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Práctica de derecho eclesiástico, Ejercicios de Derecho Eclesiástico

Práctica derecho Eclesiástico

Tipo: Ejercicios

2019/2020

Subido el 15/09/2021

cristina.martnz
cristina.martnz 🇪🇸

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PRACTICA TEMA 5º: DERECHO A LA EDUCACIÓN
1. Señala la respuesta correcta:
1. El art 27 C.E establece que: “1. Se reconoce el derecho a la
educación para todos y la libertad de enseñanza. 2. La educación
tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana
en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los
derechos y libertades fundamentales.”
2. El art 27 C.E establece que: “1. Se reconoce el derecho a la
educación para todos. 2. La educación tendrá por objeto el pleno
desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los
principios democráticos de convivencia y a los derechos y
libertades fundamentales.”
3. El art 27 C.E establece que: “1. Se reconoce la libertad de
enseñanza. 2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo
de la personalidad humana en el respeto a los principios
democráticos de convivencia y a los derechos y libertades
fundamentales.”
4. El art 27 C.E establece que: “1. Se reconoce el derecho a la
educación para todos y la libertad de enseñanza. La educación es
un derecho fundamental e imprescindible para lograr una
sociedad libre y tolerante 2. La educación tendrá por objeto el
pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los
principios democráticos de convivencia y a los derechos y
libertades fundamentales.”
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PRACTICA TEMA 5º: DERECHO A LA EDUCACIÓN

  1. Señala la respuesta correcta:
  2. El art 27 C.E establece que: “1. Se reconoce el derecho a la educación para todos y la libertad de enseñanza. 2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales .”
  3. El art 27 C.E establece que: “1. Se reconoce el derecho a la educación para todos. 2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales .”
  4. El art 27 C.E establece que: “1. Se reconoce la libertad de enseñanza. 2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales .”
  5. El art 27 C.E establece que: “1. Se reconoce el derecho a la educación para todos y la libertad de enseñanza. La educación es un derecho fundamental e imprescindible para lograr una sociedad libre y tolerante 2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales .”
  1. Señala la respuesta correcta:
  2. Destacan dos cuestiones en torno a la educación:
  • El pleno desarrollo de la personalidad se puede dar aunque el sistema educativo no fomente la actitud crítica de los alumnos.
  • La educación se concibe con carácter permanente: el sistema educativo debe dar respuestas a la persona que quiera seguir recibiendo conocimientos, durante toda la vida.
  1. Destacan dos cuestiones en torno a la educación:
  • El pleno desarrollo de la personalidad no se puede dar si el sistema educativo no fomenta la actitud crítica de los alumnos.
  • La educación se concibe con carácter permanente: el sistema educativo debe dar respuestas a la persona que quiera seguir recibiendo conocimientos, durante toda la vida.
  1. Destacan dos cuestiones en torno a la educación:
    • El pleno desarrollo de la personalidad no se puede dar si el sistema educativo no fomenta la actitud crítica de los alumnos.
    • La educación no se concibe con carácter permanente: pues el sistema educativo no puede dar respuestas a la persona que quiera seguir recibiendo conocimientos durante toda la vida.
  2. Destacan dos cuestiones en torno a la educación:
  • El pleno desarrollo de la personalidad se puede dar si el sistema educativo no fomente la actitud crítica de los alumnos, dado que la educación no es un derecho humano intrínseco sino un medio para la realización de otros derechos.
  • La educación se concibe con carácter permanente: el sistema educativo debe dar respuestas a la persona que quiera seguir recibiendo conocimientos, durante toda la vida.

La enseñanza obligatoria y básica es gratuita, ofreciéndose un sistema de ayudas económicas (becas) para garantizar el principio de igualdad.

El derecho a la educación se concibe como derecho fundamental del que nadie puede ser privado, y que ha de regirse por el principio de igualdad de oportunidades, sin el cual el ejercicio de las libertades cívicas y políticas no sería efectivo.

  1. La educación no es un servicio público que determina además las siguientes cuestiones: La Administración General del Estado determina el contenido básico de la programación general aunque la educación es una competencia que ha sido trasferida a las Comunidades Autónomas.

La enseñanza obligatoria y básica es gratuita, ofreciéndose un sistema de ayudas económicas (becas) para garantizar el principio de igualdad.

El derecho a la educación se concibe como derecho fundamental del que nadie puede ser privado, y que ha de regirse por el principio de igualdad de oportunidades, sin el cual el ejercicio de las libertades cívicas y políticas no sería efectivo.

