo derecho a eso: caso de solicitar licencia, indemnizacion, permiso etc i el pleito que puedo tener es que la administracion no me la da. Por ejemplo indemnizacion por caerme en una acera, o yo solicito permiso de armas y la admin no me lo da. Y entonces me dirijo al juez para que el me diga si tengo derecho o no. AQUI SOLICITO LICENCIA, EN PRINCIPIO ESTAMOS DOS GRANDES PROTAS YO Y LA ADMIN PERO NO SUELE HABER MAS PROTAGONSITAS PUED EHABER UN VECINO QUE PUEDE APARECER PORQUE NO QUIERE QUE ABRA EL PUB. 2- Ya no es que le solicite sinó cuando la administracion me abre la Puerta para que yo solicite algo, no hay Puerta prèvia. Por ejemplo convoca unes becas, oposicion yo tengo derecho a participar. Aqui cambia, la admin cuando abre la Puerta no solo a mi sinó a mas gente por tanto aquí hay COMPETICION hasta tal punto que muchas veces mi conflcito no es tanto con la administración SINO CON EL COMPETIDOR. Ejemplo de julia marina y la generalitat. Super importante al competicion. Un contrato con la admin y gana otro mi rival es la admin però el que gana el contrato tambien por tanto hay un enfrentamiento distinto. Subvencion tmb. 3- La administracion me causa un daño/perjudica porque utiliza una potestat que tiene para causarme daño seria la exporpiatoria o bien me sanciona. Cuando la admin me sanciona me rebelo contra la administracion. LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA La administración como rival es muy duro porque es una potentior persona : tiene potestades que nosotros no tenemos y entonces hace que el conflicto jurídico sea más complejo.Tiene dos perrogativas que complicant el conflicto:
La batalla sobre cuándo y cómo se ejecuta .Imaginamos que la administracion cierra biloba, y no es lo mismo en verano que en invierno, se podria tener un pleito donde a ellos les interesa el momento de la ejecucion y no mas la sancion. Todo lo que hace la Administración es susceptible de control judicial, conforme a los artículos 103 y 106 de la Constitución Española.
Cuando se habla de esta garantia hay que hacer el contraste del recurso administrativo y el recurso contencioso-administrativo. EL RECURSO ADMINISTRATIVO : Reposición alazada extraordinario de revisión (este ultimo casi ni se ve). CARACTERISTICAS DEL RECURSO AMDINISTRATIVO : 1- Es gratuito 2- No hay formalidades, quiere decir , no es obligatorio abogado y procurador. Hay veces que hay gestor però entonces gratuïto gratuito no sera 3- Plazos: El plazo general para interponerlo es de un mes (si el acto es expreso). En el recurso de reposición, la Administración tiene un mes para resolver. En el recurso de alzada, la Administración tiene tres meses para resolver. EL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO:
Rige el criterio objetivo del vencimiento: paga las costas quien pierde el pleito. *tener en cuenta con la demanda. En el 129 se abren tres compuertas, si sabes que vas a perder como minimo tomo ciertas cauteles. PRIMERA OPCION: ESTIMACIÓN O DESESTIMACION PARCIAL : si gano una parte puedo pedir que nos condenen a pares y que cada uno pague su parte y por tanto he de ver si tengo posibilidades que ocurra. SEGUNDA : DUDAS DE HECHO O DERECHO , justificar que el caso tiene muchas dudas es una manera de protegerse para que te condenen en costes: lo que le ha explicado abogados que presentan recurso amdinistrativo y como no contetsan le dicen al juez que presenta dudas porque ni han contestado. EJEMPLO MAS CONCRETO: recurres un silencio negativo es un caso donde dices si la amdin no me contesta es porque X. O pleito de responsbailidad patrimonial por ejemplo las vacunas que es especifico con vacunes seria un serio caso de dudas de hecho. Lo mas complicado son la de derecho que seria cuando hay jurisprudència contradictòria. TERCERA: POSIBILIDAD QUE TIENE EL JUEZ DE DECIDIR SI LAS COSTAS SON DEL TOTAL, DE UNA PARTE O DE UNA CIFRA. Pero no dice el porque el articulo solo que el juez podrà determinar. Los jueces lo hacian para dar una respuesta equitativa. Si nos encontrabamos con un caso de 1.000.000 euros rebajaban las costas porque el caso era suficiente dramatico o por ejemplo en estrangeria. Hay que estudiar al juez al que vayamos a ir. Si este es partidario de limitar lo estudio. Artículo 139.
