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Orientación Universidad
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listado preguntas sin resolver, Exámenes de Derecho Administrativo

Asignatura: ADM2, Profesor: Jose Antonio Castillo Parrilla, Carrera: Derecho, Universidad: UGR

Tipo: Exámenes

2016/2017

Subido el 04/11/2017

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MÓDULO MATERIA CURSO SEMESTRE CRÉDITOS TIPO
Derecho
Administrativo DERECHO
ADMINISTRATIVO II 8 Obligatoria
PROFESOR(ES) DIRECCIÓN COMPLETA DE CONTACTO PARA
TUTORÍAS (Dirección postal, teléfono, correo
electrónico, etc.)
Estanislao ARANA GARCÍA
Mª del Pilar BENSUSAN MARTÍN
Federico CASTILLO BLANCO
Jesús CONDE ANTEQUERA
Juan J. GUTIÉRREZ ALONSO
Piedad LAZÚEN ALCÓN
Francisca MARTÍNEZ MARTÍNEZ
Ana OLMEDO GAYA
Miguel Ángel RECUERDA GIRELA
del Pilar ROJAS MARTÍNEZ DEL MÁRMOL
Comprobar la información de contacto de los
docentes en la página web ocial del Dpto.:
https://derad.ugr.es/pages/profesorado
HORARIO DE TUTORÍAS
Comprobar los horarios de tutorías de los
docentes en la página web ocial del Dpto.:
https://derad.ugr.es/pages/docencia
GRADO EN EL QUE SE IMPARTE OTROS GRADOS A LOS QUE SE PODRÍA
OFERTAR
Grado en DERECHO; Doble Grado en DERECHO Y
A.D.E.; Doble Gado en DERECHO Y CC.PP.
-
PRERREQUISITOS Y/O RECOMENDACIONES (si procede)
Ninguno. Se recomienda haber cursado previamente la asignatura de Derecho Administrativo I.
BREVE DESCRIPCIÓN DE CONTENIDOS (SEGÚN MEMORIA DE VERIFICACIÓN DEL GRADO)
- Revisión de la actividad administrativa (recursos administrativos)
- Jurisdicción Contencioso-Administrativa
- Potestad sancionadora.
- Expropiación forzosa.
- Responsabilidad patrimonial.
- Bienes públicos.
- Ordenación del territorio.
- Derecho Administrativo económico.
COMPETENCIAS GENERALES Y ESPECÍFICAS
Sin perjuicio de la jación de las competencias generales y especícas de la Titulación (aptdo.
3.2. de la Guía Docente de la Titulación -Documento Verica del Grado en Derecho-, descargable
en el sitio del Vicerrectorado de Grado y Posgrado http://grados.ugr.es/derecho/pages/
infoacademica/estudios), se expresa a continuación su concreción con respecto a la materia
especíca de la presente asignatura:
1.- Competencias genéricas:
Perfeccionamiento en el manejo de las principales fuentes del conocimiento del Derecho
administrativo (bibliografía, bases de datos, páginas web…).
Adquirir una actitud crítica ante la realidad y las ideas, y de apertura e interés por el trabajo
intelectual y sus resultados.
Aprender a diseñar, planicar y organizar el propio trabajo, fomentando la iniciativa y el
espíritu emprendedor.
Perfeccionamiento en la defensa y exposición oral de trabajos y debates jurídicos.
2.- Competencias especícas:
2.1.- Competencias especícas COGNITIVAS (SABER).
Con respecto a la revisión en vía administrativa y a la Jurisdicción Contencioso-
Administrativa se pretende:
a) Distinguir ambas vías, administrativa y jurisdiccional.
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MÓDULO MATERIA CURSO SEMESTRE CRÉDITOS TIPO

Derecho Administrativo

DERECHO

ADMINISTRATIVO II

3º 1º 8 Obligatoria

PROFESOR(ES) DIRECCIÓN COMPLETA DE CONTACTO PARA

TUTORÍAS (Dirección postal, teléfono, correo electrónico, etc.)