  1. Señala la respuesta correcta:
  2. La libertad de enseñanza contemplada en el 27.1 CE. Tiene un triple contenido:
  • derecho a crear centros educativos públicos, privados o concertados
  • libertad de cátedra
  • derecho de los padres a elegir la educación religiosa o moral (libre elección de los padres a elegir la formación de los hijos) de sus hijos que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
  1. La libertad de enseñanza contemplada en el 20.1 CE. Tiene un triple contenido:
  • derecho a crear centros educativos
  • libertad de cátedra en el ámbito universitario
  • derecho de los padres a elegir la educación religiosa o moral (libre elección de los padres a elegir la formación de los hijos) de sus hijos que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
  1. La libertad de enseñanza contemplada en el 27.1 CE. Tiene un triple contenido:
  • derecho a crear centros educativos
  • libertad de cátedra
  • derecho de los padres a elegir la educación religiosa o moral (libre elección de los padres a elegir la formación de los hijos) de sus hijos que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
  1. La libertad de enseñanza contemplada en el 20.1 CE. Tiene un triple contenido:
  • derecho a crear centros educativos privados y concertados
  • libertad de cátedra
  • derecho de los padres a elegir la educación religiosa o moral (libre elección de los padres a elegir la formación de los hijos) de sus hijos que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
  1. Señala la respuesta correcta:
  2. El respeto a los derechos fundamentales obliga a garantizar la pluralidad en el ámbito educativo, esa pluralidad puede ser:
  • Pluralidad INTERNA: Permite la existencia de un solo tipo de escuela en la que convergen diversas orientaciones ideológicas, religiosas…

La CE garantiza la pluralidad interna, es decir, la libre creación de centros docentes con idearios diversos. La CE recoge la pluralidad interna porque los centros de titularidad estatal vienen obligados a observar la neutralidad como Ideario por defecto.

  1. El respeto a los derechos fundamentales obliga a garantizar la pluralidad en el ámbito educativo, esa pluralidad puede ser:
  • Pluralidad INTERNA: Permite la existencia de diversas escuelas con distintas orientaciones ideológicas, religiosas… en cada una de ellas.
  • Pluralidad EXTERNA: Permite la existencia de un solo tipo de escuela en la que convergen diversas orientaciones ideológicas, religiosas…

La CE garantiza la pluralidad interna, es decir, la libre creación de centros docentes con idearios diversos. La CE recoge la pluralidad interna porque los centros de titularidad estatal vienen obligados a observar la neutralidad como Ideario por defecto.

  1. Explique de forma correcta: ¿Cómo debe entenderse la neutralidad de la escuela de titularidad estatal?

El principio de neutralidad de las escuelas de titularidad estatal, expresa la prohibición de que se lleven a cabo prácticas

de adoctrinamiento del cuerpo estudiantil, por parte de la propia institución. Ello en última instancia, se utiliza para la transmisión de valores, creencias o ideas diferentes al propio objetivo de la asignatura, se implantan conductas de adhesión a lo ya mencionado y para finalizar se ofrece una perspectiva unilateral de esas visiones ideológicas.

  1. Explique la diferencia entre centros públicos, privados y concertados:

Existen múltiples diferencias entre estos 3 tipos de instituciones  Los centros públicos son creados a partir de las competencias que poseen las CCAA (a excepción de Ceuta y Melilla, en donde es el Ministerio de Educación quien opera). El RASGO FUNDAMENTAL DE ESTAS, ES LA NEUTRALIDAD IDEOLOGICA Y RELIGIOSA. Con lo cual, no tienen ideario, pero si pueden formar un proyecto educativo propio.

 Los centros privados, aparte de que no son formados por la Administración pública, como en el caso anterior, estas instituciones si pueden fomentar/establecer un ideario, además de contar con una gran autonomía, en cuanto a su proyecto educativo, no obstante, para su creación deberán reunir ciertos requisitos.

 Los centros privados- concertados, son instituciones privadas sostenidas a través de “conciertos educativos” (contrato entre Administración y el centro en cuestión, se recogen en ella, los derechos y obligaciones de ambos).

  1. Si se produce una disconformidad entre el ideario y las actividades extra académicas lícitas: El Tribunal Constitucional ha señalado que las actividades extra académicas que vayan en contra del ideario del centro pueden suponer causa de despido, pero para que el despido sea procedente deben darse tres requisitos, cuáles son?:

La jurisprudencia del TC dirigida a este tipo de eventualidades, ha sido claro, al estipular que las actividades extra académicas que vayan en contra del ideario del centro pueden ser causa de despido procedente, a través de que se cumplan ciertas condiciones para ello:

  • que la actividad extra académica sea intencionada.
  • que el hecho sea notorio.
  • que la conducta realizada tenga relación directa con su actividad académica (este requisito no es fundamental).
  1. Cuál es el Triple juicio que a jurisprudencia de nuestro Tribunal constitucional viene realizando para ponderar una medida restrictiva de un derecho fundamental:

El triple juicio que aplica el TC, que “para comprobar si una medida restrictiva de un derecho fundamental supera el juicio de proporcionalidad, es necesario constatar si cumple los 3 siguientes requisitos:

  • JUICIO DE IDONEIDAD: si tal medida es susceptible de conseguir el objetivo propuesto.

-JUICIO DE NECESIDAD: si, además, es necesaria, en el sentido de que no exista otra medida más moderada para la consecución de tal propósito con igual eficacia.

-JUICIO DE PROPORCIONALIDAD: (en sentido estricto), si la misma es ponderada o equilibrada, por derivarse de ella más beneficios o ventajas para el interés general que perjuicios sobre otros bienes o valores en conflicto.