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Asignatura: Historia del Derecho, Profesor: Rafael Guijarro Calvo, Carrera: Derecho, Universidad: UAL
Tipo: Apuntes
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los problemas en esa sociedad; lo que recibe el nombre de Derecho Consuetudinario (procede de la sociedad).
Estado, este derecho recibe el nombre de Derecho Legal.
Ambos sirven para mantener el orden social; el individuo que actúe en contra de lo establecido por ambos es castigado.
El derecho no constituye una realidad aislada, sino que hay que situarlo en un contexto más amplio; es resultado de la interacción de los órganos legislativos y de la ideología e intereses imperantes en una determinada época. Por tanto es necesario conectar el núcleo formativo y técnico del derecho con las luchas entre las clases sociales, ideologías, economías y mentalidades imperantes.
Cuando nos referimos a los hechos hablamos de Historia-realidad, mientras que la ciencia que transmite esos hechos del pasado es la Historia-conocimiento. La historia como ciencia se ocupa de las res gestae (cosas del pasado).
Aquilino Iglesia señalaba que el historiador no es un novelista (no inventa), debe basarse en testimonios históricos fiables. En este sentido Voltaire decía que “la historia es el relato de los hechos que se tienen por verdaderos, al contrario de la fábula que es el relato de los hechos que se tienen por falsos”. Los historiadores desde el Renacimiento hasta el siglo XIX estudiaban hechos políticos, diplomáticos o militares; pero no se dedicaban a analizarlos en el contexto en que se producían, transmitían esos hechos sin profundizar en su contexto. Esta forma de hacer historia se fue superando y los historiadores comenzaron a preocuparse más del contexto en que esos acontecimientos se producen y en concreto investigan las circunstancias sociales que los explican (siglo XX). Actualmente no estudian los sucesos que tienen lugar en períodos reducidos de tiempo, sino que analizan los hechos de forma profunda y durante un amplio período.
La primera forma (Renacimiento → siglo XIX) se llama historia de los acontecimientos (períodos cortos) y la segunda (a partir del siglo XX) es la historia seriada (períodos amplios). El historiador cuando realiza su análisis del pasado debe ser objetivo y evitar estar condicionado por su forma de pensar (actual). Como sostiene Escudero, “la interacción entre el pasado y el presente no posibilita una historiografía aséptica e intemporal”. No obstante, el historiador puede intentar tender a la objetividad. Instrumentos para conseguir la objetividad:
El derecho cambia por tres causas (Gacto, Alejandre y García Marín):
la técnica jurídica).
mosaico de derechos primitivos vigentes entre los pueblos indígenas que habitaron la Península Ibérica.
desplazando los derechos indígenas. Este proceso no fue homogéneo, según la zona tenía lugar con mayor o menor facilidad, fue de especial dificultad en el norte de la península (cántabros, vascones, etc.). El derecho romano tiene una gran influencia en la formación del derecho español actual.
visigodos eran un pueblo germano, con raíces muy distintas a los romanos, sin embargo este pueblo fue muy receptivo y se romanizó con facilidad.