• Estanislao ARANA GARCÍA

• Mª del Pilar BENSUSAN MARTÍN

• Federico CASTILLO BLANCO

• Jesús CONDE ANTEQUERA

• Juan J. GUTIÉRREZ ALONSO

• Mª Piedad LAZÚEN ALCÓN

• Mª Francisca MARTÍNEZ MARTÍNEZ

• Ana OLMEDO GAYA

• Miguel Ángel RECUERDA GIRELA

• Mª del Pilar ROJAS MARTÍNEZ DEL MÁRMOL

Comprobar la información de contacto de los docentes en la página web oficial del Dpto.: https://derad.ugr.es/pages/profesorado

HORARIO DE TUTORÍAS

Comprobar los horarios de tutorías de los docentes en la página web oficial del Dpto.: https://derad.ugr.es/pages/docencia

GRADO EN EL QUE SE IMPARTE OTROS GRADOS A LOS QUE SE PODRÍA

OFERTAR

Grado en DERECHO; Doble Grado en DERECHO Y A.D.E.; Doble Gado en DERECHO Y CC.PP.

PRERREQUISITOS Y/O RECOMENDACIONES (si procede)

Ninguno. Se recomienda haber cursado previamente la asignatura de Derecho Administrativo I.

BREVE DESCRIPCIÓN DE CONTENIDOS (SEGÚN MEMORIA DE VERIFICACIÓN DEL GRADO)

  • Revisión de la actividad administrativa (recursos administrativos)
  • Jurisdicción Contencioso-Administrativa
  • Potestad sancionadora.
  • Expropiación forzosa.
  • Responsabilidad patrimonial.
  • Bienes públicos.
  • Ordenación del territorio.
  • Derecho Administrativo económico.

COMPETENCIAS GENERALES Y ESPECÍFICAS

Sin perjuicio de la fijación de las competencias generales y específicas de la Titulación (aptdo. 3.2. de la Guía Docente de la Titulación -Documento Verifica del Grado en Derecho-, descargable en el sitio del Vicerrectorado de Grado y Posgrado http://grados.ugr.es/derecho/pages/ infoacademica/estudios), se expresa a continuación su concreción con respecto a la materia específica de la presente asignatura:

1.- Competencias genéricas:

• Perfeccionamiento en el manejo de las principales fuentes del conocimiento del Derecho

administrativo (bibliografía, bases de datos, páginas web…).

• Adquirir una actitud crítica ante la realidad y las ideas, y de apertura e interés por el trabajo

intelectual y sus resultados.

• Aprender a diseñar, planificar y organizar el propio trabajo, fomentando la iniciativa y el

espíritu emprendedor.

• Perfeccionamiento en la defensa y exposición oral de trabajos y debates jurídicos.

2.- Competencias específicas:

2.1.- Competencias específicas COGNITIVAS (SABER).

• Con respecto a la revisión en vía administrativa y a la Jurisdicción Contencioso-

Administrativa se pretende: a) Distinguir ambas vías, administrativa y jurisdiccional.

b) Conocer los diferentes recursos comprendidos en las mismas y su régimen jurídico. c) Identificar adecuadamente los órganos administrativos y judiciales competentes y el alcance de su competencia/jurisdicción. Con respecto a los contratos del sector público se pretende: a) Conocer un concepto de contratos del sector público y la incidencia de la normativa comunitaria en su regulación, así como el régimen específico de los contratos sometidos a regulación armonizada. b) Distinguir el ámbito de aplicación de la Ley de Contratos del sector público en relación con los distintos tipos de sujetos sometidos a su regulación. c) Conocer los elementos estructurales de los contratos del sector público. d) Distinguir los contratos administrativos de los contratos privados de las Administraciones públicas. e) Analizar las distintas fases de la contratación pública así como la novedosa introducción de técnicas de la Administración electrónica en relación con los procedimientos de adjudicación y la racionalización administrativa de la contratación. f) Conocer el régimen exorbitante de los contratos administrativos y las técnicas de garantía del equilibrio económico de estos contratos.