Pero sí se pueden introducir nuevos motivos. Ejemplos: (i) No se dice nada de falta de consentimiento informado en una intervención médica en una reclamación de responsabilidad patrimonial (STS de 30 de septiembre de 2010, recurso 2432/2019). No vale de todos modos esconder bajo nuevos motivos, nuevos hechos que no se alegaron en vía administrativa. En tal caso ya no se trata de una nueva alegación jurídica: un hecho no es un motivo. Sí se pueden introducir nuevas pruebas. Aquí el límite está en de que el recurrente no incurra en abuso de derecho o deslealtad procesal STS de 27 de julio de 2021 (rec. 6012/2019), ocultando pruebas que podía haber aportado perfectamente en la vía administrativa previa.
2. ¿QUÉ SE PUEDE PRETENDER? El articulo 31 nos habla de complementar: Dice que a aparte de pedir que se anule el acto se pueden pedir dos cosas mas: Artículo 31.
Puedo pedir que se naule el acto però que se reestablezca en mi posicion y que se me indemnice. 3.LIMITACIÓN EN EL CONTROL DE LA DISCRECIONALIDAD
La discrecionalidad sabemos que los jueces pueden CONTROLAR a la administracion pero NO PUEDEN SUBSTITUIR. Es importante cuando lo que tu estas controlando tiene Componentes discrecionales, si tu lo llevas por algo discrecional puedes conseguir que el juez anule la decision pero no que la substituya Por ejemplo: en una oposición en un test no hay margen de discrecionalidad, en el practico hay margen de discrecionalidad porque puedes contestar mas cosas o menos es mas libre.
LA RETROACCION ES QUE SE VUELVA A HACER LA OPOSICION. Hemos ganado el pleto però he de volver a hacer el examen. Muchas veces en los pleitos son discrecionales y el juez por tanto puede anular y por tanto retrotaer para que se vuelva a hacer. SI es reglado puede dar la solucion si es discrecional no.
4. EL JUEZ O TRIBUNAL DEBE PRONUNCIARSE SOBRE EL FONDO CUANDO SEA POSIBLE Evitar ir a la retroacción de actuaciones de manera sistemática. 2 Ejemplos: **- Silencio negativo en una responsabilidad patrimonial.
Ahora bien, incluso cuando se ha producido silencio negativo y se ha interpuesto recurso contencioso, la Administración sigue teniendo la obligación de resolver expresamente. En estos casos pueden darse varias situaciones: La Administración resuelve desestimando Puede dictar una resolución expresa denegatoria. En ese caso, el recurrente puede solicitar la ampliación del objeto del recurso , para que además del silencio se impugne también la resolución expresa. La Administración resuelve estimando total o parcialmente Por ejemplo, puede reconocer una indemnización (6.000 euros o 3.000 euros). En ese caso, habrá que valorar si el proceso ha perdido su objeto o si persiste el interés en continuar el pleito (por ejemplo, porque la cantidad reconocida es insuficiente). La Administración sigue sin resolver En ese supuesto, el proceso continúa contra el silencio. Además, puede alegarse que el caso presenta dudas de hecho o de derecho, especialmente si la Administración ni siquiera ha motivado su posición. Errores que no deben cometeres
SUPER IMPORTANTE TIENE QUE SER CONCRETO NO GENERICO. Alego que las carreteres estan en mal estado, que rodalies no funciona esto esgeneric, se necessita concreta, identificada clara. No es para pedir obligaciones genéricas. Estado de conservación de las carreteras. El art. 29 LJCA no es de aplicación para exigir a la Administración el cumplimiento de su genérica obligación legal de mantenimiento de las carreteras. STS de 29 de mayo de 2024 (rec.4555/2021) sociedad mercantil perjudicada por las deficientes condiciones de un tramo de carretera en Extremadura que invocando la legislación de carreteras requirió sin éxito a la Administración para que la reparase: «no es de aplicación el artículo 29 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso- administrativa para exigir el cumplimiento de la obligación legal genérica de mantenimiento de las carreteras por parte de la Administración Pública titular de las mismas»
ES una manera de espoliar a la administracion de hacer algo que debe hacer. Entre el punto 1 y 2 son distintos. Los dos hablan de inactividad, arriba dice que es algo concreto y en el punto 2 no cumples con algo que decias qu eibas a hacer. En el punto 1 por ejemplo porque no tienes dinero en el 2 porque prefieres no hacerlo. Diferencia entre silencio e inactividad material. El informe de los Ayuntamientos catalanes sobre el corte de suministro de gas STS 956/2022, de 7 de julio. Inactividad de pago. La Administración no me paga. Inejecución acto firme. Requerimiento de pago por la vía del art. 29.2 de la LJCA. Justiprecio expropiatorio. cuando se ve claramente que existe título jurídico y que el mismo no se discute (ej. justiprecio, contrato, subvención concedida, etcétera). LCSP. Procedimiento para hacer efectivas las deudas de las Administraciones Públicas. Transcurrido el plazo a que se refiere el apartado 4 del artículo 198 de esta Ley, los contratistas podrán reclamar por escrito a la Administración contratante el cumplimiento de la obligación de pago y, en su caso, de los intereses de demora. Si, transcurrido el plazo de un mes, la Administración no hubiera contestado, se entenderá reconocido el vencimiento del plazo de pago y los interesados podrán formular recurso contencioso-administrativo contra la inactividad de la Administración, pudiendo solicitar como medida cautelar el pago inmediato de la deuda. El órgano judicial adoptará la medida cautelar, salvo que la Administración acredite que
no concurren las circunstancias que justifican el pago o que la cuantía reclamada no corresponde a la que es exigible, en cuyo caso la medida cautelar se limitará a esta última. La sentencia condenará en costas a la Administración demandada en el caso de estimación total de la pretensión de cobro.
