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Una introducción al derecho eclesiástico del estado, donde se estudia y ordena sistemáticamente las normas estatales que regulan la libertad de conciencia, una libertad fundamental de los ciudadanos. Se abordan tres dimensiones de esta libertad: ideológica, religiosa y de expresión, y se relacionan con derechos como la información y la educación. Además, se discute el derecho a ser coherentes y la libertad de culto, así como la objeción de conciencia. El texto también traza la historia de este derecho desde la reforma protestante hasta la revolución francesa y el positivismo jurídico.
Tipo: Apuntes
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Derecho eclesiástico: Estudio y ordenacion sistemática de las normas estatales que regulan el derecho de libertad de conciencia concebido como un derecho fundamental de los ciudadanos.
Objeto de estudio del derecho eclesiástico: libertad de conciencia (es un derecho genérico).
Derechos conformadores del pensamiento: -Derecho a la información -Derecho a la educación
a nuestras opiniones, creencias, etc.
Tiene también derechos ligados como la libertad de culto. Tambien la objecion de conciencia (dº reconocido no como carácter general, sino como específico) que no son más que excepciones a una norma.
Lo que viene a contiuación no es muy importante: Todo esto está ligado a la igual dignidad entre los seres humanos. El ser humano es el centro del derecho.
La reforma protestante principalmente, provocó en Europa en las 3 religiones principales (Cristianismo, Judaismo e Islam) que aparte de ellas surja otra cosa. Lutero dice que la religión es pensamiento, esto hace que los reyes se hagan con el poder. Surje el "ius migrandi" (derecho de emigrar).
Los reyes iban teniendo mucho poder en materia religiosa. Fernando el Católico utilizó la religión para nacionalizar el país (expulsión de judíos y moriscos). Se da un derecho de los príncipes y reyes sobre lo sagrado. Los príncipes católicos consiguen los circa sacra: se habilita el papado. Esto genera una sanguinaria Europa con guerras.
Hay unos señores que empiezan a modificar la concepcion del derecho antes de los ilustrados (Espinosa): surje el derecho natural, surje lo que sería la escuela racionalista del derecho natural.
Este pensamiento trae el debate de la tolerancia. Erasmo de roterdam empieza esto de la tolerancia (su doctrina fue condenada).
En España se da la Inquisición. Esto estalla con la toma de bastilla: la revolucio francesa.
Poteriormente se constituye el positivismo jurídico.
Le pusieron SAAT de nombre al derecho eclesiastico del estado, posteriormente se aplicó a la libertad de conciencia.