• Con respecto a la propiedad , a la expropiación forzosa y a la responsabilidad

patrimonial de la Administración se pretende: a) Conocer los criterios generalmente utilizados para distinguir una intervención del poder público que regula restrictivamente el contenido del derecho de propiedad conforme a su función social –sin indemnización (art. 33.2 CE)- de una intervención expropiatoria b) Comprender las causas diversas que, con apoyo en la Constitución, pueden hacer surgir un derecho de indemnización a favor del ciudadano cuando la actividad estatal determina lesiones en los bienes o derechos patrimoniales de aquél que no se tenga el deber jurídico de soportar: indemnización como garantía expropiatoria (art. 33.3 CE), responsabilidad patrimonial del Gobierno-Administración (art. 106.2 CE), daños causados por el poder judicial (art. 121 CE), etc. c) Familiarizarse con la terminología y los principios de la regulación legal de las expropiaciones administrativas: sujetos de la expropiación, procedimiento expropiatorio, garantías jurisdiccionales, etc., en la Ley de Expropiación Forzosa de 1954. d) Acercarse (conforme a una metodología fundamentalmente tópica: por grupos de casos) a la aplicación por la jurisprudencia de los preceptos (arts. 139 y ss.) de la Ley 30/1992 que regulan la responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas.

• Con respecto a las sanciones administrativas se pretende:

a) Que el alumno domine los principios que rigen el ejercicio de la potestad sancionadora por parte de la Administración Pública y sus modulaciones con respecto del ius puniendi del Estado. b) Que el alumno conozca las distintas fases del procedimiento de imposición de sanciones administrativas y la articulación de la defensa en las distintas fases de éste.

• Con respecto a los bienes públicos se trata de distinguir los diversos regímenes jurídicos

aplicables a aquéllos –bienes patrimoniales, de dominio público, del Patrimonio Nacional y comunales–, comprender el origen histórico de estas categorías de bienes y su régimen jurídico básico.

2.2.- Competencias específicas PROCEDIMENTALES/INSTRUMENTALES (SABER HACER).

• Demostrar la capacidad de resolver casos prácticos en las materias del Derecho

administrativo.

• Redactar de forma ordenada y comprensible documentos jurídicos.

2.3.- Competencias específicas ACTITUDINALES (SER).

• Tener una actitud crítica ante el papel de la Administración pública en nuestros días.

• Tener buena actitud y predisposición para el trabajo en grupo para la resolución de los

problemas jurídico administrativos.

OBJETIVOS (EXPRESADOS COMO RESULTADOS ESPERABLES DE LA ENSEÑANZA)

• Tema 8. LOS RECURSOS ECONÓMICOS: LA CONSTITUCIÓN ECONÓMICA. La

intervención pública en la economía. La Constitución económica y sus contenidos. El principio de libre competencia. Descentralización y Administración económica: el principio de unidad de mercado. La planificación económica. Sectores económicos de intervención administrativa.

TEMARIO PRÁCTICO:

Actividades Complementarias: Se realizarán un mínimo de 7 seminarios, prácticas o actividades complementarias sobre cada uno de los temas anteriormente indicados. En el apartado práctico de la asignatura el alumnado estará obligado a:

• La preparación previa de los seminarios procediendo al estudio de los materiales indicados en

cada caso;

• La realización de, al menos, un 80% de las actividades propuestas junto con la asistencia

efectiva a las sesiones presenciales dedicadas a la resolución de las mismas, a los efectos de poder contar con una valoración positiva en este apartado.

Estas actividades pueden revestir las siguientes modalidades:

1. Comentario y debate sobre textos jurídicos publicados en revistas científicas, libros jurídicos. 2. Comentario de notas de prensa relacionadas con los temas tratados en cada lección. 3. Casos prácticos sobre las materias estudiadas de cada lección. 4. Comentarios de sentencias de los diferentes Tribunales de Justicia: Tribunales Superiores de Justicia; Tribunal Supremo; Tribunal de Justicia de la Unión Europea o Tribunal Europeo de Derechos Humanos. 5. Análisis de la legislación estatal, autonómica o de la normativa local sobre aspectos específicos de los temas estudiados en cada lección. 6. Análisis de conceptos jurídicos manejados en las distintas lecciones y su diferenciación de otros conceptos afines. 7. Tramitación de expedientes administrativos según la materia tratada en cada lección (expediente de expropiación, expediente de contratación, etc.).