de las Comunidades Autónomas, cualquiera que fuese la naturaleza de dichos actos
- A que se refiere? A que el gobierno ya sea de la nacion o de las comunidades autonomicas, el gobierno o consejo de ministros son organos que tienen tambien una alma mixta: alma administrativa alma política y hace que determinades decisions que toman donde se ve mas la parte política que no la parte administrativa. La parte política quiere decir de direccion política es la parte de direccion política en sentido positivo y no negativo. EJEMPLO: El caso mas claro el indulto, aquí hay una parte de direccion política no es solo administrativo o por ejemplo ciertos nombramientos como nombrar al fiscal del estado. O por ejemplo classificar secreto de estado. Fijar el salario mínimo interprofesional (STS de 7 de octubre de 2020, recurso 67/2019). Puedo llevar un indulto? SI, un secreto?SI porque es un acto que dicta una administraion. Ahora el control de los tribunale es muy limitado mas incluso que la discrecionalidad Los tribunales solo van a poder controlar 3 cosas: - Si eso colisiona con los derechos fundamentales - Elementos reglados (si la ley del indulto dice que tienes que cumplir X de condena lo tendres que cumplir) - La indemnizacion si el acto ha causado daño, **IV. LAS AUTORIZACIONES Y RATIFICACIONES JUDICIALES
AUTORIZACIÓN SANITARIA: Artiuclo 8.6 fue el mas famoso de la pandèmia.
eran titulares de centros que prestaban servicios similares en el mismo ámbito territorial de la destinataria del acto impugnado. STS de 10 de junio de 2024 (rec. 5544/2022) ii. ii. Eutanasia. TSJ de Cataluña, padre de la joven. IMPORTANTE. El denucniante esta legitimado? Pues depende de si le afecta o no y lo normal es que no. Pero no lo sabemos porque hay que estudiar el caso concreto. 2.La defensa de intereses colectivos Una segunda idea importante es que normalmente pensamos en intereses individuales , pero en el ámbito del proceso contencioso-administrativo también existen intereses supraindividuales. Estos son especialmente relevantes porque suelen estar relacionados con materias como el urbanismo, el patrimonio histórico, la salud pública, la cultura o el medio ambiente. Dentro de los intereses supraindividuales se distinguen dos tipos :
La acción pública permite que cualquier ciudadano pueda acudir a los tribunales para defender un interés general. Un ejemplo claro se encuentra en materia de u rbanism o, donde cualquier persona puede defender el interés urbanístico , aunque la actuación administrativa no le afecte personalmente. Sin embargo, esto es excepcional , ya que solo puede ejercerse cuando una ley lo prevea expresamente , y además debe tratarse de una ley estatal que reconozca esa posibilidad. ¿Un sindicato que interes colectivo puede defender?La jurisprudencia ha establecido que para saber qué intereses puede defender una persona jurídica hay que acudir a sus estatutos. En concreto, debe analizarse el objeto o finalidad de la entidad .Por tanto, si queremos saber qué puede defender, por ejemplo, una fundación o una asociación , debemos revisar su objeto social en los estatutos. Ahí se determinará qué intereses colectivos está legitimada para defender ante los tribunales. En los últimos años, los tribunales se han encontrado con personas jurídicas cuyos estatutos establecen objetos muy amplios , por ejemplo asociaciones que afirman que su finalidad es “defender la legalidad” en general. Sin embargo, la jurisprudencia ha señalado que defender la legalidad de forma abstracta no es un título suficiente de legitimación para interponer un recurso contencioso-administrativo. Para poder recurrir, es necesario que exista un derecho o un interés legítimo afectado. Por tanto: