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Actividad complementaria 1, Apuntes de Derecho Romano

Asignatura: derecho romano, Profesor: francisco javier casinos, Carrera: Dret, Universidad: UV

Tipo: Apuntes

2012/2013

Subido el 19/11/2013

IRENE.PONS_FUENTES
IRENE.PONS_FUENTES 🇪🇸

3.8

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UV
ACTIVIDAD
COMPLEMENTRIA I
Derecho Romano
Irene Pons Fuentes
23/10/2013
IRENE PONS FUENTES GRUPO MPágina 1
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UV

ACTIVIDAD

COMPLEMENTRIA I

Derecho Romano

Irene Pons Fuentes 23/10/

1. Legis actiones

Contenido del trabajo:

Indica a qué legis actio corresponden los anteriores certa verba. Razona las respuestas.

I. Ex sponsione te mihi xii milia sestertivm dare oportere aio. Id postvlo, aias avt negas.

Digo que me has de dar doce mil sestercios a causa de una promesa verbal. Te pido que digas si es verdad o no.

Corresponde a una legis actio per iudicis arbitrive postulationem, “ acción por petición de juez o árbitro ”, porque está reclamando lo que se debe por estipulación. Por otra parte, el certa verba anterior corresponde lo que dice el actor, en esta clase de legis actione.

II. Mittite ambo hominem.

¡Dejad los dos el esclavo!

Corresponde a una legis actio sacramenti, “ acción de apuesta sacramental ” ya que es una acción pertinente para reivindicar cosas y derechos reales, la potestad del pater familia y para exigir el cumplimiento de obligaciones. Está frase la dice el pretor, que representa al general en jefe, y es quién ordena a los dos soldados enfrentados que abandonen el objeto disputado. Y por último, es quién dice quién tiene la razón y quién no.

III. Qvod tv mihi ivdicatvs damnatvs es sestertivm xi milia, quandoc non solvisti, ob eam rem ego tibi sestertivm xi milia ivdicati manvm inicio.

Tengo una sentencia de condena contra ti por valor de once mil sestercios y, como no has pagado, por este motivo me apodero de ti, a causa de la sentencia de once mil sestercios.

VI. Pamphylvm ego ex ivre Qviritivm mevm ese aio secvndvm svam cavsam.

Digo que Pánfilo es mío de acuerdo con el derecho civil según su condición.

Corresponde a una “ acción por sacramento in rem ”.

2. Formulae

a. Contenido del trabajo:

  1. Indica las partes de cada una de las precedentes formulas.
  2. Señala cuál es la naturaleza de la intentio y de la condemnatio de cada una de las fórmulas.
  3. Explica el tipo y las características de cada una de las acciones, de acuerdo con su fórmula.
  4. ¿A qué acción corresponde concretamente cada fórmula? (pregunta voluntaria).

I. Titius iudex esto. Si paret Numerium Negidium Aulo Agerio sestertium decem milia dare oportere, si inter Aulum Agerium et Numerium Negidium non convenit, ne ea pecunia intra annum peteretur, aut si quid dolo malo Numeri Negidii factum est, iudex Numerio Negidio Aulo Agerio sestertium decem milia condemnato, si non paret absolvito.

Sea juez Ticio. Si es probado que Numerio Negidio ha de dar a Aulo Agerio diez mil sestercios, si no ha sido convenido entre Aulo Agerio y Numerio Negidio que no se pediría ese dinero durante un año, o se ha hecho algo por Numerio Negidio con dolo malo, condena juez a Numerio Negidio a pagar a Aulo Agerio diez mil sestercios; si no es probado, absuélvelo.