BIBLIOGRAFÍA

BIBLIOGRAFÍA FUNDAMENTAL:

• ARANA GARCÍA, E., CASTILLO BLANCO, F., TORRES LÓPEZ, M.A. Y VILLALBA PÉREZ, F. (Dirs.),

Conceptos para el estudio del Derecho Administrativo II en el Grado (2ª Edición), Tecnos, Madrid, 2014.

• BERMEJO VERA, J.: Derecho Administrativo (Parte Especial), Edit. Civitas, Madrid, 2005.

• CANO CAMPOS, T. (Coordinador), Lecciones y materiales para el estudio del Derecho

administrativo. Edit. Iustel, Madrid 2009.

• COSCULLUELA MONTANER, L., Manual de Derecho Administrativo. Edit. Cívitas, 20ª edición,

Madrid 2009.

• GALLARDO CASTILLO, Mª J., Materiales ECTS de Derecho administrativo , Edit. Tecnos, Madrid

• GAMERO CASADO, E., (Coordinador)., Derecho administrativo para el ECTS. Materiales

docentes adaptados al proceso de Bolonia. Edit. Iustel, Madrid 2008.

• GARCÍA DE ENTERRÍA. E., Y FERNÁNDEZ RODRÍGUEZ. T.R., Curso de Derecho Administrativo ,

Vols. I (13ª ed.) y II, (9ª ed.), Civitas, Madrid, 2006.

• GARRIDO FALLA, F., Tratado de Derecho Administrativo, Parte General y Justicia

Administrativa , 3 vols, Tecnos, Madrid, 2005.

• MARTIN MATEO, R.: El Marco Público de la Economía de Mercado, Editorial Thompson-

Aranzadi, Navarra, 2003.

• MARTIN RETORTILLO, S. y otros: Derecho Administrativo Económico (2 volumenes), Editorial

La Ley, Madrid, 1988-1991.

• MUÑOZ MACHADO, S., Tratado de Derecho Administrativo y Derecho Público general , 2

tomos, Iustel, Madrid, 2006.

• MUÑOZ MACHADO, S., Diccionario de Derecho Administrativo (Director), Iustel, Madrid, 2006.

• PARADA VÁZQUEZ, R., Derecho Administrativo I , (14ª ed.), II (16ª ed.), y III, Marcial Pons, (10ª

ed.) Madrid, 2005.

• RECUERDA GIRELA, M.A. (Coordinador), Lecciones de Derecho Administrativo con ejemplos,

Tecnos, Madrid, 2014.

• RIVERO ORTEGA, R. Derecho Administrativo Económico, Edit. Marcial Pons, Madrid, 2007.

• SÁNCHEZ MORÓN, M., Derecho administrativo. Parte General. Edit. Tecnos. 5ª edición, Madrid

• SANTAMARÍA PASTOR, J.A., Principios de Derecho Administrativo General , Vols. I y II, Iustel,

segunda edición, Madrid, 2009.

TEXTOS NORMATIVOS BÁSICOS:

• Constitución Española, de 27 de diciembre de 1978.

• Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

• Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del

procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

• Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos deL Sector Público.

• Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.

• Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa (Decreto de 26 de abril de 1957).

• Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de

la Ley de Suelo.

• Ley Ordenación Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

• Reglamento de los procedimientos en materia de responsabilidad de las Administraciones

Públicas (R.D. 429/1993, de 26 de marzo).

• Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (arts. 292-297).

• Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

• Ley 23/1982, de 16 de junio, reguladora del Patrimonio Nacional.

• Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (R. D. 1372/1986, de 13 de junio).

• Texto Refundido de la Ley de Aguas (R. D.-Leg. 1/2001, de 20 de julio).

• Reglamento del Dominio Público Hidráulico (R. D. 849/1986, de 11 de abril).

• Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.

• Reglamento General de Desarrollo y Ejecución de la Ley de Costas (R. D. 1471/1989, de 1 de

diciembre).

• Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras.

• Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

CÓDIGOS:

• MARTÍN REBOLLO, L., Leyes administrativas , Edit. Thomson Aranzadi, 15ª edición, Pamplona

2009 (última edición)

ENLACES RECOMENDADOS

Ámbito estatal:

• Gobierno estatal: http://www.lamoncloa.gob.es/home.htm

• Secretaría de Estado de Administraciones Públicas: http://www.seap.minhap.gob.es/es/areas/

funcion_publica/

• El portal 060.es Administración española para ciudadanos y empresas: http://

www.060.es/060/appmanager/portal/desktop/

• Portal de la Administración Electrónica del Gobierno de España (PAE): http://

administracionelectronica.gob.es.

Ámbito autonómico:

• Enlace específico Minhap: http://www.seap.minhap.gob.es/es/enlaces/

administraciones_autonomicas.html

EVALUACIÓN (INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN, CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PORCENTAJE SOBRE LA

CALIFICACIÓN FINAL, ETC.)

I. Régimen Ordinario:

El presente régimen de evaluación constituye el propio del desempeño y desarrollo normal de los estudios del Grado.

A) MODALIDADES DE INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN:

Con objeto de evaluar la adquisición de los contenidos y competencias a desarrollar en la materia, se utilizará un sistema de evaluación diversificado, seleccionando las técnicas de evaluación más adecuadas para la asignatura en función de los contenidos, que permita poner de manifiesto los diferentes conocimientos y capacidades adquiridos por el alumnado al cursar la asignatura. Entre las posibles técnicas de evaluación figuran las siguientes:

• Pruebas escritas:

Incluyen diversas modalidades: exámenes de ensayo, pruebas objetivas, resolución de problemas, casos o supuestos, pruebas de respuesta breve, informes y diarios de clase, así como el examen único final (ver en detalle más abajo).

• Pruebas orales:

Exposiciones de trabajos orales en clase, individuales o en grupo, sobre contenidos de la asignatura (seminario) y sobre ejecución de tareas prácticas correspondientes a competencias concretas.

• Observación:

Escalas de observación, en donde se registran conductas que realiza el alumno en la ejecución de tareas o actividades que se correspondan con las competencias.

• Asistencia y Participación:

Técnicas basadas en la asistencia y participación activa del alumno en clase, seminarios y tutorías: trabajos en grupos reducidos sobre supuestos prácticos propuestos.

B) PORCENTAJES EN LA PONDERACIÓN DE LOS DIVERSOS

INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN:

La calificación global corresponderá a la puntuación ponderada de los diferentes aspectos y actividades que integran el sistema de evaluación, ateniéndose a los siguientes porcentajes:

• Examen Único final: 70% (7 puntos)

• Participación efectiva y resto de Instrumentos de evaluación empleados (seminarios, trabajos,

etc.): 30 % (3 puntos)

C) REQUISITOS ESPECÍFICOS EN LOS DIFERENTES APARTADOS DE

EVALUACIÓN:

Se deja constancia a continuación de los requisitos específicos que han de ser satisfechos en cada uno de los apartados objeto de evaluación:

• Asistencia Obligatoria:

  1. Asistencia acreditada mediante control a un mínimo del 80% de las sesiones presenciales (no se tendrán en cuenta, a tales efectos, las ausencias debidamente justificadas, siempre y cuando presenten un carácter puntual). La modalidad que revista dicho control de asistencia

será la establecida por cada docente responsable de la asignatura.

• Examen Único final (70%):

  1. Debe obtenerse como mínimo una puntuación de 3’5 del total de 7 puntos en que será valorado el examen (el cumplimiento de este requisito de mínimos resultará indispensable para que en la evaluación puedan computarse también los resultados obtenidos en el apartado de participación efectiva y actividades complementarias).