  1. Amarillo: Nominatio iudicis ( nombramiento del juez ). Gris: Intentio. Rosa: Exceptio. Azul: Replicatio (Dolo) Verde: Condemnatio
  2. (^) La naturaleza de la Intentio y la condemnatio, de esta fórmula, es actiones certae “ acciones ciertas ”.
  3. Actiones in personam ( acciones personales ); Actiones certae; Actiones civilis ( acciones civiles ); Actiones stricti iuris ( acciones de derecho estricto ).
  4. Acción condictio.
  1. Acción penal. Delito daño causado a una persona ajena. Acción de la Ley Aquilea donde se reclama una indemnización por el daño causado. Ese doble que se pide es la pena, y es una característica de una acción penal. Acción de la Ley Aquilea.

III. Caius iudex esto. Si paret Numerium Negidium Aulo Agerio sestertium septem milia dare oportet, iudex Numerium Negidium Gaio Titio sestertium septem milia condemnato, si non paret absolvito.

Sea juez Cayo. Si es probado que Numerio Negidio ha de dar siete mil sestercios a Aulo Agerio, condena juez a Numerio Negidio a pagar siete mil sestercios a Gayo Ticio; si no es probado, absuélvelo.

  1. Amarillo: Nominatio iudicis Gris: Intentio Verde: Condemnatio.
  2. La naturaleza de la Intentio y la Condemnatio, de esta fórmula, es actiones certae “ acciones ciertas ”.
  3. Actione in personam ( acciones personales ); Actiones certae; Acción Pretoria:Acciones con transposición de personas(Gayo es un representante procesal del demandante); Actiones stricti iuris ( Acciones de derecho estricto ).

IV. Lucius iudex esto. Si paret fundum Cornelianum qua de agitur ex iure Quiritium Auli Agerii esse, neque ea res arbitrio iudicis Aulo Agerio restituetur, quanti ea res erit, tantam pecuniam iudex Numerium Negidium Aulo Agerio condemnato, si non paret absolvito.

Sea juez Lucio. Si es probado que el predio Corneliano es de propiedad civil de Aulo Agerio, y no es restituido a Aulo Agerio según el arbitrio del juez, condena juez a Numerio Negidio a pagar a Aulo Agerio a cuanto la cosa valga; si no es probado, absuélvelo.

  1. Amarillo: Nominatio iudicis ( nombramiento del juez ) Gris: Intentio Verde: Condemnatio.
  2. La naturaleza de la Intentio y la Condemnatio, de esta fórmula es actiones certae “ acciones ciertas ”, pero la Condemnatio es incierta.
  3. Actiones in rem ( acciones reales ); Actiones certae; Actiones civilis.
  4. Es una Actiones arbitrariae” acciones arbitrarias ”, ya que se está autorizando al juez a ordenar al demandado a que se avenga restituir o exhibir el objeto reclamado, y porqué aparece la expresión “NEQUE EA RES ARBITRIO IUDICIS”. V. Sextus iudex esto. Si quem servum Aulus Agerius emit et is ei traditum est, anno possedisset, tum si eum cum servum, quo de agitur, eius ex iure Quiritium esse oporteret neque is servo ex iure Quiritium Numeri Negidii est aut si Numerius Negidius Aulo Agerio servum quo de agitur vendidit et tradidit, et si in ea re nihil metus causa factum est neque is servo arbitratu tuo a Numerio Negidio restituatur, quanti ea res erit, tantam pecuniam iudex Numerium Negidium Aulo Agerio condemnato, si non paret absolvito.

Sea juez Sexto. Si es probado que Aulo Agerio compró un esclavo y le fue entregado, y si hubiera poseído un año ese esclavo, sobre el cual se pleitea, y se hubiera hecho propietario civil de él; y si ese esclavo no pertenece en propiedad civil a Numerio Negidio; o si Numerio Negidio vendió y entregó a Aulo Agerio el esclavo de que se trata; y si en todo eso no se hubiera hecho nada por intimidación; salvo que ese esclavo sea restituido por Numerio Negidio a tu arbitrio, condena juez a Numerio Negidio a pagar a Aulo Agerio cuanto el esclavo valga; si no es probado, absuélvelo.