• Participación efectiva y resto de instrumentos de evaluación empleados (actividades

complementarias: seminarios, trabajos, etc.) (30%):

  1. Realización efectiva de la actividad previa exigida para los seminarios (estudio-lectura de los materiales indicados en cada caso).
  2. La realización de, al menos, un 80% de las actividades propuestas durante el curso junto con la asistencia efectiva a las sesiones presenciales dedicadas a la resolución de las mismas, se considera un requisito de mínimos para poder obtener una evaluación positiva en este apartado.
  3. Se ADVIERTE que la puntuación que se obtenga en el presente apartado de participación efectiva y actividades complementarias (máximo 3 puntos) tan sólo podrá ser computada a efectos de la evaluación global del curso cuando se haya satisfecho previamente el requisito de mínimos aplicable a los resultados del Examen único descritos en el requisito nº 1 contemplado en el presente apartado de la Guía Docente (obtención de un mínimo de 3’5/ puntos en la citada prueba).

Cumpliendo efectivamente los requisitos mínimos anteriormente señalados, la asignatura se entenderá superada cuando se obtenga una puntuación global igual o superior al 50% del total en la suma de los diversos apartados de evaluación.

D) PROCEDIMIENTO Y NORMAS BÁSICAS RELATIVAS AL “EXAMEN ÚNICO

FINAL” COMO INSTRUMENTO DE EVALUACIÓN:

El Examen Único final constituye un instrumento de evaluación obligatorio y común para todos los grupos en los que se estructura la impartición de la presente asignatura. El mismo constituye una prueba escrita de contenidos y materias básicas o de mínimos , siendo este extremo objeto de evaluación y control por parte del Departamento a través de un Tribunal específico, con el objeto de garantizar la máxima objetividad y trato igualitario para todo el alumnado de la asignatura con independencia del grupo en el que se hallen matriculados.

El citado instrumento de evaluación se rige por los siguientes criterios y normas:

1. Convocatoria del Examen Único y trámites previos a su celebración:

a) Desde el comienzo del curso estará a disposición del alumnado un Listado de Preguntas Básicas. Dicho listado de preguntas serán elaboradas de conformidad con los contenidos básicos o mínimos de la asignatura. b) Las citadas preguntas han de figurar apoyadas necesariamente en una referencia bibliográfica concreta , comunicada al alumnado desde el inicio de curso y comprendida en la bibliografía recogida en la presente Guía Docente, con el fin de facilitarle la adecuada preparación del examen. c) Con carácter previo a su celebración, se configurará un Tribunal para el Examen Único compuesto de un total de entre 5 y 7 docentes del Departamento que no podrán coincidir con los Profesores y Profesoras que imparten de forma efectiva la asignatura que concretamente se evalúa. Su composición efectiva se hará pública al comienzo del curso. d) La convocatoria del Examen Único cumplirá los siguientes requisitos:

  • La convocatoria será única para todos los grupos y se hará pública por el Tribunal en el Tablón de Anuncios del Departamento , sin perjuicio de que los Profesores titulares de la docencia de los grupos afectados puedan difundir dicha convocatoria (sin alterar sus contenidos) a través de sus respectivos Tablones Virtuales de Docencia.
  • Se advertirá en la convocatoria que el alumno/a se examinará siempre de la totalidad de la materia de la asignatura.
  • El Examen Único consistirá en una prueba en modalidad escrita.

• En el caso de exámenes previamente calificados como APTOS por el Tribunal, el/la

Docente responsable del Grupo, tras realizar su propia corrección de la prueba, queda obligado/a a reconocerle una calificación mínima de 3’5/7 puntos, permaneciendo inalterado su margen de discrecionalidad para definir la calificación definitiva que otorgará la prueba (de 3’5 a 7 puntos) , donde también podrá tener en cuenta los resultados obtenidos en otras pruebas escritas que, en su caso, haya realizado durante el curso.

• El/La Docente hará públicas las calificaciones numéricas de todos los exámenes

correspondientes al alumnado del Grupo del que es responsable.

• El/La Docente, una vez realizada la revisión de los exámenes, acometerá las operaciones

oportunas para la definición de la nota global , integrando, en una única lista, la calificación obtenida en el Examen Único (hasta 7 puntos) y la correspondiente al apartado de participación efectiva y actividades complementarias (máximo 3 puntos). Dicha nota global quedará expresada, por tanto, sobre un máximo de 10 puntos

4. Trámites de revisión y exámenes de incidencias:

En relación con la Revisión de Exámenes en el marco del Examen Único, se seguirá el siguiente procedimiento:

• La eventual revisión de los exámenes calificados como NO APTOS por el Tribunal del

Examen Único será convocada y llevada a cabo por el propio Tribunal.

• La eventual revisión de los exámenes calificados como APTOS por el Tribunal será

competencia del Docente responsable de cada grupo, dado que la misma versará sobre la calificación definitiva que dicho/a docente decida asignar a la prueba.

• En ningún caso podrán los alumnos NO APTOS aprovechar la revisión de exámenes

convocada por el/la Docente Responsable para obtener una segunda revisión de su calificación (que ya fue operada, en dicho caso, por el Tribunal y no por el Docente responsable del Grupo).

En relación con la eventual celebración de Exámenes de incidencias en el marco de las asignaturas sometidas al régimen del Examen Único, deberá ajustarse en su solicitud tanto a las normas aprobadas por la Universidad de Granada como al procedimiento previsto al efecto por el Departamento.

E) CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE:

En la Convocatoria Extraordinaria de septiembre los instrumentos de evaluación quedarán reducidos a unos sólo, coincidente con el Examen Único final descrito en el Régimen Ordinario. El régimen de dicho instrumento de evaluación será esencialmente coincidente con cuanto ya se especificó sobre el mismo (ver más arriba apartado D), con las siguientes diferencias:

• El Examen Único final de la Convocatoria de Septiembre incluye, junto a las preguntas

teóricas, el planteamiento de hasta un máximo de 2 casos prácticos, destinados a facilitar la evaluación de las competencias procedimentales o experimentales que corresponden a la faceta práctica de la asignatura.

• La puntuación de esta concreta parte del examen significará un 30% de la puntuación

global del mismo

• El Examen Único final será calificado, en este supuesto, sobre un total de 10 puntos y

constituirá el 100% de la nota global del curso.

• Para la superación del examen será necesario obtener un mínimo de 5 puntos.

II. Régimen EXTRAOrdinario (PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN ÚNICA):

El presente régimen está previsto para los alumnos/as que se acojan directamente al mismo para la Convocatoria Ordinaria de la asignatura, haciendo expresa su petición al comienzo del curso, cumpliendo lo dispuesto en el artículo 8 de la Normativa Oficial de Evaluación y de Calificación de los Estudiantes de la Universidad de Granada. El presente Régimen Extraordinario, en cuanto se refiere a los instrumentos y procedimiento de evaluación, presentará las mismas características y requisitos que los especificados para la Convocatoria Extraordinaria de Septiembre, recogidos en el Apartado E) del Régimen Ordinario descrito más arriba (centrado en un Examen Único final que integrará también caso o casos prácticos).

En todo lo no dispuesto en el presente apartado de esta Guía Docente, se considerarán aplicables las normas generales previstas en la Normativa Oficial de Evaluación y de Calificación de los Estudiantes de la Universidad de Granada.

INFORMACIÓN ADICIONAL

En relación con otros aspectos que pueden afectar al desarrollo y evaluación de la presente asignatura se remite al alumnado a la información puntual que se ofrezcan mediante avisos puntuales en la página web oficial del Departamento de Derecho Administrativo (http://derad.ugr.es/ ), y especialmente a la documentación publicada en sus apartados de Docencia (http://derad.ugr.es/ pages/docencia) e información del alumando (http://derad.ugr.es/pages/info_alumnos).