  1. Amarillo : Nominatio iudicis Gris : Intentio Azul : Exceptio Verde : Condemnatio
  2. La naturaleza de la Intentio y de la Condemnatio, de está formula, es actiones incertae “ acciones inciertas ”.
  1. Amarillo : Nominatio iudicis Azul : Demonstratio Gris : Intentio Rosa : Adiudicatio Verde : Condemnatio
  2. La naturaleza de la Intentio y de la Condemnatio, de está formula, es actiones incertae “ acciones inciertas ”.
  3. Actiones in personam ; Actiones incertae ; Actiones civilis ;Actiones stricti iuris

VIII. Quintus iudex esto. Quod iussu Numerii Negidii patris Aulus Agerius Caio Numerii Negidii filio familias togam vendidit, qua de re agitur, quidquid ob eam rem Caium filium Aulo Agerio dare facere oportet ex fide bona, eius iudex Numerium Negidium patrem Aulo Agerio condemnato, si non paret absolvito.

Sea juez Quinto. Dado que en virtud de autorización de Numerio Negidio padre, Aulo Agerio ha vendido una toga a Cayo, hijo de familia de Numerio Negidio, cuestión sobre la cual se pleitea, a todo lo que por este motivo haya de dar o hacer Gayo hijo a Aulo Agerio según la buena fe, condena juez a Numerio Negidio padre a favor de Aulo Agerio; si no es probado, absuélvelo

  1. Amarillo: Nominatio Iudicis Azul: Demonstratio. Gris: Intentio. Verde: Condemnatio.
  2. La naturaleza de la Intentio y de la Condemnatio, de está formula, es actiones incertae “ acciones inciertas ”.
  3. Actiones in personam; Actiones incertae; Actiones civilis; Actiones bonae fidei.

b. Supuestos de hecho:

Contenido del trabajo (voluntario):

Redacta la fórmula procesal adecuada a cada uno de los precedentes supuestos.

I. Marco entregó en préstamo la cantidad de 100 sestercios a Livio. La restitución del dinero debía hacerse 5 meses después de recibir Livio el dinero. Marco pidió a Livio que le devolviera el dinero 3 meses después de la fecha del préstamo y este se negó a la restitución. Marco decidió emprender un proceso contra Livio.

TITIUS IUDEX ESTO. SI PARET LIVIO SESTERTIVM CENTUM DARE

OPORTERE, SI INTER MARCO ET LIVIO CONVENIT, NE EA PECVNIA

INTRA ANNVM PETERETVR; IVDEX LIVIO MARCO SESTERTIVM

CENTUM CONDEMNATO; SI NON PARET, ABSOLVITO.

Sea juez Ticio. Si es probado que Livio ha de dar a Marco cien sestercios, si no ha sido convenido entre Marco y Livio que no se pediría ese dinero durante un año, condena juez a Livio a pagar a Marco cien sestercios; si no es probado, absuélvelo.

II. Ticio puso al frente de su tienda de aceite a su esclavo Eros. Livio compró en el establecimiento tres litros de aceite y después se dio cuenta de que sólo había recibido dos. Por eso decidió reclamar ante el magistrado.

Sea juez Lucio. Dado que en virtud de autorización de Ticio dueño, Eros ha vendido dos litros de aceite y no 3 litros a Livio, cuestión sobre la cual se pleitea, condena juez a Ticio dueño a favor de Eros; si no es probado, absuélvelo.

III. Mevio, arrendatario de Cayo de un almacén de trigo, dejó de pagar tres rentas, cuyo importe ascendía a 200 sestercios. Cayo, ausente de Roma, encargó a Lucio reclamar la deuda.

Sea juez Quinto. Si es probado que Mevio ha de dar a Lucio dos cientos sestercios, condena juez a Mevio a pagar a Cayo dos cientos sestercios; si no es probado, absuélvelo.

IV. Ticio tomó posesión de uno de los predios de Cayo aprovechando que éste estaba ausente. Al volver de Ostia Cayo inició un procedimiento contra Ticio a fin de recuperar su predio que él valoraba en 10. sestercios. Ticio alegaba que en una conversación con Cayo éste le había